Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Subvencionar proyectos de desarrollo rural.
Personas físicas y jurídicas del medio rural.
La información sobre los requisitos que deben cumplir los perceptores finales de cada una de las medidas se puede consultar en el apartado "Anexos".
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
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Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Conceder subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG), oficialmente reconocidas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la finalidad de ejecución de programas sanitarios generales.
Convocatoria correspondiente al año 2019 de las ayudas reguladas por la Orden de 14 de junio de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera de la Región de Murcia.
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.
- Ser agrupación de defensa sanitaria ganadera reconocida oficialmente, conforme el RD 842/2011, de 17 de junio, por el que se establece la normativa básica de las agrupaciones de defensa sanitaria y se crea y regula el Registro Nacional de las mismas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Así como el resto de requisitos contemplados en la Orden de 14 de junio de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera de la Región de Murcia.
Solicitud de ayudas destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria de la Región de Murcia
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Plazo de resolución: 5 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO |
Convocatoria cerrada temporalmente.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
2138 - Subvenciones a Aulas Abiertas de Educación Especial en Centros Privados Concertados
Objeto
Dotar de material didáctico fungible a los centros concertados que dispongan de Aula Abierta autorizada y concertada para la escolarización de alumnos que requieren adaptaciones curriculares muy significativas y precisan de apoyo intensivo y generalizado.
Destinatarios
Empresas.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
- Declaración firmada por el representante legal del centro concertado de no haber recibido anteriormente ningún tipo de ayuda para el aula abierta que se solicita la subvención.
- Presupuesto del material específico y ayudas técnicas solicitadas.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).
Convocatoria cerrada.
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
5441 - Subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia que hayan realizado actividades en Colegios de Educación Primaria y/o Colegios de Educación Infantil y Primaria para la extensión del tiempo escolar
Objeto
Potenciar que los centros públicos puedan ofrecer actividades y servicios complementarios a fin de favorecer la ampliación de su oferta educativa para atender las nuevas demandas sociales.
Destinatarios
Administraciones.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
a) Proyecto de trabajo compuesto por las fichas individuales de cada una de las actividades desarrolladas, conforme al modelo adjuntado en el Anexo II.
b) Certificación que recoja el consentimiento de la realización de las actividades del consejo o consejos escolares del centro o de los centros educativos donde se hayan desarrollado las mismas, siguiendo el modelo que se adjunta en el Anexo III.
c) Declaración responsable. Se adjunta modelo en el Anexo IV.
d) Acreditación de la personalidad que actúa en nombre del Ayuntamiento solicitante.
e) Certificado de estar al corriente con las obligaciones con el Estado.
f) Certificado de estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social.
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012 y 968 362 000
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de actuaciones destinadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y a la reducción del abandono escolar.
Período de realización de actividades: desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de julio de 2020.
Las actuaciones para las que se solicite la subvención se adecuarán a la modalidad:
a) Contratación de personal técnico especializado en intervención social, preferentemente titulados en Educación Social, Trabajo Social o Pedagogía.
Importes de las subvenciones y gastos subvencionables (o elegibles):
Para la dotación económica se establecerá el siguiente procedimiento, y tendrán la consideración de baremos estándar de costes unitarios:
Para la contratación de técnicos especializados en intervención social, se subvencionará 22 /hora de trabajo efectivo.
El importe a subvencionar se calculará conforme al siguiente procedimiento:
1. Una cuantía fija mínima en función del número de alumnos en edad de enseñanza obligatoria escolarizado en los centros educativos del municipio conforme a la siguiente tabla:
Nº de alumnos escolarizados en edad escolar obligatoria (6 a 16 años) e importe a subvencionar:
2. El crédito restante, una vez aplicado el apartado anterior, se repartirá entre los ayuntamientos solicitantes en función de la valoración de los proyectos de actuación, conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 7.2 de la Orden de 11 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de acciones de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y a la reducción del abandono escolar y según el módulo resultante de dividir el importe de dicho crédito entre el sumatorio total de puntos obtenidos en los proyectos.
Justificación de los fondos:
El beneficiario deberá aportar la información correspondiente a los participantes en las actividades financiadas de acuerdo con lo recogido en la disposición adicional única. Dicha información se materializará en el soporte informático y en los términos que el Servicio de Atención a la Diversidad le facilite que recoge los indicadores de realización y de resultados de la acción desarrollada, tomando como base el cuestionario establecido en el anexo VIII.
Los ayuntamientos son los responsables de cumplimentar esta base de datos de participantes que remitirán encriptada al Servicio de Atención a la Diversidad a través de la cuenta de correo diversidad@murciaeduca.es, junto con la documentación justificativa señalada en los apartados 3 y 4 anteriores.
Cada uno de los cuestionarios deberá ser custodiado por los ayuntamientos acompañados de la propuesta o demanda de intervención de los servicios sociales municipales por parte de los centros educativos (Anexo IX de la Orden PRAE), partes de derivación a aulas alternativas a la expulsión, propuesta de alumnado por parte de los centros educativos, fichas de solicitud de incorporación a algún servicio municipal, etc, que justifique la intervención con cada participante.
Ayuntamientos de la Región de Murcia.
Que el ámbito de actuaciones para las que se solicita la subvención radique en el territorio de esta Comunidad Autónoma, y que reúnan los siguientes requisitos:
a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
Solicitud de participación
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Convocar subvenciones para el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a financiar la modernización de mercados municipales de abastos y la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.
Las actuaciones subvencionables se estructuran en las siguientes inversiones o actividades para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:
a) Mejora de los mercados semanales de venta ambulante o no sedentaria que se celebran en suelo público. La creación y adecuación de recintos apropiados para la celebración de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria en suelo público, siendo dotados de las necesarias infraestructuras básicas en cuanto a energía eléctrica, agua, aparcamiento, limpieza y tratamiento de residuos.
b) Reactivación de los centros comerciales abiertos o urbanos. La reactivación de los centros comerciales urbanos mejorando los espacios y las infraestructuras municipales que hagan del mismo un lugar atractivo para el ejercicio de la venta, tales como peatonalización de calles y plazas de gran afluencia comercial, señalización e identificación comercial, remodelación urbana, mejora del alumbrado, así como otros que incidan en estos aspectos.
Corporaciones Locales de la Región de Murcia.
Las actuaciones subvencionables se estructuran en las siguientes inversiones o actividades para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:
a) Mejora de los mercados semanales de venta ambulante o no sedentaria que se celebran en suelo público. La creación y adecuación de recintos apropiados para la celebración de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria en suelo público, siendo dotados de las necesarias infraestructuras básicas en cuanto a energía eléctrica, agua, aparcamiento, limpieza y tratamiento de residuos.
b) Reactivación de los centros comerciales abiertos o urbanos. La reactivación de los centros comerciales urbanos mejorando los espacios y las infraestructuras municipales que hagan del mismo un lugar atractivo para el ejercicio de la venta, tales como peatonalización de calles y plazas de gran afluencia comercial, señalización e identificación comercial, remodelación urbana, mejora del alumbrado, así como otros que incidan en estos aspectos.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Obtener subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a galerías de arte de la Región de Murcia, para colaborar en los gastos de asistencia a ferias, exposiciones, salones alternativos de interés comercial, así como todo tipo de iniciativas, proyectos, eventos o actos que promocionen su sector y a los artistas de la Región y que se celebren durante el año 2016 fuera de la Región, tanto a nivel nacional como a nivel internacional.
Se entiende por galerías de arte, los establecimientos que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte, con finalidad comercial y que cumplan los requisitos establecidos en esta Resolución.
Galerías de Arte radicadas en la Región de Murcia.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las galerías de arte que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que tengan previsto realizar alguna de las actividades enumeradas en el artículo 1 de la Resolución de 2 de junio de 2016 de la Directora General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes, por las que se convocan ayudas a las galerías de Artes, radicadas en la Región de Murcia.
b) Que al menos, el 50% de los artistas que programen la actividad sean murcianos o tengan su residencia en la Región, a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Deberá acreditarse que los requisitos establecidos se reúnen, tanto en la fecha de celebración de la actividad, como durante el procedimiento de concesión y ejecución de la convocatoria.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL E.P.EMP.INST.INDUS.CULT Y ART.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A TRANSPARENCIA,PART.Y ADMON PUB |
Convocatoria cerrada.
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
2109 - Subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actividades dirigidas a la compensación de desigualdades en educación, en los centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia
Objeto
Realizar actuaciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación complementarias a las realizadas en los centros docentes públicos y privados concertados.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:
a) Copia autentificada de los Estatutos de la entidad y del documento de anotación en el Registro de Asociaciones o Fundaciones, en la que conste su ámbito de actuación.
b) Cédula de identificación fiscal.
c) Documentación acreditativa del poder de representación de la persona firmante de la solicitud, inscrito en el registro de asociaciones.
d) Declaración del responsable de la entidad en la que conste si recibe o ha solicitado ayudas para la realización del proyecto que se presenta y en su caso, relación de las mismas detallando cuantía y entidad de la que se solicita o recibe subvención.
e) Certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social acreditativas de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con el Estado y con la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1 e) de la Ley General de Subvenciones, así como que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Murcia, en los términos previstos en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como
Estas certificaciones podrán ser sustituidas por certificados telemáticos que obtendrá el órgano convocante; al efecto, los interesados en esta opción deberán cumplimentar el modelo que figura en el Anexo II por el que prestarán su consentimiento para la obtención de dichos certificados.
f) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que figura en el Anexo III.
g) Proyecto de actividades realizables durante el curso 2010-2011 que responda a alguno o algunos tipos de las modalidades y actuaciones relacionados en el dispongo primero, apartado 2, de esta Orden, de acuerdo con el guión que figura en el Anexo IV
h) Presupuesto global de las actividades, según el modelo del Anexo V, al que se adjuntará declaración jurada de las subvenciones o ayudas que se reciban de otras instituciones públicas o privadas (indicando su cuantía) o, en su caso, de que no se recibe ninguna otra subvención o ayuda. Además, deberán observarse las siguientes obligaciones:
h.1) Si se prevén gastos de personal se incluirá:
- Categoría profesional.
- Tareas a realizar.
- Período de contratación.
- Porcentaje de dedicación referido a la intervención del profesional para tal proyecto en el supuesto en que éste pueda trabajar para la entidad en otras tareas ajenas al proyecto objeto de subvención.
h.2) Si se prevé la participación de colaboradores deberá especificarse:
- Nº de colaboradores
- Tareas a realizar
- Horas de dedicación
- En su caso contraprestación económica a abonar
h.3) Si el proyecto incluye cursos de formación o realización de talleres se especificará lo siguiente:
-Titulación o acreditación del profesor que avale sus conocimientos y/o experiencia para la formación a impartir.
- Horas del curso.
- Calendario de ejecución.
- Perfil del colectivo a formar.
- Nº de alumnos previstos.
h.4) Si estuvieran previstos gastos de dietas por manutención, alojamiento y/o desplazamiento, deberá justificarse la vinculación existente con el proyecto, así como los motivos y/o situaciones concretas en los que se producirán tales gastos.
i) En el caso de actuaciones que esté previsto desarrollar en centros educativos público o privados concertados, informe del director de cada uno de los centros implicados en el que se haga constar la conformidad del Consejo Escolar y la disposición del centro a participar en el proyecto, así como el grado de necesidad del mismo.
En el caso de que los documentos exigidos ya hubieran sido presentados en otras convocatorias anteriores realizadas por la Consejería de Educación, Formación y Empleo, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo f del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y órgano en el que fueron presentados.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Conceder ayudas económicas a ayuntamientos de la Región de Murcia para la reparación, ampliación y mejora, quedando exluidos los gastos de limpieza, suministros y reposición de material no inventariable de los espacios deportivos o complementarios de instalaciones deportivas municipales, a fin de garantizar la práctica deportiva en las mejores condiciones de uso y seguridad.
Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se convocan subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la reparación, ampliación y mejora de los espacios deportivos o complementarios de instalaciones deportivas municipales.
Ayuntamientos de la Región de Murcia
- Que el ayuntamiento solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, cuando le resulte de aplicación, y en particular, deberá:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
Subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para el mantenimiento de instalaciones deportivas municipales
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Fomentar determinadas actividades concediendo directamente una subvención por estar previsto nominativamente en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o le venga impuesto su otorgamiento a la Administración por una norma de rango legal.
La Ley de Presupuestos incluye un anexo en el que figura los proyectos de gasto nominativos para ese ejercicio presupuestario, con mención del competente para su concesión beneficiario, partida presupuestaria e importe máximo de la subvención. No obstante lo anterior, aunque figure en esa relación, la concesión o no de la subvención será decidida por el órgano competente. Las que figuren en otra norma habrá que estar a lo en ella previsto.
Potestativo de reposición:
El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Contencioso-Administrativo:
Contra la Orden que se dicte, que agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Murcia
0, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que se estime oportuno.
No existen requisitos específicos
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: Consejero/a competente
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Caducidad
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | Consejero/a competente |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |