Registro de Turismo de Cataluña. Establecimientos hoteleros
Son establecimientos de alojamiento turístico los locales y las instalaciones abiertos al público donde, de una manera habitual y con carácter profesional, las personas titulares ofrecen a las personas usuarias, mediante precio, alojamiento temporal en las unidades de alojamiento así como otros servicios turísticos de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa reguladora.
Según sus características básicas, se distribuyen en dos grupos: hoteles y hostales o pensiones. Además, los establecimientos del grupo hoteles se clasifican en dos modalidades: hoteles y hoteles apartamento.
Los establecimientos hoteleros son una de las tipologías en que se clasifican los alojamientos turísticos y se definen como establecimientos que prestan servicio de alojamiento temporal en unidades de alojamiento a los usuarios turísticos (en habitaciones y/o apartamentos), como establecimiento único o como unidad empresarial de explotación con los servicios turísticos correspondientes. La prestación del servicio de alojamiento tiene que incluir en todo caso la limpieza diaria de todas las unidades de alojamiento.
En el caso del grupo hostal o pensión, las unidades de alojamiento siempre son habitaciones, en ningún caso pueden ser apartamentos o estudios.
Los titulares de los establecimientos hoteleros, previamente al inicio de la actividad, tienen que presentar una declaración responsable a partir de la cual se realizará la inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña.
A quién va dirigido
A las personas titulares de establecimientos hoteleros ubicados en Cataluña.
Organismo responsable
Normativa
Inscribir establecimientos hoteleros
Plazos
La declaración responsable de cumplimiento con la normativa turística y autoclasificación del establecimiento se tiene que presentar de forma previa al inicio de la actividad.
Requisitos
Si el titular es una entidad jurídica, tendrá que estar legalmente constituida y la persona que actúe en representación suya tendrá que disponer de los poderes suficientes para actuar como tal.
Los establecimientos tienen que estar abiertos al público y ofrecer alojamiento temporal mediante precio en unidades de alojamiento en combinación con otras guardes turísticos (entre los cuales siempre hay de haber el servicio de cuartos de baño y servicios higiénicos y el servicio de limpieza periódica).
Los establecimientos no se pueden constituir en viviendas y no pueden acontecer residencia principal ni secundaria de las personas usuarias.
Tienen que cumplir los requisitos técnicos mínimos que constan al Anexo I del Decreto 159/2012, de 20 de noviembre de establecimientos de alojamiento turístico y viviendas de uso turístico (poner enlace al decreto)
Tienen que cumplir con la normativa vigente en materia de accesibilidad
Tienen que tener hojas de reclamación/denuncia a disposición de las personas usuarias
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Los establecimientos del grupo hoteles, se clasifican en dos modalidades, hoteles y hoteles apartamento, y en siete categorías que son identificadas por estrellas (1 o básico, 2, 3, 4, 4 superior, 5 estrellas y *GL o gran lujo).
Los hoteles se identifican con la letra "H" y los hoteles-apartamento con "HA". Las características de los elementos identificativos están publicados a la web del departamento competente en materia de turismo.
La modalidad "hoteles" puede disponer de un máximo de un 40% de unidades de alojamiento que sean apartamentos o estudios, sin que sea considerada hotel apartamento, siempre que formen parte de la misma unidad de explotación y estén situados en el mismo inmueble o bien en un inmueble de uso exclusivo.
La modalidad "hoteles apartamento" puede disponer de un máximo de un 40% de unidades de alojamiento que sean habitaciones, sin que sea considerada hotel, siempre que formen parte de la misma unidad de explotación y estén situados en el mismo inmueble o bien en un inmueble de uso exclusivo
Los establecimientos hoteleros del grupo hostal o pensión se clasifican en una única categoría identificada por una "P".
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
También se puede presentar en el ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
Por correo postal
Por correo postal
Se puede enviar a varios lugares:
- Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) de Barcelona, Tarragona, Lleida, Girona y Terres de l?Ebre
- Ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
Comunicar la baja
Plazos
Se puede comunicar en cualquier momento
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Las bajas voluntarias de actividad se tienen que comunicar mediante la presentación de una declaración responsable.
Presencialmente
Puntos de tramitación
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- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
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También se puede presentar en el ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
Por correo postal
Por correo postal
Se puede enviar a varios lugares:
- Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) de Barcelona, Tarragona, Lleida, Girona y Terres de l?Ebre
- Ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
Modificar la inscripción
Plazos
Se puede preentar en cualquier momento
Requisitos
Si el titular es una entidad jurídica, tendrá que estar legalmente constituida y la persona que actúe en representación suya tendrá que disponer de los poderes suficientes para actuar como tal.
Los establecimientos no se pueden constituir en viviendas y no pueden convertirse residencia principal ni secundaria de las personas usuarias.
Tienen que cumplir los requisitos técnicos mínimos que constan en el Anexo I del Decreto 159/2012, de 20 de noviembre de establecimientos de alojamiento turístico y viviendas de uso turístico (poner enlace al decreto)
Tienen que cumplir con la normativa vigente en materia de accesibilidad.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Todos los cambios y modificaciones de las características del establecimiento de alojamiento turístico declaradas responsablemente, incluidos los cambios de titular, se tienen que comunicar mediante la presentación de una declaración responsable de cumplimiento con la normativa turística y autoclasificación del establecimiento.
os hoteles y hoteles apartamento se clasifican en siete categorías, que son identificadas por estrellas (1 o básico, 2, 3, 4, 4 superior, 5 estrellas y GL o gran lujo). En el caso de cambio de categoría sin que se dé cumplimiento al 100% de los requisitos técnicos, pueden aumentar su categoría a la inmediata superior de acuerdo con el que prevé el Anexo III del Decreto 159/2012.
Los hoteles se identifican con las letras "H" y los hoteles-apartamento con "HA". Las características de los elementos identificativos están publicados en la web del departamento competente en materia de turismo.
La modalidad "hoteles" puede disponer de un máximo de un 40% de unidades de alojamiento que sean apartamentos o estudios, sin que sea considerada hotel apartamento, siempre que formen parte de la misma unidad de explotación y estén situados en el mismo inmueble o bien en un inmueble de uso exclusivo.
La modalidad "hoteles apartamento" puede disponer de un máximo de un 40% de unidades de alojamiento que sean habitaciones, sin que sea considerada hotel, siempre que formen parte de la misma unidad de explotación y estén situados en el mismo inmueble o bien en un inmueble de uso exclusivo
Los hostales o pensiones se clasifican en una única categoría identificada por una "P".
Presencialmente
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- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
También se puede presentar en el ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
Por correo postal
Por correo postal
Se puede enviar a varios lugares:
- Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) de Barcelona, Tarragona, Lleida, Girona y Terres de l?Ebre
- Ayuntamiento competente para habilitar el inicio de actividad y también por cualquier otro medio previsto a la normativa de procedimiento administrativo. En cualquier caso, la declaración responsable se tiene que enviar a la Oficina de Gestión Empresarial.
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