Atención médica de consulta externa de 1er.Nivel
Atención médica de consulta externa de 1er.Nivel
Unidad normativa: SECRETARÍA DE SALUD
Brindar atención médica con oportunidad y eficiencia a la población que no cuentan con seguridad social en el Distrito Federal en los diferentes servicios de consulta externa de las unidades
médicas de primer nivel de atención.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Población residente del Distrito Federal, que carece de Seguridad Social Laboral.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - original
o Licencia para Conducir - original
o Pasaporte - original
o Cédula Profesional - original
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original
02
Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores exhibir Tarjeta “SI VALE “
Antes de realizar el servicio debes considerar
La atención médica en el primer nivel de atención se puede generar mediante cita programada por vía telefónica, de acuerdo al Centro de Salud.
Toda persona que acude por primera vez solicitando atención médica, se le otorgará conforme a la agenda médica en ese momento, y de no contar con espacios se le ofrecerá cita programada. En esta misma consulta se promocionarán las acciones integradas de salud, de acuerdo al grupo de edad al que pertenezca el usuario.
Los centros de salud no proporcionan atención de urgencias médicas, todas sus actividades son programadas.
El personal de archivo integrará el expediente del paciente y le entregará un carnet de citas, lo enviará al servicio de trabajo social para su inscripción al programa de servicios médicos y medicamentos gratuitos.
Todo paciente que requiere seguimiento o control de su padecimiento o de los factores de riesgo que presente, el médico le indicará cita, para su atención subsecuente.
En caso de solicitar el servicio de atención médica de consulta externa de primer nivel y no contar con la Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores y no contar con la Tarjeta “SI VALE “, se requiere realizar el pago correspondiente al servicio conforme lo señala el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Sin costo.
01
Actor: Ciudadano
Se presenta al archivo clínico y solicita consulta, mostrando su identificación oficial y la Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores exhibe Tarjeta “SI VALE “
02
Actor: Servidor público
Recibe y coteja los documentos y verifica la agenda médica del día y de existir un espacio se le asigna un horario de atención médica, en el caso de no contar con un espacio ese mismo día se programa cita médica.
03
Actor: Ciudadano
Recibe atención médica.
04
Actor: Ciudadano
En el caso de que paciente requiera próxima cita deberá pasar a archivo, para que el personal registre el día y la hora de su próxima cita en la base de datos y en el carnet de citas del paciente.
De manera presencial
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Si tu servicio procede, entonces obtendrás:
Atención Médica
Plazo máximo de respuesta:
Inmediato
Ley General de Salud. Artículos 3 ° Fracciones II y XVI a XVIII, 4 °;5 º;6 °,13 Apartado B y Artículo 52 y 53 que presta el Distrito Federal
Ley de Salud del Distrito Federal Artículos 5, 6, 8. 25 y 26
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículos 7 Fracción VII, 65, 66 y 67.
Acuerdo por el que se establece el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos que Presta el Distrito
Federal. Aplica la totalidad del Acuerdo por el que se establece el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos que Presta el Distrito Federal.
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta