Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Obtener la clasificación turística para las empresas de turismo activo en la Región de Murcia (altas), así como comunicar la baja por cese en la actividad o cualquier cambio en el titular, denominación o modificación de las actividades o cualquier alteración sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística.

    La clasificación conlleva la inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas que, mediante precio, de forma profesional y habitual, desarrollen en el ámbito territorial de la Región de Murcia, algunas de las actividades consideradas como turismo activo.
    A los solos efectos y con finalidad únicamente orientativa se incluye un Anexo en el Decreto 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia, la relación de aquellas actividades que, entre otras, tienen la consideración de turismo activo.
    De conformidad con el artículo 18 de la Ley 12/2013 de Turismo de la Región de Murcia, son empresas turísticas, las personas físicas o jurídicas que debidamente acreditadas, de manera habitual y mediante precio, se dedican a la realización de una actividad turística o la prestación de algún servicio turístico. Se presumirá la habitualidad cuando se realice publicidad de la prestación de los servicios turísticos por cualquier medio.
    EXCLUSIONES: Quedan excluidos del ámbito de aplicación:

    a) Los clubes, federaciones deportivas y asociaciones.
    b) Los organizadores de las actividades reguladas por el Decreto 80/2013, de 26 de julio, por el que se regulan las actividades juveniles de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    INICIO DE ACTIVIDAD Y CLASIFICACIÓN (Altas)

    1.- Los titulares de las empresas de turismo activo, con carácter previo al inicio de la actividad turística, deberán presentar ante el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, una declaración responsable para la clasificación turística, según modelo normalizado, a los efectos que establece el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que manifestarán que cumplen todos los requisitos establecidos en el Decreto 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia y que disponen de la documentación que así lo acredita y que se comprometen al mantenimiento de su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad, por lo tanto disponen de la siguiente documentación:

    a) Que, en su caso, disponen de local para la atención a los usuarios (art. 5).

    b) Que tienen suscritos los seguros a que se refiere el artículo 9, según los casos y compromiso de mantenerlo en permanente vigencia (art. 9).

    c) Que los responsables de la empresa y monitores, guías e instructores están en posesión de la titulación, en su caso, legalmente exigible para la actividad que se va a desarrollar (art. 14).

    d) Que el material y equipos necesarios para la realización de la actividad se encuentran homologados y que reúnen las condiciones de seguridad y garantías para el uso a que estén destinados (art. 13).

    e) Que existe un plan de emergencia adecuado a las actividades a realizar, para la prevención de accidentes y actuación en su caso (art 15).

    f) Descripción de las actividades a realizar.

    2.- Con la presentación de la declaración responsable se entenderá cumplida la obligación que el artículo 40.1 de la Ley 12/2013 de Turismo de la Región de Murcia atribuye a las empresas turísticas.

    3.- Desde la presentación de la declaración responsable, se podrá ejercer la actividad turística, debiendo, no obstante, cumplir la normativa que les sea de aplicación y estar en posesión de otras licencias, autorizaciones u otros títulos de intervención que sean exigidas por otros Organismos en virtud de sus respectivas competencias. Dicha presentación dará lugar a su clasificación y a su inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, lo que será notificado a la empresa con el número de inscripción asignado.

    MODIFICACIONES Y BAJAS DE EMPRESAS YA CLASIFICADAS

    1.- Los titulares de las empresas de turismo activo deberán comunicar mediante declaración responsable, al Instituto de Turismo de la Región de Murcia, en el plazo de diez días desde que se produzca, cualquier cambio en la titularidad, denominación, modificación de las actividades o cualquier alteración sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística.

    Asimismo, deberán comunicar cualquier modificación que afecte a los datos que figuran en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

    2.- La clasificación como empresa de turismo activo reconocida estará vigente mientras se mantengan las condiciones que fueron objeto de declaración responsable por parte del interesado.

    SEGURO DE EMPRESA EXISTENTES

    Las empresas de turismo activo que a la entrada en vigor del presente decreto se encuentren inscritas en el Registo de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, deberán contar con los seguros y con las condiciones a que se refiere el artículo 9 del decreto, según los casos, en el plazo de tres meses, debiendo comunicarlo al Instituto de Turismo de la Región de Murcia.

    Transcurrido el plazo señalado y no habiendo realizado lo anteriormente expuesto se estará incurriendo en la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 49.1 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.

    Requisitos posteriores

    DISTINTIVOS-PLACAS

    Las empresas de turismo activo, en el caso de disponer de local abierto al público, deberán exhibir en el exterior del mismo el distintivo según modelo normalizado, que en todo caso contendrá el número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Esta obligación será exigible desde la notificación al interesado del número de registro asignado.

    PUBLICIDAD DE PRECIOS

    Los precios de los servicios prestados por las empresas objeto del presente decreto son libres.

    Las empresas podrán fijar y modificar sus precios libremente debiendo informar de los mismos al usuario.

    Los precios de los servicios o actividades ofertadas deberán exhibirse en lugar perfectamente visible, tanto en el interior de los locales, en caso de disponer de local abierto al público, como en su caso, en las páginas web o similares a través de las cuales las empresas operen.

    HOJAS DE RELAMACIONES

    Todas las empresas de turismo activo deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones.

    Su existencia se anunciará mediante cartel expuesto al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en español, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia.

    Declaración Responsable de Clasificación Turística

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      De cada una de las actividades que van a realizar, tomando como base las escritas en el Anexo del Decreto nº 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia.
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      De cada una de las actividades que van a realizar, tomando como base las escritas en el Anexo del Decreto nº 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

    Normativa

  • Información general

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejerí­a de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
        • Servicio Regional de Empleo y Formación (A14013892)

    Órgano/s gestor/es

    La Unidad Orgánica Responsable

    Código y denominación

    1327 - Unidades Integrales de Activación para el Empleo

    Objeto

    Facilitar la puesta en marcha de Unidades Integrales de Activación para el Empleo, con el objeto de ofrecer a sus usuarios servicios especializados de activación y orientación al empleo, asistencia al autoempleo y apoyo a la inserción, articulados en itinerarios individuales y personalizados de empleo.

    Las Unidades Integrales de Activación para el Empleo están configuradas como servicios estructurados de atención a las personas desempleadas, que combinan labores de información laboral y profesional, orientación para el empleo y autoempleo y apoyo activo a la inserción laboral.

    Destinatarios

    Ciudadaní­a.

    Las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes a cualquier sector o actividad, con experiencia en acciones de activación, información, orientación laboral o asistencia al autoempleo.

    Requisitos

    1. Serán requisitos generales a cumplir por los solicitantes de las subvenciones:

    a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

    c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

    d) No estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    2. Acreditar su experiencia en acciones de activación, orientación laboral y asistencia al autoempleo en los diez años anteriores a la fecha de publicación de la Orden.

    Documentación

    • Solicitud según modelo normalizado

      -Cálculo del coste máximo imputable para la realización de las acciones, con las limitaciones establecidas en el artículo 8 de esta orden.

      -Dirección de correo electrónico.

    • Certificación de estar al corriente de pago con la Seguridad Social *

      En caso de haber autorizado al SEF no deberá aportarse.

    • Certificación de estar al corriente con el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia *

      En caso de haber autorizado al SEF no deberá aportarse.

    • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias en la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Solicitud de ayudas y subvenciones *

      En caso de haber autorizado al SEF no deberá aportarse.

    • Código de identificación fiscal: CIF

      tarjeta de identificación fiscal.

    • Declaración responsable

      -Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante de que dispone de capacidad y poderes suficientes para realizarla en nombre de la entidad, según modelo Anexo II.
      -Declaración responsable del representante legal de la entidad de que dispondrá de los locales necesarios para ejecutar la acción subvencionada en las áreas de actuación incluidas en proyecto solicitado según modelo Anexo II.
      -Declaración responsable de que dispone de los medios informáticos, al menos, los indicados en el apartado 6 j) de esta orden según modelo Anexo II.
      -Declaración responsable de no haber obtenido de otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario. En caso de haberlas obtenido, deberá acompañarse las correspondientes notificaciones de concesión según modelo Anexo II.
      -Declaración responsable de que la Entidad solicitante no se halla incursa en ninguno de los supuestos establecidos en el artí­culo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones según modelo Anexo II.
      -Declaración responsable con la descripción de los proyectos desarrollados en acciones de activación, información, orientación laboral o asistencia al autoempleo en los últimos diez años según modelo Anexo III.

    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria

      Documento acreditativo de que la titularidad del número de IBAN que se indique en la solicitud de subvención corresponde a la entidad solicitante

    • Proyecto

      Memoria de las acciones a realizar, en la que se especificarán, como mí­nimo, los siguientes extremos:
      - Definición del proyecto global y sus objetivos.
      - Ámbito territorial de desarrollo de las actuaciones.
      - Indicadores de resultados de inserción previstos, que al menos serán los establecidos en el artí­culo 6 d) de esta Orden.
      - Acciones a realizar para la consecución de los objetivos.
      - Cronograma estimado de ejecución.
      - Instrumentos e infraestructuras que se posee para la puesta en marcha y desarrollo del proyecto
      - Número de tutores a contratar o adscribir a las Unidades Integrales de Activación para el Empleo.
      - Personal de apoyo a disposición del proyecto.
      - Criterios de imputación de gastos generales.

    (*) No está obligado a presentar los documentos marcados con *, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder los datos/documentos de forma electrónica o por otros medios. EN EL CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD ( art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Modelos de solicitud

    Tasas a abonar

    • Consultar tasas y obtener Carta de Pago si lo desea

    Plazo de Presentación

    Presentación de solicitud

    Fecha inicio

    03/12/2015

    Fecha fin

    12/12/2015

    Dónde y Cómo tramitar

    Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital

    Presentación de solicitud de inicio

    - Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    - El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    - Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así­ como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    - El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    - El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    Presencialmente

    Cumplimentación manual

    - La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurí­dicas, entidades sin personalidad jurí­dica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artí­culo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Resolución y Recursos

    Forma de inicio

    A solicitud del interesado

    Autoridad que resuelve

    Director general del Servicio Regional de Empleo y Formación

    Plazo de resolución

    3 Meses

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Recursos

    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Alzada Consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente

    Normativa

    Orden de 30 de noviembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria publica para la concesión de subvenciones destinadas a la puesta en marcha de Unidades Integrales de Activación para el Empleo destinadas al refuerzo extraordinario e intensificación del Programa de Activación para el Empleo (BORM nº 279 de 2 de diciembre)

    Resolución de 3 de diciembre de 2015, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se publica el crédito adicional disponible destinado a financiar la concesión de subvenciones para la puesta en marcha de Unidades Integrales de Activación para el Empleo, para el refuerzo extraordinario e intensificación del Programa de Activación para el Empleo, ejercicio 2015.(BORM nº 283 de 9 de diciembre de 2015)

    Otros Procedimientos del Órgano Gestor

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Arrendar bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a terceros.

    Todos los contratos contendrán una cláusula de actualización anual de la renta o canon, de acuerdo con el índice oficial que se fije por el Instituto Nacional de Estadística.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO (A14028317)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Que los inmuebles no sean necesarios para el cumplimiento de los fines de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Agota la vía administrativa (Según la cuantía de la renta, o duración del arrend
    amiento):
    Orden de la Consejera de Economía y Hacienda o Acuerdo del Consejo de
    Gobierno.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Ofrecer a los niños que se encuentren en situaciones de acogimiento residencial, la alternativa de disfrutar con una "Familia Amiga" los periodos de vacaciones, fines de semana y fechas relevantes, favoreciendo el contacto con un ambiente normalizador, facilitando la relación de las familias con niños en dificultad social, compartiendo sus experiencias en el tiempo de ocio y descanso.

    Se presenta como un recurso solidario y social para compartir experiencias conjuntas familia/niño.

    Este acogimiento temporal permite la plena participación del menor en la vida familiar y supone para las familias la obligación de velar por él, tenerlo en compañía, alimentarlo, educarlo y proporcionarle bienestar durante el periodo de estancia en la familia.

    El programa va dirigido a:

    - Menores entre 6 y 15 años, que se encuentren en acogimiento residencial de larga estancia y que no dispongan de una familia con la que compartir sus periodos vacacionales.

    - Menores que se encuentren en acogimiento residencial de larga estancia y que estén afectados de una discapacidad.

    Los menores serán derivados al programa, por los Equipos Técnicos de los centros de acogida, en coordinación con la Unidad de Técnico Responsable, dependiente de la Dirección General de Familia y Políticas Sociales.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Es imprescindible que uno de los miembros de la familia no trabaje, durante el periodo de estancia del menor en la familia y, en el caso de familias monoparentales, ha de darse la misma circunstancia.

    - Todos los miembros de la unidad familiar han de manifestar su conformidad.

    - Las familias pasarán por un periodo de información, formación y valoración, con el fin de evaluar su idoneidad.

    - Las familias dispondrán de recursos económicos suficientes, para sufragar los gastos de manutención del menor, en el periodo de vacaciones.

    - Las familias han de aceptar el seguimiento que el Equipo Técnico, designado por la Dirección General de Familia y Políticas Sociales, realice durante el periodo de estancia del menor en la familia.

    - Las familias han de presentar un plan de actividades (modelo anexo II).

    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A MUJER,IGUALDAD,LGTBI,FAM Y PS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Comunicar partes de vacunación de las diferentes explotaciones porcinas de la Región de Murcia a los sistemas informáticos de recepción de la Consejería de Agricultura y Agua.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Colectivo veterinario en ejercicio libre de la Región de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Veterinarios en ejercicio libre debidamente acreditados y con certificado digital de usuario para la tramitación electrónica.

    Comunicación parte de vacunación para aujeszky porcino

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Comunicación parte de vacunación para aujeszky porcino

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Configurar un Registro de familias idóneas para la adopción en la Región de Murcia, así como facilitar el documento de idoneidad a los interesados en tramitar una adopción nacional.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Familias residentes en la Comunidad Autónoma de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Disponer de la suficiente capacidad física y psíquica.

    Ofrecer un ambiente familiar adecuado para ejercer la guarda de un menor.

    Ofrecer garantía de medios económicos para la atención del menor.

    Disponer de vivienda adecuada.

    Mantener una convivencia estable, en caso de solicitud formulada por matrimonio o pareja de hecho.

    Asistencia a la charla informativa sobre adopción que se realiza todos los primeros lunes de cada mes a las 17 horas en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Avenida de la Fama, nº3).

    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Posibilitar a los integrantes de las Listas de Espera que puedan variar las zonas de prestación de servicios siempre que se haya dictado una Resolución previa al efecto.

    En este momento no está habilitada la posibilidad de variar las zonas de prestación de servicios en ninguna de las Listas de Espera del Sector Administración y Servicios.

    Puede acceder a la información relativa al Empleo Público y a la consulta de Listas de Espera en la siguiente dirección:

    http://empleopublico.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=59472&IDTIPO=100&RASTRO=c$m59451

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Integrantes de las Listas de Espera cuyas zonas pueden ser modificadas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA (A14028737)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Se estará a lo que disponga la Resolución que se dicte al efecto.

    Genérica

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Verificar equipos sometidos a metrologia legal.

    - Seguimiento de la tramitación

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.

    Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información", Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    - Notificaciones electrónicas

    Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

    - Información Particular

    Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.

    Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    El titular de los instrumentos o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Se presentará una solicitud por verificación adjuntando la documentación necesaria.

    Requisitos posteriores

    Presentada la documentación, el verificador realizará la actuación en el equipo en presencia del titular o representante.

    Verificación de equipos sujetos a metrología legal

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Proceder al visado de autorizaciones de transporte.

    El visado de las autorizaciones es la actuación por la cual la Administración constata el mantenimiento de las condiciones que, originariamente, justificaron el otorgamiento de las mismas y que constituyen requisitos para su validez y de aquellos otros que, aún no siendo exigidos originariamente, resultan, asimismo, de obligado cumplimiento.

    IMPORTANTE:

    -Las solicitudes se presentan telemáticamente, preferentemente en la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento, en el enlace https://sede.fomento.gob.es/

    -Ver el documento anexo "Documentación a aportar" donde se detalla la documentación necesaria según el motivo de la solicitud.

    CLASES DE AUTORIZACIONES:

    Transporte PÚBLICO con gestor del transporte:

    MDP – Mercancías discrecional vehículo pesado
    VD – Viajeros discrecional autobús
    OT – Operador transportes
    MDL - Mercancías discrecional vehículos ligero de más de 3.500 kg. MMA

    Transporte PÚBLICO sin gestor del transporte:

    MDL - Mercancías discrecional vehículo ligero, hasta 3.500 kg. MMA
    VT – Viajeros taxi
    VS Viajeros ambulancia público
    VTC – Vehículo turismo con conductor

    Transporte PRIVADO:

    MPC – Mercancías propias complementarias
    VPC – Viajeros privado autobús
    VSPC – Ambulancia privado

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de autorizaciones de transporte.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los titulares de las autorizaciones de TRANSPORTE PÚBLICO deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:

    a) Cumplir el requisito de capacitación profesional (título de competencia profesional), honorabilidad y capacidad económica para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y viajeros por carretera. Para tarjetas de la clase, MDP, VD, OT y MDL (vehículos de más de 3.500 kg de MMA).

    Las empresas que realicen transporte de mercancías o de viajeros (MDP, MDL con vehículos de más de 3.500 kg. de MMA y VD) deberán disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 9.000 € cuando utilicen un solo vehículo, a los que se añadirán 5.000 € más por cada vehículo adicional.

    Las empresas de operador de transporte (OT) deberán disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 60.000 €.

    b) Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente.

    c) Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas en la legislación correspondiente.

    Además según la clase de autorización los transportes públicos deberán cumplir los siguientes requisitos:

    Los titulares de las autorizaciones de transporte público (MDP, MDL más de 3.500 kg. MMA y VD)

    - Requisitos letras: a), b), c).

    - Disponer, al menos, del número mínimo de vehículos que en cada caso corresponda.

    Los titulares de las autorizaciones de transporte público (MDL)

    - Requisitos: b) y c).

    Los titulares de autorizaciones de operador de transporte (OT):

    - Requisitos letras: a), b), c).

    - Disponer de un local.

    Los titulares de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC):

    - Requisitos letras: b), c).

    - Disponer de un local dedicado a la actividad en el municipio donde se encuentren domiciliados los vehículos.

    - Dispones del número mínimo de vehículos exigido.

    - Acreditar la existencia del número de conductores.

    - Justificar seguro que cubra de forma ilimitada la responsabilidad civil frente a terceros.

    Los titulares de autorizaciones de transporte público interurbano en automóviles de turismo (VT):

    - Requisitos letras: b), c).

    - Licencia municipal en vigor de autotaxis.

    - Disponer de los vehículos a los que hayan de referirse las autorizaciones.

    - Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil.

    Los titulares de autorizaciones de transporte sanitario público (VS):

    - Requisitos letras: b), c).

    - Disponer del número mínimo de vehículos de transporte sanitario.

    - Contar con la correspondiente certificación técnico-sanitaria en vigor referida a cada uno de los vehículos para los que se pretenda obtener autorización.

    - Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que puedan causarse con ocasión del transporte.

    Los titulares de autorizaciones de TRANSPORTE PRIVADO complementario de mercancías deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:

    Los titulares de autorizaciones de transporte privado complementario de mercancías (MPC):

    La empresa deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.

    Disponer de los correspondiente vehículos.

    Los titulares de autorizaciones de transporte privado complementario en autobús (VPC):

    - La empresa deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.

    - La empresa deberá disponer de un número de conductores, provistos de permiso de conducción de clase adecuada.

    Los titulares de autorizaciones de transporte sanitario privado complementario (VSPC):

    - Los vehículos a los que hayan de estar referidas las autorizaciones habrán de cumplir las características previstas.

    - La empresa deberá disponer de un número de conductores provistos de permiso de conducción de clase adecuada suficiente en relación con el número de vehículos a los que hayan de estar referidas las autorizaciones.

    En todos los visados de autorizaciones, el pago de las sanciones pecuniarias impuestas mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa, por infracciones a la legislación de transportes, será requisito necesario para su visado.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):Cuando el establecimiento de la empresa coincida con el domicilio particular de una persona física y no disponga de otros locales, mediará autorización expresa de persona física para que los servicios de Inspección del Transporte entren en su domicilio para examinar la documentación pertinente (Anexo III)
    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):Declaración de honorabilidad (Anexo I)
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Declaración responsable y documentación que acredite lo siguiente:Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y (VSPC) :- Disponer de, al menos, ocho vehículos quedispongan de certificación técnico-sanitaria (*).- Disponer en todo momento, como mínimo, de quince trabajadores adscritos a la plantilla de la empresa, de los cuales al menos seis deberán contar con el permiso de conducción y los nivelesde formación exigibles para conducir los vehículos de la empresa.- Sin perjuicio de los dispuesto en el apartado anterior, la empresa deberá disponer de un número de conductores igual o superior al 80 por ciento del número de vehículos deque disponga.- Contar, al menos con un profesional que haya obtenido el certificado acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión de Transporte Sanitario u otra titulación superior relacionada con la materia, entre las personas que de manera efectiva y permanente dirijan la empresa.- Sin perjuicio de los dispuesto en el apartado anterior, la empresa deberá disponer de un número deconductores igual o superior al 80 por ciento del número de vehículos de que disponga.Alquiler turismos con conductor (VTC):- Acreditar existencia del número de conductores (dos por cada tres vehículos) con carnet de conducir adecuado.- Disponer del número de vehículos establecido.Viajeros privado complementario(VPC):- Acreditar la disposición de conductores con alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, que debe coincidir con las copias certificadas de la autorización.
    • Relación
      (Obligatorio / Original)
      En el caso de Viajeros privado complementario (VPC):Relación y justificación del número de trabajadores y, en su caso, de otras personas que asistan de formahabitual a los distintos establecimientos de la empresa.
    • Licencia
      (Obligatorio / Original)
      Viajeros turismo, taxi (VT):- Certificado del Ayuntamiento correspondiente deseguir en vigor la licencia municipal de taxi.
    • Póliza del seguro
      (Obligatorio / Original)
      Viajeros turismo, taxi (VT):- Seguro obligatorio y de responsabilidad civil.Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y (VSPC) :- Seguro obligatorio y de responsabilidad civil (cantidad de 50 millones de euros).Alquiler turismos con conductor (VTC):- Seguro que cubra de forma ilimitada la responsabilidad civil frente a terceros del vehículo.
    • Permiso circulación vehículos
      (Obligatorio / Original)
      Toda clase de tarjetas.
    • Ficha técnica
      (Obligatorio / Original)
      Ficha de características técnicas con I.T.V. en vigor. Toda clase de tarjetas, excepto OT
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Mercancías propias complementarias (MPC):- En caso de vehículo que transportemercancías peligrosas, debe aportar documento que acredite la existencia en la empresa de un Consejero de Seguridad.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación acreditativa de disponer de un local.Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):- La empresa deberá tener un establecimiento con locales en los que se conserven los documentos principales de la empresa. La disposición de un local se deberá justificar con los documentos pertinentes segúnse trate (título de propiedad, contrato de arrendamiento, licencia municipal deapertura, posesión del usufructo, etc.)Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y(VSPC) :- Acreditar disponer de un local. La disposición de un local se deberájustificar con los documentos pertinentes. Operador de Transporte (OT):- Licencia de apertura del localAlquiler turismos con conductor (VTC):- Disponer de un local dedicado a la actividad en el municipio donde se encuentren domiciliados los vehículos, que cumpla con los requisitos.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación acreditativa de la capacidad económica:Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):Las empresas que realicen transporte de mercancías o de viajeros deberán disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 9.000 ? cuando utilicen un solo vehículo, a los que se añadirán 5.000 ? más por cada vehículo adicional. Justificación: -Personas físicas: certificación entidad financiera o declaración responsable acompañando documentos contables, comerciales o financieros, propiedades incluidas (escrituras, recibos de contribución (*), etc.). (Anexo II) -Personas jurídicas: libro de inventarios ycuentas anuales de la empresa o copia del balance del último ejercicio o certificación expedida por el Secretario del Consejo de Administración u órgano equivalente con el visto bueno del Presidente, acreditativa del contenido de las anotaciones relativas a capital social y reservas que figuren en el balance recogido en el libro de inventarios y cuentas anuales de la empresa, referido al último ejercicio (último Impuesto de Sociedades, modelo 200).Operador de Transporte (OT):Acreditar el Capital social o equivalente (60.000 ? en escritura de constitución o justificar como se indica en apartado ?mercancías y viajeros?).
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditación de la competencia profesional del Gestor del Transporte:Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD): *Empresas o autónomos con Gestor del Transporte por cuenta ajena:-Poderes generales de la empresa (escritura notarial).-Alta en Seguridad Social del Gestor del Transporte como directivo (*) o acreditar que dispone el 15% del capital social de la empresa.-Disposición de fondos (cuenta conjunta con empresa). *Autónomos cuando el Gestor delTransporte es el Cónyuge:-Libro de familia o impuesto sobre la renta de las personas físicas. *Empresas cuando el Gestor del Transporte es el Administrador:-Justificar que es Administrador con Nota Simple de Registro Mercantil (*), oúltimo Impuesto de Sociedades (modelo 200).-Acreditar disponer del 15% de acciones de la empresa o alta en Seguridad Social como personal directivo.Operador de Transporte (OT):Se acredita de igual forma que la indicada en el apartado
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y (VSPC) :- Estar en posesión del certificado ISO 9001, según los requisitos de la norma UNE 179002:2008.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Tasa modelo T-430 (un valor por tarjeta expedida). Se expide una tarjeta de autorización por empresa más copias de autorizaciones de tantos vehículos como tenga dicha empresa. Los taxis solo deben pagar una tasa por vehículo
    • Certificado de estar al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
      (Obligatorio / Original)
      Mercancías propias complementarias (MPC):- En caso de actividad agrícola. Justificar con alguno de los siguientes documentos:? I.B.I. (rústica) o solicitudde alta en el mismo (*). Contrato de arrendamiento o aparcería (legalizado).?I.R.P.F. (*) o Impuesto de Sociedades (último ejercicio).? Cartilla ganadera.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Tasa modelo T-430 (un valor por tarjeta expedida). Se expide una tarjeta de autorización por empresa más copias de autorizaciones de tantos vehículos como tenga dicha empresa. Los taxis solo deben pagar una tasa por vehículo
    • Licencia municipal
      (No obligatorio / No original)
      Viajeros turismo, taxi (VT):- Certificado del Ayuntamiento correspondiente deseguir en vigor la licencia municipal de taxi.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Documentación acreditativa de la capacidad económica:Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):Las empresas que realicen transporte de mercancías o de viajeros deberán disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 9.000 ? cuando utilicen un solo vehículo, a los que se añadirán 5.000 ? más por cada vehículo adicional. Justificación: -Personas físicas: certificación entidad financiera o declaración responsable acompañando documentos contables, comerciales o financieros, propiedades incluidas (escrituras, recibos de contribución (*), etc.). (Anexo II) -Personas jurídicas: libro de inventarios ycuentas anuales de la empresa o copia del balance del último ejercicio o certificación expedida por el Secretario del Consejo de Administración u órgano equivalente con el visto bueno del Presidente, acreditativa del contenido de las anotaciones relativas a capital social y reservas que figuren en el balance recogido en el libro de inventarios y cuentas anuales de la empresa, referido al último ejercicio (último Impuesto de Sociedades, modelo 200).Operador de Transporte (OT):Acreditar el Capital social o equivalente (60.000 ? en escritura de constitución o justificar como se indica en apartado ?mercancías y viajeros?).
    • Ficha técnica de vehículos
      (No obligatorio / No original)
      Ficha de características técnicas con I.T.V. en vigor. Toda clase de tarjetas, excepto OT
    • Póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil
      (No obligatorio / No original)
      Viajeros turismo, taxi (VT):- Seguro obligatorio y de responsabilidad civil.Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y (VSPC) :- Seguro obligatorio y de responsabilidad civil (cantidad de 50 millones de euros).Alquiler turismos con conductor (VTC):- Seguro que cubra de forma ilimitada la responsabilidad civil frente a terceros del vehículo.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Documentación acreditativa de disponer de un local.Mercancías y viajeros (MDP, MDL más de 3.500 kg MMA y VD):- La empresa deberá tener un establecimiento con locales en los que se conserven los documentos principales de la empresa. La disposición de un local se deberá justificar con los documentos pertinentes segúnse trate (título de propiedad, contrato de arrendamiento, licencia municipal deapertura, posesión del usufructo, etc.)Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y(VSPC) :- Acreditar disponer de un local. La disposición de un local se deberájustificar con los documentos pertinentes. Operador de Transporte (OT):- Licencia de apertura del localAlquiler turismos con conductor (VTC):- Disponer de un local dedicado a la actividad en el municipio donde se encuentren domiciliados los vehículos, que cumpla con los requisitos.
    • Nombramiento
      (No obligatorio / No original)
      Mercancías propias complementarias (MPC):- En caso de vehículo que transportemercancías peligrosas, debe aportar documento que acredite la existencia en la empresa de un Consejero de Seguridad.
    • Declaración responsable acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Declaración responsable y documentación que acredite lo siguiente:Vehículo sanitario, ambulancias (VS) y (VSPC) :- Disponer de, al menos, ocho vehículos quedispongan de certificación técnico-sanitaria (*).- Disponer en todo momento, como mínimo, de quince trabajadores adscritos a la plantilla de la empresa, de los cuales al menos seis deberán contar con el permiso de conducción y los nivelesde formación exigibles para conducir los vehículos de la empresa.- Sin perjuicio de los dispuesto en el apartado anterior, la empresa deberá disponer de un número de conductores igual o superior al 80 por ciento del número de vehículos deque disponga.- Contar, al menos con un profesional que haya obtenido el certificado acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión de Transporte Sanitario u otra titulación superior relacionada con la materia, entre las personas que de manera efectiva y permanente dirijan la empresa.- Sin perjuicio de los dispuesto en el apartado anterior, la empresa deberá disponer de un número deconductores igual o superior al 80 por ciento del número de vehículos de que disponga.Alquiler turismos con conductor (VTC):- Acreditar existencia del número de conductores (dos por cada tres vehículos) con carnet de conducir adecuado.- Disponer del número de vehículos establecido.Viajeros privado complementario(VPC):- Acreditar la disposición de conductores con alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, que debe coincidir con las copias certificadas de la autorización.
    • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para obtención de licencias de transporte. (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conocer, valorar y respetar el patrimonio natural, histórico, lingüístico-cultural y artístico de la Región de Murcia con el Programa Educativo: "Patrimonio Histórico de la Región de Murcia".

    1.- Visitas convocadas

    La convocatoria es para la realización de hasta diez visitas para conocer el Patrimonio Histórico de la Región de Murcia.

    2.- Participantes:

    Los alumnos de los Centros Educativos públicos y privado-concertados de la Región de Murcia que estén cursando Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y deseen visitar el Patrimonio Histórico de la Región de Murcia.

    3.- Características

    - Las visitas se realizarán de marzo a mayo de 2012, durante el periodo lectivo.

    - Se deberá elaborar una guía de explotación didáctica con las características indicadas en el apartado 2 del Anexo II.

    - Los grupos serán como máximo de 55 alumnos/as.

    - Cada Centro Educativo podrá presentar una sola solicitud.

    - El profesorado acompañante será el responsable del grupo de alumnos/as.

    - La Consejería de Educación, Formación y Empleo asumirá los gastos de transporte de las 10 visitas.

    4.- Criterios de selección.

    - Calidad, coherencia, innovación y viabilidad del proyecto.

    - Tendrán prioridad los centros que no hayan participado durante el curso anterior.

    - Haber participado en los tres últimos años en programas de innovación educativa.

    - Distribución equitativa por comarcas.

    5.- Publicación de seleccionados

    Transcurridos quince días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se expondrá la lista provisional de centros seleccionados en el Portal Educativo Educarm de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

    Se abre un plazo de reclamaciones de siete días naturales, con el fin de que se pueda alegar cuanto se estime procedente.

    Estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva en el mismo Portal Educativo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

    Posteriormente se publicarán los Centros Educativos seleccionados y las fechas de realización de las visitas, según Anexo II, a través del Portal Educativo Educarm antes del 10 de febrero de 2012.

    6.- Derechos y Deberes.

    La Consejería de Educación, Formación y Empleo gestionará y financiará el transporte de las diez visitas seleccionadas.

    El Centro Educativo se compromete a enviar un breve informe de la visita realizada.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Administración.

    Centros Educativos de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Que los Centros Educativos cursen Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio.

    Que los alumnos estén cursando Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y deseen visitar el Patrimonio Histórico de la Región de Murcia.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

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