AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
010222 AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
DesestimatorioS172 AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoDestinatarios
Propietarios de los terrenos o arrendatarios o cesionarios de los mismos.Requisitos
Disponer de los terrenos con fines cinegéticos. La superficie mínima deberá ser: de 250 Has. en el caso de caza menor; 500 Has. en el caso de caza mayor y 100 Has. en el caso de caza de aves acúaticas.Importe
Varía en función del término municipal, el grupo de clasificación en el que se incluya el coto y la superficie del mismo, y depende asimismo de si tiene o no aprovechamientos secundarios de jabalí.Documentación a aportar
- Relación nominal. De todos los propietarios de terrenos o derechos cinegéticos- Fotocopia del DNI. Para personas físicas
- Memoria. Informativa realizada en modelo oficial
- Solicitud.
- Plano catastral. De las parcelas aportadas al coto
- Acreditación de disponibilidad de los terrenos. Título de propiedad o contrato de arrendamiento o cesión según el caso
- Relación de fincas.
- Plano de límites del coto. Sobre hojas del mapa geográfico nacional escala 1:50.000
- Plan técnico de aprovechamiento cinegético.
- Escritura de constitución. Para personas jurídicas
Lugar de presentación
A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sedeInformación Adicional
Sólo se permite para ciertas especies: ciervos, gamo, jabalí, muflón (caza mayor); faisán, perdíz roja , codorniz, paloma zurita, conejo y liebre (caza menor). Para este tipo de cotos, el plan técnico debe contener información adicional en materia medioambiental. Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 21).Para más información Pinche aquíPara darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
Marco legal
DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha
DOCM: 17/08/11 Decreto 257/2011, de 12/08/2011, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre por el que se aprueba el reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro