Asesoría Legal en Materia Familiar
A través de este servicio se brinda Asesoría Legal en Materia Familiar.
Fundamento jurídico Fundamento jurídico que da origen al servicio
Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, Artículo 59, Fracción I-XII, Publicación 21/03/2016
Personas que han visto este servicio: 323
¿Qué necesito saber acerca del servicio?
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
¿Qué obtengo?
Asesoría
Vigencia:
No aplica
¿Cuánto cuesta?
El servicio es gratuito
Fundamento jurídico del costo del servicio
Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, Publicación 21/03/2016
¿En cuánto tiempo me responden?
1 Día hábil
¿Qué debo saber sobre el tiempo de respuesta?
Con previa cita es inmediatamente .
¿Qué necesito para realizar el servicio?
Documentos o requisitos para realizar el servicio
# | Documento o requisito | Descripción | Presentación | Número de copias | Archivo |
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1 | Identificación oficial | INE o IFE. | Original | ||
2 | Comprobante de domicilio | Original |
Fundamento jurídico de los requisitos del servicio
Reglamento de la Dirección General del Registro Civil del Estado de Aguascalientes, Publicación 01/11/2010
Criterios de resolución del servicio
- El DIF no da servicio si el trámite ya fue comenzado con abogados particulares.
- Solo se atenderá a una de las partes que llegue primero, por ningún motivo a ambas partes.
- El horario de atención será de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, a personas que vienen por primera vez y subsecuentes.
- Solo se dará atención exclusivamente a asuntos jurídicos familiares.
- Los adultos mayores serán atendidos única y exclusivamente en jurídico de casa del abuelo.
- El Trabajador Social será la primera instancia para la integración del expediente y canalizar al solicitante.
- El usuario deberá cumplir con los requisitos de identificación personal que le sean requeridos tales como identificación con fotografía, comprobante de domicilio, CURP o acta de nacimiento.
- Los gastos que genere el trámite deberán ser absorbidos por el solicitante (actas de nacimiento, publicación de edictos, etc.).
- Para contestación de demanda el solicitante tendrá que acudir 3 días antes del vencimiento (hasta el sexto día) del término de la contestación.
¿Cómo puedo realizar el servicio?
Opciones para realizar el servicio
Servicio presencial:
- Acudir a Trabajo Social para entregar documentación correspondiente.
- En Trabajo Social le realizarán estudio socio económico
- En Trabajo Social le entregarán Hoja de Captación de Demanda para que pase a la Unidad Jurídica Familiar.
- Pasar a registrarse con la Secretaria.
- Pasar con Asesor Jurídico para asesoría.
¿En dónde puedo realizar el servicio?
Oficinas en donde se puede realizar el servicio
Lugar | Domicilio | Teléfono | Horarios de atención |
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Coordinación de asistencia jurídica | Av. de los Maestros esq. Av. de la Convención Sur S/N España | 449 9102585 Ext. Ext. 6508 | Días de atención: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes 08:00 a 15:00 Días de recepción: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes 08:00 a 15:00 Días de entrega: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes 08:00 a 15:00 |
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de servicio es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del servicio en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.
Fecha de última actualización: 16/10/2019