Inscripción en un Centro Servef de Empleo por Internet y/o Autoservef
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Inscripción en un Centro Servef de Empleo por Internet y/o Autoservef
Objeto del trámite
A través de este procedimiento, se puede realizar la inscripción en los Centros Servef de Empleo de la Comunidad Valenciana.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los residentes en la Comunidad Valenciana de nacionalidad española y/o comunitaria que hayan estado inscritos con anterioridad en el SERVEF y no necesiten cambiar el domicilio de residencia que consta en su anterior inscripción.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
Sitios donde puede realizarse el trámite :
- www.servef.es
- Cajeros Auto-Servefhttp://www.servef.gva.es/centrosservef-buscador
Por internet
A través del enlace correspondiente:
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¿Cómo se tramita?
Pasos
1.- Para utilizar el servicio inscripción a través de internet, el ciudadano debe identificarse proporcionando al sistema:
· Certificado digital expedido por la Agencia de Tecnología y Certificación electrónica de la Generalitat Valenciana.
· DNI electrónico
· Número de DNI/NIE junto con el código Autoservef que consta en el último DARDE que se facilitó en la anterior inscripción.
2.- Con los datos introducidos, y tras informar del motivo de la inscripción, la situación laboral (desempleado u ocupado) y las situaciones especiales en su caso, se realizará el alta en el Centro Servef empleo con los mismos efectos que la inscripción realizada presencialmente en el propio centro.
3.- Tras realizar el alta el ciudadano podrá realizar las siguientes tareas sin salir de la misma aplicación:
- Consultar los datos existentes en su demanda de empleo
- Solicitar cursos de Formación para el Empleo
- Imprimir certificados
- Solicitar cita para entrevista. El sistema informará de la fecha en que se realizó la última entrevista informando de la conveniencia de la actualización de los datos que contiene la demanda.
- Impresión del nuevo DARDE en el que se facilitará nuevo código Autoservef y la fecha de próxima renovación. -
¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
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Información complementaria
NOTA: En el que caso de que el ciudadano vaya a solicitar prestaciones económicas por desempleo, el Alta realizada por esta vía no exime de la obligación de presentar dicha solicitud por las vías establecidas al efecto.