Servicio de atención residencial para personas con discapacidad con gran dependencia o dependencia severa
Ofrece una atención personal, integral y continuada de carácer social, que fomenta el desarrollo de la persona, mejora la autonomía, la participación social y la calidad de vida teniendo en cuenta la condición de la persona dependiente, la naturaleza de la dependencia, el grado y nivel de la misma, la intensidad de los cuidados que precisa y el diagnóstico de la discapacidad.
Requisitos
- Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados y niveles establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y que el Programa Individual de Atención, de conformidad con la Orden 2/2012, de 3 de abril, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se regula el procedimiento de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja, especifique la adecuación del servicio.
- Tener reconocido por la Dirección General con competencia en la materia o por el órgano competente de cada Comuniad Autónoma, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y un diagnóstico que pueda ser atendido en alguna de las plazas de la clasificación de las plazas señaladas en el artículo 3 del Decreto 25/2011, de 25 de marzo.
- Residir legalmente en La Rioja y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediateamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalización española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.
Clasificación de las plazas
En función del grado de dependencia:
- Plazas para personas con discapacidad con gran dependencia.
- Plazas para personas con discapacidad con dependencia severa.
- Plazas para personas con discapacidad con dependencia moderada.
En función del diagnóstico de la discapacidad:
- Plazas para personas con discapacidad intelectual y afines.
- Plazas para personas con parálisis cerebral y afines.
- Plazas para personas con autismo y afines.
- Plazas para personas con esclerosis múltiple.
Documentación
- Solicitud
- En el caso de usuarios no nacionales, certificación de los periodos de residencial legal en España emitida por el órgano competente para ello.
- Cuando la solicitud se realice a través de representante legal, deberá acompañarse copia de la resolución judicial de incapacitación o cualquier otra documentación acreditativa de dicha condición, o bien documentación que acredite el haber iniciado el procedimiento de incapacidtación si no estuviera concluso.
- Justificación de ingresos netos anuales percibidos en el año anterior por el soilcitante de plaza, y del año en curso cuando se refiere a pensiones, en caso de que no se autorice a la Dirección General con competencia en la materia a solicitar esta información. Estos se documentarán con la fotocopia de la última declaración de la renta de las personas físicas y con información de los organismos emisores, que se acompañara además con una declaración responsable de ingresos.
La solicitud de ingreso deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Solicitud de acceso ( 244.5 Kb)
Solicitud de permuta de plaza ( 1665.7 Kb)
Solicitud de traslado de centro ( 1665.4 Kb)
Declaración de ingresos ( 1664.9 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año.
- Plazo de resolución y notificación
La Dirección General competente procederá, mediante resolución motivada, a la concesión o denegación de la plaza. La resolución por la que se concede o deniega la plaza, habrá de dictarse y notificarse al interesado en el plazo de seis meses desde la fecha de recepción de la solicitud. Podrán entenderse estimadas las solicitudes en las que transcurridos seis meses desde su presentación, no se haya dictado y notificado la correspondiente resolución expresa.
Más información
- Normativa:
Decreto 25/2011, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento de acceso a las plazas públicas del servicio de atención residencial y servicio de estancias temporales residenciales para personas con discapacidad, con gran dependencia o dependencia severa, del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.
Decreto 135/2011, de 2 de septiembre, por el que se determina el precio público en el servicio de atención residencial y de estancias temporales residenciales para personas con discapacidad en situación de dependencia y diagnosticadas de esclerosis múltiple de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Decreto 101/2003, de 1 de agosto, por el que se determina el precio público en las residencias propias y concertadas para personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía
- Órgano competente: Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores
- Unidad tramitadora: Servicio de Personas con Discapacidad
- Cargo que resuelve: Sr./Sra. Director/a General
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño