Autorización de aprovechamiento Modalidad A. - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas físicas o morales realizar aprovechamiento extractivo de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres nativas para reproducción, restauración, fines económicos o educación ambiental, contando con registro de UMA o en predios federales sujetos a manejo.
¿Quién puede solicitarlo?
Interesados, representantes legales o terceros con carta poder.
Requisitos principales
- Ser persona física o moral interesada en realizar aprovechamiento extractivo de especies silvestres nativas.
- Contar con registro de UMA (Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre) o predio federal sujeto a manejo.
Plazos
No aplica
Duración del trámite
30 días hábiles
Información adicional
El trámite puede realizarse en línea o de manera presencial.
Resumen
Este trámite, gestionado por la Secretaría de Medio Ambiente (SMA) a través de la Dirección de Vida Silvestre, permite obtener la autorización para el aprovechamiento extractivo de ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre de especies que se distribuyen de manera natural en el territorio nacional (Modalidad A).
Quién puede usar este servicio:
- Interesados
- Representantes legales
- Terceros con carta poder
Modalidad:
- En línea
- Presencial
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Identificación oficial vigente (copia simple).
- Documentos que demuestren que las tasas solicitadas son menores a la de renovación natural de las poblaciones, o que son producto de reproducción controlada, o que el aprovechamiento no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones (copia simple).
Costes:
- Elaboración de tasa de aprovechamiento: $1653.00 MXN.
- Cintillo de cobro cinegético: $425.00 MXN.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Recepción: El ciudadano presenta la solicitud y documentación requerida.
- Revisión de requisitos: Se verifica que la documentación esté completa y correcta.
- Integración: Se integra la información para su evaluación.
- Evaluación-Dictamen: Se evalúa la solicitud y se emite un dictamen.
- Resolutivo: Se emite la resolución correspondiente.
Canales de atención:
- Presencial
- Electrónico (a través del sitio web: http://vidasilvestre.sma.gob.mx:91/index.aspx)
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 30 días hábiles.
Ayuda
Contacto:
- Dirección de Vida Silvestre.
- Teléfono: 844 698 10 02
- Correo electrónico: buzon@sma.gob.mx
- Página web: www.sma.gob.mx
Recursos adicionales:
- Formato FF-SEMARNAT-014 (para trámite presencial, disponible en: https://sma.gob.mx/tramites-vida-silvestre/)