Ciudad de México

  • Solicitud de Registro de Tercer Acreditado

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

    Trámite que deben realizar las personas físicas o morales para contar con registro que les permita brindar servicios de capacitación, realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad y proporcionar servicios de consultoría y asesoría en materia de protección civil.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Personas físicas o morales que buscan obtener el registro para capacitar, realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad y proporcionar servicios de consultoría y asesoría en materia de protección civil.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

    04

    Para personas físicas:

    a) Formato debidamente TSPC_SRT_1 requisitado y firmado.

    b) Escrito libre dirigido al Director General de Prevención, indicando el nivel de tercer acreditado al que aspira.

    c) El original del pago correspondiente por concepto de aprovechamientos de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México

    d) Clave del Registro Federal de Contribuyentes;

    e) Currículum vitae actualizado;

    05

    Para personas morales:

    a) Formato debidamente TSPC_SRT_1 requisitado y firmado.

    b) Escrito libre dirigido al Director General de Prevención, indicando el nivel de tercer acreditado al que aspira.

    c) Copia certificada de la escritura constitutiva, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, cuyo objeto social esté vinculado a protección civil;

    d) El original del pago correspondiente por concepto de aprovechamientos de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México.

    e) Copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes;

    f) Relación del personal encargado de elaborar los programas de protección civil e impartición de cursos, así como anexar de cada uno de ellos la constancia de los cursos de capacitación que acrediten sus conocimientos sobre los temas a impartir, en original y copia para su cotejo;

    g)Currículum vitae actualizado de la persona moral señalando experiencia, cursos impartidos, estudios de riesgo-vulnerabilidad realizados y relación de clientes;

    06

    Para capacitación:

    a) Curso de formación de instructores;

    b) Curso de relaciones humanas;

    c) Copia fotostática del formato del diploma o constancia que vayan a expedir; el cual deberá contener nombre, domicilio y teléfono del solicitante, en el que no deberá aparecer sello, logotipo o insignia perteneciente a instituciones oficiales, locales, federales o internacionales;

    d) Inventario del equipo y material didáctico;

    e) Constancia de los cursos de capacitación que acrediten sus conocimientos sobre los temas a impartir, en original y copia para su cotejo;

    f) Documento en el que se establezca con precisión nombre del curso a impartir; los objetivos generales y específicos; contenido temático; duración total expresada en horas y sesiones, técnicas de enseñanza; universo que se atenderá, y perfil mínimo de los aspirantes, además de lo que señala;

    g) Copia de los diplomas de acreditación de los cursos de formación de instructores y de relaciones humanas avaladas por el centro, una institución pública, académica y/o entidad de gobierno.

    h) Copia del registro del manual del participante y guía del instructor ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor emitida por la Secretaría de Educación Pública.

    07

    Primer Nivel:

    3 años experiencia como capacitador en materia de protección civil.

    08

    Segundo Nivel:

    a) Experiencia mínima de 5 años en materia de Protección Civil.

    b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el centro de evaluación, y comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México

    09

    Tercer Nivel:

    a) Experiencia mínima de 7 años en materia de protección civil.

    b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.

    c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.

    d) Conocimientos en administración de emergencias.

    10

    Cuarto Nivel:

    a) Experiencia mínima de 10 años en materia de protección civil.

    b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.

    c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.

    d) Conocimientos en administración de emergencias.

    e) Acreditar que cuentan con conocimientos en los siguientes temas: administración, planeación estratégica, administración de emergencias y desastres, manejo de crisis, conocimientos normativos.

    11

    Quinto Nivel:

    a) Experiencia mínima de 10 años en materia de protección civil.

    b) Presentar 3 programas internos y/o la acreditación que para tal efecto determine el Centro de Evaluación.

    c) Comprobar conocimientos en materia de análisis e implementación de normas ante el Centro de Formación, Evaluación y Capacitación de Protección Civil de la Ciudad de México.

    d) Conocimientos en administración de emergencias.

    e) Acreditar que cuentan con conocimientos en los siguientes temas: administración, planeación estratégica, administración de emergencias y desastres, manejo de crisis, conocimientos normativos.

    f) Plan o programa de trabajo para un Programa Interno y Especial de protección civil.

    g) Cédula Profesional de la especialización o posgrado en el tipo de riesgo al que se dedicará.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Solo se recibirán comprobantes cuyo domicilio se encuentre dentro de la Ciudad de México
    El Tercer Acreditado de Primer Nivel únicamente podrá impartir capacitación.
    El Tercer Acreditado de Segundo Nivel podrá impartir capacitación y elaborar Programas Internos de Protección Civil de inmuebles de mediano riesgo con aforo menor a 100 personas.
    El Tercer Acreditado de Tercer Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de mediano riesgo y programas especiales de hasta 5000 personas.
    El Tercer Acreditado de Cuarto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo y programas especiales superiores a 5000 personas.
    El Tercer Acreditado de Quinto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo, programas especiales superiores a 5000 personas y realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Expedición de Registro Persona Física Primer Nivel

    $1873.50

    Renovación de Registro Persona Física Primer Nivel

    $1249.50

    Expedición de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

    $4996.50

    Renovación de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

    $3123.00

    Expedición de Registro Persona Moral Primer Nivel

    $3123.00

    Renovación de Registro Persona Moral Primer Nivel

    $1873.00

    Expedición de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

    $7494.00

    Renovación de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

    $4996.50

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

    $374.60

    Puedes pagar en:

    • Bancos

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 258 Fracción IV del Código Fiscal del Distrito Federal.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude a la Unidad de Atención Ciudadana a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.

    03

    Actor: Servidor público

    Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso programa al solicitante para evaluación.

    04

    Actor: Ciudadano

    El solicitante se presenta para evaluación en la fecha programada.

    05

    Actor: Servidor público

    Acude a la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de su evaluación, para recibir la respuesta emitida por el área competente.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Autorización


    Cuya vigencia es:

    2 año(s).

    Plazo máximo de respuesta:

    15 días hábiles

    Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal Artículos 16 fracciones XXIV y XXV, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181.

    Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 33 fracción XXVIII.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 167 fracciones VI y X

  • Solicitud de Registro de Videojuegos

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE GOBIERNO

    Autorización del registro de videojuegos, para el uso y explotación de en los Establecimientos Mercantiles.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Interesados con Establecimientos Mercantiles

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 0 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    04

    El titular o quien sus intereses legalmente represente, acompañara el documento con que acredite su personalidad, así como copia simple y original o copia certificada para cotejo de la escritura constitutiva debidamente registrada.

    05

    Título del Videojuego.

    06

    El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.

    07

    Propuesta de clasificación del Video juego.

    04

    Presentar identificación oficial y comprobante de domicilio.

    05

    Título del Videojuego.

    06

    El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.

    07

    Propuesta de clasificación del video juego.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Si transcurrido el plazo no existiera respuesta de la autoridad, operará la afirmativa ficta en aquellos casos en los que la propuesta de clasificación sea A y B en los demás casos operará la negativa ficta.

    Presentar declaración de apertura del establecimiento mercantil en donde pretenda operar los videojuegos.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área correspondiente.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse indicando el plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Ciudadano: se presenta en el área, exhibe el acuse.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa entrega (respuesta o a corrección)

    05

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe respuesta o corrección a su solicitud y firma de recibido.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Registro


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

    Plazo máximo de respuesta:

    40 días hábiles

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Articulos, 43,44 y 45.

    Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal artículos 1,2,3,6,7,8,10,11,12 y demás aplicables a la materia.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 0 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    04

    El titular o quien sus intereses legalmente represente, acompañara el documento con que acredite su personalidad, así como copia simple y original o copia certificada para cotejo de la escritura constitutiva debidamente registrada.

    05

    Título del Videojuego.

    06

    El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.

    07

    Propuesta de clasificación del Video juego.

    04

    Presentar identificación oficial y comprobante de domicilio.

    05

    Título del Videojuego.

    06

    El contenido del Videojuego mediante la documentación descriptiva y explicativa, o videocinta, o disco compacto o cualquier otro medio que facilite su debida revisión.

    07

    Propuesta de clasificación del video juego.

  • Solicitud de Regularización de tomas clandestinas de agua

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Regulariza las tomas que no se encuentran en el padrón de usuarios de agua potable.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Para usuarios con tomas clandestinas en inmuebles de uso habitacional o mixto, con toma clandestina de agua potable de 13mm de diámetro y/o descargas clandestinas de drenaje de 15cm, a regularizar.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Escrito libre del propietario, solicitando la regularizaciòn de toma clandestina bajo protesta de decir verdad.

    04

    Comprobante de pago correspondiente.

    05

    Escritura pùblica o documento legal que acredite la legìtima propiedad del inmueble o boleta predial a nombre del propietario del inmueble.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    En caso de no cumplir con las condicionantes o alguno de los requisitos, el trámite no será procedente, por consecuencia se suprimirá la toma y la descarga de albañal.
    Tomar en cuenta que se debe revisar la vigencia del artículo transitorio para el ejercicio fiscal que corresponda.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Instalación de medidor de 13mm de diámetro

    $4418.98

    Armado de cuadro de 13mm de diámetro

    $768.45

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 181 Apartado A, fracciones III, inciso a) y IV inciso a) del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al área de Atención Ciudadana de la Dirección de Verificación Delegacional para solicitar el trámite.

    02

    Actor: Ciudadano

    O Personal de Atención al Público, recibe el escrito libre, revisa que los requisitos estén completos, le asigna un folio y se informa al ciudadano el tiempo de respuesta a su solicitud.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Oficio


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

    Plazo máximo de respuesta:

    120 días hábiles

    Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 2 cuarto párrafo, 5 Segundo párrafo, 6, 12 segundo párrafo y 15 fracción IV.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 181 fracción III inciso a), fracción IV inciso a) Artículo transitorio que corresponda al ejercicio fiscal vigente.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Escrito libre del propietario, solicitando la regularizaciòn de toma clandestina bajo protesta de decir verdad.

    04

    Comprobante de pago correspondiente.

    05

    Escritura pùblica o documento legal que acredite la legìtima propiedad del inmueble o boleta predial a nombre del propietario del inmueble.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    En caso de no cumplir con las condicionantes o alguno de los requisitos, el trámite no será procedente, por consecuencia se suprimirá la toma y la descarga de albañal.
    Tomar en cuenta que se debe revisar la vigencia del artículo transitorio para el ejercicio fiscal que corresponda.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Instalación de medidor de 13mm de diámetro

    $4418.98

    Armado de cuadro de 13mm de diámetro

    $768.45

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 181 Apartado A, fracciones III, inciso a) y IV inciso a) del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al área de Atención Ciudadana de la Dirección de Verificación Delegacional para solicitar el trámite.

    02

    Actor: Ciudadano

    O Personal de Atención al Público, recibe el escrito libre, revisa que los requisitos estén completos, le asigna un folio y se informa al ciudadano el tiempo de respuesta a su solicitud.

    De manera presencial

  • Solicitud de Retiro total o parcial en el Sistema de Ahorro del INVI

    Unidad normativa: INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Trámite mediante el cual el ciudadano puede realizar retiros parciales o el retiro del saldo total de los recursos que ha depositado mediante la tarjeta del Sistema de ahorro del INVI y de los intereses que se hayan generado

    Este trámite lo realiza:

    Persona física. Persona física titular de una tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02

    Comprobante(s) de depósito (original y copia)

    03

    Original y copia de la tarjeta del Sistema de ahorro del INVI.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Si el solicitante ya se encuentra canalizado a un proyecto de vivienda, deberá tramitar el retiro de ahorro en la Subdirección de Promoción e Integración de Expedientes.

    El retiro parcial o total de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta o por su beneficiario, en caso de fallecimiento.

    Al efectuarse el retiro total del saldo de ahorro, automáticamente se cancela la tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI.

    El retiro parcial de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta.

    Una vez que el ahorrador firma Contrato de Apertura de Crédito, la solicitud de retiro parcial o total de ahorro y se vuelve improcedente

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta a solicitar retiro parcial o total del saldo de ahorro en el Módulo de Atención al Público (Módulo 12)

    02

    Actor: Servidor público

    Solicita al ciudadano la autorización mediante el Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro en dos tantos

    03

    Actor: Ciudadano

    Entrega Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro, anexando la documentación siguiente: - Identificación oficial (original y copia). - Comprobante(s) de depósitos (original y copia). - Tarjeta de Ahorro (original y copia).

    04

    Actor: Servidor público

    Recibe documentación, revisa, entrega al ciudadano acuse de recibo, original de comprobante(s) de depósito, original de la Tarjeta de Ahorro (en caso de Retiro Parcial) y original de identificación oficial, indicándole que deberá presentarse en la ventanilla de la Subdirección de Tesorería a recoger el cheque correspondiente, en un plazo de 20 días hábiles

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Acuse de recibo


    Cuya vigencia es:

    90 días hábiles.

    Plazo máximo de respuesta:

    20 días hábiles

    Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera que rigen al INVI Aplica todo el documento

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02

    Comprobante(s) de depósito (original y copia)

    03

    Original y copia de la tarjeta del Sistema de ahorro del INVI.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Si el solicitante ya se encuentra canalizado a un proyecto de vivienda, deberá tramitar el retiro de ahorro en la Subdirección de Promoción e Integración de Expedientes.

    El retiro parcial o total de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta o por su beneficiario, en caso de fallecimiento.

    Al efectuarse el retiro total del saldo de ahorro, automáticamente se cancela la tarjeta del Sistema de Ahorro del INVI.

    El retiro parcial de ahorro solo podrá ser solicitado por el titular de la tarjeta.

    Una vez que el ahorrador firma Contrato de Apertura de Crédito, la solicitud de retiro parcial o total de ahorro y se vuelve improcedente

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta a solicitar retiro parcial o total del saldo de ahorro en el Módulo de Atención al Público (Módulo 12)

    02

    Actor: Servidor público

    Solicita al ciudadano la autorización mediante el Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro en dos tantos

    03

    Actor: Ciudadano

    Entrega Formato de Retiro Total o Parcial de Ahorro, anexando la documentación siguiente: - Identificación oficial (original y copia). - Comprobante(s) de depósitos (original y copia). - Tarjeta de Ahorro (original y copia).

    04

    Actor: Servidor público

    Recibe documentación, revisa, entrega al ciudadano acuse de recibo, original de comprobante(s) de depósito, original de la Tarjeta de Ahorro (en caso de Retiro Parcial) y original de identificación oficial, indicándole que deberá presentarse en la ventanilla de la Subdirección de Tesorería a recoger el cheque correspondiente, en un plazo de 20 días hábiles

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Acuse de recibo


    Cuya vigencia es:

    90 días hábiles.

    Plazo máximo de respuesta:

    20 días hábiles

    Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera que rigen al INVI Aplica todo el documento

  • Solicitud de Revalidación del Permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de Impacto Vecinal o Impacto Zonal

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta mediante el Sistema, dentro de los 15 días hábiles previos a la conclusión de su vigencia, a fin de que los titulares de los Permisos para la operación de establecimientos mercantiles con giro de Impacto Vecinal o Impacto Zonal, manifiesten a la Delegación correspondiente, bajo protesta de decir verdad, que las condiciones en las que se otorgó originalmente el Permiso no han variado, a efecto de prorrogar su vigencia por dos o tres años más según sea el caso.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de Permisos para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o impacto zonal.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Permiso con giro de impacto vecinal o impacto zonal según sea el caso

    04

    Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    30% del valor del Permiso de Impacto Vecinal o Impacto Zonal, según corresponda

    . Variable

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Kioskos de la Tesorería
    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Código Fiscal de la Ciudad de México, artículo 191 antepenúltimo párrafo

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar la Solicitud de Revalidación del Permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de Impacto Vecinal o Impacto Zonal EM 05. La revalidación se otorgará siempre y cuando las condiciones originales para el funcionamiento del establecimiento no hayan variado.

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse

    05

    Actor: Ciudadano

    Espera respuesta de la Delegación vía electrónica y en caso de ser afirmativa deberá realizar el pago de los derechos correspondientes

    06

    Actor: Ciudadano

    Acudir a la Delegación a exhibir el comprobante de pago y recibir la Revalidación

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea
      • Pago totalmente en línea

      realizar en línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Permiso


    Cuya vigencia es:

    Impacto Vecinal: 3 años; Impacto Zonal: 2 años

    Plazo máximo de respuesta:

    5 días hábiles

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones XI, XII, XIII, XV y XVIII, 10 Apartado A fracción III y 32

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta

  • Solicitud de Testamento Público Abierto

    Unidad normativa: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

    Servicio mediante el cual la Dirección General de Regularización Territorial otorga facilidades económicas a los habitantes de la Ciudad de México para realizar su Testamento a bajo costo.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Habitantes de la Ciudad de México a partir de 16 años de edad, con capacidad para otorgar testamento.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02

    Formato de solicitud debidamente llenado y firmado (se proporciona por la Dirección General de Regularización Territorial).

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    El Testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y declara o cumple sus obligaciones para después de la muerte.

    En forma adicional al servicio brindado en las áreas de atención ciudadana, la Dirección General de Regularización Territorial, cuenta con unidades móviles para acercar el servicio a los habitantes de la Ciudad México.

    El solicitante debe presentar a la Notaría asignada, su identificación oficial, el recibo y comprobante de pago (báucher) correspondiente.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Testamento Universal (16 a 64 años)

    $1480.00

    Genera tu línea de captura

    Testamento Adulto Mayor (mayores de 65 años)

    $490.00

    Genera tu línea de captura

    Puedes pagar en:

    • Bancos

    Fundamento jurídico del costo

    Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Clausula Cuarta.

    01

    Actor: Ciudadano

    cude al Módulo Regional, Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial o Testamóviles, se registra y solicita la solicitud de testamento público abierto, con identificación oficial.

    02

    Actor: Servidor público

    Captura Solicitud de Testamento Público Abierto y emite recibo de pago al Ciudadano.

    03

    Actor: Ciudadano

    Realiza el pago correspondiente en el Banco.

    04

    Actor: Servidor público

    Asigna notaría.

    05

    Actor: Servidor público

    La notaría cita al ciudadano para testamento.

    06

    Actor: Ciudadano

    Acude a la notaría a otorgar su testamento.

    07

    Actor: Servidor público

    La notaría entrega testamento al ciudadano.

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Testamento Público


    Plazo máximo de respuesta:

    90 días hábiles

    Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Todo el documento

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02

    Formato de solicitud debidamente llenado y firmado (se proporciona por la Dirección General de Regularización Territorial).

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    El Testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y declara o cumple sus obligaciones para después de la muerte.

    En forma adicional al servicio brindado en las áreas de atención ciudadana, la Dirección General de Regularización Territorial, cuenta con unidades móviles para acercar el servicio a los habitantes de la Ciudad México.

    El solicitante debe presentar a la Notaría asignada, su identificación oficial, el recibo y comprobante de pago (báucher) correspondiente.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Testamento Universal (16 a 64 años)

    $1480.00

    Genera tu línea de captura

    Testamento Adulto Mayor (mayores de 65 años)

    $490.00

    Genera tu línea de captura

    Puedes pagar en:

    • Bancos

    Fundamento jurídico del costo

    Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Clausula Cuarta.

    01

    Actor: Ciudadano

    cude al Módulo Regional, Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial o Testamóviles, se registra y solicita la solicitud de testamento público abierto, con identificación oficial.

    02

    Actor: Servidor público

    Captura Solicitud de Testamento Público Abierto y emite recibo de pago al Ciudadano.

    03

    Actor: Ciudadano

    Realiza el pago correspondiente en el Banco.

    04

    Actor: Servidor público

    Asigna notaría.

    05

    Actor: Servidor público

    La notaría cita al ciudadano para testamento.

    06

    Actor: Ciudadano

    Acude a la notaría a otorgar su testamento.

    07

    Actor: Servidor público

    La notaría entrega testamento al ciudadano.

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Testamento Público


    Plazo máximo de respuesta:

    90 días hábiles

    Convenio de colaboración para el otorgamiento de Testamentos Públicos Abiertos en el Distrito Federal. Todo el documento

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I.

  • Solicitud de Traspaso de establecimiento mercantil que opera con Permiso; o Aviso de Traspaso de establecimiento mercantil de Bajo Impacto

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto de dar aviso u obtener el permiso de la Delegación con motivo de la transmisión de los derechos de la titularidad del establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal, zonal o de bajo impacto, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que realizó la transmisión.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de establecimientos mercantiles de bajo impacto, vecinal y zonal a la que se le transmitieron los derechos

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Permiso para la operación de establecimientos (tratándose de giro de impacto vecinal o impacto zonal)

    04

    Aviso para el funcionamiento de establecimientos (tratándose de giro de bajo impacto)

    05

    Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación de la persona que traslada y de la persona que recibe la transmisión de derechos, (tratándose de personas extranjeras)

    06

    Identificación oficial de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas físicas)

    07

    Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas morales)

    08

    Documento que acredite la transmisión de los derechos

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    30% del monto del pago de derechos por la expedición del permiso (sólo en caso de permiso de impacto vecinal o zonal)

    . Variable

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias
    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Kioskos de la Tesorería

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 191, fracción V del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar el trámite EM-07. En el traspaso del establecimiento mercantil sólo se podrá realizar el cambio del titular del establecimiento.

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse. En caso de establecimientos de bajo impacto, el aviso será suficiente para concluir su trámite.

    05

    Actor: Ciudadano

    En caso de las solicitudes de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, espera respuesta vía electrónica de la Delegación y en caso de ser favorable, recibe notificación sobre monto de pago de derechos

    06

    Actor: Ciudadano

    En el caso de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, realiza el pago, entrega comprobante a la Delegación y recibe Permiso de traspaso

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

      realizar en línea

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Permiso


    Cuya vigencia es:

    La establecida en el Permiso original

    Plazo máximo de respuesta:

    5 días hábiles

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal artículos 2 fracciones XXVI y XXVII, 6 fracción I inciso a), 33 y 40 fracción I

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México artículos 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Código Fiscal del Distrito Federal artículo 191, fracción V

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

  • Solicitud de Visita de Verificación Administrativa

    Unidad normativa: INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Servicio mediante el cual se da atención a las denuncias, quejas o inconformidades sobre el funcionamiento anuncios, establecimientos mercantiles, construcciones, mercados, espectáculos públicos, protección civil en los que se hayan detectado posibles irregularidades.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Interesada que requiera inconformarse por posibles irregulares detectadas en anuncios, establecimientos mercantiles, construcciones, mercados, espectáculos públicos y protección civil.


    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02

    a) Nombre completo del interesado

    b) Domicilio, teléfono y correo electrónico para aclaraciones o recibir mayor información.

    c) Describir de manera clara y sucinta el acto o hechos en que se apoye su petición.

    d) Domicilio o ubicación exacta del lugar motivo de la queja.

    e) En su caso, de contar con ellas, las pruebas, para acreditar el acto o hechos argumentados.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    *El tiempo de respuesta para la obtención del servicio podrá variar, de acuerdo a la demanda del mismo y al personal disponible para proveerlo.

    *Se atenderán las quejas o inconformidades de verificación administrativa sobre:
    • Establecimientos mercantiles
    • Estacionamientos públicos
    • Construcciones y edificaciones
    • Mercados y abastos
    • Espectáculos públicos.
    • Protección Civil
    • Protección de no fumadores.

    *En caso de que a la queja, denuncia o inconformidad, se presente de manera anónima no será necesario presentar como requisitos los documentos o datos de identificación.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Realiza la solicitud en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) o vía telefónica para su captura en el sistema.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe la solicitud, asigna número de folio e informa fecha aproximada en la que se dará atención a su petición.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención a la solicitud

    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

  • Solicitud de Visto Bueno para instalaciones subterráneas y/o aéreas en la vía pública

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

    Trámite por medio del cual los usuarios del subsuelo y del espacio aéreo en la vía pública formalizan las condiciones con que realizarán los trabajos de su interés para prevenir el deterioro de elementos e instalaciones de la vía pública a cargo de la APDF, en apego a la normatividad vigente.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Usuarios del subsuelo y del espacio aéreo para la colocación y manejo de instalaciones.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Cédula Profesional - original

    Credencial para Votar - original

    o Pasaporte - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Escrito de solicitud de Vo. Bo., dirigido al titular de la Dirección General de Servicios Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios, conforme a lo indicado en la Guía para el correcto llenado de la solicitud de Visto Bueno para Instalaciones Subterráneas o Aéreas en la vía pública.

    04

    Ficha Técnica del proyecto (deberá contar con todos los datos contenidos en el formato respectivo).

    05

    Proyecto ejecutivo. Deberá incluir un juego de planos arquitectónicos, estructurales, de instalaciones y de señalamiento de seguridad según la norma NOM-086-SCT2-2004, así como las memorias de cálculo respectivas, firmados por el Director Responsable de Obra (DRO) y del Corresponsable en Instalaciones (CI), cuando se trate de obras para la conducción de fluidos, corriente eléctrica, gas natural, petroquímicos y petrolíferos.

    El proyecto deberá ser formulado de conformidad con las normas y demás disposiciones aplicables en la materia. Los planos impresos deberán ser ingresados de forma que estén doblados tamaño carta y protegidos con cubierta plástica (protector de hojas).

    06

    Versión digital de los planos solicitados en el proyecto ejecutivo (CD).

    07

    Opinión Técnica Favorable de la Secretaría de Protección Civil.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Realiza llamada telefónica y programa cita para la entrega de solicitud y documentación descrita en los requisitos.

    02

    Actor: Ciudadano

    Acude a la cita llevando documentación requerida completa.

    03

    Actor: Servidor público

    Revisa documentación y acusa de recibo.

    04

    Actor: Servidor público

    Entrega Visto Bueno correspondiente.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe Visto Bueno y acusa de recibo.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Visto Bueno


    Cuya vigencia es:

    1 año(s).

    Plazo máximo de respuesta:

    30 días naturales

    Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 10,18 fracción I y 58 fracción II inciso f.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Cédula Profesional - original

    Credencial para Votar - original

    o Pasaporte - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Escrito de solicitud de Vo. Bo., dirigido al titular de la Dirección General de Servicios Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios, conforme a lo indicado en la Guía para el correcto llenado de la solicitud de Visto Bueno para Instalaciones Subterráneas o Aéreas en la vía pública.

    04

    Ficha Técnica del proyecto (deberá contar con todos los datos contenidos en el formato respectivo).

    05

    Proyecto ejecutivo. Deberá incluir un juego de planos arquitectónicos, estructurales, de instalaciones y de señalamiento de seguridad según la norma NOM-086-SCT2-2004, así como las memorias de cálculo respectivas, firmados por el Director Responsable de Obra (DRO) y del Corresponsable en Instalaciones (CI), cuando se trate de obras para la conducción de fluidos, corriente eléctrica, gas natural, petroquímicos y petrolíferos.

    El proyecto deberá ser formulado de conformidad con las normas y demás disposiciones aplicables en la materia. Los planos impresos deberán ser ingresados de forma que estén doblados tamaño carta y protegidos con cubierta plástica (protector de hojas).

    06

    Versión digital de los planos solicitados en el proyecto ejecutivo (CD).

    07

    Opinión Técnica Favorable de la Secretaría de Protección Civil.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Realiza llamada telefónica y programa cita para la entrega de solicitud y documentación descrita en los requisitos.

    02

    Actor: Ciudadano

    Acude a la cita llevando documentación requerida completa.

    03

    Actor: Servidor público

    Revisa documentación y acusa de recibo.

    04

    Actor: Servidor público

    Entrega Visto Bueno correspondiente.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe Visto Bueno y acusa de recibo.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Visto Bueno


    Cuya vigencia es:

    1 año(s).

    Plazo máximo de respuesta:

    30 días naturales

  • Solicitud de ampliación del periodo de verificación por casos no contemplados

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Ampliar el periodo de Verificación Vehicular por situaciones no atribuibles al usuario.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Legal poseedor del vehículo automotor de combustión interna matriculado en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - 1 copia(s)

    o Pasaporte - 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)

    o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)

    02

    Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.

    03

    Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia.

    04

    Última Constancia de Verificación Impresa o con registro en el sistema de Verificación Vehicular. Copia.

    05

    Documentos que acrediten fehacientemente, la existencia del evento o caso no contemplado. Copia.

    06

    No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.

    03

    Actor: Ciudadano

    Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud, se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse e identificación.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, contará con cinco días naturales contados a partir de la recepción del documento para presentar su Vehículo a Verificar.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Oficio


    Cuya vigencia es:

    Cinco días naturales contados a partir de su notificación.

    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183, fracciones l y Xl.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción III.

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 39 y 44.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - 1 copia(s)

    o Pasaporte - 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)

    o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)

    02

    Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.

    03

    Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia.

    04

    Última Constancia de Verificación Impresa o con registro en el sistema de Verificación Vehicular. Copia.

    05

    Documentos que acrediten fehacientemente, la existencia del evento o caso no contemplado. Copia.

    06

    No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.

    03

    Actor: Ciudadano

    Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud, se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse e identificación.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, contará con cinco días naturales contados a partir de la recepción del documento para presentar su Vehículo a Verificar.

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