AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

010222 AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

S172 AUTORIZACION DE COTOS INTENSIVOS DE CAZA

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Destinatarios

Propietarios de los terrenos o arrendatarios o cesionarios de los mismos.

Requisitos

Disponer de los terrenos con fines cinegéticos. La superficie mínima deberá ser: de 250 Has. en el caso de caza menor; 500 Has. en el caso de caza mayor y 100 Has. en el caso de caza de aves acúaticas.

Importe

Varía en función del término municipal, el grupo de clasificación en el que se incluya el coto y la superficie del mismo, y depende asimismo de si tiene o no aprovechamientos secundarios de jabalí.

Documentación a aportar

- Relación nominal. De todos los propietarios de terrenos o derechos cinegéticos
- Fotocopia del DNI. Para personas físicas
- Memoria. Informativa realizada en modelo oficial
- Solicitud.
- Plano catastral. De las parcelas aportadas al coto
- Acreditación de disponibilidad de los terrenos. Título de propiedad o contrato de arrendamiento o cesión según el caso
- Relación de fincas.
- Plano de límites del coto. Sobre hojas del mapa geográfico nacional escala 1:50.000
- Plan técnico de aprovechamiento cinegético.
- Escritura de constitución. Para personas jurídicas

Lugar de presentación

A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

Información Adicional

Sólo se permite para ciertas especies: ciervos, gamo, jabalí, muflón (caza mayor); faisán, perdíz roja , codorniz, paloma zurita, conejo y liebre (caza menor). Para este tipo de cotos, el plan técnico debe contener información adicional en materia medioambiental. Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 21).Para más información Pinche aquí
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha
DOCM: 17/08/11 Decreto 257/2011, de 12/08/2011, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre por el que se aprueba el reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

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