Orientación alimentaria

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Orientación alimentaria

Unidad normativa: SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Servicio por el que la población solicitante, recibe pláticas, talleres, cápsulas informativas, actividades lúdicas, sobre tópicos de orientación alimentaria con el propósito de fomentar adecuados hábitos de alimentación que contribuyan al mejoramiento del estado de salud y nutrición de las personas.

Este servicio lo realiza:

Persona física. Preescolares, escolares, padres de familia, mujeres embarazadas, adultos mayores, familias en desamparo y sujetos vulnerables.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01

Oficio o escrito libre, solicitando las pláticas, talleres, cápsulas informativas, actividades lúdicas, sobre tópicos de orientación alimentaria y el beneficio que aportará a la población benefiiaria.

Antes de realizar el servicio debes considerar

Contar con un espacio para la impartición de pláticas, talleres, cápsulas informativas, actividades lúdicas, sobre tópicos de orientación alimentaria, de acuerdo al número de personas que recibirán la información.

La disponibilidad de temas en materia de Orientación Alimentaria, puede ser consultada en el teléfono 56 04 01 27, Extensión 4305.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

El ciudadano presenta su solicitud por oficio o escrito libre.

02

Actor: Servidor público

El área que opera el servicio atiende la solicitud y verifica disponibilidad para otorgar el servicio.

03

Actor: Ciudadano

El ciudadano recibe confirmación de fecha y lugar en el que se brindará el servicio de Orientación Alimentaria.

04

Actor: Servidor público

El área que opera el servicio brinda la plática correspondiente de Orientación Alimentaria de conformidad con las fechas acordadas.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Recibe pláticas de Orientación Alimentaria para mejorar hábitos alimenticios


Plazo máximo de respuesta:

5 días hábiles

Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales, Artículo 1, Artículo 7 y Artículo 8.

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal Capítulo Primero. Disposiciones Generales, Artículo 1.- Fracción II.

Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. Capítulo VI de las Atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Asistencia Alimentaria, Artículo 17, fracción VII

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01

Oficio o escrito libre, solicitando las pláticas, talleres, cápsulas informativas, actividades lúdicas, sobre tópicos de orientación alimentaria y el beneficio que aportará a la población benefiiaria.

Antes de realizar el servicio debes considerar

Contar con un espacio para la impartición de pláticas, talleres, cápsulas informativas, actividades lúdicas, sobre tópicos de orientación alimentaria, de acuerdo al número de personas que recibirán la información.

La disponibilidad de temas en materia de Orientación Alimentaria, puede ser consultada en el teléfono 56 04 01 27, Extensión 4305.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

El ciudadano presenta su solicitud por oficio o escrito libre.

02

Actor: Servidor público

El área que opera el servicio atiende la solicitud y verifica disponibilidad para otorgar el servicio.

03

Actor: Ciudadano

El ciudadano recibe confirmación de fecha y lugar en el que se brindará el servicio de Orientación Alimentaria.

04

Actor: Servidor público

El área que opera el servicio brinda la plática correspondiente de Orientación Alimentaria de conformidad con las fechas acordadas.

De manera presencial

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Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Recibe pláticas de Orientación Alimentaria para mejorar hábitos alimenticios


Plazo máximo de respuesta:

5 días hábiles

Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales, Artículo 1, Artículo 7 y Artículo 8.

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal Capítulo Primero. Disposiciones Generales, Artículo 1.- Fracción II.

Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. Capítulo VI de las Atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Asistencia Alimentaria, Artículo 17, fracción VII

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