Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Condecorar a las víctimas fallecidas, secuestradas o que hayan sufrido daños físicos y/o psíquicos o secuelas de cualquier tipo, como consecuencia de actos terroristas cometidos en la Región de Murcia o en cualquier otro lugar del territorio español o en el extranjero, siempre que en este caso ostenten la condición política de murciano en el momento de la comisión del acto terrorista o con anterioridad al 4 de diciembre de 2009.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Víctimas fallecidas, secuestradas o que hayan sufrido daños físicos y/o psíquicos o secuelas de cualquier tipo.
    Esta medalla no se concede a los que hayan resultado ilesos en los atentados, ni tampoco a los amenazados.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y HACIENDA (A14028305)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    A) Si el atentado o secuestro se ha sufrido en territorio de la CARM:

    a) Atentado: haber fallecido o haber sufrido daños físicos y/o psíquicos o secuelas de cualquier tipo, como consecuencia de aquel.

    b) Secuestro: haber sido y/o estado secuestrado por banda terrorista en territorio de la CARM.

    B) Si el atentado o secuestro se ha sufrido fuera del territorio de la CARM:

    a) Atentado:

    1. Haber fallecido o haber sufrido daños físicos y/o psíquicos o secuelas de cualquier tipo, como consecuencia del acto terrorista.

    2. Ostentar la condición política de murciano en el momento de la comisión del acto terrorista o con anterioridad al 4 de diciembre de 2009.

    b) Secuestro:

    1. Haber sido secuestrado por banda terrorista fuera del territorio de la CARM.

    2. Ostentar la condición política de murciano en el momento del secuestro o con anterioridad al 4 de diciembre de 2009.

    En caso de fallecimiento de la víctima, la solicitud solo podrá instarse por sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por su cónyuge (si no está separado legalmente) o persona con relación de afectividad análoga a la conyugal, así como por aquellas otras personas que en el momento de la comisión del acto terrorista convivieran de forma estable con la víctima y dependieran de la misma.

    Solicitud de concesión de medalla a las víctimas del terrorismo de la Región de Murcia

    • Libro de familia
      (No obligatorio / No original)
      Para acreditar relación conyugal o de parentesco, en su caso.
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      Documentación acreditativa de la convivencia de forma estable con la víctima y dependencia de la misma, en su caso.
    • Acreditación
      (Obligatorio / No original)
      Documentación acreditativa de la condición de víctima no ilesa. (Informe del Ministerio del Interior, resolución administrativa de la Administración General del Estado de reconocimiento o pensión extraordinaria por acto de terrorismo, o sentencia judicial firme).
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      Documentación acreditativa de la relación de afectividad análoga a la conyugal, en su caso.
    • Certificado
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de residencia histórico, en su caso.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / No original)
      en el que se haga constar que la víctima no resultó ilesa.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de matrimonio (*)
    • Consulta de nacimiento (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Consejo de Gobierno

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición Consejo de Gobierno
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa (TSJ de Murcia).En el supuesto de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía jurisdiccional hasta que no se resuelva expresamente dicho recurso o se produzca su desestimación presunta.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Modificar a la baja la renta a satisfacer por los arrendatarios de viviendas de promoción pública.

    La reducción de la renta se concederá por un plazo máximo de 3 años.

    El inquilino podrá seguir disfrutando el beneficio, previa solicitud con tres meses de antelación al vencimiento de dicho plazo.

    El beneficiario decaerá en su derecho como consecuencia del impago acumulado de tres meses de renta.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Arrendatarios de viviendas de Promoción Pública de las que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia sea titular.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser inquilino de vivienda de promoción pública.

    Tener unos ingresos anuales inferiores a 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) del año en curso.

    El solicitante deberá encontrarse al corriente del pago de todas las mensualidades devengadas o en su caso suscribir compromiso de pago aplazado de los recibos atrasados.

    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      En caso de deuda deberá aportar una solicitud de aplazamiento y compromiso de pago junto con el impreso de solicitud (ver modelo en anexos).
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado de residencia con indicación de fechas de alta y baja, en el que figuren todas las personas que conviven en el domicilio que ocupan los solicitantes.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de importes percibidos por periodos de desempleo (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificación acreditativa de la condición de pensionista no contributivo (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Solicitar y comunicar las modificaciones para su posterior aprobación de los programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia durante la anualidad en curso y la presentación de la comunicación resumen con todas las modificaciones.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia y que tengan aprobado un programa operativo.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar reconocida como Organización de Productores del sector de Frutas y Hortalizas.

    Tener la sede social en la Región de Murcia.

    Tener aprobado un programa operativo para la anualidad en curso.

    Solicitud de modificaciones de programas operativos durante la anualidad en curso

    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      En su caso,declaración de la Organización de Productores en de la que se compromete a no comenzar la ejecución de las inversiones hasta que no exista un acta emitida por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma donde se vayan a realizar las inversiones en la que se haga constar que no se han iniciado o, o en su defecto un acta notarial, en la que se haga constar que la inversión a realizar no se ha iniciado en la parcela correspondiente. Será de aplicación para cambios de ubicación de inversiones, adelanto de la ejecución de las mismas, incremento del número de unidades si la unidad es de superficie, inclusión de nuevas inversiones, inclusión de nuevas actuaciones medioambientales o sustitución de actuaciones.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Cuando se modifique la forma de gestión de los fondos operativos y se escoja laopción contenida en la letra a) del artículo 5 del presente real decreto, se deberá aportar el certificado de la entidad financiera depositaria de la cuenta bancaria para el movimiento exclusivo del fondo, con indicación de su sucursal, elnúmero de cuenta y la denominación de esta: «Fondo operativo de la organizaciónde productores o de la asociación de organizaciones de productores... (denominación de la organización o asociación)».
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      En caso de haberse aportado en la aprobación del Proyecto de Programa Operativo(PPO) o en la solicitud de la modificación de la anualidades no comenzada, certificación del secretario de la organización de productores o de la asociación deorganizaciones de productores por la que se aporta acuerdo de la asamblea general de la entidad, o el órgano equivalente de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, u órgano equivalente de la organización de productores o de la asociación de organizaciones de productores en función de su personalidad jurídica, por el que se delega la competencia en la presentación de solicitudes de modificación del programa operativo, previstas en los artículos 14 y 15 del presente real decreto, en una determinada instancia de la organización de productores.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado en el que conste que las modificaciones solicitadas sobre el programa operativo, han sido aprobados por el órgano competente según su personalidad jurídica o instancia en que haya delegado.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      En caso de haberse aportado en la aprobación del Proyecto de Programa Operativo(PPO) o en la solicitud de la modificación de la anualidades no comenzada, certificación del secretario de la organización de productores o de la asociación deorganizaciones de productores por la que se aporta acuerdo de la asamblea general de la entidad, o el órgano equivalente de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, u órgano equivalente de la organización de productores o de la asociación de organizaciones de productores en función de su personalidad jurídica, por el que se delega la competencia en la presentación de solicitudes de modificación del programa operativo, previstas en los artículos 14 y 15 del presente real decreto, en una determinada instancia de la organización de productores.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Justificantes en los que se expongan los motivos, naturaleza y consecuencia de las modificaciones solicitadas, así como de aquellos justificantes que fueran necesarios para su aprobación.
    • Descriptiva y Grafica del catastro (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer los trámites a seguir para que las empresas comuniquen la modificación de datos de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) como contratistas y subcontratistas en el Sector de la Construcción en la Región de Murcia, a fin de actualizar los datos identificativos declarados por las mismas.

    Entre en la página Web de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, dentro del enlace Empresas y Prevención de Riesgos Laborales, y en el Registro de Empresas Acreditadas (REA), donde están disponibles las instrucciones correspondientes y la página de inicio del REA para hacer la solicitud de modificación de datos de la inscripción en el REA.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas de la Región de Murcia y empresas extranjeras que, figurando inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas como contratistas y subcontratistas en el Sector de la Construcción en la Región de Murcia, por radicar su domicilio social en dicho territorio y por haber prestado su primer servicio transnacional en el mismo, respectivamente, hayan sufrido alguna variación que afecte a los datos identificativos declarados por las mismas ante dicho registro.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Las empresas deben presentar la solicitud de modificación de datos de su inscripción en el REA, ante la Dirección General de Trabajo dentro del mes siguiente al hecho que la motiva.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

    Plazo de resolución: 15 Día/s natural/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la modificación de instalación de un salón de juego.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar inscritos en el Registro General del Juego como empresa de salones y ser titular de una autorización de un salón de juego

    Modificación de la autorización de instalación de un salón de juego

    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa Administrativa correspondiente.
    • Descripción de la actuación que se pretende realizar
      (No obligatorio / No original)
      Descripción de la modificación solicitada.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la modificación de la homologación e inscripción provisional en el registro de modelos de máquinas recreativas y de azar y de otro material de juego y apuestas.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar inscrita en la sección correspondiente del Registro General del Juego como empresa fabricante.

    Modificación de la homologación e inscripción en el registro de modelos de máquinas recreativas y de azar y otro material de juegos y apuestas

    • Declaración
      (No obligatorio / No original)
      Declaración CE (compatibilidad electromagnética) de conformidad con la normativa vigente en la materia.
    • Informe
      (No obligatorio / No original)
      Descripción e identificación de los contadores que se integran en el modelo.
    • Informe técnico
      (No obligatorio / No original)
      Informe emitido por entidad autorizada por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia acerca de los ensayos previos especificados en el Artículo 19 del Decreto 72/2008.
    • Plano
      (No obligatorio / No original)
      Plano de la máquina y de su sistema eléctrico suscrito por técnico competente.
    • Memoria
      (No obligatorio / No original)
      Un ejemplar de la memoria en la que se almacena el juego.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa administrativa correspondiente.
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      Memoria que contenga la ficha del modelo normalizado, deberá contener:a) Fotografía en color del exterior de la máquina.b) Nombre comercial del modelo.c) Nombre del fabricante o importador y número de inscripción en el registro de empresas.d)Número y fecha de la licencia de importación.e) Dimensiones de la máquina.f) Memoria descriptiva del juego o juegos y la forma de uso.
    • Inscripción en el Registro administrativo correspondiente.
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de máquinas o material de juego homologados por otra Administración Pública y al efecto de su convalidación será preciso acompañar el asiento deinscripción en el registro General del Juego de la misma y un informe emitido por una entidad acreditada ante cualquier Administración Pública en el que consten que los elementos a homologar reúnen los requisitos y condiciones técnicas previstas en el Reglamento de Máquinas recreativas y de Azar.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A AGENCIA TRIBUTARIA DE LA R.M.

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar para introducir modificaciones en la edificación de viviendas calificadas como protegidas por la Comunidad Autónoma y de VPO (Viviendas de Protección Oficial).

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Promotores de viviendas calificadas como protegidas y de Protección Oficial (VPO).

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Adaptación del proyecto a la ejecución final de las obras construidas, una vez obtenida calificación provisional, por:

    Transformación vivienda proyectada para minusválido.

    Pasar el expediente a fases.

    Adaptación de la vivienda a la necesidades familiares del adquirente, pero cumpliendo la normativa de vivienda protegida.

    Cumplimiento ordenanzas municipales.

    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Cambiar el trazado por el que discurre una vía pecuaria clasificada o deslindada.

    El Consejero competente en materia de Vías Pecuarias eleva propuesta al competente en materia de gestión patrimonial, sin perjuicio de las intervenciones que sean necesarias por parte del Consejo de Gobierno. El procedimiento concluye por Orden del Consejero competente en materia de Vías Pecuarias que, tras los trámites e intervenciones citados, acuerda la modificación de trazado. Puede ser necesaria la práctica de previos deslindes, desafectadón al dominio público, celebración de permuta, nuevo deslinde e inscripciones en el Registro de la Propiedad.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    El recurso potestativo de reposición se puede interponer dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la Orden que decida sobre cambio de trazado.

    El recurso contencioso-administrativo puede interponerse dentro del plazo de dos meses desde la notificación de la Orden resolutoria, siempre que no se haya interpuesto el potestativo de reposición o una vez resuelto éste.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Solicitud con los requisitos generales exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Admnistrativo Común de las Administraciones Públicas, especialmente: Artículo 66. Solicitudes de iniciación. 1. Las solicitudes que se formulen deberán contener: a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente. b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación. c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. d) Lugar y fecha. e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio. f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación (Dirección General de Medio Natural - Subdirección General de Política Forestal. Código de identificación A14024287 . Es conveniente identificar y localizar la Vía Pecuaria y el tramo en que se pretende modificar el trazado. Es necesario acreditar por parte del solicitante, la disponibilidad de los terrrenos por donde se pretende trazar la Vía Pecuaria y que asegure su conectividad y continuidad con el resto de la misma.

    Requisitos posteriores

    La Dirección General competnete en materia de Vías Pecuarias, ha de elevar propuesta al Consejero competente en la materia para su aprobación.

    Modificación de trazados en vías pecuarias

    • Plano
      (Obligatorio / Original)
      Plano catastral y plano de detalle de la actuación en formato pdf editable para utilización de datos, e Información cartográfica en formato digital (dxf, shp), debidamente georreferenciada (DATUM ETRS89 Huso 30.
    • Memoria
      (Obligatorio / No original)
      Memoria Técnica ó Separata-Adenda del Proyecto Técnico, en relación con la Vía Pecuaria descriptiva de la actuación, en formato pdf editable para utilización de los datos. Contenidos básicos de la Memoria: 1) Objeto. 2) Justificación de la modificación de trazado. 3) Características / Situación actual de la vía pecuaria: Puntos inicio y final del tramo a modificar. Longitud y anchura de la vía pecuaria. Características físicas y topográficas del tramo a modificar. Superficie estimada a desafectar del tramo a modificar. Plano/ Croquis del trazado original de la Vía Pecuaria. 4) Características / Situación del nuevo trazado propuesto. Justificación del matenimiento de la idoneidad y continuidad del trazado propuesto respecto al tránsito ganadero y demás usos compatibles y complementarios. Puntos de entronque con el trazado original. Justificación del mantenimiento de la integridad superficial de la Vía Pecuaria. Propuesta de acondicionamiento del nuevo trazado en caso necesario. Justificación de la propiedad o posibilidad de cesión de los terrenos que formarán parte del nuevo trazado de la Vía Pecuaria. Plano o croquis de la propuesta de trazado modificado de la Vía Pecuaria.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Escritura y documentos que acrediten la propiedad y la disponibilidad de los terrenos por los que va discurrir la vía pecuaria

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Modificación de trazados en vías pecuarias

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Variar en municipios concretos el calendario regional de apertura de comercios en domingos y festivos, con el fin de adaptarlo a sus necesidades o a la celebración de sus fiestas locales.

    La solicitud de modificación deberá realizarse, al menos, con dos meses de antelación a la modificación pretendida.

    Con independencia de lo señalado, los alcaldes de los municipios de la Región podrán permutar algunos de los domingos y días festivos de apertura autorizada por otros días en los que se celebren sus fiestas locales, cuando estén incluidos en el calendario laboral. Para ello:

    a) El Ayuntamiento tiene que comunicar su decisión a la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía con una antelación mínima de un mes.

    b) A dicha permuta se le dará la debida publicidad por parte del Ayuntamiento para general conocimiento de los comerciantes y consumidores de su término municipal.

    Destinatarios

    Administración.

    Ayuntamientos de la Región de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Interés local que justifique la modificación.

    Para permuta: celebración de fiestas locales en fechas incluidas en el calendario laboral.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información general

    Unidad orgánica responsable

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Hacienda y Administración Pública
        • Organismo Autónomo
          • Agencia Tributaria de la Región de Murcia

    Código y denominación

    0098 - Modificación no sustancial de la homologación e inscripción en el registro de modelos de máquinas recreativas y de azar

    Objeto

    Autorizar la modificación no sustancial de la homologación de modelos de máquinas recreativas y de azar.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Documentación

    • Solicitud según modelo normalizado
    • -Ficha en duplicado, ejemplar en modelo normalizado que deberá contener:

      a) Fotocopia en color del exterior de la máquina.

      b) Nombre comercial del modelo.

      c) Nombre del fabricante o importador y número de inscripción en el registro de empresas.

      d) Número y fecha de la licencia de importación.

      e) Dimensiones de la máquina.

      f) Memoria descriptiva del juego o juegos y la forma de uso.

      - Planos de la máquina y de su sistema eléctrico suscritos por técnico competente.

      - Declaración CE (compatibilidad electromagnética) de conformidad con la normativa vigente en la materia.

      - Un ejemplar de la memoria en la que se almacena el juego. Estas memorias solamente podrán ser sustituidas o modificadas previa nueva homologación.

      - Informe emitido por entidad autorizada por la Dirección General de Tributos acerca de los ensayos previos para las máquinas tipo B y C.

      - En el supuesto de máquinas homologadas por otra Administración Pública y al efecto de su convalidación, asiento de inscripción en el Registro General del Juego de la misma y documento que acredite la realización de los ensayos previos citados en el punto anterior expedido por la referida Administración o por entidad autorizada por la misma.

      - Descripción e identificación de los contadores que se integran en el modelo.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.