Solicitud de la Tarjeta Sanitaria Indivual SIP (TSI-SIP).
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de la Tarjeta Sanitaria Indivual SIP (TSI-SIP).
Objeto del trámite
Procedimientos a seguir para obtener la TSI-SIP.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Personas empadronadas en la Comunitat Valenciana con cobertura sanitaria como asegurados o sus beneficiarios.
Requisitos
- Estar empadronado en algún municipio de la Comunitat Valenciana.
- Tener la condición de asegurado o beneficiario reconocida por el INSS o estar protegido por Muface, Mugeju o Isfas y haber optado por tener asistencia sanitaria pública. -
¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Importe de la Tasa
3,09 â¬
Tasa
La tarjeta sanitaria es gratuita y solo se abonará la tasa en caso de pérdida o deterioro imputable al ciudadano.
El abono de la tasa no se requiere en caso de robo o deterioro de la tarjeta por causa no imputable al ciudadano, debiendo el ciudadano presentar la denuncia, en caso de robo.
Tasas 2019
Concepto 9679: 3,09 euros.
El impreso oficial de la tasa, se puede obtener a través de internet o directamente en los centros de salud: http://www.ivat.gva.es/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conssanidad
En el caso de solicitud de una nueva tarjeta sanitaria por extravío deberá presentar el impreso oficial de abono de la tasa "Modelo 046-concepto 9679" correspondiente a la tasa por otras actuaciones administrativas en materia de sanidad, expedición de duplicado de TSI.Enlace relacionado con el pago de las tasas
http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conssanidad
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
La solicitud se realizará cuando se cumplan los requisitos y se disponga de la documentación requerida.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
- La solicitud es presencial y se debe realizar por el titular o persona autorizada por el mismo en los puntos de acceso al Sistema de Información Poblacional (SIP) de los centros de salud y de los hospitales del Sistema Sanitario Público de la Comunitat Valenciana.
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¿Qué documentación se debe presentar?
- Documento oficial que acredite la identidad. En ausencia del mismo, en el caso de menores: libro de familia o certificado de nacimiento
- Certificado de empadronamiento o autorización de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia, documento que se obtiene en el centro de salud.
- En caso de asegurados y sus beneficiarios: documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria emitido por el INSS, en caso que se lo soliciten en su centro de salud, por no disponer de información adecuada por vía telemática.
- Cuando corresponda, tarjeta de Muface, Mugeju o Isfas, junto documento emitido por tesorería que informe sobre el nº de afiliación a la Seguridad Social del titular.
- En el caso de robo de TSI, deberá aportar la denuncia presentada ante la policía, guardia civil , etc. -
¿Cómo se tramita?
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Información complementaria
Enlaces
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat (DOCV nº 6680, de 28/12/11).
- Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7434, de 31/12/2014).Lista de normativa