Opinión Técnica para la Fusión/Subdivisión/Relotificación de Predios, Condición Patrimonial y Factibilidad de Demolición y/o Proyecto, en Inmuebles Afectos al Patrimonio Cultural Urbano y/o Área de Conservación Patrimonial

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Opinión Técnica para la Fusión/Subdivisión/Relotificación de Predios, Condición Patrimonial y Factibilidad de Demolición y/o Proyecto, en Inmuebles Afectos al Patrimonio Cultural Urbano y/o Área de Conservación Patrimonial

Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA-DPCUEP

Documento que deben obtener los interesados, previamente a la obtención de permiso, licencia o autorización o la presentación de aviso, en su caso, en elementos afectos al patrimonio cultural urbano y/o en área de conservación patrimonial.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Propietario o poseedor.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato de solicitud TSEDUVI-CGDAU_OTLF_1 debidamente llenado y firmado.

04

Memoria fotográfica a color montadas o impresas en hojas blancas tamaño carta del entorno urbano; vista de (los) predio (s) (exteriores e interiores), de los edificios o predios colindantes y de la acera de enfrente, incluir las aceras completas y deben notarse claramente las alturas con croquis de ubicación de las imágenes.

05

Memoria descriptiva según sea el caso, señalando los predios a intervenir, metros cuadrados que se pretendan demoler, proyecto pretendido a realizar.

Antes de realizar el trámite debes considerar

*La revalidación del dictamen técnico deberá tramitarse en los términos de la Ley de Procedimientos Administrativo de la Ciudad de México presentando la solicitud dentro de los quince días hábiles previos a la conclusión de su vigencia ante esta misma autoridad.

Formatos

TSEDUVI-CGDAU_OTLF_1

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con los que acredita los requisitos en el área de Atención Ciudadana

02

Actor: Servidor público

Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

03

Actor: Ciudadano

Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud.

04

Actor: Servidor público

Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

05

Actor: Ciudadano

Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Opinión Técinica


Cuya vigencia es:

1 año(s).

Plazo máximo de respuesta:

20 días hábiles

Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracción I y XIV, 43, 65 y 87 fracción VI.

Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 63, 64, 68, 69, 70 fracción VI y 72.

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 1, 3 fracción II, 28, 53 antepenúltimo párrafo, 58, 121 y 238.

Norma de Ordenación Número 4 en Áreas de Actuación para Áreas de Conservación Patrimonial del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Aplica en su totalidad.

Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Artículos 4, 6 fracción VI, 7, 10 fracciones XXII y XXV, 22 y 77 fracción II.

Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis y 44.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.

Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5; 3; 7 apartado A numeral 1 y 18 apartado A numeral 1.

Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 153 fracciones V y VII.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 2 y 31 fracción XII.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato de solicitud TSEDUVI-CGDAU_OTLF_1 debidamente llenado y firmado.

04

Memoria fotográfica a color montadas o impresas en hojas blancas tamaño carta del entorno urbano; vista de (los) predio (s) (exteriores e interiores), de los edificios o predios colindantes y de la acera de enfrente, incluir las aceras completas y deben notarse claramente las alturas con croquis de ubicación de las imágenes.

05

Memoria descriptiva según sea el caso, señalando los predios a intervenir, metros cuadrados que se pretendan demoler, proyecto pretendido a realizar.

Antes de realizar el trámite debes considerar

*La revalidación del dictamen técnico deberá tramitarse en los términos de la Ley de Procedimientos Administrativo de la Ciudad de México presentando la solicitud dentro de los quince días hábiles previos a la conclusión de su vigencia ante esta misma autoridad.

Formatos

TSEDUVI-CGDAU_OTLF_1

Sin costo.

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