Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar a las oficinas de farmacia un horario especial en determinadas épocas del año, distinto al horario mínimo oficial establecido, por razones climáticas, geográficas o demográficas que mejoren la atención farmacéutica a la población.

    En las zonas o agrupaciones de zonas farmacéuticas en donde se produzcan importantes variaciones de población en determinadas épocas del año, se podrán autorizar, a propuesta conjunta, como mínimo, de la mitad más uno de las oficinas de farmcia afectadas, otros horarios mínimos distintos a los que tengan hasta ese momento, autorizados los establecimientos farmacéuticos, dadas las condiciones climáticas, geográficas y demográficas, mejoren la atención farmacéutica a la población.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia o herederos legales.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Plazo de interposición de los recursos:
    si es de alzada, un mes.
    si es contencioso administrativo, dos meses.
    En ambos casos contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La solicitud de horario mínimo especial debe estar justificada por las causas especificadas en la normativa de aplicación.

    Debe existir acuerdo, como mínimo por la mitad de los farmacéuticos titulares de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas afectadas.

    Solicitud horario mínimo especial de oficina de farmacia

    • Acuerdo
      (Obligatorio / Original)
      Acuerdo suscrito, como mínimo por la mitad de los farmacéuticos titulares de lazona o agrupación de zonas farmacéuticas afectadas.
    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      Informe que justifique la modificación horaria.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Plazo de interposición de los recursos:si es de alzada, un mes.si es contencioso administrativo, dos meses.En ambos casos contados desde el día siguientea la notificación de la resolución.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la impartición de acciones formativas no financiadas con fondos públicos conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad destinados a la formación de los trabajadores ocupados y desempleados.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas, centros de formación y centros integrados de formación profesional de iniciativa privada.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar inscrito en el registro de Entidades para la formación del Servicio Regional de Empleo y Formación (Procedimiento 0460).

    Disponer, en el momento de realizar la solicitud, de un centro de formación que se encuentre acreditado por el Servicio Público de Empleo para impartir la formación conducente a la obtención del certificado/s de profesionalidad solicitado/s.

    solicitud de autorización de imparticipación de certificados de profesionalidad no financiados con fondos públicos

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Información adicional sobre recursos

    Se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener la autorización para la implantación, modificación o supresión de enseñanzas universitarias oficiales.

    Procedimiento para la autorización de implantación de enseñanzas de Grado, Máster y Doctorado.
    Las solicitudes presentadas por las Universidades, junto con los documentos que la acompañen, se examinarán por la Consejería competente en materia de Universidades, tras lo cual se emitirá informe que, en todo caso, debe valorar el coste económico y los recursos del programa. En esta fase del procedimiento, la Consejería competente en materia de Universidades podrá recabar, con carácter consultivo, cuantos informes complementarios considere de Colegios Profesionales y de cuantas otras entidades o instituciones estime necesarios, así como, en su caso, de informes externos complementarios de evaluación.

    Por la Comisión Académica del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia se emitirá informe preceptivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3.c) de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia.

    A la vista de los informes emitidos, el Consejero competente en materia de Universidades, elevará propuesta al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma para que proceda, en su caso, a la autorización de la implantación de las enseñanzas, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia.
    Autorizada la implantación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, por la Consejería competente en materia de Universidades se elevará al Ministerio competente en materia de Universidades una relación de las enseñanzas autorizadas a efectos de lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

    La autorización de la implantación deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

    Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los títulos inscritos con carácter oficial, las Universidades solicitarán de la Consejería competente en materia de Universidades, la inscripción en el Registro de Universidades, Centros, Estructuras y Enseñanzas Universitarias en los términos establecidos en el Decreto nº 290/2007, de 14 de septiembre.

    Implantación de nuevos títulos en centros adscritos a las Universidades.
    Para autorizar nuevas enseñanzas en centros adscritos, éstos lo deberán estar a una Universidad pública o privada o estar integrados como centros propios en una Universidad privada. Será necesario un Convenio de adscripción y el procedimiento será el establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en la Ley 3/2005, de 25 de abril y en los artículos 24 y siguientes del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y, por la restante normativa nacional y regional en la materia.

    Procedimiento para la modificación y supresión de enseñanzas.

    Las Universidades de la Región de Murcia, de forma justificada y en los términos que establece la vigente normativa universitaria, podrán proponer la transformación de varios títulos en uno solo, que podrán tener itinerarios diferentes que se reflejarían en el correspondiente plan de estudios.

    La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previo informe preceptivo del Consejo Interuniversitario y de oficio o a instancia de la Universidad que esté impartiendo la enseñanza, podrá acordar la supresión de las enseñanzas.

    La modificación de enseñanzas se sujetará al mismo régimen que la supresión, sin perjuicio de las peculiaridades que en materia de modificación y extinción de planes de estudios contiene en artículo 28 del R.D. 1.393/2007.

    Revocación de la autorización de implantación.
    La Consejería competente en materia de Universidades, previo informe preceptivo del Consejo Interuniversitario, procederá a acordar la revocación de la autorización de implantación de las enseñanzas, si tuviera conocimiento de que la universidad incumple alguno de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización.
    En el procedimiento se dará en todo caso audiencia a la universidad, y deberá garantizarse la impartición de las enseñanzas a los alumnos matriculados durante un periodo que les permita finalizar sus estudios, de acuerdo con un aprovechamiento en torno a la media de estos estudios.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    Universidades de la Región de Murcia, así como, a los centros adscritos a las mismas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES (A14028263)

    No existen requisitos específicos

    solicitud de autorizacion de implantacion,modificacion y extincion de titulos universitarios y educacion superior.

    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      favorable de ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación).
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      para la solicitud de verificación de Títulos Oficiales en los términos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, que será la misma que ha sido verificada por el Consejo de Universidades.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Además de la documentación anterior, las solicitudes de implantación de nuevas enseñanzas de Grado y Máster deberán acompañarse de los documentos relacionados en el artículo 12 del Decreto nº 203/2009, de 26 de junio, por el que se regula la autorización de implantación de las enseñanzas universitarias oficiales establecidas por el Real Decreto 1.393/2007, de 29 de octubre, así como la creación, modificación y supresión de centros en las Universidades de la Región de Murcia.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE SUPRESIÓN DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES:- Acuerdo motivado del Consejo de Gobierno de la universidad correspondiente.- Memoria justificativa.- Informe favorable del Consejo Social.- Certificación del Secretario General de la Universidad en el que se compromte quelos alumnos matriculados en la enseñanza puedan examinarse y finalizar sus estudios en el tiempo que se determine.DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES:- Informe de ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación).- En su caso, informe del Consejo de Universidades.
    • Certificado del Acuerdo del Consejo de Gobierno
      (Obligatorio / Original)
      de la Universidad proponiendo la implantación de la enseñanza o, en el caso de las universidades privadas o de la Iglesia Católica, del órgano de ésta que ostente la competencia para efectuar la propuesta. En el supuesto de que la iniciativa de la implantación de la enseñanza fuera de la Comunidad Autónoma, certificación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de aceptación de dichainiciativa.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      sobre la verificación positiva del Plan de Estudios.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      motivado, emitido por el Consejo Social de la Universidad, en el caso de las Universidades públicas, sobre la implantación de las enseñanzas. En el caso de lasprivadas, emitido por órgano equivalente que se establezca en sus Estatutos.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE SUPRESIÓN DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES:- Acuerdo motivado del Consejo de Gobierno de la universidad correspondiente.- Memoria justificativa.- Informe favorable del Consejo Social.- Certificación del Secretario General de la Universidad en el que se compromte quelos alumnos matriculados en la enseñanza puedan examinarse y finalizar sus estudios en el tiempo que se determine.DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES:- Informe de ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación).- En su caso, informe del Consejo de Universidades.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Además de la documentación anterior, las solicitudes de implantación de nuevas enseñanzas de Grado y Máster deberán acompañarse de los documentos relacionados en el artículo 12 del Decreto nº 203/2009, de 26 de junio, por el que se regula la autorización de implantación de las enseñanzas universitarias oficiales establecidas por el Real Decreto 1.393/2007, de 29 de octubre, así como la creación, modificación y supresión de centros en las Universidades de la Región de Murcia.
    • Certificación e Informe favorable
      (No obligatorio / No original)
      motivado, emitido por el Consejo Social de la Universidad, en el caso de las Universidades públicas, sobre la implantación de las enseñanzas. En el caso de lasprivadas, emitido por órgano equivalente que se establezca en sus Estatutos.
    • Certificación del Consejo de Universidades del Ministerio
      (No obligatorio / No original)
      sobre la verificación positiva del Plan de Estudios.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder autorización para la instalación industrial cuya finalidad sea la producción intensiva de piezas de caza para su comercialización, destinadas a la repoblación de terrenos cinegéticos.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Producir especies o variedades autorizadas.
    • El manejo garantizará la cría manteniendo las características etiológicas de la especie.
    • Será necesaria la autorización e inclusión en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) por parte de la Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura.
    • El in­teresado deberá presentar junto con la solicitud, un proyecto suscrito por técnico compe­tente en el que se contemplen, además de los datos constructivos, presupuestos y estudio económico, los aspectos higiénico-sanitarios y de calidad genética de las piezas de caza a criar y las producciones, así como el destino previsto para las mismas.
    • Todo traslado o ampliación de las instalaciones precisará de autorización administrativa y su solicitud deberá acompañarse del correspondiente proyecto.

    Solicitud de autorización de instalaciones cinegéticas

    • Proyecto de la instalación
      (Obligatorio / Original)
      suscrito por técnico compe­tente en el que se contemplen, además de los datos constructivos, presupuestos y estudio económico, los aspectos higiénico-sanitarios y de calidad genética de las piezas de caza a criar y las producciones, así como el destino previsto para las mismas.
    • Autorización de explotación o de la inscripción en el registro de la instalación
      (Obligatorio / Original)
      de la granja cinegética en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Otorgar la autorización de carteles indicadores y cruces adicionales en oficinas de farmacia.

    Destinatarios

    Administración.

    Oficinas de farmacia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Solo se podrá autorizar la instalación de carteles indicadores y cruces adicionales en una oficina de farmacia por razón de dificultades de localización o visibilidad de la misma, según los criterios especificados en el art. 3 del Decreto 456/2009, de 29 de diciembre, por el que se establecen criterios sobre señalización adicional e identificación de las oficinas de farmacia de la Región de Murcia (BORM nº 3 de 05/01/2010).

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar las instalaciónes eléctricas de alta tensión de producción, distribución, transporte secundario y las lineas aerea-subterraneas de particulares con tramitación ambiental.

    - Seguimiento de la tramitación

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.

    Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Notificaciones electrónicas

    Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

    - Información Particular

    Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.

    Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    INFORMACIÓN TASAS

    · La carta de pago para el abono de la tasa, se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud, si se hace en la Sede electrónica.

    · Los ciudadanos, que no hagan la solicitud en Sede electrónica pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá aportarse justificante de abono de la tasa correspondiente.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    El titular de la instalación o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    No existen requisitos específicos

    Autorización de instalaciones eléctricas de alta tensión

    • Declaración
      (No obligatorio / Original)
      Declaración del titular de la disponibilidad de los terrenos para la construcción de la I.E.A.T., según modelo normalizado que figura en la Resolución de 5/07/2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BORM núm. 173, de 27/07/2001)
    • Permiso
      (No obligatorio / No original)
      Permisos de paso y apoyo, de todos y cada uno de los propietarios de los terrenos afectados. Permisos y condicionados impuestos, en su caso, de todos los organismos oficiales afectados por las instalaciones
    • Proyecto Técnico
      (No obligatorio / Original)
    • Estudio de impacto ambiental
      (No obligatorio / Original)
    • Anteproyecto
      (No obligatorio / Original)
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / No original)
      Cuando la solicitud es electrónica, la carta de pago se genera en el proceso de cumplimentación.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Documento acreditativo de la transmisión de la titularidad (Escritura, Contrato de arrendamiento, Contrato de cesión, etc.), debidamente liquidado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Separatas de cruce o paralelismo sobre bienes o derechos de las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas. Conformidad de la empresa distribuidora de energía eléctrica sobre el punto de conexión a su red que figura en el proyecto. Documento de conformidad al punto de entronque y al proyecto técnico por parte de la empresa distribuidora, según establece la Resolución de 14 de octubre de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BORM núm. 259, de 7/11/2008).
    • Documento ambiental
      (No obligatorio / Original)
      Documento ambiental inicial del proyecto para iniciar trámites del procedimiento de evaluación de impacto ambiental
    • Relación concreta e individualizada bienes o derechos que el solicitante considere de expropiación
      (No obligatorio / No original)
    • Contrato de mantenimiento
      (No obligatorio / No original)
      Contrato de mantenimiento de las instalaciones eléctricas de alta tensión o Certificado acreditativo de la existencia del mismo, a nombre del nuevo titular, suscrito con empresa mantenedora de alta tensión.
    • Certificado de la última inspección periódica efectuada por un OCA
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de la última Inspección Periódica con resultado favorable, efectuada por un O.C., en el supuesto de que la puesta en servicio de la instalación se hubiese efectuado, al menos, tres años antes de la fecha de la presente solicitud

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Autorización de instalaciones eléctricas de alta tensión

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00002 - Instalaciones industriales y energéticas con proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00003 - Ordenación de las instalaciones acogidas a régimen especial

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar e inscribir en el Registro las instalaciones radiactivas de segunda o tercera categoría.

    - Seguimiento de la tramitación

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.

    Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Notificaciones electrónicas

    Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

    - Información Particular

    Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.

    Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    INFORMACIÓN TASAS

    · La carta de pago para el abono de la tasa, se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud, si se hace en la Sede electrónica.

    · Los ciudadanos, que no hagan la solicitud en Sede electrónica pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá aportarse justificante de abono de la tasa correspondiente.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    El titular de la instalación o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    No existen requisitos específicos

    Autorización de instalaciones radiactivas de segunda o tercera categoría

    • Estudio
      (No obligatorio / Original)
      Estudio de seguridad. Estudio técnico de clausura.
    • Informe
      (No obligatorio / No original)
      Informe económico
    • Plan
      (No obligatorio / Original)
      Plan de emergencia interior. Plan de protección física.
    • Presupuesto
      (No obligatorio / No original)
      Presupuesto económico de la inversión a realizar
    • Documento de identidad: NIF
      (No obligatorio / No original)
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / Original)
      Memoria descriptiva de la instalación
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / Original)
      Verificación de la instalación. Reglamento de funcionamiento. Previsiones para la clausura y cobertura económica prevista para garantizar la misma en condiciones de seguridad.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificado de inscripción de instalación radiactiva (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Autorización de instalaciones radiactivas de segunda o tercera categoría

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la instalación y funcionamiento de una sala de bingo.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas y entidades benéficas, deportivas y culturales.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
    SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    En el supuesto de ser concedida la autorización, el titular deberá efectuar las obras en los locales conforme a los proyectos aportados en un plazo no superior a un año, así como, solicitar la inscripción del titular en el Registro General del Juego y la autorización de funcionamiento de la sala, recogido en este mismo procedimiento, acompañando documento acreditativo de haber constituido la fianza.

    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      Cuando el solicitante sea una sociedad mercantil deberá acompañar declaración de los socios de su participación en empresas titulares o de servicios que gestionen salas de bingo, en el ámbito de la Región de Murcia, en su caso.Cuando el solicitante sea una persona física, deberá acompañar, declaración del interesadode su participación en empresas titulares o de servicios que gestionen salas debingo, en el ámbito de la Región de Murcia, en su caso.
    • Estatutos
      (Obligatorio / Original)
      Cuando el solicitante es una entidad benéfica, deportiva o cultural deberá acompañar además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico, Proyecto de la Obra y Certificación), los estatutos vigentes de la entidad, cuyo texto deberá estar certificado por el secretario de la misma u órgano similar.
    • Informe técnico
      (Obligatorio / Original)
      - Informe económico suscrito por técnico competente acreditativo de la inversión a realizar y su viabilidad, en el que se hará constar, como mínimo, el importede la inversión a realizar, forma de financiación de la misma, estudio de la incidencia en el mercado, teniendo en cuenta el número y cercanía de las salas existentes y los estados financieros previsibles de los tres ejercicios futuros. Dicho informe deberá ir acompañado de las facturas proforma.
    • Relación
      (Obligatorio / Original)
      Una vez concedida la autorización de instalación y efectuadas las obras en el local, el titular deberá solicitar autorización de funcionamiento acompañada de una relación del personal que haya de prestar servicios en la sala, con sus respectivos contratos de trabajo y de sus acreditaciones personales, con especificación de los puestos de trabajo.
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Cuando el solicitante es una entidad benéfica, deportiva o cultural deberá acompañar además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico, Proyecto de la Obra, Certificación, Estatutos y NIF),los siguientes:- Memoria suscrita por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en la que se haga constar:1º Número de socios, relación valorada de bienes, número de reuniones celebradas por la Junta Directiva y por la Asamblea General de socios, durante los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud y consignación en el correspondiente libro de actas.2º Liquidación de los presupuestos de ingresos y gastos,durante los cinco años anteriores.3º Relación concreta y detallada de las actividades sociales, llevadas a cabo por la entidad, durante el año anterior a la solicitud.4º Proyecto de inversión de los beneficios previstos por la actividad de juego.- Cuando el solicitante sea una sociedad mercantil o persona física deberá acompañar Memoria sobre la experiencia profesional y de los medios humanosy técnicos, con que se pretende contar, para el ejercicio de la actividad.
    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Una vez concedida la autorización de instalación y efectuadas las obras en el local, el titular deberá solicitar autorización de funcionamiento acompañada del contrato de gestión por empresa de servicios, cuando se precise.
    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      - Proyecto básico de las obras e instalaciones del local, redactado por técnicocompetente y visado por el colegio oficial que corresponda, en los términos queestablezca la normativa correspondiente, con los siguientes requisitos:1º Plano de situación del edificio donde se localiza la sala de bingo en el municipio,a escala 1/1000, como mínimo, haciendo constar la existencia, en su caso, de todas aquellas salas que se encuentren en un radio de mil quinientos metros de la que se solicita.2º Plano de planta en su configuración actual a escala 1/100.3º Plano de sección y fachada.4º Plano de distribución previsto, con las cotas correspondientes.5º Plano de electricidad, indicando situación de los puntosde luz, luces de emergencia, monitores y pantallas o marcadores electrónicos previstos.6º Plano de ventilación y alcantarillado.7º Plano indicativo de las medidas de seguridad (extintores, bocas de incendio, compartimentación, etc).8º Certificado, suscrito por técnico competente, del cumplimiento del Código Técnico de Edificación.9º Memoria descriptiva del local, en la que se hará constar, necesariamente: estado general del local, superficie total, superficie y usos de los espacios en que esté distribuido el local, situación de los mismos, del aparato extractor de bolas, de las pantallas luminosas, de los monitores y demás elementos necesarios para la práctica del juego, cocina e instalaciones complementarias, servicios sanitarios, incluidos los de minusválidos, puertas ordinariasy de emergencia, medidas de seguridad activas y pasivas a instalar, sistema de renovación del aire y del control de la polución ambiental.10º Superficie útilde la sala y certificación, asimismo suscrita por técnico competente, sobre la seguridad y solidez del local y su aptitud para sala de bingo.11º Medidas de seguridad e higiene.
    • Licencia de actividad
      (Obligatorio / Original)
      Una vez concedida la autorización de instalación y efectuadas las obras en el local, el titular deberá acompañar la licencia municipal de actividad, o en su defecto, copia de su solicitud.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Escritura de constitución de la sociedad mercantil, en la que constará el nombre y apellidos de los socios, con la cuota de participación de los mismos y copia de los estatutos
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      - Si la inversión no la realiza la entidad benéfica, deportiva o cultural, deberá acreditar, mediante documento público, la disponibilidad de los locales e instalaciones necesarias para el desarrollo del juego.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      - Documento público que acredite la disponibilidad del local.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      - Documento acreditativo de la personalidad o representación de la persona o entidad solicitante por parte de quien suscriba la solicitud.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      - Documento que especifique la modalidad o modalidades del juego del bingo incluidas en el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia que se vayan a desarrollar en la sala. Y fecha en la que, como máximo, se pretende la apertura de la sala de bingo.
    • Documento de identidad: NIF
      (Obligatorio / Original)
      - Cuando el solicitante sea una entidad benéfica, deportiva o cultural o una sociedad mercantil,deberá acompañar Número de Identificación Fiscal.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Justificante del pago de la tasa
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Una vez concedida la autorización de instalación y efectuadas las obras en el local, el titular deberá solicitar autorización de funcionamiento acompañada de los siguientes documentos: - Certificación de técnico competente y visada por el Colegio Oficial que corresponda, en los términos que establezca la normativa correspondiente, de obra acabada y de que las obras e instalaciones realizadas se corresponden exactamente con el proyecto básico por el que se concedió la autorización de instalación, así como planos de finalización de obra. - Certificado de técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, en los términos que establezca la normativa correspondiente, acreditativo del funcionamiento idóneo de todas las instalaciones relacionadas con el juego, así como, las medidas de seguridad de la sala
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Cuando el solicitante es una entidad benéfica, deportiva o cultural deberá acompañar además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico y Proyecto de la Obra), los siguientes: - Certificación literal del acuerdo adoptado por la Asamblea General para solicitar la autorización. - Certificación del Secretario u órgano similar conteniendo la relación completa de los miembros de la Junta Directiva u órgano de gobierno de la entidad, con indicación de sus cargos, domicilio, profesión, nacionalidad, número del documento nacional de identidad o, en su caso, pasaporte. - Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes de los miembros de la Junta Directiva u órgano de gobierno de la entidad o en su defecto formulario de autorización para su consulta. - Certificación del Registro de Asociaciones, o en su caso del correspondiente a la naturaleza de la entidad, expresiva de la fecha de su inscripción. Si se trata de entidades deportivas el certificado deberá ser expedido por el órgano competente en la materia, que así mismo evacuará informe sobre la actividad deportiva de la entidad. Si el solicitante es una sociedad mercantil, deberá acompañar, además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico y Proyecto de la Obra), los siguientes: - Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes de los promotores o administradores, directores, gerentes y apoderados, con facultades de administración o documento de valor equivalente, si se tratase de extranjeros o, en su defecto, formulario de autorización para su consulta
    • Escritura
      (No obligatorio / No original)
      - Si la inversión no la realiza la entidad benéfica, deportiva o cultural, deberá acreditar, mediante documento público, la disponibilidad de los locales e instalaciones necesarias para el desarrollo del juego.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Cuando el solicitante es una entidad benéfica, deportiva o cultural deberá acompañar además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico y Proyecto de la Obra), los siguientes:- Certificación literal del acuerdo adoptado por la Asamblea General para solicitar la autorización.- Certificación del Secretario u órgano similar conteniendo la relación completa de los miembros de laJunta Directiva u órgano de gobierno de la entidad, con indicación de sus cargos, domicilio, profesión, nacionalidad, número del documento nacional de identidad o, en su caso, pasaporte.- Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes de los miembros de la Junta Directiva u órgano de gobierno de la entidad o en su defecto formulario de autorización para su consulta.- Certificación del Registro de Asociaciones, o en su caso del correspondiente a la naturaleza de la entidad, expresiva de la fecha de su inscripción. Si se trata de entidades deportivas el certificado deberá ser expedido por el órgano competente en la materia,que así mismo evacuará informe sobre la actividad deportiva de la entidad.Si el solicitante es una sociedad mercantil, deberá acompañar, además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico y Proyecto de la Obra), los siguientes:- Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes de los promotores o administradores, directores, gerentes y apoderados, con facultades de administración o documento de valor equivalente, si se tratase de extranjeros o, en su defecto, formulario de autorización para su consulta.Cuando el solicitante sea una persona física, deberá acompañar, además de los documentos anteriores (Documentación Acreditativa, Documentación Acreditativa de la personalidad Jurídica, Acreditación, Informe Técnico y Proyecto de la Obra), los siguientes:- Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes del propio interesado y de los promotores o administradores, directores, gerentes y apoderados con facultades de administración o documento de valor equivalente, si se tratase de extranjeros o, en su defecto, formulario de autorización para su consulta.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      - Documento que especifique la modalidad o modalidades del juego del bingo incluidas en el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia que se vayan a desarrollar en la sala. Y fecha en la que, como máximo, se pretende la apertura de la sala de bingo.
    • Certificación de Cumplimiento de Especificaciones Técnicas.
      (No obligatorio / No original)
      Una vez concedida la autorización de instalación y efectuadas las obras en el local, el titular deberá solicitar autorización de funcionamiento acompañada de los siguientes documentos:- Certificación de técnico competente y visada por el Colegio Oficial que corresponda, en los términos que establezca la normativa correspondiente, de obra acabada y de que las obras e instalaciones realizadas se corresponden exactamente con el proyecto básico por el que se concedió la autorización de instalación, así como planos de finalización de obra.- Certificado de técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, en los términos que establezca la normativa correspondiente, acreditativo del funcionamientoidóneo de todas las instalaciones relacionadas con el juego, así como, las medidas de seguridad de la sala.
    • Proyecto de la obra a realizar visado por el colegio profesional correspondiente
      (No obligatorio / No original)
      - Proyecto básico de las obras e instalaciones del local, redactado por técnicocompetente y visado por el colegio oficial que corresponda, en los términos queestablezca la normativa correspondiente, con los siguientes requisitos:1º Plano de situación del edificio donde se localiza la sala de bingo en el municipio,a escala 1/1000, como mínimo, haciendo constar la existencia, en su caso, de todas aquellas salas que se encuentren en un radio de mil quinientos metros de la que se solicita.2º Plano de planta en su configuración actual a escala 1/100.3º Plano de sección y fachada.4º Plano de distribución previsto, con las cotas correspondientes.5º Plano de electricidad, indicando situación de los puntosde luz, luces de emergencia, monitores y pantallas o marcadores electrónicos previstos.6º Plano de ventilación y alcantarillado.7º Plano indicativo de las medidas de seguridad (extintores, bocas de incendio, compartimentación, etc).8º Certificado, suscrito por técnico competente, del cumplimiento del Código Técnico de Edificación.9º Memoria descriptiva del local, en la que se hará constar, necesariamente: estado general del local, superficie total, superficie y usos de los espacios en que esté distribuido el local, situación de los mismos, del aparato extractor de bolas, de las pantallas luminosas, de los monitores y demás elementos necesarios para la práctica del juego, cocina e instalaciones complementarias, servicios sanitarios, incluidos los de minusválidos, puertas ordinariasy de emergencia, medidas de seguridad activas y pasivas a instalar, sistema de renovación del aire y del control de la polución ambiental.10º Superficie útilde la sala y certificación, asimismo suscrita por técnico competente, sobre la seguridad y solidez del local y su aptitud para sala de bingo.11º Medidas de seguridad e higiene.
    • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica
      (No obligatorio / No original)
      - Documento acreditativo de la personalidad o representación de la persona o entidad solicitante por parte de quien suscriba la solicitud.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de Inexistencia de Antecedentes Penales por Documentación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Recurso de reposición previo al contencioso administrativo CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular los laboratorios que realicen controles analíticos en el ámbito de la salud pública y agroalimentaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Laboratorios que realizan controles analíticos en el ámbito de la salud pública y agroalimentaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Existirá un responsable de las operaciones técnicas, que deberá poseer alguna de las titulaciones superiores como químico, farmacéutico, veterinario, médico, biólogo o titulación equivalente y adecuada en el campo de actividad analítica de que se trate.

    Dispondrán del personal técnico y auxiliar necesario para el adecuado funcionamiento del laboratorio.

    Los locales, las instalaciones, las sustancias y las condiciones ambientales permitirán la correcta realización de los análisis.

    Los equipos y materiales serán los necesarios para la correcta realización de los análisis para los que se solicita la autorización.

    Dispondrán de un sistema de registros donde se identifiquen las muestras analizadas, el método o procedimiento utilizado, y los resultados obtenidos.

    Tendrá implantado un sistema de la calidad apropiado al tipo, volumen y alcance de sus actividades.

    Dispondrá de los métodos de ensayo empleados en procedimiento escrito, estando a disposición del personal.

    Contará con las licencias y autorizaciones administrativas que le sean exigibles.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener el permiso especial de caza mayor.

    • La autorización para una modalidad de caza mayor en un coto de caza menor está condicionada al abono de la diferencia del valor asignable a la renta cinegética correspondiente a la Tasa T210 - (Hecho Imponible: Diferencia Importe - S5H001). El cálculo del importe de esta tasa se realizará de la siguiente forma: Cotos de caza menor: Nº hectáreas del coto x 0'46€; Cotos intensivos: Nº hectáreas del coto x 0'92€; Cotos deportivos: Nº hectáreas del coto x 0'46€ (al resultado se le aplica el 50% de bonificación).

      El precintado de las piezas de caza mayor se ajustará a las prescripciones técnicas fijadas en la Resolución del 8 de junio de 2016, debiéndose abonar por el número piezas a abatir de conformidad con la tasa T210 - H. Imponible S1H002 (Autorización de uso de precintos).

    • Prohibición de toda actividad cinegética en acotados cuyo titular cinegético no haya procedido a la renovación anual de la matrícula, ni a la regularización perimetral del mismo.

    • La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM.
    • El formulario de solicitud electrónica incluye la generación de abono de la tasa correspondiente por lo que los interesados que opten por la tramitación electrónica no han de generar otra carta de pago.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Cualquier titular de coto que quiera practicar este tipo de modalidades de caza.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Rellenar solicitud
    • Ser titular de coto de caza.
    • Pago de las tasas correspondientes, excepto en la modalidad de aguardos o esperas nocturnas al jabalí y zorro.
    • Comunicar la marcha, fecha y horario de la jornada de caza, con al menos 20 días de antelación a la realización de batidas, ganchos y monterías.
    • Adjuntar a la comunicación previa de aguardos, batidas, ganchos y monterías, el mapa del posicionamiento de los aguardos o mancha.
    • Presentación del control anual de capturas de la temporada cinegética finalizada (Anexo IV), de conformidad con la respectiva orden reguladora de los periodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Solicitud de Autorización de modalidades específicas de caza mayor (batidas, aguardos, recechos y monterías)

    • Plano
      (Obligatorio / No original)
      Adjuntar a la solicitud de batidas, ganchos y monterías, un plano indicando la mancha y fecha en la que se propone realizar la modalidad cinegética.
    • Comunicación
      (Obligatorio / Original)
      previa de la acción cinegética aguardo, rececho, gancho, batida y montería.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)
      del complemento correspondiente a la matrícula anual, en los cotos de caza menor de mas de 250 hectáreas que quieran realizar modalidades cinegéticas de caza mayor (S5H001 - Diferencia Importe), excepto en la modalidad de aguardo o espera nocturna al jabalí y zorro.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)
      correspondiente a la modalidad cinegética solicitada (excepto aguardo al jabalí y zorro)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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