Permiso de Calas para Conexión a los Servicios de Gas, Eléctricos o de Telecomunicaciones (para Empresas con Convenio con el Ayuntamiento de Vigo) - Paso 2 de 3

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Una vez concedida la licencia y, en su caso, la autorización para el aprovechamiento del dominio público y antes de su presentación ante la Comisión Mixta de Seguimento de Obras en la Vía Pública para su programación, el solicitante deberá cubrir este formulario.


A quién está dirigido



Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.


Tramitar por Internet >>


Observaciones

Posteriormente deberá presentar, en su día, ante la Comisión Mixta de Seguimento de Obras en la Vía Pública la siguiente documentación:

1º.- Justificante de la autoliquidación del impuesto municipal sobre construcciones y obras que resulte según la ordenanza de aplicación.

2º.- Justificante de la autoliquidación de la tasa por control de calidad en la ejecución de las obras en el dominio público por importe del 4% del presupuesto de ejecución material de la obra ( artículo 29 de la L.G.V.P.).

3º.- Justificante de la autoliquidación de la tasa por la ocupación temporal del suelo durante las obras, distinto al correspondiente al aprovechamiento que se pretende, con casetas y otros elementos afectos a la obra.

Las restantes empresas explotadoras de servicios o suministros que justifiquen que pagaron en el último semestre el 1,5% de sus ingresos obtenidos en el término municipal, salvo en el caso de las de telefonía móvil que liquidarán el 1,4% de la base imponible, tal como se contempla en el artículo 4 de su ordenanza reguladora por lo que no estarán obligadas al pago de esta tasa cuando se trate de ocupación de vía pública ( las destinadas por el planeamento municipal al tráfico de vehículos o peones ). En el restante dominio público, estas empresas pagarán las tasas por el importe que corresponda en cada momento según la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas lpor el aprovechamiento especial o utilización privativa del dominio público local vigente. Las restantes empresas, incluidos los promotores particulares, liquidarán las tasas por la ocupación siempre de acuerdo con las cuotas que figuren en la ordenanza fiscal de aplicación.

Oficinas

  • Registro General

    Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1
    36202 - Vigo

    Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

  • Departamento de Vías y Obras

    Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1 - 2ª Planta
    36202 Vigo
    Teléfono: 986 810 271

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

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