Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Cambiar la titularidad, a favor del conyuge, de los contratos de viviendas de promoción pública en regimen de arrendamiento, cuando se produzca la separación, divoricio o fallecimiento de su titular inicial.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Conyuges o personas que convivan de forma permanente en análoga relación de afectividad,de titulares de contratos de vivienda de promoción pública en régimen de arrendamiento.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Separación, divorcio o fallecimiento del titular inicial del contrato de arrendamiento.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Emitir informes técnicos, previos a la obtención de la correspondiente licencia municipal, para construcciones, instalaciones o cambios de uso vinculados a la actividad agraria en suelos no urbanos donde los mismos estén permitidos, cuando así lo requiera el organo competente en la concesión de licencia, pudiendo ser la solicitud iniciada por dicho órgano competente o directamente por el promotor.

    Informes sectoriales relativos a consultas institucionales en materia ambiental. La solicitud será iniciada a petición del órgano competente en su tramitación.

    Informes sectoriales en trámites de uso excepcional de suelo o interés público a petición del órgano competente en su tramitación.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    - Propietarios de explotaciones agrícolas o ganaderas.
    - Administración local.
    - Administración autonómica y estatal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser propietario de una parcela en suelo en el que esté permitido el uso agrario por el plan General de Ordenación Urbana y por las diferentes Directrices de Protección y Ordenación del Territorio, en su caso, en la que se vaya a llevar a cabo cualquier construcción, instalación o cambio de uso vinculados a la actividad agraria, siempre y cuando el ayuntamiento del municipio donde se ubique requiera informe sobre vinculación entre la actuación y la explotación agraria.

    La explotación agraria deberá estar inscrita en el registro de explotaciones agrarias.

    Cambio de usos en terreno agrario sometido a licencia municipal

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Información adicional sobre recursos

    No cabe recurso, solo interponer alegaciones al Informe Técnico ejecutado

    Normativa

  • Convocatoria cerrada.

    Información general

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Educación, Juventud y Deportes
        • Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa (A14022320)

    Órgano/s gestor/es

    La Unidad Orgánica Responsable

    Código y denominación

    0094 - Campamentos de verano de investigación y de profundización de conocimientos en diferentes comunidades autónomas

    Objeto

    Participar en el programa de profundización de conocimientos "PROFUNDIZA", mediante la participación de los alumnos con mayor capacidad y motivación para aprender en los campamentos de verano de investigación y de profundización de conocimientos a celebrar en el periodo estival en diferentes Comunidades Autónomas.

    Destinatarios

    Ciudadaní­a.

    Documentación

    Solicitud según modelo normalizado

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la instalación, apertura y clasificación de los campamentos públicos de turismo.

    Los campamentos públicos se clasifican en las siguientes categorías: lujo, primera, segunda y tercera categoría.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Personas físicas y jurídicas, Corporaciones Locales y entidades públicas que lo promuevan

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

    Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para proceder a la autorización de los campamentos públicos de turismo, se requiere:

    • La autorización previa de instalación (no permite la apertura del establecimiento).
    • Una vez concedida la autorización previa se procederá a la solicutud de la autorización definitiva de apertura.

    Requisitos posteriores

    Los campamentos públicos de turismo tienen la obligación de disponer de:

    Hojas de reclamaciones.

    Todos los establecimientos regulados en esta norma deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones en los términos establecidos en el Decreto nº 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Su existencia se anunciará al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en castellano, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia, de 20 de diciembre.

    Precios.

    Los campamentos públicos de turismo deben de tener las relaciones de precios en lugares perfectamente visibles y legibles que permitan su lectura sin dificultad, para garantizar su previo conocimiento por los clientes. En ningún caso se podrán cobrar precios superiores a los que estén expuestos al público. Si existiera cualquier contradicción en su publicidad, se aplicará el precio inferior.

    Autorizacion de Campamentos Publicos de Turismo.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: según modelo normalizado, en la que se hagan constar los datos personales o jurídicos del interesado y la clasificación que se estima conveniente.
    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: según modelo normalizado, en la que se hagan constar los datos personales o jurídicos del interesado y la clasificación que se estima conveniente.
    • Plano
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Instalación: Anteproyecto o proyecto técnico, suscrito por facultativo competente y visado por el Colegio Oficial respectivo. Este proyecto o anteproyecto contendrá especialmente una memoria y plano de situación a escala 1:2.000 en el que se consignen las vías de comunicación, distancias a núcleos habitados más próximos y accidentes topográficos más destacados; igualmente tendrá en cuenta el cumplimiento de requisitos mínimos de infraestructura, de conformidad con el Decreto 3.787/70, de 19 de diciembre. Se aportarán cuatro copias.
    • Documento fin de obra
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: Certificado de fin de obra, expedido por el técnico responsable de la misma.
    • Acreditación de responsable de establecimiento
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: Identificación de director del campamento, en la forma reglamentaria.
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Instalación: según modelo normalizado, en la que se hagan constar los datos personales o jurídicos del interesado y la clasificación que se estima conveniente.
    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: Proyecto técnico justificativo del cumplimiento de los Decretos 19/1985, de 8 de marzo y 108/1988, de 28 de julio, si no se presentaron con la solicitud de instalación.
    • Acreditacion de disponibilidad
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Instalación: Copia de escritura de propiedad del terreno o cualquier otro título que acredite la disponibilidad para su utilización como terreno de acampada.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Instalación : Documentos acreditativos de la personalidad física o jurídica del solicitante.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de Apertura: Certificado de potabilidad de agua, expedido por el órgano sanitario competente.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
    • Proyecto de la instalación
      (No obligatorio / No original)
    • Autorización de explotación o de la inscripción en el registro de la instalación
      (No obligatorio / No original)
      Para la apertura (una vez obtenida la licencia de instalación). Autorizaciones especiales que sean precisas por aplicación de las reglamentaciones sanitarias, sobre prevención de incendios, electricidad, gas, agua, artículos inflamables, tóxicos, etc.
    • Certificado de dirección de obra
      (No obligatorio / No original)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Los documentos que los interesados dirijan al Instituto de Turismo de la Región de Murcia podrán presentarse:
    a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer los trámites a seguir para que las empresas soliciten la cancelación de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) como contratistas y subcontratistas en el Sector de la Construcción en la Región de Murcia.

    Horario de atención al público de 9 a 14 horas

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas de la Región de Murcia y empresas extranjeras que, figurando inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas como contratistas y subcontratistas en el Sector de la Construcción en la Región de Murcia, por radicar su domicilio social en dicho territorio y por haber prestado su primer servicio transnacional en el mismo, respectivamente, cesen en la actividad que determinó su inclusión en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción o dejen de cumplir los requisitos exigidos legalmente para su inscripción.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Las empresas deben presentar la solicitud de cancelación de su inscripción en el REA, ante la Dirección General de Trabajo dentro del mes siguiente al hecho que la motiva.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

    Plazo de resolución: 15 Día/s natural/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Cancelar las Sociedades Agrarias de Transformación.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones agrarias, trabajadores agrícolas y personas jurídicas con fines agrarios.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser representante de una Sociedad Agraria de Transformación (SAT) constituida. Ostentar la condición de titular de una explotación agraria, trabajador agrícola o persona jurídica que persiga fines agrarios.

    Solicitud de cancelación de una sociedad de transformación (SAT)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Emitir la documentación acreditativa, a nivel nacional e internacional, de joven, profesor, estudiante y alberguista

    Dónde y cómo solicitarlo:

    De forma telemática, a través de la página Web de la CARM:

    MUNDOJOVEN/CARNES INTERNACIONALES DE TURISMO JOVEN

    Para ello, es necesario disponer de un nombre de Usuario y una Contraseña, que se crea rellenando un Formulario en mimundojoven:

    MI MUNDOJOVEN

    Una vez creado el Usuario y la contraseña, podrás cumplimentar la solicitud del carné elegido.

    Cuando hayas terminado la mecanización de la solicitud de forma telemática, se comprobará que todos los datos son correctos y se te enviará, por email, el documento con el que pagar la Tasa, en cualquiera de las Entidades Bancarias habilitadas.

    Cuando recibamos el documento que acredita el pago de la Tasa, junto con la documentación requerida en cada caso, te enviaremos o entregaremos el carné solicitado.

    Tramitación de todos los carnés:

    OMIT , Avenida Infante Juan Manuel, nº 3, 30011 - Murcia. turismojoven@carm.es

    - En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "6. Dar respuesta inmediata al 100 % de las solicitudes presenciales de carnés internacionales para jóvenes".

    Carné Estudiante (ISIC): Te identifica como estudiante en cualquier parte del mundo. Es un documento reconocido por la UNESCO y la Comunidad Europea. Te ayudará a disfrutar de beneficios y servicios especiales en todo el mundo. Es un servicio de la International Student Identity Card Association, una asociación sin ánimo de lucro asociada a la International Student Travel Confederation (ISTC).Pueden solicitarlo todos los estudiantes que acrediten su condición, mediante certificado de estar matriculado en un curso académico.

    Carné Joven de Viaje: Te identifica como joven y permite obtener descuentos y ventajas, en los servicios de alojamiento y transporte, ofrecidos por las organizaciones miembros de la Federación Internacional de organizaciones de Viajes para Jóvenes (IYTC). Pueden solicitarlo los menores de veintiseis años.

    Carné de Profesor: Te identifica como Profesor en cualquier parte del mundo. Es un Carné creado por la Conferencia Internacional de Viajes para Estudiantes (International Studen Travel Conference - ISTC), que permite la obtención de precios especiales, junto con grupos de estudiantes o de manera individual. Pueden solicitarlo todos los profesores que acrediten su condición, mediante certificado del centro.

    Carné de Alberguista: El carné de alberguista internacional es necesario para utilizar todos los albergues nacionales y extranjeros adheridos a la Federación Internacional de Albergues Juveniles (International youth Hostel Federation-IYHF). Podrán obtenerlo todas las personas que lo deseen en sus diferentes modalidades:

    - Juvenil (de 14 a 29 años).

    - Adulto (de 30 años en adelante).

    - Grupo (a partir de 10 personas).

    - Familiar (familias españolas con hijos menores de 14 años).

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Estudiantes, jóvenes, profesores y población en general.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Carné de Estudiante

    Acreditar personalidad (DNI o pasaporte). Edad mínima de 12 años. No hay edad máxima. Una fotografía tamaño carné. Acreditar condición de estudiante a tiempo completo matriculado en un curso académico reconocido oficialmente. Pagar una Tasa (T340 por expedición de carné). Validez: La validez del carné es de un (1) año natural desde la fecha de emisión.

    Carné de Profesor

    Acreditar personalidad (DNI o pasaporte). Sin límite de edad. Acreditar la condición de profesor, con un mínimo de 18 horas a la semana (certificado, nómina, etc. !Atención! nos quedamos con dicho documento). Una fotografía tamaño carné. Pagar Tasa (T340 por expedición de carnés). Validez: La validez del carné es de un (1) año natural desde la fecha de emisión.

    Carné de Joven de viaje

    Acreditar personalidad (DNI o pasaporte). Una fotografía tamaño carné. Pagar una Tasa. (T340 por expedición de carnés). Validez: La validez del carné es de un (1) año natural desde la fecha de emisión.

    Carné de Alberguista

    Acreditar personalidad con DNI o pasaporte y, para el Familiar, es necesario la exhibición del Libro de Familia.

    Pagar el importe, según modalidad: Juvenil, Adulto, Grupo o Familiar.

    Validez: Todos los carnés tienen validez de un (1) año natural desde la fecha en que se emiten.

    • Certificación de matrícula (Universidad de Murcia)
      (Obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    OMIT , Avenida Infante Juan Manuel, nº 3, 30011 - Murcia. turismojoven@carm.es

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD

    Plazo de resolución: 10 Día/s hábil/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener la clasificación de las casa rurales y las hospederias rurales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    La clasificación conlleva la inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

    Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Se entiende por alojamientos rurales los establecimientos que reuniendo las instalaciones y servicios mínimos que se determinan en el decreto que los regula, estén destinados a la prestación del servicio de hospedaje, con o sin servicios complementarios, en un inmueble situado en el entorno rural, de arquitectura tradicional o contemporánea.No tendrán la consideración de alojamientos rurales los inmuebles ubicados en pisos, considerando como tales las viviendas independientes en un edificio de varias plantas, salvo que se trate de estructura unifamiliar.

    Requisitos posteriores

    Los alojamientos rurales tienen la obligación de disponer de:

    Distintivos (placa identificativa).

    En los alojamientos rurales será obligatoria la exhibición, junto a la entrada principal y en lugar visible, del distintivo o placa identificativa, según se establece en la Orden de 20 de julio de 2006 de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo por la que se determinan los distintivos de los Apartamentos Turísticos y Alojamientos Vacacionales, Alojamientos Rurales, Establecimientos Hoteleros y Establecimientos de Restauración de la Región de Murcia (BORM nº 176, de 01/08/2006).

    Hojas de reclamaciones.

    Todos los establecimientos regulados en esta norma deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones en los términos establecidos en el Decreto nº 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Su existencia se anunciará al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en castellano, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia, de 20 de diciembre.

    Cartel anunciador de precios.

    Los alojamientos rurales deben de tener las relaciones de precios en lugares perfectamente visibles y legibles que permitan su lectura sin dificultad, para garantizar su previo conocimiento por los clientes. En ningún caso se podrán cobrar precios superiores a los que estén expuestos al público. Si existiera cualquier contradicción en su publicidad, se aplicará el precio inferior.

    DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CLASIFICACIÓN TURÍSTICA PARA LAS CASAS RURALES Y HOSPEDERÍAS RURALES.

    • Plano
      (No obligatorio / No original)
      Proyecto básico suscrito por técnico competente cuando sea exigible y en su defecto: . Plano de situación a escala 1/25.000, indicando accesos desde las vías públicas y núcleos próximos. . Plano de emplazamiento y ordenación del conjunto de la edificación en la parcela a escala 1/500. . Planos de distribución y mobiliario, cotas y superficies de las distintas plantas del edificio a escala 1/100.
    • Licencia primera ocupación
      (No obligatorio / No original)
      Licencia de primera ocupación y en defecto de ésta: . Manifestación de que el alojamiento dispone de suministro de la red municipal de agua, así como de una adecuada eliminación de las aguas residuales y de servicio de recogida de basuras. En el caso de la no existencia de alguno de estos servicios, deberá garantizarse el suministro o eliminación, debiendo indicarse en la citada manifestación. . Certificado expedido por Técnico competente de que el inmueble destinado a alojamiento rural reúne las condiciones de habitabilidad, seguridad y cumplimiento de las medidas de prevención contra incendios exigidas por la normativa vigente.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Catalogar un vehículo como histórico.

    - Seguimiento de la tramitación

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.

    Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información", Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Notificaciones electrónicas

    Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

    - Información Particular

    Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.

    Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    INFORMACIÓN TASAS

    · La carta de pago para el abono de la tasa, se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud, si se hace en la Sede electrónica.

    · Los ciudadanos, que no hagan la solicitud en Sede electrónica pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    El titular del vehículo o su representante legal, siempre y cuando el titular tenga la residencia en la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    No existen requisitos específicos

    Catalogación de vehículo histórico

    • Fotografía
      (No obligatorio / No original)
      Cuatro fotografías diferentes del vehículo. Facsímil del número de bastidor o fotografía del mismo.
    • Informe
      (No obligatorio / No original)
      Informe del fabricante del vehículo, entidad o club sobre catalogación del vehículo como histórico
    • Certificado
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de un laboratorio oficial acreditativo
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)
    • Ficha técnica de vehículos
      (No obligatorio / No original)
      Ficha reducida de características realizada por técnico competente

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Catalogación de vehículo histórico

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • T640. Tasa por Insp.técnicas reglam. y exped.docum. de vehículos

      H0001B - Insp. no periódicas y exp.de documentos relativas vehículos

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir en el Censo a Entidades Juveniles, Entidades Prestadoras de servicios a la juventud o grupos cuyo ámbito de actuación sea la Región de Murcia.

    - La inscripción tiene carácter voluntario.

    - Las ventajas de su inscripción permiten fomentar, desarrollar y apoyar eficazmente las actividades programadas por las entidades juveniles.

    - Ninguna Entidad o Grupo podrá ser subvencionado por la Dirección General de Juventud de no estar inscrito en el Censo.

    - En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
    “1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios”.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Entidades Juveniles.
    Entidades prestadoras de servicios a la Juventud.
    Grupos de jóvenes de 14 a 30 años.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar constituido como asociación juvenil.

    Ser Entidad prestadora de servicios a la Juventud en el ámbito de la Región de Murcia.

    Ser grupo de jóvenes de 14 a 30 años.

    Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud

    • Acta
      (Obligatorio / Original)
      Acta fundacional.
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Los grupos constituidos por jóvenes de 14 a 30 años, habrán de presentar declaración responsable en la que ha de constar:-Denominación, domicilio, teléfono y correo electrónico del mismo.-Miembros componentes del grupo con datos identificativos, edad y cargos que ocupan en el mismo.-Fecha de formación del grupo.-Fines que persigue.-Tipo de actividades que realiza y destinatarios preferentes.
    • Estatutos
      (Obligatorio / Original)
      Estatutos de la Entidad.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      * Certificación extendida por persona o cargo de la Entidad con facultad, en laque consten:- El número de afiliados.- Los órganos de gobierno y administración y su composición.- El ámbito territorial de actuación de la Entidad y la existencia o no de delegaciones o establecimientos de la misma.Para Entidades cuyo el domicilio social de la Entidad se encuentre fuera de la Región de Murcia:* Certificación extendida por persona o cargo de la Entidad con facultad, en laque consten (un supuesto u otrso, según caso):-Sede social, con domicilio y municipio, así como de representante de la misma en la Región de Murcia, detallando los datos identificativos del mismo.-Numero de socios: la Entidad contará con un 70% de miembros asociados con la condición de murcianos.
    • Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
      (No obligatorio / No original)
      Sólo las Entidades cuyo el domicilio social de la Entidad se encuentre fuera dela Región de Murcia.
    • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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