Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno

Unidad normativa: JEFATURA DE GOBIERNO

Es un servicio que presta el Área de Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno, atendiendo la demanda de servicios, solicitudes de información, trámites, quejas, denuncias o asesorías entre las distintas unidades administrativas de los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal.

Este servicio lo realiza:

Persona física o moral. Población en general que habiten tanto en la
Ciudad de México, como en el interior de la República Mexicana o en el extranjero.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original

o Cédula Profesional - original

o Tarjeta INAPAM - original

o Licencia para Conducir - original

Antes de realizar el servicio debes considerar

El ciudadano recibe la respuesta o información sobre la petición de la o las Dependencia (s) u Órgano (s) donde fue canalizado; asimismo, de considerarlo necesario, el Área correspondiente podrá solicitarle documentos o requisitos adicionales.
La identificación oficial se requiere para ingresar al Área de Atención Ciudadana.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno, presentando identificación oficial.

02

Actor: Servidor público

Recibe al ciudadano y le brinda la atención correspondiente a la petición.

03

Actor: Servidor público

Canaliza a la o las Dependencia (s) u Órgano (s) correspondiente para la atención debida.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Recibir atención personalizada y gestionar con eficacia sus peticiones.


Plazo máximo de respuesta:

Inmediato

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 6.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 5.

Lineamientos mediante los que se establece el Modelo Integral de Atención Ciudadana de la Administración Pública del Distrito Federal. Numerales 1, 7 al 7.1.16, 8 al 8.1.1 fracciones I, II y III, 9, 9.1, 9.3, 16 y 16.1.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original

o Cédula Profesional - original

o Tarjeta INAPAM - original

o Licencia para Conducir - original

Antes de realizar el servicio debes considerar

El ciudadano recibe la respuesta o información sobre la petición de la o las Dependencia (s) u Órgano (s) donde fue canalizado; asimismo, de considerarlo necesario, el Área correspondiente podrá solicitarle documentos o requisitos adicionales.
La identificación oficial se requiere para ingresar al Área de Atención Ciudadana.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno, presentando identificación oficial.

02

Actor: Servidor público

Recibe al ciudadano y le brinda la atención correspondiente a la petición.

03

Actor: Servidor público

Canaliza a la o las Dependencia (s) u Órgano (s) correspondiente para la atención debida.

De manera presencial

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Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

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Plazo máximo de respuesta:

Inmediato

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 6.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 5.

Lineamientos mediante los que se establece el Modelo Integral de Atención Ciudadana de la Administración Pública del Distrito Federal. Numerales 1, 7 al 7.1.16, 8 al 8.1.1 fracciones I, II y III, 9, 9.1, 9.3, 16 y 16.1.

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