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012 y 968 362 000
Autorizar la simultaneidad de las prácticas profesionales no laborales, con el resto de los módulos formativos.
Autorizaciones de exención de asistencia a módulos teóricos.
Autorizar prácticas en la misma entidad.
Resolver y notificar las incidencias y anomalías que puedan surgir durante la ejecución y el seguimiento de los cursos.
Simultaneidad suficientemente justificada: haber adquirido los suficientes conocimientos para llevar a cabo las prácticas con aprovechamiento; inminente contratación del alumno; otra causa.
Todas estas autorizaciones responden a lo establecido en la normativa que regula esta formación.
Alumnos que estén realizando una acción formativa, que tenga módulo de formación práctica en empresa.
Entidades de formación que están ejecutando acciones formativas subvencionadas por el SEF.
Entidades de formación que ejecutan certificados de profesionalidad privados a los que el SEF realiza un seguimiento.
Para las autorizaciones de simultaneidad de las prácticas profesionales no laborales, con el resto de los módulos formativos, será necesario:
- Que la Simultaneidad esté suficientemente justificada: haber adquirido los suficientes conocimientos para llevar a cabo las prácticas con aprovechamiento; inminente contratación del alumno; otra causa.
- Que haya transcurrido el 80 por ciento del total de horas lectivas.
- Que no coincida el horario de éstas con el de la impartición de la acción formativa. En este caso, la suma de las horas diarias correspondientes a la acción formativa y a las prácticas no podrá ser superior a 8 horas.
Las autorizaciones de exención de módulos teóricos se realizarán:
- Los 15 primeros días naturales desde el inicio de la acción formativa, y siempre antes de la impartición del 25 % de las horas lectivas.
Se autorizará las prácticas en la misma entidad:
- Con suficiente antelación al inicio de las prácticas del alumno afectado.
Se autorizará horarios y jornadas excepcionales:
- Con antelación suficiente a la fecha prevista de horario excepción que se solicita.
Se resolverá y notificará las incidencias y anomalías que puedan surgir durante la ejecución y el seguimiento de los cursos.
- A lo largo de la acción formativa.
Solcitud de simultaneidad del módulo de prácticas profesionales no laborales
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
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Disponer de una segunda opinión médica sobre los procesos sanitarios establecidos en el articulo 1.3 del Decreto 71/2007.
El derecho a la segunda opinión médica sólo se podrá ejercitar una vez en cada proceso asistencial, con el único objeto de contrastar un primer diagnóstico completo o indicación terapéutica a efectos de prestar una mejor Asistencia Sanitaria.
1- La segunda opinión médica tendrá que ser solicitada directamente por el beneficiario del referido derecho.
2- En caso de imposibilidad física o psíquica, médicamente certificada, la solicitud de segunda opinión podrá realizarla el cónyuge no separado legalmente o con quien mantenga una unión de hecho acreditada; en su defecto, el pariente en línea recta descendiente o ascendiente de grado más próximo. No obstante lo anterior, si el paciente hubiera designado previamente una persona para, llegado el caso, solicitar una segundad opinión médica, le corresponderá a ésta dicha preferencia.
3- en caso de menores de dieciséis años o persona declarada incapaz, por las personas que ostenten la patria potestad, la tutela o representación legal.
Ciudadanos residentes en cualquier municipio de la Región de Murcia, que tengan reconocido el derecho a la Asistencia Sanitaria a cargo del Servicio Murciano de Salud.
- El ejercicio del derecho a la segunda opinión médica regulado en el presente decreto se garantiza para los siguientes procesos:
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 20 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Información adicional sobre recursos
Contra la resolución de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Murciano de Salud, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, y de conformidad a lo previsto en la Ley 4/1994 de 26 de julio de Salud de la Región de Murcia.
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012 y 968 362 000
Proveer a los centros del equipamiento didáctico y de los medios técnicos precisos que aseguren el seguimiento y la participación en todas las actividades escolares, de los alumnos con necesidades educativas especiales, en particular, de aquellos con discapacidades de comunicación y lenguaje, motoras y visuales.
Enlace:
Necesidades Educativas Especiales
1.- Informe Equipos.
Los Equipos Específicos de Deficiencia Motora, Deficiencia Visual y Deficiencia Auditiva, según proceda, emitirán Informe, en el que se determine la ayuda individual o el equipamiento necesario. (Anexo III)
2.- Situaciones posibles y actuaciones a realizar:
A. El material que se solicita existe en stock y se encuentra disponible para su utilización.
a) El Servicio de Atención a la Diversidad, corroborará la existencia y disponibilidad del material.
b) Se remitirá Autorización de traslado de ayudas técnicas, firmada por el Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad, al centro docente depositario del material. ( Anexo IV ).
c) El centro docente solicitante de material, firmará el documento y retirará el material ( Anexo IV ), quedando una copia en el centro propietario de dicho material y remitiendo otra al Servicio de Atención a la Diversidad.
d) Se anotará en el inventario interno al Servicio, el movimiento efectuado.
e) Una vez acabada la necesidad, se procederá a devolver el material, tras cumplimentar el Anexo V, se remitirá copia al Servicio de Atención a la Diversidad, que asentará el movimiento en su base de datos.
f) En caso de deterioro irreparable del material y sin perjuicio de lo que proceda en orden a su baja en inventario, se pondrá en conocimiento del Servicio de Atención a la Diversidad.
B. El material que se solicita, supone una nueva adquisición.
Si existe crédito suficiente y adecuado, se procederá a su adquisición.
3. Procedimiento de traslado de material, en caso de que el alumno se traslade de centro.
En el supuesto de que el alumno cambie de centro escolar, los equipamientos adaptados y las ayudas técnicas individuales, de ser necesario, acompañarán al alumno.
Los centros docentes públicos.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
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012 y 968 362 000
Informar a las personas Fisicas y Juridicas sobre cual es el Servicio competente en la Gestión de los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentales y de Sucesiones y Donaciones, de los expedientes presentados en las Oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en los distintos Municipios.
Los expedientes presentados en las siguientes oficinas:
OCAE ATRM de Abanilla
OCAE ATRM de Abaran
OCAE ATRM de Altorreal
OCAE ATRM de Beniel
OCAE ATRM de Blanca
OCAE ATRM de Bullas
OCAE ATRM de Calasparra
OCAE ATRM de Cehegin
OCAE ATRM de Cieza
OCAE ATRM de Fortuna
OCAE ATRM de Jumilla
OCAE ATRM de Librilla
OCAE ATRM de Molina de Segura
OCAE ATRA de Mula
OCAE ATRM de Santomera
OCAE ATRM de Yecla
Oficina de Atención al contribuyente del Ayuntamiento de Alcantarilla
Se remitirán para su tramitación, al Servicio de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sito en Av. Teniente Flomesta.
Los expedientes presentados en las siguientes oficinas:
OCAE ATRM de Aguilas
OCAE ATRM de Fuente Alamo
OCAE ATRM de La Unión
OCAE ATRM de Lorca
OCAE ATRM de Los Alcázares
OCAE ATRM de Mazarrón
OCAE ATRM de Puerto Lumbreras
OCAE ATRM de San Pedro del Pinatar
OCAE ATRM de Torre Pacheco
Se remitirán para su tramitación, al Servicio Tributario Territorial de Cartagena, C/ Campos, 4 Edif. Foro
Personas físicas o jurídicas interesadas en la información de la gestión relativa a sus expedientes presentados en las distintas oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
Personal de las OCAG para su conocimiento, a efectos de la distribución de la documentación al Organo Gestor competente de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) ha puesto al alcance de los ciudadanos un servicio de Cita Previa para acceder a la oficina de empleo, previa determinación de una hora concreta para evitar tiempos de espera innecesarios.
La cita previa tiene prioridad frente a la cola normal, por lo que recomendamos que use este servicio de forma preferente.
Los servicios para los que se ofrece cita previa son los siguientes:
Grupo: SERVICIOS SEF A TRABAJADORES
Servicio: Intermediación Laboral
1. Inscripción y Clasificación de Demanda de Empleo. Para inscribirse como demandante de empleo y/o realizar alguna modificación de sus datos personales y/o profesionales, si ya está inscrito.
* NOTA: La inscripción también se puede realizar por Internet desde el portal del SEF (www.sefcarm.es). Es requisito para poder realizarla, haber tenido la inscripción anteriormente y obtener una clave de usuario y contraseña en el mismo Portal de Empleo del SEF (Tu oficina Sef en casa).
2. Información sobre las Ofertas de Empleo y asesoramiento para su búsqueda.
3. Información sobre los Cursos de Formación y asesoramiento para su búsqueda.
4. Información y facilitación de las claves de usuario y contraseña para acceder al catálogo de servicios disponible en el Portal de Empleo del SEF (Tu oficina Sef en casa).
Grupo: SERVICIOS SEF A EMPRESAS
Servicio: Asesoramiento Empresarial
1. Información y asesoramiento sobre procedimientos telemáticos (Emple@) y demás procedimientos para la presentación de ofertas de trabajo y protocolos ofrecidos para su gestión.
2. Información y asesoramiento sobre las modalidades contractuales en vigor y subvenciones, bonificaciones y exenciones vinculadas a las mismas.
3. Información y asesoramiento sobre la Subvenciones del SEF a la contratación laboral.
4. Información y asesoramiento sobre las Subvenciones del SEF al fomento del empleo autónomo.
5. Información y asesoramiento sobre el acceso y utilización de la aplicación Contrat@ para la comunicación de la contratación laboral.
SERVICIOS DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO (SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL-SEPE)
*NOTA: Los servicios relacionados con las Prestaciones por Desempleo son atendidos por personal del Servicio Publico de Empleo Estatal SEPE-INEM.
La cita previa para los servicios que presta el SEPE, se solicitará directamente llamando a los teléfonos 968991579 ó 901010210 ó en la Sede Electrónica del SEPE > Procedimientos y Servicios>Ciudadanía>Cita Previa.
INFORMACIÓN /TRAMITACIÓN
Información de prestaciones.
Consulta de tu prestación o del certificado de empresa.
Solicitud de prestación contributiva - Alta Inicial.
Solicitud de prestación contributiva - Reanudación.
Solicitud de subsidio de desempleo - Alta Inicial o Reanudación.
Solicitud de Prórroga de subsidio.
Otro tipo de solicitudes
GESTIONES VARIAS
Baja de la Prestación
Modificación de datos bancarios
Obtención de certificados
Desistimiento
Entrega de documentos y otras gestiones
*NOTA: Para más información relacionada con prestaciones por desempleo puede contactar con los teléfonos de atención al ciudadano del SEPE 968 99 15 98 ó 901 11 99 99, ó a través de la página web (www.sepe.es)
En la Carta de servicios del Servicio de Atención al Ciudadano figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"4. Si solicita cita previa, será atendido a la hora concertada. Los servicios ofrecidos mediante cita previa y las oficinas donde se prestan están disponibles para su consulta en la Guía de procedimientos y Servicios de la CARM (procedimiento 4241). El número de quejas sobre el incumplimiento de la puntualidad horaria en la atención de cita previa será 0".
Usuarios de la red de oficinas de empleo de la Región de Murcia.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
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Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
Garantizar un menor tiempo de espera, para la tramitación de los servicios de respuesta inmediata que se prestan presencialmente, para registro de solicitudes, escritos y comunicaciones en la OCAG de Cartagena (Edificio Foro) y OCAG de la Consejería de Hacienda (Registro General-Edificio Infante-Murcia).
La cita previa tiene prioridad frente a la cola normal, por lo que recomendamos que use este servicio de forma preferente, para ello habrá de confirmarla al llegar a la oficina en la que se le va atender, en el punto de recepción.
Puede hacer uso del Servicio de Cita Previa accediendo al enlace http://citaprevia.carm.es para las oficinas de Murcia (Palacio Regional.-Teniente Flomesta y Edificio Administrativo Infante.-Registro General) y de Cartagena (Edificio Administrativo Foro).
Telefónica llamando al Teléfono Corporativo de Atención Telefónica 012 (desde la Región de Murcia) o 968 362 000 (fuera de la Región de Murcia).
Presencial en cualquiera de las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de carácter general de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Una vez que el ciudadano tenga reservada su cita previa (sea cual sea la forma en que se solicitó: telefónicamente, por Internet o a través de las propias oficinas de información) deberá confirmarla al llegara la oficina en la que se le va a atender, porque tiene prioridad frente a la cola normal, evitando tiempos de espera innecesarios.
En la Carta de servicios del Servicio de Atención al Ciudadano figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"4. Si solicita cita previa, será atendido a la hora concertada. Los servicios ofrecidos mediante cita previa y las oficinas donde se prestan están disponibles para su consulta en la Guía de procedimientos y Servicios de la CARM (procedimiento 4241). El número de quejas sobre el incumplimiento de la puntualidad horaria en la atención de cita previa será 0".
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
El Centro de Documentación e Información (CEDI) está especializado en reunir, gestionar y difundir la normativa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, para ello, colabora en la base de datos del Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Recopila e informa de la normativa Estatal, de Comunidades Autónomas y de la Unión Europea.
Proporciona información bibliográfica y artículos de revistas especializadas en Derecho Administrativo y Constitucional, principalmente, así como otras ramas del Derecho.
Información sobre empleo público.
Para resolver las consultas, el CEDI está suscrito a publicaciones y bases de datos de legislación, jurisprudencia y doctrina en el ámbito del derecho.
Presta servicios de atención personalizada, de forma presencial, telefónica, a través de información disponible en página web, correo electrónico y formulario de consultas a través de la web.
Otros servicios: consulta en sala, acceso a Internet y reprografía.
En la Carta de servicios del Centro de Documentación e Información figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"5. Atender las consultas de información al CEDI en un plazo no superior a 3 días".
Administraciones públicas, Instituciones privadas y ciudadanos en general.
No existen requisitos específicos
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Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
Atender a niños, niñas y adolescentes con sospecha de estar siendo objeto de abuso sexual infantil.
Dispone de un equipo de profesionales especializados en la investigación y evaluación de casos de abuso sexual infantil.
Cualquier menor con sospechas de haber sufrido abuso sexual, tanto si se trata de abuso intrafamiliar, realizado por un miembro de la familia del menor (padre, madre, abuelo, etc.), como de un abuso extrafamiliar, realizado por cualquier adulto sin vínculo de consanguinidad con el menor.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
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012 y 968 362 000
Facilitar, a los ciudadanos que se encuentren en una grave situación de necesidad, originada por el impago de créditos de carácter hipotecario, un servicio que les facilite información y mediación con entidades de crédito al objeto de evitar, en la medida de lo posible, procedimientos de desahucio del domicilio de las personas afectadas y sus familias.
Para acceder a este servicio de orientación y mediación hipotecaria y de la vivienda el solicitante deberá haber contestado afirmativamente a las siguientes preguntas.
¿LA VIVIENDA HIPOTECADA ES LA VIVIENDA HABITUAL DEL PROPIETARIO DE LA MISMA?
¿SE ENCUENTRA LA VIVIENDA HIPOTECADA EN UN MUNICIPIO DE LA REGIÓN?
¿EL PRECIO DE ADQUISICIÓN DE LA VIVIENDA QUE APARECE EN ESCRITURA ES INFERIOR A 300.000 (49.915.800 pesetas)?
Si la respuesta a las tres preguntas es afirmativa, el solicitante tendrá derecho a acceder al servicio, para lo que deberán contactar con el teléfono de información 012 y facilitar los datos personales del titular o titulares de la vivienda a fin de que se les facilite cita previa.
La cita tendrá lugar en la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio (Plaza Santoña, nº 6, Murcia). El tique de confirmación de la cita, que se facilita en la máquina del gestor de espera situado en la entrada de la Consejería, indicará el despacho donde será atendido.
Consulte el anexo Cuestionario para el Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda a fin de conocer la información que deberá facilitar y la documentación que deberá aportar a los técnicos de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio en la cita concertada.
Personas físicas propietarias y avalistas de viviendas hipotecadas que se encuentren en riesgo de desahucio.
La vivienda hipotecada debe encontrarse en el territorio de la Región de Murcia, ser la única que posee el propietario y que sea su vivienda habitual.
El propietario debe estar empadronado en un municipio de la Región de Murcia.
El conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no puede superar el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
En los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar debe haber sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda. Se entenderá que se ha producido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,5.
La cuota hipotecaria tiene que ser superior al 50 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
El crédito o préstamo garantizado con hipoteca tiene que recaer sobre la única vivienda en propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma.
El precio de adquisición de la vivienda habitual (al que se encuentra referida la hipoteca que se constituyo en garantía de préstamo concedido para su compraventa) tiene que ser inferior a 300.000 euros (49.915.800 pesetas).
Los beneficiarios tendrán que acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Para ello, tendrán que cumplimentar una solicitud, en la que se incluirán datos personales del solicitante y datos económicos, así como datos de la situación de la hipoteca.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
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012 y 968 362 000
Coordinar con los agentes económicos y sociales, las Corporaciones Locales y el resto de entidades implicadas en la formación, desarrollan una de sus principales competencias en materia de racionalización y optimización de programas de formación para el empleo asociada a la Formación de Oferta en la Región de Murcia.
Puede acceder a toda la información a través de la página web del Servicio Regional de Empleo y Formación
La cualificación y/o recualificación de los trabajadores desempleados y ocupados, son el eje prioritario en cuanto a inversión que, en materia de formación para el empleo, realiza el Servicio Regional de Empleo y Formación, sin dejar de un lado la potenciación de distintos colectivos (discapacitados, inmigrantes, colectivos en riesgo de exclusión social, etc.) utilizando la formación como herramienta de integración social y laboral
No existen requisitos específicos
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.