AYUDAS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES (PAC)
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
13 meses
La solicitud de ayudas de los agricultores incluidos en este régimen.
Quién puede solicitarlo
Agricultores incluidos en el régimen de pequeños agricultores.
Requisitos y observaciones
Agricultores que se ratifiquen en su pertenencia al Régimen Simplificado para Pequeños Agricultores.
A partir de 2015, solo se podrán incorporar nuevos agricultores al Régimen Simplificado para Pequeños Agricultores mediante una cesión (herencias, jubilaciones en las que el cesionario de los derechos sea un familiar de primer grado del cedente, programas aprobados de cese anticipado o en casos de incapacidad laboral permanente), tal y como se establece en el capítulo IV del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común.
La pertenencia a dicho Régimen es incompatible con la percepción de cualquier otro pago directo.
(Anuncio de la Dirección General de Produccción Agraria - BOA nº189, 29 de septiembre 2015)
Pueden dirigirse también a las Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto. (horario 9 a 14 h.)
Se tramita en el Servicio de Ayudas Directas por Superficie.
Teléfono de contacto: 976716835
Qué documentación necesito
Para poder formular la ?Solicitud de Ratificación del Régimen Simplificado para Pequeños Agricultores? (así como la 'Solicitud de Renuncia al Régimen Simplificado para Pequeños Agricultores') se utilizará el programa informático Programa de captura SGA_PAC, disponible en el portal web - www.aragon.es/pac , que permite la presentación y tramitación de dicha solicitud a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (no es posible su presentación en papel)
Si en la tramitación telemática les surge alguna dificultad técnica dirigir comunicar la incidencia o consulta al: Soporte de consultas o incidencias o
soportepac@aragon.es ad Autónoma de Aragón (no es posible su presentación en papel)
Los interesados pueden presentar o tramitar su solicitud, por sí, a través de su representante o mediante la representación de las entidades habilitadas.
Descargar formularios:
AYUDAS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES (PAC)
Nota informativa
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
- Normativa básica europea y estatal de la PAC
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ( BOA nº 68 de 10 de abril de 2015)
- Orden DRS/143/2019, de de enero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la «Solicitud Conjunta» de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019. ( BOA n.º 43, 4 de marzo de 2019)
Organismo responsable
Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1829, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios:
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