Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Personas físicas o morales que buscan obtener el registro para capacitar, realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad y proporcionar servicios de consultoría y asesoría en materia de protección civil.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
Para personas físicas:
a) Formato debidamente TSPC_SRT_1 requisitado y firmado.
b) Escrito libre dirigido al Director General de Prevención, indicando el nivel de tercer acreditado al que aspira.
c) El original del pago correspondiente por concepto de aprovechamientos de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México
d) Clave del Registro Federal de Contribuyentes;
e) Currículum vitae actualizado;
Para personas morales:
a) Formato debidamente TSPC_SRT_1 requisitado y firmado.
b) Escrito libre dirigido al Director General de Prevención, indicando el nivel de tercer acreditado al que aspira.
c) Copia certificada de la escritura constitutiva, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, cuyo objeto social esté vinculado a protección civil;
d) El original del pago correspondiente por concepto de aprovechamientos de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México.
e) Copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes;
f) Relación del personal encargado de elaborar los programas de protección civil e impartición de cursos, así como anexar de cada uno de ellos la constancia de los cursos de capacitación que acrediten sus conocimientos sobre los temas a impartir, en original y copia para su cotejo;
g)Currículum vitae actualizado de la persona moral señalando experiencia, cursos impartidos, estudios de riesgo-vulnerabilidad realizados y relación de clientes;
Para capacitación:
a) Curso de formación de instructores;
b) Curso de relaciones humanas;
c) Copia fotostática del formato del diploma o constancia que vayan a expedir; el cual deberá contener nombre, domicilio y teléfono del solicitante, en el que no deberá aparecer sello, logotipo o insignia perteneciente a instituciones oficiales, locales, federales o internacionales;
d) Inventario del equipo y material didáctico;
e) Constancia de los cursos de capacitación que acrediten sus conocimientos sobre los temas a impartir, en original y copia para su cotejo;
f) Documento en el que se establezca con precisión nombre del curso a impartir; los objetivos generales y específicos; contenido temático; duración total expresada en horas y sesiones, técnicas de enseñanza; universo que se atenderá, y perfil mínimo de los aspirantes, además de lo que señala;
g) Copia de los diplomas de acreditación de los cursos de formación de instructores y de relaciones humanas avaladas por el centro, una institución pública, académica y/o entidad de gobierno.
h) Copia del registro del manual del participante y guía del instructor ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor emitida por la Secretaría de Educación Pública.
Primer Nivel:
3 años experiencia como capacitador en materia de protección civil.
Segundo Nivel:
a) Experiencia mínima de 5 años en materia de Protección Civil.
b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el centro de evaluación, y comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México
Tercer Nivel:
a) Experiencia mínima de 7 años en materia de protección civil.
b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.
c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.
d) Conocimientos en administración de emergencias.
Cuarto Nivel:
a) Experiencia mínima de 10 años en materia de protección civil.
b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.
c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.
d) Conocimientos en administración de emergencias.
e) Acreditar que cuentan con conocimientos en los siguientes temas: administración, planeación estratégica, administración de emergencias y desastres, manejo de crisis, conocimientos normativos.
Quinto Nivel:
a) Experiencia mínima de 10 años en materia de protección civil.
b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.
c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.
d) Conocimientos en administración de emergencias.
e) Acreditar que cuentan con conocimientos en los siguientes temas: administración, planeación estratégica, administración de emergencias y desastres, manejo de crisis, conocimientos normativos.
f) Plan o programa de trabajo para un Programa Interno y Especial de protección civil.
g) Cédula Profesional de la especialización o posgrado en el tipo de riesgo al que se dedicará.
Solo se recibirán comprobantes cuyo domicilio se encuentre dentro de la Ciudad de México
El Tercer Acreditado de Primer Nivel únicamente podrá impartir capacitación.
El Tercer Acreditado de Segundo Nivel podrá impartir capacitación y elaborar Programas Internos de Protección Civil de inmuebles de mediano riesgo con aforo menor a 100 personas.
El Tercer Acreditado de Tercer Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de mediano riesgo y programas especiales de hasta 5000 personas.
El Tercer Acreditado de Cuarto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo y programas especiales superiores a 5000 personas.
El Tercer Acreditado de Quinto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo, programas especiales superiores a 5000 personas y realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Expedición de Registro Persona Física Primer Nivel
Renovación de Registro Persona Física Primer Nivel
Expedición de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel
Renovación de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel
Expedición de Registro Persona Moral Primer Nivel
Renovación de Registro Persona Moral Primer Nivel
Expedición de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel
Renovación de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel
Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado
Puedes pagar en:
Artículo 258 Fracción IV del Código Fiscal del Distrito Federal.
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.
Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso programa al solicitante para evaluación.
El solicitante se presenta para evaluación en la fecha programada.
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de su evaluación, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
2 año(s).
15 días hábiles
Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal Artículos 16 fracciones XXIV y XXV, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181.
Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 33 fracción XXVIII.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 167 fracciones VI y X
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Interesados con Establecimientos Mercantiles
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 0 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
El titular o quien sus intereses legalmente represente, acompañara el documento con que acredite su personalidad, así como copia simple y original o copia certificada para cotejo de la escritura constitutiva debidamente registrada.
Título del Videojuego.
El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.
Propuesta de clasificación del Video juego.
Presentar identificación oficial y comprobante de domicilio.
Título del Videojuego.
El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.
Propuesta de clasificación del video juego.
Si transcurrido el plazo no existiera respuesta de la autoridad, operará la afirmativa ficta en aquellos casos en los que la propuesta de clasificación sea A y B en los demás casos operará la negativa ficta.
Presentar declaración de apertura del establecimiento mercantil en donde pretenda operar los videojuegos.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área correspondiente.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse indicando el plazo de respuesta correspondiente según la norma.
Ciudadano: se presenta en el área, exhibe el acuse.
Revisa entrega (respuesta o a corrección)
Muestra identificación, recibe respuesta o corrección a su solicitud y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Registro
Permanente.
40 días hábiles
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Articulos, 43,44 y 45.
Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal artículos 1,2,3,6,7,8,10,11,12 y demás aplicables a la materia.
Credencial para Votar - original y 0 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
El titular o quien sus intereses legalmente represente, acompañara el documento con que acredite su personalidad, así como copia simple y original o copia certificada para cotejo de la escritura constitutiva debidamente registrada.
Título del Videojuego.
El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.
Propuesta de clasificación del Video juego.
Presentar identificación oficial y comprobante de domicilio.
Título del Videojuego.
El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.
Propuesta de clasificación del video juego.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Para usuarios con tomas clandestinas en inmuebles de uso habitacional o mixto, con toma clandestina de agua potable de 13mm de diámetro y/o descargas clandestinas de drenaje de 15cm, a regularizar.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escrito libre del propietario, solicitando la regularizaciòn de toma clandestina bajo protesta de decir verdad.
Comprobante de pago correspondiente.
Escritura pùblica o documento legal que acredite la legìtima propiedad del inmueble o boleta predial a nombre del propietario del inmueble.
En caso de no cumplir con las condicionantes o alguno de los requisitos, el trámite no será procedente, por consecuencia se suprimirá la toma y la descarga de albañal.
Tomar en cuenta que se debe revisar la vigencia del artículo transitorio para el ejercicio fiscal que corresponda.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Instalación de medidor de 13mm de diámetro
Armado de cuadro de 13mm de diámetro
Puedes pagar en:
Artículo 181 Apartado A, fracciones III, inciso a) y IV inciso a) del Código Fiscal de la Ciudad de México
Acude al área de Atención Ciudadana de la Dirección de Verificación Delegacional para solicitar el trámite.
O Personal de Atención al Público, recibe el escrito libre, revisa que los requisitos estén completos, le asigna un folio y se informa al ciudadano el tiempo de respuesta a su solicitud.
Da clic sobre el marcador para ver información
Oficio
Permanente.
120 días hábiles
Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 2 cuarto párrafo, 5 Segundo párrafo, 6, 12 segundo párrafo y 15 fracción IV.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 181 fracción III inciso a), fracción IV inciso a) Artículo transitorio que corresponda al ejercicio fiscal vigente.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escrito libre del propietario, solicitando la regularizaciòn de toma clandestina bajo protesta de decir verdad.
Comprobante de pago correspondiente.
Escritura pùblica o documento legal que acredite la legìtima propiedad del inmueble o boleta predial a nombre del propietario del inmueble.
En caso de no cumplir con las condicionantes o alguno de los requisitos, el trámite no será procedente, por consecuencia se suprimirá la toma y la descarga de albañal.
Tomar en cuenta que se debe revisar la vigencia del artículo transitorio para el ejercicio fiscal que corresponda.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Instalación de medidor de 13mm de diámetro
Armado de cuadro de 13mm de diámetro
Puedes pagar en:
Artículo 181 Apartado A, fracciones III, inciso a) y IV inciso a) del Código Fiscal de la Ciudad de México
Acude al área de Atención Ciudadana de la Dirección de Verificación Delegacional para solicitar el trámite.
O Personal de Atención al Público, recibe el escrito libre, revisa que los requisitos estén completos, le asigna un folio y se informa al ciudadano el tiempo de respuesta a su solicitud.
Este trámite lo realiza:
Persona física. Persona física titular de una tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Comprobante(s) de depósito (original y copia)
Original y copia de la tarjeta del Sistema de ahorro del INVI.
Si el solicitante ya se encuentra canalizado a un proyecto de vivienda, deberá tramitar el retiro de ahorro en la Subdirección de Promoción e Integración de Expedientes.
El retiro parcial o total de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta o por su beneficiario, en caso de fallecimiento.
Al efectuarse el retiro total del saldo de ahorro, automáticamente se cancela la tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI.
El retiro parcial de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta.
Una vez que el ahorrador firma Contrato de Apertura de Crédito, la solicitud de retiro parcial o total de ahorro y se vuelve improcedente
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta a solicitar retiro parcial o total del saldo de ahorro en el Módulo de Atención al Público (Módulo 12)
Solicita al ciudadano la autorización mediante el Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro en dos tantos
Entrega Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro, anexando la documentación siguiente: - Identificación oficial (original y copia). - Comprobante(s) de depósitos (original y copia). - Tarjeta de Ahorro (original y copia).
Recibe documentación, revisa, entrega al ciudadano acuse de recibo, original de comprobante(s) de depósito, original de la Tarjeta de Ahorro (en caso de Retiro Parcial) y original de identificación oficial, indicándole que deberá presentarse en la ventanilla de la Subdirección de Tesorería a recoger el cheque correspondiente, en un plazo de 20 días hábiles
Da clic sobre el marcador para ver información
Acuse de recibo
90 días hábiles.
20 días hábiles
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera que rigen al INVI Aplica todo el documento
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Comprobante(s) de depósito (original y copia)
Original y copia de la tarjeta del Sistema de ahorro del INVI.
Si el solicitante ya se encuentra canalizado a un proyecto de vivienda, deberá tramitar el retiro de ahorro en la Subdirección de Promoción e Integración de Expedientes.
El retiro parcial o total de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta o por su beneficiario, en caso de fallecimiento.
Al efectuarse el retiro total del saldo de ahorro, automáticamente se cancela la tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI.
El retiro parcial de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta.
Una vez que el ahorrador firma Contrato de Apertura de Crédito, la solicitud de retiro parcial o total de ahorro y se vuelve improcedente
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta a solicitar retiro parcial o total del saldo de ahorro en el Módulo de Atención al Público (Módulo 12)
Solicita al ciudadano la autorización mediante el Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro en dos tantos
Entrega Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro, anexando la documentación siguiente: - Identificación oficial (original y copia). - Comprobante(s) de depósitos (original y copia). - Tarjeta de Ahorro (original y copia).
Recibe documentación, revisa, entrega al ciudadano acuse de recibo, original de comprobante(s) de depósito, original de la Tarjeta de Ahorro (en caso de Retiro Parcial) y original de identificación oficial, indicándole que deberá presentarse en la ventanilla de la Subdirección de Tesorería a recoger el cheque correspondiente, en un plazo de 20 días hábiles
Da clic sobre el marcador para ver información
Acuse de recibo
90 días hábiles.
20 días hábiles
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera que rigen al INVI Aplica todo el documento
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Titulares de Permisos para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o impacto zonal.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Permiso con giro de impacto vecinal o impacto zonal según sea el caso
Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
30% del valor del Permiso de Impacto Vecinal o Impacto Zonal, según corresponda
Puedes pagar en:
Código Fiscal de la Ciudad de México, artículo 191 antepenúltimo párrafo
Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/
Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones
Realizar la Solicitud de Revalidación del Permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de Impacto Vecinal o Impacto Zonal EM 05. La revalidación se otorgará siempre y cuando las condiciones originales para el funcionamiento del establecimiento no hayan variado.
Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse
Espera respuesta de la Delegación vía electrónica y en caso de ser afirmativa deberá realizar el pago de los derechos correspondientes
Acudir a la Delegación a exhibir el comprobante de pago y recibir la Revalidación
Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:
Da clic sobre el marcador para ver información
Permiso
Impacto Vecinal: 3 años; Impacto Zonal: 2 años
5 días hábiles
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones XI, XII, XIII, XV y XVIII, 10 Apartado A fracción III y 32
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto
Este servicio lo realiza:
Persona física. Habitantes de la Ciudad de México a partir de 16 años de edad, con capacidad para otorgar testamento.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
Formato de solicitud debidamente llenado y firmado (se proporciona por la Dirección General de Regularización Territorial).
El Testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y declara o cumple sus obligaciones para después de la muerte.
En forma adicional al servicio brindado en las áreas de atención ciudadana, la Dirección General de Regularización Territorial, cuenta con unidades móviles para acercar el servicio a los habitantes de la Ciudad México.
El solicitante debe presentar a la Notaría asignada, su identificación oficial, el recibo y comprobante de pago (báucher) correspondiente.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Testamento Universal (16 a 64 años)
Testamento Adulto Mayor (mayores de 65 años)
Puedes pagar en:
Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Clausula Cuarta.
cude al Módulo Regional, Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial o Testamóviles, se registra y solicita la solicitud de testamento público abierto, con identificación oficial.
Captura Solicitud de Testamento Público Abierto y emite recibo de pago al Ciudadano.
Realiza el pago correspondiente en el Banco.
Asigna notaría.
La notaría cita al ciudadano para testamento.
Acude a la notaría a otorgar su testamento.
La notaría entrega testamento al ciudadano.
Testamento Público
90 días hábiles
Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Todo el documento
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I.
Credencial para Votar - original
Formato de solicitud debidamente llenado y firmado (se proporciona por la Dirección General de Regularización Territorial).
El Testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y declara o cumple sus obligaciones para después de la muerte.
En forma adicional al servicio brindado en las áreas de atención ciudadana, la Dirección General de Regularización Territorial, cuenta con unidades móviles para acercar el servicio a los habitantes de la Ciudad México.
El solicitante debe presentar a la Notaría asignada, su identificación oficial, el recibo y comprobante de pago (báucher) correspondiente.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Testamento Universal (16 a 64 años)
Testamento Adulto Mayor (mayores de 65 años)
Puedes pagar en:
Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Clausula Cuarta.
cude al Módulo Regional, Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial o Testamóviles, se registra y solicita la solicitud de testamento público abierto, con identificación oficial.
Captura Solicitud de Testamento Público Abierto y emite recibo de pago al Ciudadano.
Realiza el pago correspondiente en el Banco.
Asigna notaría.
La notaría cita al ciudadano para testamento.
Acude a la notaría a otorgar su testamento.
La notaría entrega testamento al ciudadano.
Testamento Público
90 días hábiles
Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Todo el documento
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Titulares de establecimientos mercantiles de bajo impacto, vecinal y zonal a la que se le transmitieron los derechos
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Permiso para la operación de establecimientos (tratándose de giro de impacto vecinal o impacto zonal)
Aviso para el funcionamiento de establecimientos (tratándose de giro de bajo impacto)
Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación de la persona que traslada y de la persona que recibe la transmisión de derechos, (tratándose de personas extranjeras)
Identificación oficial de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas físicas)
Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas morales)
Documento que acredite la transmisión de los derechos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
30% del monto del pago de derechos por la expedición del permiso (sólo en caso de permiso de impacto vecinal o zonal)
Puedes pagar en:
Artículo 191, fracción V del Código Fiscal de la Ciudad de México
Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/
Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones
Realizar el trámite EM-07. En el traspaso del establecimiento mercantil sólo se podrá realizar el cambio del titular del establecimiento.
Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse. En caso de establecimientos de bajo impacto, el aviso será suficiente para concluir su trámite.
En caso de las solicitudes de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, espera respuesta vía electrónica de la Delegación y en caso de ser favorable, recibe notificación sobre monto de pago de derechos
En el caso de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, realiza el pago, entrega comprobante a la Delegación y recibe Permiso de traspaso
Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:
Aviso
Permiso
La establecida en el Permiso original
5 días hábiles
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal artículos 2 fracciones XXVI y XXVII, 6 fracción I inciso a), 33 y 40 fracción I
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México artículos 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Código Fiscal del Distrito Federal artículo 191, fracción V
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Interesada que requiera inconformarse por posibles irregulares detectadas en anuncios, establecimientos mercantiles, construcciones, mercados, espectáculos públicos y protección civil.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
a) Nombre completo del interesado
b) Domicilio, teléfono y correo electrónico para aclaraciones o recibir mayor información.
c) Describir de manera clara y sucinta el acto o hechos en que se apoye su petición.
d) Domicilio o ubicación exacta del lugar motivo de la queja.
e) En su caso, de contar con ellas, las pruebas, para acreditar el acto o hechos argumentados.
*El tiempo de respuesta para la obtención del servicio podrá variar, de acuerdo a la demanda del mismo y al personal disponible para proveerlo.
*Se atenderán las quejas o inconformidades de verificación administrativa sobre:
• Establecimientos mercantiles
• Estacionamientos públicos
• Construcciones y edificaciones
• Mercados y abastos
• Espectáculos públicos.
• Protección Civil
• Protección de no fumadores.
*En caso de que a la queja, denuncia o inconformidad, se presente de manera anónima no será necesario presentar como requisitos los documentos o datos de identificación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Realiza la solicitud en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) o vía telefónica para su captura en el sistema.
Recibe la solicitud, asigna número de folio e informa fecha aproximada en la que se dará atención a su petición.
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Atención a la solicitud
Variable
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Usuarios del subsuelo y del espacio aéreo para la colocación y manejo de instalaciones.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Cédula Profesional - original
Credencial para Votar - original
o Pasaporte - original
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Escrito de solicitud de Vo. Bo., dirigido al titular de la Dirección General de Servicios Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios, conforme a lo indicado en la Guía para el correcto llenado de la solicitud de Visto Bueno para Instalaciones Subterráneas o Aéreas en la vía pública.
Ficha Técnica del proyecto (deberá contar con todos los datos contenidos en el formato respectivo).
Proyecto ejecutivo. Deberá incluir un juego de planos arquitectónicos, estructurales, de instalaciones y de señalamiento de seguridad según la norma NOM-086-SCT2-2004, así como las memorias de cálculo respectivas, firmados por el Director Responsable de Obra (DRO) y del Corresponsable en Instalaciones (CI), cuando se trate de obras para la conducción de fluidos, corriente eléctrica, gas natural, petroquímicos y petrolíferos.
El proyecto deberá ser formulado de conformidad con las normas y demás disposiciones aplicables en la materia. Los planos impresos deberán ser ingresados de forma que estén doblados tamaño carta y protegidos con cubierta plástica (protector de hojas).
Versión digital de los planos solicitados en el proyecto ejecutivo (CD).
Opinión Técnica Favorable de la Secretaría de Protección Civil.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Realiza llamada telefónica y programa cita para la entrega de solicitud y documentación descrita en los requisitos.
Acude a la cita llevando documentación requerida completa.
Revisa documentación y acusa de recibo.
Entrega Visto Bueno correspondiente.
Recibe Visto Bueno y acusa de recibo.
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Visto Bueno
1 año(s).
30 días naturales
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 10,18 fracción I y 58 fracción II inciso f.
Cédula Profesional - original
Credencial para Votar - original
o Pasaporte - original
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Escrito de solicitud de Vo. Bo., dirigido al titular de la Dirección General de Servicios Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios, conforme a lo indicado en la Guía para el correcto llenado de la solicitud de Visto Bueno para Instalaciones Subterráneas o Aéreas en la vía pública.
Ficha Técnica del proyecto (deberá contar con todos los datos contenidos en el formato respectivo).
Proyecto ejecutivo. Deberá incluir un juego de planos arquitectónicos, estructurales, de instalaciones y de señalamiento de seguridad según la norma NOM-086-SCT2-2004, así como las memorias de cálculo respectivas, firmados por el Director Responsable de Obra (DRO) y del Corresponsable en Instalaciones (CI), cuando se trate de obras para la conducción de fluidos, corriente eléctrica, gas natural, petroquímicos y petrolíferos.
El proyecto deberá ser formulado de conformidad con las normas y demás disposiciones aplicables en la materia. Los planos impresos deberán ser ingresados de forma que estén doblados tamaño carta y protegidos con cubierta plástica (protector de hojas).
Versión digital de los planos solicitados en el proyecto ejecutivo (CD).
Opinión Técnica Favorable de la Secretaría de Protección Civil.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Realiza llamada telefónica y programa cita para la entrega de solicitud y documentación descrita en los requisitos.
Acude a la cita llevando documentación requerida completa.
Revisa documentación y acusa de recibo.
Entrega Visto Bueno correspondiente.
Recibe Visto Bueno y acusa de recibo.
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Visto Bueno
1 año(s).
30 días naturales
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Legal poseedor del vehículo automotor de combustión interna matriculado en la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia.
Última Constancia de Verificación Impresa o con registro en el sistema de Verificación Vehicular. Copia.
Documentos que acrediten fehacientemente, la existencia del evento o caso no contemplado. Copia.
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.
Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud, se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse e identificación.
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.
Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, contará con cinco días naturales contados a partir de la recepción del documento para presentar su Vehículo a Verificar.
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Oficio
Cinco días naturales contados a partir de su notificación.
10 días hábiles
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183, fracciones l y Xl.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción III.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 39 y 44.
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia.
Última Constancia de Verificación Impresa o con registro en el sistema de Verificación Vehicular. Copia.
Documentos que acrediten fehacientemente, la existencia del evento o caso no contemplado. Copia.
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.
Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud, se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse e identificación.
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.
Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, contará con cinco días naturales contados a partir de la recepción del documento para presentar su Vehículo a Verificar.