Ayudas para el fomento de empleo de personas con discapacidad en empresas normalizadas acompañadas de un preparador laboral
Requisitos
El objetivo de esta subvención es conseguir el tránsito de trabajadores discapacitados psíquicos con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100 o de trabajadores con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100 promovido por Entidades sin ánimo de lucro que no ostenten la calificación de Centros Especiales de Empleo y que sean promotoras de proyectos de inserción laboral de personas con discapacidad que logren su contratación en empresas del mercado ordinario de trabajo y utilicen para ello los servicios del personal de apoyo, tales como buscador de empleo, preparador laboral, formador, o similares.
Beneficiarios
- Entidades sin ánimo de lucro que no ostenten la calificación de Centros Especiales de Empleo y que sean promotoras de proyectos de inserción laboral de personas con discapacidad que logren su contratación en empresas del mercado ordinario de trabajo y utilicen para ello los servicios del personal de apoyo, tales como buscador de empleo, preparador laboral, formador, o similares.
- Las empresas y entidades sin ánimo de lucro que no ostenten la condición de Centro Especial de Empleo y que colaboren con las entidades promotoras del proyecto. Éstas serán las que suscriban los contratos laborales con trabajadores discapacitados psíquicos con una discapacidad igual o superior al 33 por 100 o trabajadores discapacitados físicos y sensoriales con una discapacidad igual o superior al 65 por 100.
Deberá radicar en la Comunidad Autónoma de La Rioja el centro de trabajo al cual sean destinados los trabajadores discapacitados psíquicos con una discapacidad igual o superior al 33 por 100 o trabajadores discapacitados físicos y sensoriales con una discapacidad igual o superior al 65 por 100 que sean contratados laboralmente por dichos beneficiarios.
Convenio de colaboración
Para poder acceder a estas ayudas deberá haberse firmado, con carácter previo, un Convenio de colaboración entre una entidad que cumpla los requisitos del artículo 32.1.a) y otra entidad que cumpla los requisitos del artículo 32.1.b) de la Orden reguladora.
2. Por dicho convenio:
- Las empresas y entidades del artículo 32.1.b) se comprometerán a realizar un número determinado de contrataciones laborales de los trabajadores con discapacidad por un período mínimo de seis meses para cada una de dichas contrataciones.
- La Entidad del artículo 32.1.a) se comprometerá a prestar labores de mediación, preparación y acompañamiento a través de un preparador laboral durante el período de duración del contrato laboral suscrito por la otra entidad y hasta su finalización.
Documentación
- Solicitud
- Documento normalizado SOLICITUD
- En caso de sociedades mercantiles, escritura de constitución de la sociedad y estatutos vigentes debidamente registrados. Si la sociedad está pendiente de inscripción, certificación de solicitud de inscripción ante el Registro Mercantil hasta que se pueda acreditar esta última.
- Para el caso de sociedades civiles o comunidades de bienes, documento acreditativo de su constitución, y en su caso, actualizaciones.
- Declaración anual del IVA o Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Copia del convenio
- Memoria de la acción a realizar, indicando en la misma la fundamentación o justificación del proyecto, equipo de apoyo y cálculo estimado del coste de la preparación del discapacitado psíquico, objetivos, desarrollo de las acciones (detección y seguimiento de los trabajadores discapacitados, formación prelaboral y/o ocupacional, prospección de puestos de trabajo en empresas, inserción en la empresa, evaluación y seguimiento, empresas previstas como colaboradoras).
- Relación de los trabajadores con discapacidad que se prevea que pueden incluirse en la acción.
- Documento autorización personal del discapacitado III
Al presentar la solicitud se presume que el solicitante AUTORIZA a esta Dirección General de Empleo para la consulta u obtención de documentos que acrediten lo establecido en la normativa de aplicación que regula estas ayudas que hayan sido elaborados por cualquier Administración.
-En caso de OPOSICIÓN a que la Dirección General de Empleo consulte o recabe la documentación necesaria de las Administraciones Públicas para la tramitación del procedimiento deberá aportar:
- Contrato de trabajo de discapacitados y su comunicación (contrat@) en la que consten fecha y huella electrónica de presentación
- Copia autenticada del NIF, y en caso de persona jurídica acreditación de la representación;
- Alta en la Seguridad Social de el/la trabajador/a
- Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (con la Agencia Tributaria Estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja) y con la Seguridad Social.
- Copia compulsada del último recibo pagado del impuesto de actividades económicas por todas las actividades que realiza el centro o, en su caso, declaración responsable de estar exento de pago de dicho impuesto con fundamentación jurídica de dicha exención.
- Documento de Alta del Impuesto sobre Actividades Económicas en su caso o Declaración censal, Declaración anual del IVA o Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- En caso de que el/la trabajador/a discapacitado/a contratado/a NO AUTORICE a esta Dirección General de Empleo a acceder a los datos de identidad, tipo y grado de discapacidad, vida laboral y empadronamiento, deberá aportar:
- Copia autenticada del DNI/NIE;
- Tarjeta de demanda de empleo de los discapacitados contratados.
- Vida laboral a fecha de contrato
- Acreditación de la discapacidad igual o superior al 33% o Resolución de Incapacidad permanente, absoluta o Gran Invalidez o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, con indicación de grado y tipo: física, psíquica o sensorial y con fecha de revisión vigente;
- Certificado de empadronamiento en algún municipio de La Rioja
PARA LA JUSTIFICACIÓN POSTERIOR DE LAS SUBVENCIONES DEBERÁ APORTARSE:
- informe de seguimiento trimestral y un informe final de evaluación.
Modelo de solicitud ( 303 Kb)
Declaración documentos originales ( 52056.8 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Autorización Personal Discapacitado III ( 325 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Para las entidades del artículo 32.1.a) de la Orden de convocatoria: el año natural en el que se produzca la contratación laboral por las entidades del artículo 32.1.b).
Para las entidades del artículo 32.1.b) de la Orden de convocatoria: un mes desde la contratación laboral.
- Plazo de resolución y notificación
El Presidente del Servicio Riojano de Empleo resolverá la concesión o denegación de las ayudas mediante Resolución motivada e individualizada que contendrá los derechos y obligaciones inherentes a la ayuda en los términos previstos para cada línea de subvención, en el artículo 38.
Más información
- Normativa:
Orden 13/2010, de 6 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y en el mercado ordinario de trabajo.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
La Resolución pone fin a la vía administrativa, en virtud del artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, y sin necesidad de presentar el recurso de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos. 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, si se interpone el recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de Políticas Activas para el Empleo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Cristina López Celorrio: 941 291 569
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño