Canje del permiso de conducir de paises de la UE, del Espacio Económico Europeo, de paises con convenio y militares.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Puede solicitarse el canje del permiso de conducir y la tramitación dependerá del país de procedencia y de si hay convenio suscrito:

Canje del permiso de conducir de países de la UE y del Espacio Económico Europeo.

  • Solicitud del canje de un permiso de conducir expedido por un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo por uno español equivalente, cuando su titular establece su residencia normal en España.
  • A partir del 1 de julio de 1996 esta solicitud es voluntaria, no es obligatoria ya que, a partir de esta fecha, los permisos de conducir expedidos por un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo son válidos para conducir en cualquier de los otros Estados miembros, tanto si se expidieron con el nuevo formato comunitario como si no.
  • Los permisos de Noruega, Islandia y Liechtenstein tiene validez como permiso comunitario.

Canje del permiso de conducir de países no comunitarios con convenio:

Los permisos de conducir expedidos en países no comunitarios son válidos en España durante los seis meses posteriores a que el titular establezca su residencia, cuando se cumplan con los siguientes requisitos:

  • Nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el anexo 9 de la Convención de Ginebra o el anexo 6 de la Convención de Viena, o que siendo diferentes a estos modelos solo en la adición o supresión de rúbricas no esenciales.

  • Nacionales de otros países redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial.

  • Internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el anexo 10 de la Convención de Ginebra o de acuerdo con el modelo de anexo E de la Convención internacional de París, en caso de tratarse de naciones adheridas a este convenio que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.

  • Los reconocidos en convenios internacionales en el que España sea parte.

Transcurridos 6 meses, el titular del permiso deberá obtener el permiso español, previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes, excepto cuando exista un convenio con el país de origen que haga posible el canje del permiso español equivalente.

Actualmente hay convenios de canje con: Andorra, Corea del Sur, Japón y Suiza. En el caso de que el permiso sea de clase A, B o EB (turismos y motos) también hay convenio de canje con los siguientes países: Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Ecuador, Filipinas, Guatemala, Marruecos, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Uruguay y Venezuela

Canje del permiso de conducir militar:

  • Convalidación del permiso de conducir militar por el permiso de conducir ordinario.

¿Cómo se hace el trámite?

Ir a la Jefatura Provincial de Tráfico (*) aportando toda la documentación necesaria y pagar la tasa legalmente establecida.

(*) es necesario solicitar cita previa a través de la web www.dgt.es

¿Quién lo puede pedir?

Ciudadanos com permisos de conducir que establezcan su residencia normal en España.

Documentación

La documentación varia en función del país y del convenio.

¿Dónde se puede hacer?

Precio

    • Canje sin pruebas: 27,70 euros
    • Canje con pruebas: 89,40 euros

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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