Atención al maltrato infantil en la familia
Atención al maltrato infantil en la familia
Unidad normativa: SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Servicio a través del cual se designa personal de trabajo social para la investigación y asistencia social de las niñas, niños y adolescentes, referidos en un reporte de maltrato infantil el cual se puede realizar vía telefónica, electrónica y presencial.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Persona física que sea víctima o testigo de algún tipo de maltrato infantil.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Antes de realizar el servicio debes considerar
Para el registro de los reportes se deberá contar por lo menos con los siguientes datos:
• Nombre, apellidos y número telefónico del ciudadano reportante.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como, parentesco del o los presuntos agresores de los niños, niñas o adolescentes involucrados.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero así como ocupación de la madre, padre, responsables de los cuidados, custodia, curatela o tutela de la niña, niño o adolescente.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como grado escolar del niño, niña o adolescente motivo de asistencia.
• Descripción de los hechos.
• Datos del domicilio donde ocurren los hechos.
Correo electrónico: difinalmaltrato@dif.cdmx.gob.mx
Informes y orientación al teléfono 56057552 , 91832996
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Sin costo.
01
Actor: Ciudadano
Realiza reporte de maltrato infantil.
02
Actor: Servidor público
Registra reporte en el sistema informático, se asigna a Trabajador /a Social para realizar investigación de tipo social.
03
Actor: Servidor público
(Trabajo Social): Realiza visita domiciliaria para verificar situación familiar del menor y corroborar o descartar motivo del reporte.
04
Actor: Ciudadano
(Familia en Atención): Recibe Tratamiento Social.
05
Actor: Servidor público
(Trabajo Social): Elabora informe de resultados .
En línea
Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:
- Solicitud en línea
realizar en línea
Por teléfono
56057552De manera presencial
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Si tu servicio procede, entonces obtendrás:
Atención al reporte de Maltrato Infantil
Plazo máximo de respuesta:
Variable
Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes. Artículos 14, 15, 16, 17, 36, 43, 46, 47, 50, 53, 55, 57, 60, 65, 71, 75, 76,82,122 y 123.
Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Artículo 16 BIS fracciones III, VI, XII y XX.
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículos 1, 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 111, 112 113 Fracción II
Protocolo de Atención Integral al Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes en su Entorno Familiar. .
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta
- Fundamento jurídico
Antes de realizar el servicio debes considerar
Para el registro de los reportes se deberá contar por lo menos con los siguientes datos:
• Nombre, apellidos y número telefónico del ciudadano reportante.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como, parentesco del o los presuntos agresores de los niños, niñas o adolescentes involucrados.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero así como ocupación de la madre, padre, responsables de los cuidados, custodia, curatela o tutela de la niña, niño o adolescente.
• Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como grado escolar del niño, niña o adolescente motivo de asistencia.
• Descripción de los hechos.
• Datos del domicilio donde ocurren los hechos.
Correo electrónico: difinalmaltrato@dif.cdmx.gob.mx
Informes y orientación al teléfono 56057552 , 91832996
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Sin costo.
01
Actor: Ciudadano
Realiza reporte de maltrato infantil.
02
Actor: Servidor público
Registra reporte en el sistema informático, se asigna a Trabajador /a Social para realizar investigación de tipo social.
03
Actor: Servidor público
(Trabajo Social): Realiza visita domiciliaria para verificar situación familiar del menor y corroborar o descartar motivo del reporte.
04
Actor: Ciudadano
(Familia en Atención): Recibe Tratamiento Social.
05
Actor: Servidor público
(Trabajo Social): Elabora informe de resultados .
En línea
Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:
- Solicitud en línea
realizar en línea
Por teléfono
56057552De manera presencial
Da clic sobre el marcador para ver información
Si tu servicio procede, entonces obtendrás:
Atención al reporte de Maltrato Infantil
Plazo máximo de respuesta:
Variable
Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes. Artículos 14, 15, 16, 17, 36, 43, 46, 47, 50, 53, 55, 57, 60, 65, 71, 75, 76,82,122 y 123.
Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Artículo 16 BIS fracciones III, VI, XII y XX.
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículos 1, 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 111, 112 113 Fracción II
Protocolo de Atención Integral al Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes en su Entorno Familiar. .