Divorcio Administrativo
Dependencia/Entidad:
Secretaria General de Gobierno
Unidad Respon:
Direccion del Registro Civil
Clasificación:
trámite
Sector:
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL
Área que lo ofrece:
Oficialías Designadas por la Dirección del Registro Civil
Responsable:
Titular de la Oficialía del Registro Civil ante el que se promueve el trámite
Cargo del Res.:
Oficial del Registro Civil
E-Mail del Resp.:
dgg_drc@slp.gob.mx
Clave Interna:
Descripción:
Procedimiento Administrativo por el medio del cual el Oficial del Registro Civil designado por la Dirección del Registro Civil, declara la disolución del vínculo matrimonial que une a dos personas.
Dirigido a:
Ciudadanía en General
Comprobante a recibir:
Recibo de pago emitido por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado.
Tiempo de Respuesta:
5 días hábiles
Vigencia:
Permanente
Periodo de recepción de solicitudes:
enero - diciembre
Hora de recepción:
lo fija cada Oficialía del Registro Civil designada
Página Web:
www.sgg.slp.gob.mx
Observaciones:
El trámite se agota a través de los oficiales del Registro Civil designados; el cobro por concepto de derechos se realiza ante las recaudadoras de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de Estado. Puede consultar el Directorio de Oficialías del Registro Civil: https://beta.slp.gob.mx/SGG/pdf/DIRECTORIO%20DE%20OFICIALIAS%202019.pdf
Última Modificación:
2020-02-05
Formato:
http://rutys.slp.gob.mx/administracion/app/formatos/Secretaria General de Gobierno/Direccion del Registro Civil/1082/SOLICITUD DE DIVORCIO FORMATO ÚNICO.docx
Requisitos
Concepto
Requisito
Divorcio Administrativo
1.-Que ambos cónyuges convengan en divorciarse solicitándolo por escrito al Oficial del Registro Civil designado, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. 2.- Que no hayan procreado, o adoptado hijos, o bien que éstos tengan veinticinco años, y no sean legalmente incapaces. 3.- Que la cónyuge no se encuentre embarazada (certificado médico no mayor a seis meses). 4.- Copia certificada del acta de matrimonio (actualizada). 5.- Que ambos cónyuges manifiesten su voluntad de no reclamarse mutuamente alimentos, gananciales, utilidades o indemnización alguna. 6.- En caso de sociedad conyugal, presentarán la liquidación de la misma. 7.- Ratificar la solicitud de divorcio administrativo al término de los cinco días hábiles siguientes, presentando dos testigos que manifiesten que saben y les consta que los interesados cumplen con los requisitos de Ley para el trámite. 8.- Identificación oficial (interesados y testigos).
Costos
Concepto
Monto
Divorcio Administrativo
$4,019.00
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Fecha de Publicación
Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí: Artículos 110, 110 BIS, 111 y 112
POE 26/11/2019
Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí: Artículos 38 fracción XVIII y 93
POE 16/11/2019
Reglamento de la Ley del Registro Civil del Estado: Artículos 61 y 62
POE 17/05/2019
Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno: Artículo 20 fracciones IV y X
POE 09/12/2016
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí: Artículos 86, 102 y 102 BIS
POE 12/11/2019
Ubicación
Descripción
Responsable
Dirección
Ubicación
Teléfono/Fax
Dirección del Registro Civil
Luz María Lastras Martínez sgg_drc@slp.gob.mx
Bolívar No. 965, Centro C.P. 78000
(444) 812-82-34
(444) 812-80-50
(444) 812-82-02