Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Acceder a los datos personales y profesionales del demandante de empleo para su consulta y modificación a través del enlace "Tu oficina SEF en casa" del Portal www.sefcarm.es.
Los servicios Web disponibles son:
Informes de la demanda personalizados.
Con este servicio el usuario podrá imprimir los diferentes informes disponibles de la demanda:
Informe de ocupaciones demandadas.
Informe de situación administrativa.
Informe de servicios y especialidades formativas requeridas.
Informe de períodos de inscripción.
Informe negativo de rechazos.
Con este servicio se puede obtener un duplicado del carné de demanda
Con este servicio podrá sellar el carné en las fechas indicadas.
Con este servicio podrá consultar y modificar los datos de su demanda de empleo: ocupaciones, cursos, etc., con los que está inscrito.
Con este servicio podrá descargar su C.V. en formato europeo y completarlo con sus datos actualizados.
Con este servicio podrá consultar y modificar los datos personales de su demanda (dirección, teléfono, correo electrónico).
Con este servicio podrá dar de alta, de baja o suspensión su demanda de empleo.
1.- Dentro del Portal del SEF www.sefcarm.es se accede a través del enlace Tu oficina SEF en casa (demanda en empleo) a una página de identificación mediante DNI o NIE.
2.- Hay dos vias de acceso al catálogo de servicios web.
a) Acceso a través de clave de usuario y contraseña.
b) Acceso a través de certificado digital.
3.- Podrá conseguir la clave de usuario y contraseña:
a) A través del servicio Gestión de usuarios del mismo Catálogo se realiza la solicitud que le será remitida por sms al telefono movil que conste en su demanda.
b) Personalmente en la misma oficina de empleo en la que está inscrito.
Usuarios inscritos (en alta, baja o suspensión) como demandantes de empleo en las oficinas de empleo del SEF en la Región de Murcia
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
1115 - Sistema de Enseñanza Bilingüe Español-Inglés en Educación Primaria, convocatoria nuevas adscripciones de centros
Objeto
Que los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia que impartan Educación Primaria, soliciten su adscripción al sistema de enseñanza bilingüe español-inglés para el curso 2015/2016.
Destinatarios
Administraciones y Empresas.
Los centros educativos que impartan Educación Primaria.
Requisitos
Los centros que deseen adscribirse a este programa deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Impartir la etapa de Educación primaria sostenida con fondos públicos.
b) Contar con la aprobación del claustro de profesores.
c) Contar con la aprobación del Consejo escolar.
d) Acreditar disponer de profesorado suficiente para impartir la modalidad elegida durante al menos los tres primeros cursos.
Anexos
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
1657 - Sistema coordinado de intercambio rápido de información sobre productos alimenticios entre organismos públicos
Objeto
Establecer un sistema de alerta rápida, en forma de red, destinado a notificar los riesgos, directos o indirectos, para la salud humana y que se deriven de alimentos.
Evitar riesgos alimenticios por productos no aptos para consumo humano y que estén comercializados
Destinatarios
Administraciones.
Industrias alimentarias.
Requisitos
Comunicación urgente vía fax, de otra Administración.
Boletín analítico que justifique el riesgo para la salud, o informe científico del peligro.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Solicitar actuaciones sobre el control de las zoonosis, denunciar situaciones provocadas por animales o sus restos, que pueden producir enfermedades, mordeduras de perros, gatos, hurones, etc., molestias por animales, insectos, aves, etc.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos.
Otras Administraciones públicas.
Asociaciones de ciudadanos.
Colectivos y particulares implicados.
Situaciones de riesgo de enfermedad humana relacionada con animales.
Actuaciones sanitarias de prevención o control que puedan incluirse dentro de los programas desarrollados por esta unidad.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio.
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
1.- Regular el sistema de inscripción en el registro de los primeros compradores de leche de vaca, oveja y cabra.
2.- Regular el sistema de declaración de los contratos formalizados entre primeros compradores y productores de leche de vaca, oveja y cabra.
3.- Regular el sistema de declaraciones obligatorias a efectuar en el Sistema Unificado de Información en el Sector Lácteo INFOLAC:
3.1.- Por los primeros compradores de leche cruda de vaca, oveja o cabra en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 151 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1307/2001 y (CE) n.º 1234/2007.
3.2.- Por los productores de leche cruda y productos lácteos de vaca, oveja y cabra en España que destinen directamente al consumidor toda o parte de su producción o elaboren productos lácteos en la explotación. (Venta Directa).
Se crea por el Fondo Español de Garantía Agraria, FEGA, el Sistema Unificado de Información en el Sector Lácteo INFOLAC que contiene:
1.- El Registro de todos los Primeros Compradores.
2.- La información de todos los Contratos entre los Primeros Compradores y productores.
3. La Información de las Declaraciones mensuales Obligatorias de los primeros compradores.
4.- La información de las Declaraciones anuales Obligatorias de los productores con venta directa.
Primer comprador: Toda persona física o jurídica o grupo de éstas que compra leche cruda a productores de vaca, oveja y cabra para:
1.º Someterla a recogida, envasado, almacenamiento, refrigeración o transformación, aunque lo haga por cuenta de un tercero, o
2.º venderla a una o varias empresas que traten o transformen leche u otros productos lácteos.
Tendrán la consideración de primer comprador, a efectos de las declaraciones mensuales obligatorias, las cooperativas ganaderas y las sociedades agrarias de transformación que comercialicen la leche de sus socios por mandato, debiendo estar registradas en el Sistema Unificado de Información en el Sector Lácteo (INFOLAC)
Productor con venta directa: Todo productor que destine directamente al consumidor toda o parte de su producción o elaboren productos lácteos de vaca, oveja o cabra en la explotación.
Para los Primeros Compradores:
Todos los Primeros Compradores de leche de vaca, oveja y cabra deberán estar inscritos en el registro de compradores establecido al efecto y que formará parte de INFOLAC para poder realizar las declaraciones obligatorias.
La inscripción se realizará por la Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura mediante la remisión de la solicitud de inscripción (Anexo I) a la misma y acompañada de la documentación que se detalla en el apartado de Documentación a aportar, siempre antes del inicio de la actividad.
La Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura remitirá al Primer Comprador, una vez inscrito, las claves de acceso a INFOLAC.
Cualquier modificación en los datos suministrados para la inscripción en el registro de primeros compradores, deberá ser comunicada a la Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura en el plazo máximo de los 15 días siguientes a su modificación.
El primer comprador inscrito que cese su actividad, deberá instar la baja en el registro. Así mismo, ésta podrá practicarse de oficio, previa notificación al interesado, por inactividad a lo largo del año natural.
Todo primer comprador debe presentar en los primeros 20 días del mes, una declaración en INFOLAC, donde se contabilicen todas las cantidades de leche cruda suministrada por los productores en el mes inmediatamente anterior.
Todas las entregas deberán estar vinculadas a un contrato registrado en INFOLAC siempre antes de comenzar las entregas de la leche objeto del contrato. Por lo tanto todos los contratos formalizados entre el primer comprador y los productores deben registrarse en INFOLAC. El sistema asignará automáticamente, una vez grabado el contrato, acuerdo cooperativo o asociativo, un código identificativo del mismo.
Para los Productores con Venta directa:
Todos los productores que destinen directamente al consumidor toda o parte de su producción o elaboren productos lácteos de vaca, oveja y cabra en la explotación, quedan obligados a incorporar en los primeros veinte días del mes de enero del año siguiente una DECLARACIÖN ANUAL, por cada una de las especies, en su caso, en la aplicación INFOLAC, donde se contabilizarán las cantidades de leche producidas en la explotación en el año natural inmediatamente anterior que se hayan destinado a la venta directa.
Para tener acceso a la aplicación INFOLAC, tendrá que cumplimentar el Anexo II.
La Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura remitirá al Productor de Venta directa, una vez recibida solicitud de acceso, las claves de acceso a INFOLAC.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Obtener el certificado de vacunas administradas.
Para poder contactar con el programa de vacunaciones, para solicitar la documentación si no le ha llegado, o para realizar cualquier consulta, puede dirigirse a cualquiera de los cuatro centros gestores del mismo en las direcciones y teléfonos que se indican a continuación:
Servicios Centrales, Consejería de Sanidad Avenida Ronda de Levante 11 Murcia, teléfono 968 36 22 49, fax 968 36 51 15.
Dirección General de Salud Pública Cartagena Plaza San Agustín s/nº, teléfono 968 32 66 77, fax 968 32 66 90.
Dirección General de Salud Pública Lorca C/ Abad de Los Arcos 1, teléfono 968 46 83 00, fax 968 44 11 83.
Servicios Municipales de Salud Ayuntamiento de Murcia Plaza Preciosa, teléfono 968 24 70 62, fax 968 24 78 04.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos.
Usuarios del programa de vacunaciones
Figurar en el programa de vacunaciones
Certificación de datos vacunales
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Solicitar la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Personas físicas o jurídicas, con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, cuya actividad agrícola ganadera o, la mayor parte de la misma, se encuentre ubicada en esta Comunidad Autónoma y soliciten derechos de pago básico.
Podrán presentar solicitudes de asignación de derechos de pago básico a la reserva nacional aquellas personas físicas o jurídicas, con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, cuya actividad agrícola ganadera o, la mayor parte de la misma, se encuentre ubicada en esta Comunidad Autónoma y hayan recibido menos derechos de pago básico de los que deberían o no hayan recibido derechos de pago básico, cuando así debería de haber sido, como consecuencia de cualquiera de las siguientes causas siguiendo el siguiente orden de prioridad:
------------------------------
Si desea realizar consulta al personal técnico, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: dg.fondosagrarios@carm.es
También puede solicitar cita previa para consulta presencial, llamando al 968 36 20 00 ó 012. El horario de consulta será de 9 a 12 h. de lunes a viernes
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN
Plazo de resolución: 9 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Recurso de Alzada ante la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
6982 - Solicitud de acceso a información ambiental sobre medio natural
Objeto
Responder a las solicitudes de información relacionadas con cuestiones sobre el medio natural y facilitar los datos requeridos que obren en poder de la administración regional.
Destinatarios
Administraciones, Ciudadanía y Empresas.
Requisitos
Modelo de solicitud de información ambiental de medio natural.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Informar sobre la Intensidad Media Diaria (IMD) en un punto determinado de una carretera regional mediante la realización de un aforo especial.
Administraciones Públicas y Personas físicas o jurídicas.
Estar interesado en conocer las características de la demanda de tráfico en un determinado punto de la red de carreteras regional para la elaboración de un proyecto de acceso, de estación de servicio, de cruce de calzada para tuberías, etc.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00005 - Emisión de informes de carácter técnico
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Solicitar análisis de vinos, licores, mostos, etc., al Laboratorio Enológico de Jumilla
Usuarios registrados en el Laboratorio Enológico de Jumilla
Estar registrado, como usuario, en el programa de administración del Laboratorio Enológico de Jumilla.
Formulario electrónico de solicitud
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Laboratorio Enológico de Jumilla
Avda. de la Asunción nº 24
30520 - Jumilla (Murcia)
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000A- - Análisis en materia enológica: Mostos, vinos y mistelas.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B1 - Análisis foliar.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B2 - Análisis de suelos de cultivo.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B3 - Análisis de aguas de riego y disoluciones del suelo.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B4 - Análisis de fertilizantes y correctores.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B5 - Análisis de productos agroalimentarios.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000B6 - Análisis de Sanidad Vegetal.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000C- - Análisis en materia de Sanidad Animal.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000D- - Analisis de leche y queso
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000D1 - Análisis medioambiental: Aguas.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000D2 - Análisis medioambiental: Red de Contaminación Atmosférica.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000D3 - Análisis medioambiental: Gases chimeneas y emisores de humos
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000E1 - Análisis materiales para riegos: Tuberias de polietileno.
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000E2 - Análisis materiales para riegos: Emisores autocompensantes
T750. Tasa por Laboratorio Enológico, Agrario y Medio Ambiente
H000E3 - Análisis materiales para riegos: Emisores no compensantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito