Unidad orgánica responsable
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012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
0386 - Aplazamiento o fraccionamiento del pago ante la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Objeto
Aplazar o fraccionar las deudas tributarias y demás de Derecho Público, en periodo voluntario cuando la situación de tesorería del interesado, discrecionalmente apreciada por la Administración, le impida transitoriamente efectuar el ingreso de las mismas.
Destinatarios
Empresas.
Identificación del solicitante.
Identificación de la deuda para lo que deberá aportarse la LIQUIDACIÓN ORIGINAL.
Los documentos que justifiquen la existencia de dificultades económicas financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido.
Los documentos que acrediten la representación del firmante de la solicitud, en su caso, y el lugar señalado a efectos de notificaciones.
Para deudas superiores a 18.000 euros: Compromiso de aval solidario de entidad de crédito.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Fomentar la innovación en el desarrollo de productos para la transformación digital de otras empresas, de forma que se pueda llegar a actuar en diferentes sectores productivos a los que ya se interactúa o bien para lograr un posicionamiento en otros mercados por parte de la empresa solicitante.
Este programa no financiará proyectos de I+D. En su caso dichos proyectos serían atendidos por las Bases Reguladoras y Convocatorias que puedan publicarse a través del Programa de APOYO A EMPRESAS DESTINADAS A FOMENTAR LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.
No se admitirán aquellos proyectos que supongan una actualización de los productos que la empresa tenga en la actualidad.
Para que la solicitud formulada sea considerada subvencionable, los costes elegibles del proyecto deberán alcanzar un importe mínimo de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00.-), y podrán producirse a partir de la fecha de solicitud de ayuda.
Subvención a fondo perdido. La intensidad de ayuda no podrá exceder del 45% de los costes subvencionables, ni la cuantía máxima por proyecto o solicitud el importe de TREINTA MIL EUROS (30.000,00.-), conforme al baremo establecido en las bases reguladoras del programa.
Costes elegibles:
1. Los costes directos del personal que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Para su cálculo se considerará salario bruto más las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa, durante el tiempo que esté dedicado al proyecto objeto de subvención. Todo ello incrementado en un 15% correspondiente a la imputación de costes indirectos del beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013.
El personal subvencionado deberá estar empleado en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
No se considerarán elegibles las retribuciones extrasalariales de los trabajadores ni aquellos conceptos retributivos que no estén contemplados en el correspondiente Convenio Colectivo de aplicación.
2. Colaboraciones externas: Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- que sean PYMEs.
- que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, siempre que sean Empresas Habilitadoras de Tecnologías de la Industria 4.0 (HI40), al amparo del Programa específico de Ayudas que se acompaña como Anexo I.
- que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- cuya actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS3MUR - www.carm.es/ris3).
2. Los habilitadores de tecnologías I40 son empresas que desarrollan un conjunto de tecnologías que hacen posible la hibridación entre el mundo físico y el digital, es decir, vinculan el mundo físico al virtual para hacer de la industria una industria inteligente. Se han identificado tres grandes categorías de habilitadores. Los habilitadores de hibridación del mundo físico y digital permiten poner en relación el mundo físico con el digital mediante sistemas de captación de información o de materialización de la información digital en el mundo físico. Esta información se canaliza y procesa con el segundo grupo de habilitadores, de comunicaciones y tratamiento de datos; y alimenta a la tercera capa de habilitadores aplicando inteligencia a los datos así recibidos en aplicaciones de gestión. Se considerará que una Empresa es Habilitadora de Tecnologías Industria 4.0 (HI40), cuando de hecho dispongan de la fabricación, desarrollo e implementación de alguna de las siguientes tecnologías:
1.- Aplicaciones de gestión intraempresa/interempresas:
a) Soluciones de inteligencia (Big Data & Analytics) y control.
b) Plataformas colaborativas.
2.- Comunicaciones y tratamiento de datos:
c) Ciberseguridad.
d) Computación y cloud.
e) Conectividad y movilidad.
3.- Hibridación mundo físico y digital:
f) Fabricación aditiva.(Impresión 3D)
g) Realidad virtual y realidad aumentada.
h) Robótica avanzada.
i) Sensores y sistemas embebidos.
Estas empresas pueden haber surgido bien a partir de los resultados de las actividades de I+D de los organismos públicos o privados de investigación y/o de los centros tecnológicos, o bien de la iniciativa de otras empresas o personas físicas que aprovechen sus conocimientos.
El solicitante deberá presentar junto a la solicitud de ayuda una Memoria y un presupuesto explicativos del proyecto a realizar cuyo modelo se incluye en el Anexo II, que incluya el objetivo previsto, en relación al desarrollo de productos innovadores y diferentes a los ya existentes en la empresa y en el mercado, justificando adecuadamente el por qué se afronta este nuevo desarrollo (aplicación a un sector empresarial diferente, posicionamiento en otros mercados, etc.).
La ejecución de las inversiones y gastos no deberá estar iniciada a la fecha de presentación de la solicitud.
Para el cálculo de la ayuda que pueda percibir el solicitante, éste deberá informar mediante una declaración jurada en modelo que se facilitará al efecto, de otras ayudas con el carácter de mínimis que haya obtenido durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso al de solicitud realizada al presente programa. En cualquier caso la ayuda total de 200.000 euros brutos, salvo para las empresas que operen en el sector del transporte por carretera, en el que el tope se establece en 100.000 euros brutos. Si el importe de la subvención a conceder superara, acumuladamente con otras de mínimis, el citado tope de 200.000 euros, o en su caso, 100.000 euros, no podrá otorgarse dicha subvención, ni siquiera para una fracción que no supere dicho límite cuantitativo.
El beneficiario queda informado del carácter de mínimis de la ayuda que se le pueda otorgar al amparo del presente programa, con el fin de su posible acumulación a otras futuras ayudas que se le puedan conceder con el mismo carácter de mínimis. En la resolución de concesión se hará referencia expresa Reglamento (CE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de mínimis, publicado en el DOUE nº 352 de 24 de diciembre de 2013, al amparo del que se otorga la subvención, así como el equivalente de subvención bruta otorgado.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Apoyar a las PYMES de la Región de Murcia dedicadas a la producción primaria agrícola en la obtención de financiación, vía préstamos y créditos, destinada a la realización de inversiones tendentes a la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, o la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio fundamental en el proceso de producción global de un establecimiento existente y en general cualquier proyecto de inversión que suponga un crecimiento y mejora competitiva de la empresa, mediante la subsidiación de los costes de los avales otorgados por Sociedades de Garantía Recíproca, Entidad Financiera o Entidades Aseguradoras autorizadas por la Dirección General de Seguros. De igual modo se contempla la capitalización de pymes en sus procesos de inversión a través de nuevas fórmulas de financiación tales como el crowdlending, mediante el empleo de avales prestados por estas entidades.
Subvención en concepto de subsidiación del coste del aval establecido en el contrato de aval entre el beneficiario y la entidad avalista con un máximo del 0,75% anual sobre el saldo anual vivo de cada año y hasta el plazo máximo de la vigencia del aval, con el límite de las quince primeras anualidades de amortización de la operación de préstamo avalado. En cualquier caso, el importe máximo de la subvención que podrá obtener un beneficiario por convocatoria no podrá superar el previsto en el artículo 5.1. las Bases recogidas en la Orden de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente publicada en el BORM nº 140, de 20 de junio de 2018.
Puede obtener más información sobre este progama de ayuda, sus convocatorias y su solicitud en el Área de Tramitación Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia
PYMES dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas, enumerados
en el anexo I del Tratado y cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Región de Murcia, en los términos previstos en las Bases Reguladoras.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Aprobar Planes Empresariales de prevención de residuos de envases donde se establezcan los objetivos de prevención, las medidas preventivas para alcanzarlos y los mecanismos de control para comprobar su cumplimiento.
De conformidad con el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.
Estarán obligados a elaborar un plan empresarial de prevención los envasadores que, a lo largo de un año natural, pongan en el mercado una cantidad de productos envasados y, en su caso, de envases industriales o comerciales, que sea susceptible de generar residuos de envases en cuantía superior a las siguientes cantidades:
a) 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio
b) 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero
c) 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio
d) 21 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico
e) 16 toneladas si se trata exclusivamente de madera
f) 14 toneladas si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
g) 350 toneladas si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.
Estos planes empresariales de prevención tendrán en cuenta las determinaciones contenidas en el Programa Nacional de Residuos de Envases y Envases Usados y en los respectivos Programas Autonómicos.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Aprobar proyectos de prospección y explotación de aguas subterráneas.
- Seguimiento de la tramitación
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.
b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.
Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.
- Información Particular
Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en como va lo mio, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.
Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Tasas
El abono de esta tasa podrá realizarse junto con la solicitud o, posteriormente durante la tramitación del expediente, remitiendo el justificante del abono mediante el formulario para actos de trámite en un expediente ya iniciado (más información en el teléfono 012).
Obligados a tramitar electrónicamente
La autoliquidación se hará en la Sede electrónica de la página web de la CCAA de la Región de Murcia. La carta de pago para el abono de la tasa se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud.
Ciudadanos no obligados a tramitar electrónicamente
Tienen tres opciones distintas:
1.- Tradicional: La carta de pago se facilitará en las dependencias del Registro de la Dirección General de Energía y Actividad Industria y Minera, sita en calle García Alix nº 9 (duplicado) de Murcia capital, realizando posteriormente el abono en cualquiera de las entidades indicadas en la misma.
2.- Electrónica con certificado digital: Entrando en la Sede electrónica de la página web de la CCAA de la Región de Murcia, donde realizaremos una búsqueda del procedimiento que deseamos iniciar. Una vez localizado, abrimos el menú del procedimiento pinchando sobre el texto de la denominación del mismo y, posteriormente, sobre el enlace Obtener carta de pago disponible dentro de la pestaña Tasas. Una vez cumplimentados los datos necesarios se generará un archivo .pfd con tres ejemplares de carta de pago en los que aparecen indicadas las posibles formas de efectuar el abono.
3.- Mediante TPV-Datáfono. Se hará personalmente en cualquiera de la Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Administración Regional de la CARM. Más información sobre el pago de tasas en servicio con código 2544 pago impuestos y tasas de la CARM de la Guía de Procedimientos y Servicios.
El titular de la instalación o su representante legal.
No existen requisitos específicos
Solicitud de aprobación de obras de ejecución de sondeos para captación de aguas subterráneas
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
En caso de no ser visados los trabajos suscritos por el técnico, y conforme al apartado primero de la instrucción de la dirección general de industria, energía y minas sobre aplicación de la normativa reguladora de la obligatoriedad del visado colegial de los proyectos y certificados de obra de fecha 25 de septiembre de 2010, deberán de acompañarse de declaración responsable del autor según el modelo recogido en el anexo 1 de la instrucción en la que se declare que en la fecha de la firma de los citados documentos, estaba en posesión de la titulación correspondiente, colegiado en el colegio profesional correspondiente, y no se encontraba inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
T652. Tasa por Exp.Inform.Técnicos/Actuac.facultativas Minería
H00003 - Sondeos e instalaciones elevadoras aguas subterráneas
T652. Tasa por Exp.Inform.Técnicos/Actuac.facultativas Minería
H00005 - Cambio de titularidad de expedientes mineros
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Alzada: ante la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Dar cumplimiento a la legislación minera en lo referente a la obligación de presentar los trabajos a realizar anualmente en una explotación minera o en un yacimiento de residuos de la minería, preservando la seguridad, medio ambiente y técnica mineras.
- Seguimiento de la tramitación
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.
b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.
Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.
- Información Particular
Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en como va lo mio, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.
Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Tasas
El abono de esta tasa podrá realizarse junto con la solicitud o, posteriormente durante la tramitación del expediente, remitiendo el justificante del abono mediante el formulario para actos de trámite en un expediente ya iniciado (más información en el teléfono 012).
Obligados a tramitar electrónicamente
La autoliquidación se hará en la Sede electrónica de la página web de la CCAA de la Región de Murcia. La carta de pago para el abono de la tasa se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud.
Ciudadanos no obligados a tramitar electrónicamente
Tienen tres opciones distintas:
1.- Tradicional: La carta de pago se facilitará en las dependencias del Registro de la Dirección General de Energía y Actividad Industria y Minera, sita en calle García Alix nº 9 (duplicado) de Murcia capital, realizando posteriormente el abono en cualquiera de las entidades indicadas en la misma.
2.- Electrónica con certificado digital: Entrando en la Sede electrónica de la página web de la CCAA de la Región de Murcia, donde realizaremos una búsqueda del procedimiento que deseamos iniciar. Una vez localizado, abrimos el menú del procedimiento pinchando sobre el texto de la denominación del mismo y, posteriormente, sobre el enlace Obtener carta de pago disponible dentro de la pestaña Tasas. Una vez cumplimentados los datos necesarios se generará un archivo .pfd con tres ejemplares de carta de pago en los que aparecen indicadas las posibles formas de efectuar el abono.
3.- Mediante TPV-Datáfono. Se hará personalmente en cualquiera de la Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Administración Regional de la CARM. Más información sobre el pago de tasas en servicio con código 2544 pago impuestos y tasas de la CARM de la Guía de Procedimientos y Servicios.
Personas físicas o jurídicas explotadores de una autorización de recursos de la sección A), concesión de explotación o permiso de investigación o exploración de recursos de la sección C) de la Ley de minas, así como de un yacimiento de residuos de la minería.
- Durente el mes de enero para concesiones de explotación de la sección C) y sección D).
Ser titular de una autorización de recursos de la sección A), concesión de explotación o permiso de investigación o exploración de recursos de la sección C) de la Ley de minas, así como de un yacimiento de residuos de la minería.
El contenido del Plan Anual de Labores se ajustará al documento generado por la aplicación informática Plan de Labores Digital (PLd) disponible en la dirección de Internet http://plandelabores.es./. , especificado para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Solicitud de aprobación de plan anual de labores
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
El impreso correspondiente a la Estadística Minera anual se presentará en el portal del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
El contenido del Plan Anual de Labores se ajustará al documento generado por la aplicación informática Plan de Labores Digital (PLd) disponible en la dirección de Internet http: plandelabores.es especificado para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
T652. Tasa por Exp.Inform.Técnicos/Actuac.facultativas Minería
H00001 - Confrontación de planes de labores y proyectos mineros
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Plazo de resolución: 2 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Información adicional sobre recursos
Alzada: ante la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Aprobar los planes de trabajo que cumplan los requisitos mínimos de evaluación, control, corrección, prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo frente a los riesgos de exposición al amianto.
Empresas que vayan a realizar actividades u operaciones que supongan para los trabajadores riesgo de exposición a las fibras de amianto
1. Que el amianto será eliminado antes de la demolición, si hay que aplicar esta técnica, salvo que dicha eliminación cause un riesgo mayor.
2. Que terminada la demolición o la retirada de amianto, se esté en condiciones de asegurar que no existen riesgos debidos a la exposición al amianto en el lugar de trabajo.
3. Las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que realicen las operaciones.
a) Descripción de los trabajos.
b) Tipo de materiales a intervenir, indicando si es friable o no friable, forma de presentación y cantidades.
c) Ubicación del lugar de los trabajos.
d) Fecha de inicio y duración prevista del trabajo.
e) Relación nominal de trabajadores implicados, indicando su categoría, oficios, formación y experiencia en los trabajos especificados.
f) Procedimientos que se aplicarán.
g) Medidas preventivas contempladas para limitar la generación y la dispersión de fibras de amianto en el ambiente y las medidas adoptadas para limitar la exposición de los trabajadores a dichas fibras.
h) Equipos utilizados para protección de los trabajadores: características y número de unidades de descontaminación, y tipo y modelo de uso de los EPI´s.
i) Medidas adoptadas para evitar la exposición de otras personas.
j) Medidas destinadas a informar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y las precauciones a tomar.
k) Medidas para la eliminación de los residuos: gestor y vertedero autorizados.
l) Recurso preventivo de la empresa.
m) Procedimiento para la evaluación y el control del ambiente de trabajo.
Solicitud de Aprobación de plan de trabajo con riesgo de exposición al amianto
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL
Plazo de resolución: 45 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Aprobar planes empresariales de prevención de los efectos de los aceites industriales sobre el medio ambiente para facilitar su regeneración, reciclado u otras formas de valorización.
Fabricantes de aceites industriales: los agentes económicos dedicados a la elaboración, importación o adquisición intracomunitaria de aceites industriales para su puesta en el mercado nacional.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Aprobar planes empresariales de prevención de neumáticos fuera de uso para minimizar sus afecciones al medio ambiente.
Productores de neumáticos.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Aprobación del planeamiento general de los municipios (revisiones del planeamiento general y modificaciones estructurales).
En el caso de modificaciones no estructurales, planes parciales y especiales, la competencia de la Administración Regional es la de emitir un informe tras la aprobación inicial en el plazo de 1 o 2 meses.
Ayuntamientos.
Tramitación del plan urbanístico por el Ayuntamiento.
Elevación a la Consejería para su aprobación definitiva por el Consejero.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Aprobaciones de modificaciones/revisiones de planes generales y normas subsidiar
ias:
· Agota la vía administrativa: Orden del Consejero de Obras Públicas, Viv
ienda y Transportes.
· Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición
o contencioso-administrativo.
· Plazo de interposición: si de reposición un m
es; si contencioso-administrativo, dos meses; en ambos casos contados a partir d
el día siguiente a su notificación.
· Órgano competente: si de reposición, Co
nsejero de Obras Públicas Vivienda y Transportes; si contencioso-administrativo,
Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
Modificaciones de zonas v
erdes:
· Agota la via administrativa: Acuerdo del Consejo de Gobierno.
· Rec
urso que cabe interponer: potestativo de reposición o contencioso-administrativ
o.
· Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si contencioso-administ
rativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notif
icación.
· Órgano Competente: si de reposición: Consejo de Gobierno; si conten
cioso-administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
Los
informes del Director General son actos de mero trámite que no son recurribles.