Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Atender las solicitudes de acogimiento de menores tutelados por la Administración Pública por parte de su familia extensa.
El acogimiento familiar es una medida de protección que proporciona al menor una atención familiar sustituta o complementaria a la de su propia familia durante un tiempo determinado, cuando ésta no pueda cumplir con las obligaciones de la patria potestad.
Los acogimientos familiares con familia extensa son aquellos que se formalizan con abuelos, tíos, hermanos mayores u otros familiares de un menor. Permiten que éste continúe en su núcleo familiar más cercano, manteniendo, en la medida de lo posible, la vinculación afectiva con su familia de origen.
En el caso de que el acogimiento deba ser remunerado debido a los ingresos de los acogedores, es necesaria una documentación adicional descrita en el apartado "Documentación a adjuntar".
Familia extensa de menores tutelados por la Administración Pública que reúnan los requisitos establecidos.
Esta información se reflejará en el informe social de los Servicios Sociales de Atención Primaria del municipio donde residan los solicitantes de acogimiento.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Convocatoria cerrada.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0237 - Programa de Acompañamiento Escolar en Lengua Extranjera
Objeto
Reforzar y mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras en edades tempranas, siendo los alumnos del primer ciclo de Educación Primaria que no cursen sus estudios en Colegios Bilingües de la Región de Murcia en, al menos, una lengua extranjera.
Destinatarios
Ciudadanía.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
Documento de Planificación conforme al modelo del Anexo III.
Los acuerdos del Claustro y del Consejo Escolar.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
1.1 Apoyar proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa e impliquen incremento de la productividad.
1.2 Apoyar la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto.
Las cantidades de ayuda percibidas, por asesoramiento y apoyo a la innovación, no podrán superar el máximo de 200.000,00 por beneficiario en un periodo de tres años.
PYMES.
Establecidas en el artículo 2 del Real Decreto 1.579/2006 de 22 de Diciembre, cuya actividad, que deberá estar comprendida entre las enumeradas en el Anexo III de la Orden de 13 de marzo de 2013, se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Que los centros soliciten participar en el programa educativo de emprendimiento YPD-Box, Young Potential Development, a desarrollar durante el curso escolar 2015-2016.
El número máximo de centros participantes en este programa será de 20.
1. Objetivos del Programa YPD-Box.
Los principales objetivos de este programa son:
2. Criterios de selección.
A la hora de seleccionar a los centros participantes se utilizarán los siguientes criterios de priorización:
Una vez recibidas y baremadas todas las solicitudes, se ordenarán por puntuación. Mediante un sorteo se extraerá un código de centro, de entre los de los centros participantes, a partir del cual se ordenarán todas las solicitudes con igual puntuación y se empezará a seleccionar de mayor a menor puntuación, hasta obtener los veinte participantes
3. Publicación de la relación de los centros seleccionados en el Programa YPD Box.
Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes y una vez baremadas, se expondrá en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades y en el portal Educarm, www.educarm.es, la lista provisional de solicitudes admitidas y de centros seleccionados, abriéndose un plazo de reclamación de cinco días naturales. Transcurridos los cuales y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva por los mismos medios que la relación provisional.
Estudiadas las reclamaciones, se publicará por los medios habituales, el listado definitivo de centros seleccionados.
Finalizado el proceso anterior, la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, contactará con los centros seleccionados comunicándoles su participación en la actividad.
Centros educativos de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanza secundaria, en el curso de 4º de secundaria obligatoria y Bachillerato.
1. Compromisos de los centros seleccionados:
La participación en el Programa implica, por parte de los centros, los siguientes compromisos:
- Facilitar la asistencia del profesorado que va a desarrollar el programa a una jornada de sensibilización con el objetivo de dotarlos de herramientas metodológicas y dinámicas grupales que les permitan transmitir en el aula capacidades y actitudes emprendedoras.
- Puesta en marcha del programa siguiendo la metodología de la YPD Box.
- Utilización de la metodología que se propone desde YPD, una metodología donde el alumnado es el protagonista y centro de su propio aprendizaje. Esta está basada en un trabajo desde la práctica donde el aprendizaje es activo, cooperativo y significativo.
- El Equipo Directivo, para poner en marcha e impulsar el Programa YPD Box en su centro, tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las medidas necesarias de organización y funcionamiento.
- Inclusión del Programa en el Proyecto Educativo de Centro.
- Completar el cuestionario de evaluación que se enviará al finalizar el curso escolar.
- Comunicación del cambio del profesorado encargado del Programa, en su caso enviando de nuevo el Anexo II.
2. Compromisos de la Consejería de Educación y Universidades.
La participación en el Programa implica por parte de la Consejería de Educación y Universidades, los siguientes compromisos:
- Poner a disposición del profesorado encargado del Programa la YPD Box, y una plataforma en la que se encuentran los materiales didácticos para desarrollar las dinámicas prácticas.
- Organización de una jornada de formación-sensibilización para el profesorado de metodología y fomento de la cultura emprendedora y desarrollo del talento del alumnado en el aula.
- Asesoramiento técnico al profesorado para el desarrollo de Programa.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Regular el programa de enseñanza bilingüe de Formación Profesional del sistema educativo, dentro del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y aprobar las bases reguladoras de la selección de ciclos formativos.
1.- Estructura de los ciclos formativos bilingües.
a) La enseñanza en lengua extranjera implicará un número de módulos que supongan al menos el 25% de la carga horaria del ciclo formativo, comprendiendo como mínimo un módulo de cada curso que componga el ciclo.
b) Para la docencia en estos módulos se programará el 50% de las unidades de trabajo para ser impartidas exclusivamente en lengua extranjera. En el resto de unidades de trabajo se programarán actividades de enseñanza aprendizaje exclusivamente en la lengua extranjera, de modo tal que al menos el 75% del contenido del módulo se desarrolle en el idioma específico de la enseñanza bilingüe.
c) El número de periodos lectivos semanales del ciclo se podrá ampliar en dos periodos, asignándose este exceso a los módulos profesionales impartidos (total o parcialmente, según los casos) en lengua extranjera, o en su caso, al módulo de Lengua extranjera, según lo que establezca la correspondiente autorización del programa bilingüe.
2.- Profesorado.
a) El profesorado que imparta los módulos profesionales en lengua extranjera deberá acreditar el dominio de la lengua extranjera de que se trate equivalente al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER), mediante los títulos o certificados especificados en Anexo II.
b) Además de estar en posesión de las certificaciones o titulaciones indicadas en el apartado anterior, el profesorado que imparta los módulos profesionales en lengua extranjera que se incorpore al Programa, en el caso de los centros públicos, deberá tener destino definitivo en el centro y permanecer, sin menoscabo de sus derechos, al menos dos años consecutivos en el mismo destino.
3.- Autorización y selección de ciclos formativos.
La Dirección General competente en materia de formación profesional autorizará la impartición de ciclos formativos del Programa de enseñanza bilingüe. Esta autorización se iniciará en el primer curso del ciclo formativo correspondiente, y tendrá validez hasta su revocación expresa.
4.- Revocación o abandono del Programa.
El Director General podrá revocar la autorización concedida a un centro, comunicada con la debida antelación, cuando se detecten anomalías o incumplimiento de la normativa vigente, previo informe de la Inspección de Educación.
El centro podrá solicitar, debidamente justificado, abandonar el Programa antes del 30 de junio de cada año, garantizando la finalización de los ciclos formativos bilingües, mediante solicitud al Director General responsable del Programa, para su estudio y resolución.
Centros públicos y privados de la Región de Murcia que impartan ciclos formativos sostenidos con fondos públicos, que cumplan los requisitos establecidos y que manifiesten su interés en participar en este Programa.
Presentar un proyecto cumpliendo con los requisitos expresados en la orden.
Los centros que se incorporen por primera vez al Programa deberán acreditar contar con el profesorado indicado.
Cuando un centro haya sido seleccionado, la dirección del mismo, al inicio del curso escolar, informará a los distintos sectores de la comunidad educativa de las peculiaridades del Programa, tanto de sus características generales como de los aspectos particulares de organización y funcionamiento del mismo en el centro.
Los directores de los centros que impartan el Programa de enseñanza bilingüe deberán remitir la Memoria final del Programa, confeccionada por el coordinador, en la que se deberá incluir el Informe de Evaluación (modelo del Anexo III), a la Dirección General competente en materia de formación profesional, antes del 30 de junio de cada curso escolar.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Уrgano/s gestor/es
La Unidad Orgбnica Responsable
Código y denominación
1319 - Programa de Fomento del Talento Emprendedor en Educación Primaria
Objeto
Facilitar que los centros educativos de Educación Primaria, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, participen en la convocatoria del programa educativo de fomento del talento emprendedor, en Educación Primaria, a desarrollar durante el curso escolar 2005-2016.
Destinatarios
Administraciones.
Podrán solicitar la participación en el programa los centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan 1º, 2º y 3º curso de Educación Primaria.
Requisitos
1. Compromisos de los centros seleccionados.
La participación en el Programa implica, por parte de los centros, los siguientes compromisos:
- Facilitar la asistencia del profesorado que va a desarrollar el programa a los cursos de formación planificados con el objetivo de dotarlos de herramientas metodológicas y dinámicas grupales que les permitan transmitir en el aula valores y habilidades emprendedoras a los niños y niñas, conductas y actitudes de colaboración, coordinación, superación de conflictos y asunción de problemas y responsabilidades.
- Puesta en marcha del programa siguiendo las directrices que desde la Consejería de Educación y Universidades y la fundación Trilema se faciliten a los centros educativos que participen en el programa.
- El equipo directivo, para poner en marcha e impulsar este programa en su centro tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las medidas necesarias de organización y funcionamiento.
- Inclusión del programa en el Proyecto Educativo de Centro.
- Completar el cuestionario de evaluación que se enviará al finalizar el curso escolar.
- Comunicación del cambio del profesorado encargado del Programa, en su caso enviando de nuevo el Anexo II.
2. Compromisos de la Consejería de Educación y Universidades, de la Fundación Princesa de Girona y de la Fundación Trilema.
La participación en el Programa implica por parte de la Consejería de Educación y Universidades y la Fundación Trilema los siguientes compromisos:
- Organizar tres jornadas presenciales de formación para iniciar la metodología de proyectos de emprendimiento, y su evaluación en clase. Durante las jornadas se acompañará a los docentes en el diseño del proyecto.
- Visitar a los centros participantes en el programa, para acompañar y evaluar el diseño y la implantación de los proyectos de emprendimiento.
- Realizar una jornada de buenas prácticas en el tercer trimestre, en la que se presentarán los proyectos implantados y se reflexionara sobre la repercusión en el aprendizaje de los alumnos.
Las solicitudes de participación deberán ajustarse a los anexos I y II de esta convocatoria.
Los centros que deseen adherirse al programa de fomento del talento emprendedor en educación primaria deberán presentar:
a) Solicitud de participación en dicho programa (Anexo I).
b) Conformidad de participación en el programa (Anexo II), en el cual se ha de reflejar el curso y las áreas en las que se va a integrar el programa, y los datos del/la profesor/a coordinador/a que va a formar parte de este programa.
PresentaciÑ?n de solicitud
Fecha inicio
30/10/2015
Fecha fin
09/11/2015
Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trбmite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificaciÑ?n, aportar documentaciÑ?n adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrб ver la relaciÑ?n completa de trбmites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrб de hacer referencia al nÑ?mero de expediente de la solicitud inicial o al nÑ?mero de registro de entrada de la misma, asн como al procedimiento administrativo a que se refiera el trбmite.
- El sistema le pedirб Ñ?nicamente la identificaciÑ?n electrÑ?nica; no es necesaria la firma electrÑ?nica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Presencialmente
Cumplimentación manual
- La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberб cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados mбs abajo. Tйngase en consideraciÑ?n que, estбn obligados a relacionarse a travйs de medios electrÑ?nicos para la realizaciÑ?n de cualquier trбmite de un procedimiento administrativo: las personas jurнdicas, entidades sin personalidad jurнdica, profesionales colegiados, empleados pÑ?blicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artнculo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComÑ?n de las Administraciones PÑ?blicas).
Lugares presentación
Los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan del aplicativo Cominter podrán presentar su solicitudes por este medio.
Los centros que presenten su solicitud por cualquiera de los medios establecidos en el artº 38 de la Ley 30/1992, deberán enviar una copia de la misma en la que aparezca en sello de registro a la siguiente dirección de correo electrónico: programas.educativos@murciaeduca.es
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la AdministraciÑ?n Regional | ||
Alzada | Consejera de EducaciÑ?n, Juventud y Deportes |
El número máximo de centros participantes en este programa será de 22.
1. Objetivos del Programa.
Los principales objetivos de este programa son:
- Reflexionar sobre modelos competenciales de enseñanza como vehículo eficaz para la introducción de emprendimiento en los centros educativos.
- Profundizar en la competencia de aprender a emprender y su aplicación en el aula.
- Vincular la introducción del emprendimiento a la programación docente por competencias.
- Crear una red de profesores que lideren el programa de emprendimiento en sus centros.
- Sistematizar y secuenciar la transmisión de formación en los centros (formación en cascada).
- Provocar espacios y ámbitos para la reflexión pedagógica sobre la introducción de modelos competenciales en el aula.
- Diseñar experiencias incluyendo en la programación de aula estrategias metodológicas que permitan enriquecer la acción educativa y encaminadas al desarrollo competencial del alumno.
- Reflexionar sobre el impacto que el cambio de la cultura de evaluación produce en el aprendizaje de los alumnos.
- Conocer y aplicar regularmente herramientas de evaluación del aprendizaje.
- Sistematizar la reflexión sobre la práctica docente.
- Utilizar el portfolio docente digital, como herramienta de reflexión y desarrollo.
- Diseñar y organizar jornadas de buenas prácticas de programas de emprendimiento, en los centros e intercentros.
2. Criterios de selección.
A la hora de seleccionar a los centros participantes se utilizarán los siguientes criterios de priorización:
Una vez recibidas y baremadas todas las solicitudes, se ordenarán por puntuación. Mediante un sorteo se extraerá un código de centro, de entre los de los centros participantes, a partir del cual se ordenarán todas las solicitudes con igual puntuación y se empezará a seleccionar de mayor a menor puntuación, hasta obtener los veinte centros participantes.
3. Publicación de la relación de los centros participantes en el programa de fomento de talento en primaria.
Tras la publicación de la relación provisional de centros seleccionados en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades y en el Portal Educativo Educarm, www.educarm.es, se abrirá un plazo de reclamación de cinco días naturales. Transcurridos los cuales, y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva en los mismos medios que la relación provisional.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Уrgano/s gestor/es
La Unidad Orgбnica Responsable
Código y denominación
1210 - Programa de Innovación Educativa Jump Math
Objeto
Convocar el programa de innovación educativa denominado ?JUMP MATH?, a realizar durante el curso escolar 2014-2015.
El programa se enmarca dentro de las líneas de actuación relacionadas directamente con la innovación científica y tecnológica. Para el desarrollo del mismo, se utilizará un proceso innovador en la enseñanza de la asignatura de Matemáticas con la finalidad de mejorar la adquisición de las competencias de estos.
Destinatarios
Empresas.
Podrán solicitar la participación en este programa todos los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparte la etapa de Educación Primaria.
Este programa va destinado a alumnos que en el curso escolar 2014/2015 estén cursando 5º de Educación Primaria.
Requisitos
Compromiso de los centros seleccionados.-
La participación de un centro en el programa de innovación educativa denominado ?JUMP MATH? involucra los siguientes compromisos:
Nombrar a un docente coordinador del programa. Facilitar la asistencia del profesorado que va a desarrollar el programa al curso de formación planificado a tal fin. Puesta en marcha del Programa en el centro educativo. Participar activamente en el programa a lo largo del curso. Realizar los cuestionarios de evaluación y tareas indicadas desde el Servicio de Programas Educativos. Inclusión del Proyecto en el Proyecto Educativo de Centro.
Compromisos de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.-
La participación implica, por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades los siguientes compromisos:
Difundir entre los centros de la Región. Organizar y coordinar la participación de los centros. Asesoramiento técnico al profesorado para el desarrollo del programa. Realizar seguimiento del programa.
PresentaciÑ?n de solicitud
Fecha inicio
09/01/2015
Fecha fin
19/01/2015
Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trбmite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificaciÑ?n, aportar documentaciÑ?n adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrб ver la relaciÑ?n completa de trбmites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrб de hacer referencia al nÑ?mero de expediente de la solicitud inicial o al nÑ?mero de registro de entrada de la misma, asн como al procedimiento administrativo a que se refiera el trбmite.
- El sistema le pedirб Ñ?nicamente la identificaciÑ?n electrÑ?nica; no es necesaria la firma electrÑ?nica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Presencialmente
Cumplimentación manual
- La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberб cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados mбs abajo. Tйngase en consideraciÑ?n que, estбn obligados a relacionarse a travйs de medios electrÑ?nicos para la realizaciÑ?n de cualquier trбmite de un procedimiento administrativo: las personas jurнdicas, entidades sin personalidad jurнdica, profesionales colegiados, empleados pÑ?blicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artнculo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComÑ?n de las Administraciones PÑ?blicas).
Lugares presentación
Enviar copia con número de registro por correo electrónico a la siguiente dirección: programas.educativos@murciaeduca.es
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la AdministraciÑ?n Regional | ||
Alzada | Consejera de EducaciÑ?n, Juventud y Deportes |
El número de máximo de grupos de los centros seleccionados no podrá superar los 50. Se seleccionaran centros hasta alcanzar el número de grupos especificados.
Los centros seleccionados, participaran con todos los grupos de 5º de Educación Primaria.
Objetivos del programa ?JUMP MATH?.-
Los principales objetivos de este programa son:
Fomentar la creatividad, ingenio y talento de los alumnos.Potenciar la innovación, la Ciencia y la Tecnología entre los alumnos.Dotar al profesorado de herramientas innovadoras de aplicación directa en el aula.Favorecer y facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos en la materia de matemáticas.
Criterios de selección.-
A la hora de seleccionar a los centros participantes se utilizarán los siguientes criterios de priorización:
1º) Centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparte la materia de Profundización en Matemáticas.
2º) Resto de Centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparte la etapa de Primaría.
Una vez recibidas todas las solicitudes, mediante un sorteo que se realizará el próximo miércoles 21 de enero de 2015 a las 11:00 horas en Gran Vía Escultor Salzillo Nº 32 3ª escalera 4º planta. Se extraerá un código de centro, de entre los centros participantes, a partir del cual se ordenarán todas las solicitudes; dentro de cada uno de los órdenes de prioridad y a partir del cual se comenzará la selección.
Publicación de la relación de centros participantes.-
Tras la publicación de la relación provisional de centros seleccionados en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y en el Portal Educativo Educarm, www.educarm.es, se abrirá un plazo de reclamación de cinco días naturales. Transcurridos los cuales, y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva en los mismos medios que la relación provisional.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
9722 - Programa de Recualificación Profesional de las personas que hayan agotado su prestación por desempleo (PREPARA)
Objeto
Ofrecer al desempleado la participación en un programa de recualificación profesional, consistente en un itinerario individual y personalizado de inserción, que le permita recibir una ayuda economica del 75% del Indicador Publico de Rentas de Efectos Multiples (IPREM) mensual, hasta un máximo de seis meses, a tramitar ante el Servicio Publico de Empleo Estatal.
Destinatarios
Ciudadanía.
Podrán beneficiarse de este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo que, dentro del período comprendido entre el día 16 de febrero de 2015 y el día 15 de agosto de 2015, ambos inclusive, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas
Requisitos
La persona solicitante debe carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores, en cómputo mensual, al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Para el cómputo de rentas, se tendrán en cuenta las de la unidad familiar del solicitante, incluidos los padres.
Deben cumplir, en el momento de la solicitud, alguna de las siguientes condiciones:
Las personas beneficiarias estarán obligadas:
Solicitud de la ayuda economica y documentación a adjuntar ante el Servicio Público de Empleo Estatal: http://www.sepe.es
Comentarios sobre el plazo
Plazo máximo de dos meses desde el agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo.
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Jefe del Servicio de Orientación, Intermediación y Contratos
Efectos del silencio administrativo
No tiene efecto
¿Qué norma regula el programa?
El Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas.
¿Qué incluye el programa?
No pueden participar en el programa
- Personas que hubieran percibido la prestación extraordinaria del programa temporal por desempleo e inserción
- Personas que hubieran agotado o pudieran tener derecho a la renta activa de inserción
- Personas que hubieran agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo, ambos a favor de los trabajadores eventuales del Régimen Espacial Agrario de la Seguridad Social
¿Cómo solicitar la participación en el programa?
- La persona interesada deberá acudir a la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo de su Comunidad Autónoma para solicitar su inclusión en un Itinerario de Inserción.
¿Cómo y dónde presentar las solicitudes de la ayuda económica de acompañamiento?
Mediante solicitud, establecida al efecto, de la persona interesada dirigida al Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
Podrá ser presentada en el Registro de las correspondientes Direcciones Provinciales u Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.
También en cualquiera de los lugares previstos en el Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Acoger, temporalmente, a menores que se encuentran en situación de desprotección, en su núcleo familiar y que necesitan una alternativa, para que sus necesidades básicas y de desarrollo (biológicas, afectivas, sociales, psicológicas y educativas) sean cubiertas.
Una familia ajena al menor lo acogerá, de manera temporal, proporcionándole ese contexto familiar de protección y atención, hasta que la reunificación con su familia de origen sea posible. La Dirección General de Política Social se encargará de formar a estas familias semiprofesionalizadas, para que puedan proporcionar el adecuado cuidado del menor o menores.
Este "acogimiento temporal" permite la plena participación del menor en la vida familiar y supone para las familias la obligación de velar por él, tenerlo en compañía, alimentarlo, educarlo y proporcionarle bienestar durante el periodo de estancia en la familia.
El programa va dirigido a:
Menores de edades comprendidas entre los 6 y 18 años. En el caso de hermanos de edad inferior, podrán permanecer juntos, si el menor de ellos tiene hasta 4 años, aceptando hasta un máximo de tres por núcleo familiar.
Se podrán incluir en el programa a menores con las siguientes cartacterísticas:
- Discapacidad leve (física y/o psíquica).
- Problemas de conducta abordables desde el ámbito familiar.
Los menores que reúnan estas condiciones serán derivados al programa, por la Unidad Técnico Responsable, dependiente de la Dirección General de Familia y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El número de menores que participarán en el programa vendrá determinado, en cada momento, por las necesidades detectadas en el mismo, así como por el número de familias que puedan acoger.
- El solicitante o, al menos, uno de los solicitantes de la pareja tendrá un nivel formativo de bachiller o equivalente.
- No presentarán minusvalía y/o enfermedad que les incapacite para el ejercicio de sus funciones respecto al cuidado del menor.
- Todos los miembros de la unidad familiar deben manifestar su conformidad con la participación (padres e hijos, así como aquellos otros familiares directos que convivan en el domicilio).
- Es imprescindible que la persona o personas interesadas dispongan de flexibilidad horaria para que el menor cuente con la atención plena.
- Las familias deberán contar con apoyo familiar, que pueda participar en la atención y el cuidado del menor.
- Se priorizarán familias acogedoras, con menos de dos o tres hijos en el núcleo familiar.
- El menor o los menores tendrán una habitación propia, en el domicilio de los acogedores.
- El domicilio de la familia acogedora contará con los adecuados recursos sociales y comunitarios, en los casos en los que no existan estos, deberá existir facilidad de acceso a los mismos.
- Las familias deben asistir a las sesiones formativas, en las que se les informará sobre las características y necesidades de los menores y se les instruirá en el adecuado cuidado de los mismos.
- Las familias deben poseer la idoneidad para acoger temporalmente a un menor, dentro del programa que nos ocupa.
- Por la característica de urgencia de este tipo de procedimiento, la familia debe estar disponible para acoger al menor con muy poco tiempo de preparación.
- Las familias deberán facilitar el contacto entre el menor y su familia biológica, así como colaborar en el proceso de reunificación familiar.
- Las familias acogedoras deben estar dispuestas a colaborar con el equipo técnico, en todas las fases del acogimiento: proceso de selección, formación, acoplamiento, seguimiento y finalización del acogimiento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Proporcionar a las familias, en cuyos hijos menores se aprecia una Situación de Riesgo, definida en el art. 17 de la Ley 26/2015, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, el apoyo profesional necesario para reducir o eliminar los factores que determinan dicha Situación de Riesgo.
Familias con hijos menores en los que, tras la correspondiente valoración, se aprecia Situación de Riesgo.
Tener hijos de menos de 18 años que estén en cualquier tipo de situacion que afecte o pueda afectar, en un inmediato, su adecuado desarrollo, de forma significativa, pudiendo modificarse las circunstancias, mediante un proceso de cambio, en los factores que las motivan.
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Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
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La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.