Información Básica
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Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Tramitar el procedimiento para la autorización de aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios.
1. Se prohíben las aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios, salvo en los siguientes casos especiales, previa autorización. Las que sean promovidas por la propia administración tanto para el control de plagas declaradas de utilidad pública según el artículo 15 de la Ley, como para el control de otras plagas en base a razones de emergencia, y las promovidas por titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies con cubierta vegetal, siendo en cualquier caso condición necesaria para su realización que no se disponga de una alternativa técnica y económicamente viable, o que las existentes presenten desventajas en términos de impacto en la salud humana o el medio ambiente.
2. Los tratamientos se realizarán con productos fitosanitarios autorizados para el cultivo y plaga de que se trate, y aprobados específicamente para aplicación aérea por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, previa evaluación específica de los riesgos que supone dicho tipo de aplicación.
Titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies con cubierta vegetal, agrupaciones de productores, o las Administraciones publicas tanto para el control de plagas declaradas de utilidad pública según el Artículo 15 de la Ley o para el control de plagas en base a razones de emergencias
Que la zona a tratar se encuentre en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Que se trate de un tratamiento fitosanitario para el que no se disponga de una alternativa técnica y económicamente viable, o que las existentes presenten desventajas en términos de impacto en la salud humana o el medio ambiente.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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012 y 968 362 000
Autorizar los centros de formación de conductores (CAP).
Correo Electrónico de contacto: transportes-capacitacion@listas.carm.es
1. Ser persona física o jurídica, debiendo ostentar, en este segundo supuesto, personalidad propia e independiente de la de quienes la integran, no pudiendo otorgarse, en ningún caso, las autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes.
2. Disponer de firma electrónica reconocida por un prestador de servicios de certificación.
3. Disponer de la plantilla de personal mínima imprescindible para el funcionamiento del centro docente.
4. Disponer de instalaciones teóricas y prácticas.
5. Disponer de los vehículos que resulten necesarios para la realización de las prácticas señaladas en el anexo.
6. Disponer del material didáctico obligatorio.
7. Programa de cualificación y formación que prevea impartir.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T430. Tasa por Ordenación del transporte terrestre
000001 - Autorizaciones. Ordenación de transporte terrestre
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL TRANSPORTES, COSTAS Y PUERTOS
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
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012 y 968 362 000
Solicitar autorización para la realización de los cursos de formación básica por parte de las Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre reconocidas en la Región de Murcia.
- La sede de la Escuela Regional de Animación y Tiempo Libre está situada en C/ Mariano ruiz Funes, 18, Bajo, Murcia 30007.
El plazo para resolver la autorización será de un mes.
-En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios.
Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Región de Murcia.
Pueden solicitar autorización para la realización de un curso de formación básica (Director de Tiempo Libre, Monitor deTiempo Libre y Animador Juvenil) las Escuelas de Animación y Educación en Tiempo Libre reconocidas en la Región de Murcia.
Solicitud de autorización para realización de curso base (Director y Monitor de Tiempo Libre y Animador Juvenil)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Solicitar la concesión de una beca, por día lectivo de asistencia, durante la fase formativa de un Programa Mixto de Empleo-Formación, para alumnado-trabajador de entre 16 y 24 años y personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Solo se puede solicitar si se participa en un Programa Mixto de Empleo-Formación para menores de 25 años.
El plazo de solicitud es de 2 meses desde que el beneficiario se incorpora a un Programa Mixto de Empleo-Formación de Jóvenes o de un Programa Mixto de Empleo-Formación de Garantía Juvenil.
Alumnado trabajador de Programas Mixtos de Empleo y Formación de la CARM.
La acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como frente a la Seguridad Social, se realizará mediante una declaración responsable, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 5 de la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La concesión de la beca será incompatible con la percepción de prestaciones o subsidios por desempleo regulados en el Título III del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio y con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
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Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Comunicar cambios en el domicilio que consta en el programa de vacunaciones.
Para poder contactar con el programa de vacunaciones, para efectuar cambios de domicilio, cambios de teléfono, para solicitar la documentación si no le ha llegado, o para realizar cualquier consulta, puede dirigirse a cualquiera de los cuatro centros gestores del mismo en las direcciones y teléfonos que se indican a continuación:
Servicios Centrales, Consejería de Sanidad Avenida Ronda de Levante 11 Murcia, teléfono 968 36 22 49, fax 968 36 51 15.
Dirección General de Salud Pública Cartagena Plaza San Agustín s/nº, teléfono 968 32 66 77, fax 968 32 66 90.
Dirección General de Salud Pública Lorca C/ Abad de Los Arcos 1, teléfono 968 46 83 00, fax 968 44 11 83.
Servicios Municipales de Salud Ayuntamiento de Murcia Plaza Preciosa, teléfono 968 24 70 62, fax 968 24 78 04.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos.
Usuarios del programa de vacunaciones
Figurar en el registro de programas de vacunaciones.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Tramitar el carné de donante de órganos y tejidos.
Cuando una persona se plantea en vida la posibilidad de ser donante, lo primero es comunicar la decisión a su familia y amigos más íntimos ya que ellos serán los primeros en ser consultados. De ellos se espera que respeten la voluntad de la persona fallecida.
Cualquier persona que quiera expresar su voluntad de donación.
Ser mayor de edad.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Convocatoria cerrada.
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
0191 - Solicitud de certificado individual de reconocimiento de deuda. Tramo Segundo de la Tercera Fase del Plan de Pago a los proveedores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establecido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Objeto
El Tramo 2º se desarrollará de acuerdo con los siguientes plazos:
- Hasta el 23 de octubre de 2013, remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de una relación certificada en la que figuren las obligaciones a atender en este tramo.
- Hasta el 28 de octubre de 2013, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas realizará comprobaciones sobre la relación remitida por las Comunidades Autónomas y se subsanarán los errores detectados.
- Desde el 29 de octubre hasta el 14 de noviembre de 2013, los proveedores podrán consultar esta relación y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través de este mecanismo.
- Aquellos proveedores no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar hasta el 15 de noviembre de 2013 a la Comunidad Autónoma deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago. La solicitud de este certificado implica la aceptación por el proveedor de las condiciones de pago fijadas.
- El certificado individual se expedirá por el Interventor General de la Comunidad Autónoma en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud el registro de la comunidad. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.
- Hasta el 29 de noviembre de 2013, el Interventor General de la Comunidad Autónoma comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por vía telemática y con firma electrónica, una relación completa certificada de las facturas que, cumpliendo los requisitos previstos en el Acuerdo de la CDGAE y Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, hayan sido aceptadas por los proveedores.
- Por Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros, se pone en marcha la Fase 3ª del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores.
La Fase 3ª del mecanismo se divide en Tramos que se desarrollarán en periodos sucesivos, atendiéndose en cada Tramo únicamente las obligaciones incluidas en el mismo.
- Por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 10 de octubre de 2013 se ha aprobado el inicio del Tramo 2º de la Fase 3ª del mecanismo.
- El objeto de este procedimiento es la solicitud de emisión de un certificado individual de reconocimiento de deuda por aquellos proveedores que no estén incluidos en la relación certificada de obligaciones pendientes de pago remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en cada Tramo de desarrollo de esta fase del mecanismo.
- La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la Comunidad Autónoma implica la aceptación del mecanismo de financiación de proveedores habilitado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
- El abono a favor del proveedor conlleva la extinción de la deuda por el principal, los intereses, costas judiciales y cualesquiera otros gastos accesorios.
- Los proveedores podrán aceptar voluntariamente un descuento sobre el principal de la factura.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
- Formulario de solicitud, que podrá ser individual, para una única factura o bien masivo o por lotes, referido a varias facturas.
- Es requisito indispensable indicar en cada solicitud el organismo de la CARM con el que el proveedor estableció la relación obligacional y al que se expide la factura (Consejería, Organismo Autónomo, Fundación, Consorcio, etc.), ya que será dicho organismo el que hará una primera valoración sobre la procedencia del reconocimiento de la obligación de pago.
- En el caso de las solicitudes masivas, todas las facturas que se incluyan en un formulario deben haber sido expedidas a un único organismo de la Administración Regional, presentándose cuantas solicitudes sean necesarias de acuerdo con este criterio.
- Cada solicitud masiva podrá contener un máximo de 30 facturas.
- Cuando existan facturas con pagos fraccionados no se podrá utilizar el formulario de solicitud masiva o por lotes, siendo necesario presentar una solicitud individual por cada factura, en el que se especifique la fecha de cada uno de los vencimientos.
- Anexos que acompañan a la solicitud:
-Las facturas se deben escanear en el mismo orden en el que se han introducido en la solicitud.
-Cada solicitud masiva debe contener un máximo de 30 facturas.
-El tamaño máximo de cada fichero es de 5 Mb, por lo que se debe comprobar su volumen antes de ser anexado. En caso de ser necesario, se pueden crear hasta 5 ficheros con un número determinado de facturas cada uno de ellos. El tamaño máximo del conjunto de todos los ficheros es de 10 Mb.
-Para reducir el tamaño de los ficheros es aconsejable escanear en blanco y negro y a una resolución de 200 ppp.
-Se recomienda comprobar si la herramienta para manejar PDF incluye alguna opción para guardarlo con tamaño reducido o PDF MRC.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Normalizar el procedimiento de solicitud de certificados para Exportación de productos alimenticios.
Las solicitudes deberán obrar en poder de la unidad certificadora al menos con 72 horas antes de la fecha prevista de expedición.
Empresas y/o personas físicas que comercializan alimentos y/o productos alimentarios al por mayor, y por lo tanto están sujetos a Inscripción en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA), tanto si disponen de establecimiento como si distribuyen sin depósito.
Empresas cuyo domicilio industrial o si no poseen establecimiento, cuyo domicilio social, estén ubicadas en la Región de Murcia y que estén inscritas en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA)
Los productos a exportar deberán encontrase dentro del territorio de la CARM, si no fuera así, bien existe un operador domiciliado en la CARM que se responsabiliza de la mercancía con su marca y razón social en el etiquetado o bien, la mercancía ha sido elaborada en la CARM.
En relación al producto:
En relación a la expedición:
Si el producto estuviera fabricado en otra Comunidad Autónoma, adjuntar pre-certificado de libre venta para la exportación emitido por dicha Comunidad y se adjuntará en el momento de la solicitud.
Los registros de control del plan APPCC de los lotes a exportar, se adjuntarán en el momento de la solicitud.
El anexo I (sábana) se presentará en el momento de la firma del certificado que no será antes de las 72 horas hábiles de la solicitud.
Sólo podrán realizar la solicitud exclusivamente en papel quienes no estén obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los obligados a relacionarse electrónicamente deberán utilizar obligatoriamente la solicitud electrónica disponible.
Es requisito imprescindible para retirar la certificación justificar previamente el pago de las tasas.
Solicitud de certificado sanitario.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T810. Tasa por Actuaciones administrativas de caracter sanitario
H00003 - Suministro de libros de Reg. Ofi., monografías y carnets o c
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Obtener certificado de haber aprobado uno o varios ejercicios de procesos selectivos del Servicio Murciano de Salud.
Aspirantes de los distintos procesos selectivos del Servicio Murciano de Salud.
Haber participado en algún proceso selectivo del Servicio Murciano de Salud.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Certificar e informar.
Seguimiento de la tramitación:
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.
Abono de la tasa T010.1: Expedición de certificados.
Solicitud de documentación industria, energía y minas
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |