Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático para el curso académico 2019-2020 en las siguientes especialidades:
    a) Dirección escénica y dramaturgia.
    b) Interpretación.

    El calendario de actuaciones vinculadas a la prueba de acceso se recoge en el anexo I.

    En caso de no ocuparse todas las vacantes ofertadas en las distintas especialidades, una vez finalizado el plazo de matrícula del mes de julio, se realizará una segunda convocatoria de acuerdo con el calendario previsto en el anexo II, la cual afectará únicamente a las especialidades en las que hubieran quedado vacantes.

    La superación de la prueba específica de acceso faculta únicamente para matricularse en el curso académico 2019-2020.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o haber superado la prueba para mayores de 18 años (mayores de 19 años si se realizó antes de 2016).

    Solicitud prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático

    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en losque aspiran a ingresar: certificación acreditativa, expedida porinstitución o facultativo competentes para ello. Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones a las que se refiere el anexo V.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Justificación de haber satisfecho el precio público correspondiente para formalizar la inscripción en la prueba de acceso los interesados deberán ingresar la cantidad de 42,04 euros, o la que resulte de aplicar a esta tarifa las bonificaciones que puedan proceder.El pago del precio público puede realizarse por las siguientes vías:-Ingreso utilizando la carta de pago que se obtiene automáticamente al finalizar el proceso de inscripción a través de la web www.esadmurcia.es.-Ingreso en una oficina del Banco Mare Nostrum (Caja Murcia, Caja Granada o Sa Nostra), utilizando la carta de pago que puede obtenerse en la Secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático.-Ingreso o transferencia a la cuenta ES4104870002052080001630 del Banco Mare Nostrum (Caja Murcia, Caja Granada o Sa Nostra), cuyo titular es la Escuela Superior de Arte Dramático, haciendo constar en el talón de ingreso nombre y apellidos del solicitante e indicando en el concepto Acceso ESAD y la especialidad.Si se presentan solicitudes de acceso a las dos especialidades se pagará el precio público para cada una de ellas.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      -Certificación de haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años emitida por la Universidad correspondiente.-Certificación de haber superado la prueba para mayores de dieciocho años (mayores de diecinueve años, si se realizó antes de 2016) que no reúnan los requisitos académicos exigidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. No será precisa si dicha prueba se hubiera superado en las convocatorias efectuadas en la Región de Murcia, debiéndose indicar en la solicitud de inscripción tal circunstancia y el año de convocatoria.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Justificación de haber satisfecho el precio público correspondiente para formalizar la inscripción en la prueba de acceso los interesados deberán ingresar la cantidad de 42,04 euros, o la que resulte de aplicar a esta tarifa las bonificaciones que puedan proceder.El pago del precio público puede realizarse por las siguientes vías:-Ingreso utilizando la carta de pago que se obtiene automáticamente al finalizar el proceso de inscripción a través de la web www.esadmurcia.es.-Ingreso en una oficina del Banco Mare Nostrum (Caja Murcia, Caja Granada o Sa Nostra), utilizando la carta de pago que puede obtenerse en la Secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático.-Ingreso o transferencia a la cuenta ES4104870002052080001630 del Banco Mare Nostrum (Caja Murcia, Caja Granada o Sa Nostra), cuyo titular es la Escuela Superior de Arte Dramático, haciendo constar en el talón de ingreso nombre y apellidos del solicitante e indicando en el concepto Acceso ESAD y la especialidad.Si se presentan solicitudes de acceso a las dos especialidades se pagará el precio público para cada una de ellas.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      -Certificación de haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años emitida por la Universidad correspondiente.-Certificación de haber superado la prueba para mayores de dieciocho años (mayores de diecinueve años, si se realizó antes de 2016) que no reúnan los requisitos académicos exigidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. No será precisa si dicha prueba se hubiera superado en las convocatorias efectuadas en la Región de Murcia, debiéndose indicar en la solicitud de inscripción tal circunstancia y el año de convocatoria.
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H0005D - Pruebas de acceso Tiítulo Graduado de Enseñanzas Artisticas

      X

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Información adicional sobre recursos

    El reclamante podrá interponer recurso de alzada contra la resolución ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución. Se presentará preferentemente en la secretaría del centro o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Su interposición no paralizará el procedimiento de adjudicación de plazas vacantes.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Realizar la prueba de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo en la especialidad de fútbol, solicitada por los Centros Autorizados de Enseñanzas Deportivas "Tándem” y "Cenafe".

    Enlace en la web.

    http://www.educarm.es

    1.- Calendario de actuaciones.

    (El que se adjunta como Anexo I)

    2.- Exención de la prueba de acceso específica.

    Estarán exentos de la prueba de carácter específico aquellos deportistas que acrediten alguna de las condiciones alegadas que a continuación se indican:

    a) La condición de deportista de alto nivel en las especialidades de fútbol y fútbol sala.

    b) La condición de deportista de alto rendimiento o equivalente en las especialidades de fútbol y fútbol sala, establecida por las Comunidades Autónomas de acuerdo con su normativa.

    c) Los jugadores y jugadoras que en el plazo de los últimos dos años, hayan pertenecido al menos una temporada a la plantilla de un equipo que en la misma hubiera tomado parte en alguna competición de categoría nacional en estas especialidades de fútbol y fútbol sala.

    3.- Relación provisional y definitiva de los aspirantes admitidos.

    La Dirección General de Formación Profesional publicará, en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y a efectos informativos en la página web, el listado provisional de admitidos y no admitidos para la realización de las pruebas específicas de acceso a fútbol y en la fecha indicada en el Anexo I.

    Los centros autorizados a impartir esta modalidad deberán darle publicidad en su tablón de anuncios y Web.

    El plazo de subsanación de la documentación así como la publicación de los listados definitivos de admitidos y excluidos es la que figura en el Anexo I a estas instrucciones.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Tener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos académicos.

    Para la exención de la prueba específica:

    a) Haber sido seleccionado para competiciones internacionales en categoría absoluta, al menos una vez en los últimos dos años por la Real Federación Española de Fútbol.

    b) Haber sido jugador/a de plantilla de un equipo que hubiera tomado parte en alguna competición de categoría nacional, al menos una temporada, durante los últimos dos años.

    c) Tener la condición de deportista de alto nivel.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Comisiones de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar una prueba de madurez, para que los aspirantes, mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza; que no posean los requisitos académicos, puedan realizar el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

    Consulte la información referente a las fechas de las pruebas de madurez en el Anexo II Calendario de actuaciones.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza, que no posean los requisitos académicos exigidos, con carácter general, en los artículos 54 a 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Podrán realizar la prueba de madurez los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:

    a) Ser mayor de 18 años o tener una edad mínima de 16 años si se pretende acceder a los estudios superiores de música o danza.
    b) No poseer el título de Bachiller ni haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

    Prueba de madurez sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores

    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      IMPORTANTE: Para formalizar la inscripción en la prueba de madurez, los interesados deberán abonar la cantidad de 19,39 euros, correspondiente a la tasa T960 establecida en la Orden de 12 de marzo de 2018 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2018 y prorrogada para el ejercicio 2019 de acuerdo al artículo 58 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2019.
    • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
      (Obligatorio / Original)
      (Documentación acreditativa para bonificación y exención de tasas)
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      IMPORTANTE: Para formalizar la inscripción en la prueba de madurez, los interesados deberán abonar la cantidad de 19,39 euros, correspondiente a la tasa T960 establecida en la Orden de 16 de febrero de 2017 de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2017 y prorrogada para el ejercicio 2019 de acuerdo al artículo 58 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2019.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / No original)
      Certificación Acreditativa de la condición de Víctima del terrorismo (Documentación acreditativa para bonificación y exención de tasas)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas

      H00003 - Acceso a enseñanzas artísticas superiores >19 años s/Bachill

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en la Región de Murcia para el curso académico 2019-2020 en las siguientes especialidades:

    a) Composición
    b) Dirección
    c) Interpretación
    d) Musicología
    e) Pedagogía

    La prueba de acceso de la especialidad de Interpretación se podrá realizar en las siguientes modalidades instrumentales: Acordeón, Cante flamenco, Canto, Clarinete, Clave, Clavicordio, Contrabajo, Fagot, Flauta de pico, Flauta travesera, Guitarra, Guitarra Flamenca, Instrumentos de púa, Oboe, Órgano, Percusión, Piano, Saxofón, Traverso barroco, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba/ Bombardino, Viola, Violín y Violonchelo.

    El calendario de actuaciones vinculadas a la prueba de acceso se recoge en el anexo I.

    La superación de la prueba específica de acceso faculta únicamente para matricularse en el curso 2019-2020.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    a. Estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años o, quienes no cumpliendo alguno de estos requisitos, superen la prueba recogida en el apartado
    3 de este mismo punto.
    b. Haber superado la prueba que anualmente convocará la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o haber superado la prueba para mayores de 16 años (mayores de 19 años si se realizó antes de 2016).

    Solicitud de inscripción en la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música

    • Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
      (Obligatorio / Original)
      Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      -Aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar: certificación acreditativa, expedida por institución ofacultativo competentes para ello. Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones a las que se refiere el anexo VI.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      -Aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar: certificación acreditativa, expedida por institución ofacultativo competentes para ello. Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones a las que se refiere el anexo VI.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / No original)
      Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H0005D - Pruebas de acceso Tiítulo Graduado de Enseñanzas Artisticas

      X

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Comisiones de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Información adicional sobre recursos

    Contra la relación definitiva de solicitantes cabrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la relación definitiva. Esta Dirección General será el órgano competente para su resolución.La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso y de admisión.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar la prueba de carácter específico, para el acceso al Ciclo Inicial de Grado medio de la modalidad deportiva de Vela con aparejo fijo y aparejo libre establecida en el Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Vela, con aparejo fijo y aparejo libre y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

    Los centros autorizados deberán informar de los siguientes aspectos: Requisitos de formalización de la inscripción (precio público), condiciones específicas y técnicas de las pruebas y cualquier información relevante para el correcto desarrollo de la realización de la misma.

    La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial publicará los listados provisional y definitivo de admitidos y no admitidos, en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos informativos, en la pág http://www.educarm.es (Arte, Idiomas y Deportes). Los centros autorizados a impartir esta modalidad deberán darle publicidad en su tablón de anuncios y página Web.

    Las fechas de publicación del listado definitivo de admitidos y no admitidos son las establecidas en el Anexo I.

    TRIBUNAL EVALUADOR DE LAS PRUEBAS DE ACCESO ESPECÍFICAS (Ver apartado Quinto de la Resolución).

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    No existen requisitos específicos

    • Certificado médico
      (Obligatorio / Original)
      Certificado o informe médico en el que conste que el aspirante está capacitado para la realización de esta prueba específica de carácter físico.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditación del requisito académico: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos académicos. Para el acceso al grado medio se podrá acreditar con alguna de las condiciones establecidas en la Disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Tribunales de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar la prueba de acceso de carácter específico, para el acceso al Ciclo Incial de grado medio de la modalidad deportiva de Atletismo.

    La Dirección General de Formación Profesional publicará los listados provisionales y definitivos en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y a efectos informativos en la pág http://www.educarm.es (menú Arte, Idiomas y Deportes- Artísticas, Idiomas y Deportivas- Listados). Los centros autorizados a impartir esta modalidad deberán darle publicidad en su tablón de anuncios y página Web.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Aspirantes a obtener el título de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Atletismo.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Poseer el Título ESO o equivalente a efectos académicos.

    Todos los aspirantes deberán presentar:

    • Certificado o informe médico en el que conste que el aspirante está capacitado para la realización de esta prueba, de carácter físico.
    • Acreditación del requisito académico: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos académicos. Para el acceso al grado medio se podrá acreditar con alguna de las condiciones establecidas en la Disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
    • Justificante de pago de los derechos para la realización de la prueba de acceso.

    • Certificado médico
      (Obligatorio / Original)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Tribunales de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar las pruebas específicas de acceso a los estudios superiores de diseño en la Región de Murcia para el curso académico 2019-2020.

    El calendario de actuaciones vinculadas a la prueba de acceso se recoge en el anexo I.

    En caso de no ocuparse la totalidad de la oferta formativa, se realizará una segunda convocatoria de acuerdo con el calendario previsto en el anexo I.

    Así mismo, se realizará una segunda convocatoria si existe solicitud de los centros autorizados.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Para realizar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Diseño se requerirá estar en posesión del Título de Bachiller o certificado de haber superado la prueba de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores sin reunir los requisitos exigidos con carácter general.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    No existen requisitos específicos

    solicitud prueba especifica de acceso a los estudios superiores de diseño

    • Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
      (Obligatorio / Original)
      Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación acreditativa, expedida por institución o facultativo competentes para ello a los aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación de haber superado la prueba de acceso a la Universidad paramayores de 25 años emitida por la Universidad correspondiente, o Certificación de haber superado la prueba para mayores de dieciocho años (mayores de diecinueve años, si se realizó antes de 2016) que no reúnan los requisitos académicos exigidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. No será precisa si dicha prueba se hubiera superado en las convocatorias efectuadas en la Región de Murcia, debiéndose indicar en la solicitud de inscripción tal circunstancia y el año de convocatoria.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificación acreditativa, expedida por institución o facultativo competentes para ello a los aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / No original)
      Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba.
    • Justificante de pago
      (No obligatorio / No original)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H0005D - Pruebas de acceso Tiítulo Graduado de Enseñanzas Artisticas

      X

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Tribunales de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Información adicional sobre recursos

    El reclamante podrá interponer recurso de alzada contra la citada resolución ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, que será el órgano competente para resolverlo, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.El recurso se presentará preferentemente en la secretaría de la Escuela Superior de Diseño, bien directamente o por cualquiera de las vías señaladas en el apartado 2 del punto cuarto de esta Resolución. Su interposición no paralizará el procedimiento de adjudicación de plazas vacantes.Recibido el recurso, el director de la Escuela Superior de Diseño lo remitirá a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de dos días hábiles.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Solicitar presentarse a la prueba externa del Baccalauréat, los alumnos de segundo de Bachillerato que estén cursando el currículo mixto del Programa Bachibac establecido por Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio.

    1.- Limitación de la convocatoria.

    Cada alumno podrá concurrir a una sola convocatoria por curso académico.

    La convocatoria extraordinaria quedará reservada para aquellos alumnos que se hayan visto imposibilitados a acceder a la convocatoria ordinaria.

    2.- Actuación de los centros educativos.

    Entre los días 23 y 27 de marzo de 2015, los centros educativos remitirán al Servicio de Programas Educativos las listas de los alumnos que se hayan inscrito en la prueba externa, ajustándose al modelo del Anexo I, indicando la "Série" por la que optan para la expedición del Título Baccalauréat, de acuerdo con la modalidad cursada en Bachillerato (Anexo II).

    3.- Característica de la prueba externa.

    La prueba externa versará sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de bachillerato: Lengua y Literatura Francesas e Historia de España y Francia.

    El tribunal publicará oportunamente los criterios de calificación aplicables a esta prueba.

    4.- Calendario de las pruebas y centros donde se celebran.

    A.- Fechas:

    Las fechas de realización de la parte escrita de la prueba externa serán los días 5 y 6 de mayo de 2015. La sede de realización de la misma será el IES Alfonso X El Sabio de Murcia (Avda. Don Juan de Borbón, 3-30007 Murcia) con el siguiente horario:

    • La prueba de Lengua y Literatura Francesas se celebrará el día 5 de mayo

    de 2015 con el siguiente horario:

    1. De 9:30 a 11:30 horas, realización del comentario de texto

    2. De 12.00 a 14.00 horas, elaboración del ensayo

    • La prueba de Historia de España y Francia se celebrará el día 6 de mayo

    de 2015 con el siguiente horario:

    1. De 9:30 a 11:30 horas, realización del comentario de texto/documento

    gráfico

    2. De 12.00 a 14.00 horas, desarrollo del tema

    Las pruebas orales de Lengua y Literatura Francesas se celebrarán, en el centro en el que haya cursado sus estudios cada candidato, los días entre el 4 y 12 de mayo de 2015 en horario de mañana. El calendario de citación de los candidatos se acordará previamente con los centros, el cual será publicado en cada uno de ellos.

    5.- Estructura y calificación de la prueba externa. (resuelvo segundo de la convocatoria)

    6.- Calificación final y reclamaciones.

    La calificación final para la obtención del título de Baccalauréat será el resultado de la media ponderada entre el 70 por ciento de la nota media de bachillerato y el 30 por ciento de la calificación global de la prueba externa.

    El 26 de mayo de 2015, se publicarán las actas de los resultados globales de la prueba externa, con la calificación final para la obtención del título de Baccalauréat en el portal educativo Educarm, www.educarm.es, así como en los tablones de anuncios de los centros educativos que hayan presentado alumnos a la prueba externa.

    Se abre un plazo de reclamaciones de 2 días naturales ante el tribunal.

    Contra las resoluciones de dichas reclamaciones se podrá interponer recurso de alzada ante el tribunal o ante la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, siendo la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad el órgano competente para su resolución.

    7.- Emisión de certificaciones y tramitación del título de Baccalauréat.

    Los secretarios de los institutos de secundaria emitirán una certificación firmada, con el visto bueno del director, que responderá al modelo incluido en el Anexo V

    Las solicitudes de expedición del título concretarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo II, la “Série” (modalidad) del título de Baccalauréat obtenido.

    Cada alumno sólo podrá obtener un título con una sola modalidad.

    Tanto en el expediente académico como en el historial académico de Bachillerato del alumnado se consignará la correspondiente diligencia, que el alumno ha superado las enseñanzas del currículo mixto y que ha alcanzado en la lengua francesa el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

    8.- Temas de estudio para las pruebasde Lengua y Literatura Francesas

    A.- Pruebas del Baccalauréat de 2015:

    Se recuerda que el tema de estudio es “La figura del héroe: el hombre y su destino”. y las dos obras literarias que desarrollan dicho tema para la segunda parte del ejercicio escrito de la prueba externa de Lengua y Literatura Francesas son :

    - “Les Misérables” de Victor Hugo y

    -“L’étranger” de Albert Camus.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Los alumnos de segundo de Bachillerato que estén cursando el currículo mixto del Programa Bachibac.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Estar cursando el currículo mixto del Programa Bachibac.
    • Cada alumno podrá concurrir a una sola convocatoria por curso académico.
    • Los alumnos que deseen realizar la prueba deberán formalizar su inscripción en el centro educativo en el que estén cursando sus estudios de Bachillerato.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Acceder a la información y a la solicitud de admisión a las pruebas selectivas para el ingreso en la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluidas las correspondientes al Servicio Murciano de Salud y al Personal Docente).

    - Se puede consultar toda la información en la siguiente dirección:

    http://empleopublico.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=119&IDTIPO=180

    - El plazo de presentación de instancias será el establecido en cada convocatoria.

    - Las vías existentes para liquidar la tasa son las que se recogen en el Anexo que lleva incorporado cada convocatoria en su punto 3

    El abono de la tasa podrá hacerse a través de una de las siguientes vías:

    1. Mediante ingreso presencial en las entidades colaboradoras según los correspondientes códigos de transacción, presentando una copia de la solicitud
    2. Mediante pago telemático: A través de los servicios de banca electrónica de las entidades colaboradoras autorizadas. Para ello deberá tener contratado previamente este servicio con la entidad y acceder al sitio web correspondiente e indicar el N28 que aparecerá en su copia de la instancia presentada telemáticamente.
    3. Mediante la Pasarela de Pagos de la CARM ( "https://pasarelapago.carm.es" )

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Ciudadanos y empleados públicos que cumplan los requisitos de las convocatorias derivadas de las Ofertas de Empleo Público y de los Decretos de Promoción Profesional.
    Empleados Públicos de la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluida la correspondiente al Servicio Murciano de Salud y al personal docente), para promoción profesional.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA (A14028737)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Poseer la titulación académica y demás requisitos exigidos para cada convocatoria.

    Cumplimentar la solicitud en el plazo reglamentario.

    Abono de la Tasa T110.

    Si realiza la solicitud sin certificado digital tenga en cuenta que deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada y el justificante de abono de la tasa en cualquiera de los registros establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Admisión a pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional.

    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
    • Consulta de Inexistencia de Antecedentes Penales de Delitos Sexuales por Documentación (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Admisión a pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional.

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    • Presentación de solicitud de inicio sin certificado digital

      Cuando realiza la presentación de su solicitud sin certificado digital, al finalizar la cumplimentación del formulario deberá imprimir las copias de la instancia que le sean necesarias y firmarlas. Puede necesitar:

      - Una copia para la entidad bancaria si va a realizar el abono de la tasa por Ingreso en una de las Entidades Colaboradoras señaladas más adelante.

      - Una copia para el Registro.

      - Una copia para el Interesado.
      En este caso, deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada, así como el recibo del abono de la tasa (T110), en su caso, en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

      - Registros electrónicos de las Administraciones Publicas

      - Oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida

      - Oficinas de asistencia en materia de registros, como las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (antes llamadas Ventanillas únicas).

      En las copias de su solicitud encontrará el código N28 con la autoliquidación de la tasa para su abono.

    • T110. Tasa por Actuaciones materia de función pública regional

      000001 - Convocatoria y pruebas selectivas Sector Adm. y Servicios

      Realizar simulación del cálculo

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Plazo de resolución:

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Hacienda en el plazo de un mes o recurso contencioso administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BORM.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar anualmente la celebración de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y a ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Pasos a seguir para la inscripción:

    1. Durante el plazo de inscripción, cumplimentar electrónicamente los datos solicitados en el formulario web correspondiente a la prueba que se inscribe con el código de procedimiento CARM (P-0814) que se accede por Trámites on-line de la dirección electrónica http://apliedu.murciaeduca.es.

    En la solicitud cada aspirante indicará el municipio donde preferentemente desea realizar la prueba según la relación establecida en el anexo I (prueba de acceso de grado medio) y anexo II (prueba de acceso de grado superior).

    Además, en el formulario de la prueba de acceso a grado superior el aspirante deberá elegir una de las tres opciones de la prueba (A, B, C) teniendo en cuenta las familias profesionales vinculadas a cada opción de acuerdo con lo dispuesto en el anexo III de esta resolución, así como el idioma de la parte común y las materias de la parte específica.

    2. El abono del importe de la tasa correspondiente a su solicitud, siendo el viernes 1 de febrero de 2019 el último día para el abono de la tasa. La realización del pago del importe de la tasa no será necesaria para quienes hayan declarado estar exentos del abono de la misma.

    3. Adjudicación de centro examinador de forma personalizada a cada aspirante que se realizará conforme al procedimiento que se establece en el resuelve Quinto de esta convocatoria. El listado provisional de adjudicados por centro examinador podrá consultarse en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y en el área temática de formación profesional de la página web: http://www.carm.es/educacion, el día 12 de febrero de 2019.

    4. Formalización de la matrícula en el centro examinador. El plazo de matrícula en las pruebas comenzará a las 9:00 horas del jueves 21 de febrero y finalizará a las 14:00 horas del miércoles 27 de febrero del 2019.

    Ampliar información:

    https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=27281&IDTIPO=100&RASTRO=c816$m17010

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. Podrán presentarse a la prueba de acceso de grado medio quienes careciendo de los requisitos académicos que permiten el acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional, tengan como mínimo, 17 años o los cumplan en el año de celebración de la prueba.

    También podrán presentarse aquellos aspirantes que teniendo la prueba de acceso de grado medio superada deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad.

    2. Podrán presentarse a la prueba de acceso de grado superior quienes careciendo de los requisitos académicos que permiten el acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional tengan, como mínimo, 19 años de edad o los cumplan en el año de celebración de la prueba.

    También podrán presentarse aquellos aspirantes que teniendo la prueba de acceso de grado superior superada deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad o acceder a familias profesionales distintas a las relacionadas con la opción superada.

    Solicitud de inscripción

    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de datos de desempleo (*)
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Consulta de importes actuales de desempleo (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

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