Acreditación de un perro de asistencia y la unidad de vinculación

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Permite reconocer oficialmente los perros de asistencia que acompañan a las personas con discapacidad y ejercer el derecho de acceso al entorno.

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A quién va dirigido

A las personas con discapacidad visual, auditiva o física, o que sufren transtornos del espectro autista, diabetes, epilepsia o otras enfermedades que se reconozcan, que sean usuarias de un perro de asistencia y a los centros de adiestramiento de estos perros.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar la acreditación

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

  1. En caso que la persona usuaria disponga de NIE, original y fotocopia o fotocopia compulsada del NIE de la persona.
  2. En caso que una persona actue como a representante legal y disponga de NIE, original y fotocopia o fotocopia compulsada del NIE de la persona representante legal, si es necesario.
  3. Documentación acreditativa de la representación legal en caso de que la persona usuaria sea menor de edad o incapacitada legalmente.
  4. Fotografía en color de la persona usuaria de cuerpo entero con el perro de asistencia, con unas dimensiones recomendadas de 10 cmx15 cm, preferentemente en formato digital.
  5. Documento sanitario oficial completo o pasaporte europeo que acredite que el perro cumple con las condiciones higiénicas y sanitarias, así como el número de identificación electrónica (microchip). (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
  6. Contrato de cesión del perro y/o de seguimiento de la unidad de vinculación por parte del centro. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
  7. Póliza de seguro de responsabilidad civil del perro, con un límite de cobertura mínimo de 150.000 ?. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
  8. En caso de que el centro de adiestramiento se encuentre situado fuera de Cataluña, documentación que lo acredite como miembro de pleno derecho de una asociación o federación internacional de perros de asistencia. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada). Esta documentación es opcional.

Requisitos

El perro debe cumplir los siguientes requisitos:

Estar adiestrado por un centro de adiestramiento reconocido por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, o en el caso de un centro situado fuera de Cataluña, por una entidad que sea miembro de pleno derecho de una asociación o de una federación internacional de perros de asistencia.

Estar adiestrado específicamente para cubrir necesidades concretas de la persona con quien está vinculada.

Cumplir unas condiciones higiénicas y sanitarias estrictas.

Seguir las revisiones veterinarias anuales y mantener actualizado el documento sanitario y/o el pasaporte europeo.

Llevar un microchip implantado que lo identifique electrónicamente.

Tener un aspecto saludable y limpio.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Sin la acreditación una persona acompañada de su perro de asistencia no puede ejercer su derecho de acceso al entorno al amparo de la Ley 19/2009, de 26 de noviembre, del acceso al entorno de las personas acompañadas de perros de asistencia.

El procedimiento de acreditación de condición de perro de asistencia empieza con la solicitud del centro de adiestramiento o del propio usuario.

Los perros lazarillo adiestrados o adquiridos en instituciones internacionales reconocidas y otorgados a sus usuarios por la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE) tienen reconocida automáticamente la condición de perro de asistencia. No obstante se debe solicitar la adecuación de la acreditación de dichos perros a los requisitos de reconocimiento y de identificación que se establecen en la Ley 19/2009, de 26 de noviembre.

Acreditación e identificación de los perros de asistencia:

  • El otorgamiento de la acreditación de perro de asistencia conlleva:
    • a) La inscripción de la unidad de vinculación al Registro de centros de adiestramiento y unidades de vinculación.
    • b) La expedición y entrega del carnet y del distintivo de identificación oficiales.

Infracciones:

  • El incumplimiento de lo que dispone la Ley puede comportar sanciones por valor de 300 y 9.000 euros.

Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador de Google Chrome, consultad esta página.

Por internet

Presencialmente

El formulari de solicitud se puede presentar en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781


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