Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar plazas para la asistencia a la obra teatral “Don Juan Tenorio”

    Dar a conocer entre el alumnado una de las obras más representativas del teatro romántico español como es “Don Juan Tenorio”.

    Familiarizar y fomentar entre el alumnado la asistencia a espectáculos teatrales.

    La representación tendrá lugar en el Auditorio y Centro de Congresos Víctor Villegas de Murcia el próximo 21 de octubre de 2019 en horario de 11:00 a 13:30.

    Publicación de la relación de centros participantes.

    Tras la publicación de la relación provisional de centros seleccionados en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura y en el Portal Educativo Educarm, www.educarm.es, se abrirá un plazo de reclamación de cinco días naturales. Transcurridos los cuales, y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva en los mismos medios que la relación provisional.

    Destinatarios

    Administración.

    Centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, en los que se imparta 4º de Educación Secundaria Obligatoria.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser centros sostenido con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria en la Región de Murcia.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular la asistencia sanitaria y farmacéutica para personas con discapacidad.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Ciudadanos de la Región de Murcia afectados por discapacidad.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
    D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Tener reconocida la condición de discapacitado en grado igual o superior al 33%.

    No tener derecho a la asistencia sanitaria del sistema de la Seguridad Social, ni como titular ni como beneficiario.

    Solicitud de asistencia sanitaria y farmaceutica (discapacidad)

    • Libro de familia
      (No obligatorio / No original)
    • Libro de familia
      (Obligatorio / Original)
      Del solicitante y de los familiares que convivan.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Si el solicitante estuviera incapacitado judicialmente, sentencia y aceptación del nombramiento de tutor.
    • Pasaporte
      (No obligatorio / No original)
    • Sentencia judicial
      (Obligatorio / Original)
      En caso de separación o divorcio, la sentencia y el convenio regulador, en su caso, del solicitante y de los miembros de su familia que convivan.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Si el solicitante estuviera incapacitado judicialmente, sentencia y aceptación del nombramiento de tutor.
    • Sentencia de separación o divorcio
      (No obligatorio / No original)
      En caso de separación o divorcio, la sentencia y el convenio regulador, en su caso, del solicitante y de los miembros de su familia que convivan.
    • Justificante ingresos solicitante y familiares
      (No obligatorio / No original)
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificación acreditativa de la condición de pensionista no contributivo (*)
    • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
    • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
    • Consulta de Datos Catastrales (*)
    • Descriptiva y Grafica del catastro (*)
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de importes actuales de desempleo (*)
    • Consulta de importes percibidos por periodos de desempleo (*)
    • Consulta de datos de desempleo (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A MUJER,IGUALDAD,LGTBI,FAM Y PS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Dictar instrucciones para la composición de la lista de espera de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en las especialidades propias del Cuerpo de Maestros durante el curso 2019-2020 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Este procedimiento está regulado en el Título V, artículos 97 a 103 de la Orden de 12 de febrero de 2019, por la que se regulan las bases de los procedimientos selectivos para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, excepto en los cuerpos de Catedráticos y en el Cuerpo de Inspectores de Educación; y la composición de la lista de interinidad derivada de dichos procedimientos, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    Con fecha de 24 de mayo de 2019 se ha publicado la Orden de 24 de mayo de 2019 por la que se da cumplimiento a la fase de exposición pública y de presentación de documentos para la elaboración de las listas de interinidad para el curso 2019-2020 en el Cuerpo de Maestros. Puede acceder a dicha Orden en el siguiente enlace:

    Listas de interinidad

    Con fecha de 18 de mayo de 2019 se ha publicado la Orden de Orden de 17 de julio de 2019 por la que se publica la lista provisional de aspirantes que cumplen los requisitos del artículo 99 de la orden de 12 de febrero de 2019, para la ordenación de las listas de interinidad para el curso 2019-2020 en el Cuerpo de Maestros.

    Se ha publicado también una nota informativa con instrucciones para la presentación de reclamaciones a esa lista. El plazo de presentación de reclamaciones es del 18 al 24 de julio de 2019 ambos inclusive.

    Puede acceder a dicha información desde el enlace indicado anteriormente.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Personas interesadas en formar parte de la lista de personal docente interino, correspondiente a especialidades propias del Cuerpo de Maestros de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Poseer los requisitos generales y específicos para ser admitido a los procedimientos selectivos al Cuerpo de Maestros.

    - Haber realizado instancia de participación en las oposiciones al Cuerpo de Maestros convocadas por la Orden de 15 de febrero de 2019 (ver apartado Normativa), o bien pertenecer al actual bloque I de la lista de interinos (en las especialidades en que ya se han conformado las listas por bloques).

    - Contar con una nota igual o superior a cinco en la fase de oposición de alguno de los procedimientos selectivos a dicho cuerpo convocados por la Región de Murcia desde el año 2000, o en procedimientos selectivos convocados por otras administraciones educativas siempre que hubiesen aportado en su momento el documento acreditativo de participación en los mismos para permanencia en las listas de personal docente interino de la Región de Murcia; o bien, presentarse efectivamente al primer ejercicio de la fase de oposición del procedimiento correspondiente (con carácter general, la Parte A de la Primera Prueba)

    Presentación de documentos para la elaboración de la lista de interinos del Cuerpo de Maestros

    • Certificado de Servicios Prestados
      (No obligatorio / No original)
      Para acreditar la experiencia docente.En el caso de servicios prestados en centros públicos, se refiere a las Hojas de Servicios certificadas por los jefes de las unidades de personal de la administración correspondiente. En el caso de otros centros, se refiere al certificado de servicios prestados en el Centro, suscrito por el director con la conformidad de la inspección de Educación. Según el modelo anexo VI de la orden de12 de febrero de 2019 (modelo que puede encontrar en el apartado Modelos para presentación.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      De la calificación en la fase de oposición obtenida, o bien aportada en su día para la permanencia en las listas de interinos, correspondiente a los procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Maestros convocados por la Región de Murcia desde el año 2000, siempre que hubieran aportado en su momento el documento acreditativo de participación en los mismos para permanencia en las listas de personal docente interino de la Región de Murcia.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      De la posesión de otra especialidad del cuerpo de maestros que no figure en la exposición pública de datos obrantes en poder de la administración para la elaboración de las listas de interinos derivadas de los procedimientos selectivos convocados por la orden de 15 de febrero de 2019.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      de la veracidad de los datos en caso de solicitar rectificación de los datos personales expuestos.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Medidas, procedimientos y recursos para dar continuidad al proceso educativo del alumnado, que por razón de enfermedad crónica, enfermedad prolongada, o por lesiones traumáticas, y previa prescripción facultativa, deba permanecer convaleciente en su domicilio por un periodo superior a 30 días naturales.

    1-.Modalidades.

    La atención educativa al alumnado enfermo se organiza en las siguientes modalidades:

    a) La atención educativa hospitalaria:

    Dirigida al alumnado enfermo hospitalizado. Se desarrollará a través de las aulas hospitalarias.

    b) La atención educativa domiciliaria:

    Dirigida al alumnado con larga convalecencia en domicilio como consecuencia de un proceso de enfermedad o grave traumatismo.

    c) Excepcionalmente, en la etapa de educación secundaria, cuando un alumno no pueda asistir a su centro educativo por prescripción facultativa y no sea posible prestarle la atención educativa adecuada en su domicilio o en el centro hospitalario, podrá matricularse, en su caso, en la modalidad de educación a distancia.

    Cuando desaparezcan las condiciones que impidieron su asistencia al centro docente, deberá incorporarse al mismo.

    2.- Criterios para la atención educativa domiciliaria.

    Se podrá realizar indistintamente en horario lectivo o extraordinario del profesorado en función de la disponibilidad del mismo y de la organización del centro docente, donde se encuentre escolarizado el alumno o alumna.

    En los centros docentes privados concertados, será la titularidad de dicho centro quien gestione la prestación del servicio de apoyo educativo domiciliario, no suponiendo en ningún caso modificación del concierto establecido.

    3.- Tramitación y resolución de la atención educativa domiciliaria. (Artículo 23)

    4.- Obligaciones de los padres, madres o tutores legales de los beneficiarios.

    a) Los padres o tutores legales se comprometerán a respetar el horario acordado, a facilitar un lugar y condiciones adecuadas en el domicilio para llevar a cabo la atención educativa y asegurarán la permanencia en el mismo de una persona, mayor de edad, durante el periodo que dure dicha atención.

    A tal efecto, deberán autorizar la prestación de la atención educativa domiciliaria en su domicilio, conforme al Anexo III.

    b) En los casos excepcionales en que no puedan facilitar la presencia de un familiar mayor de edad y decidan delegar en otra persona (mayor de edad) para acompañar al alumno en el domicilio durante la prestación de dicho servicio, deberán autorizarlo expresamente, conforme al modelo del Anexo V.

    5.- Duración de la atención educativa domiciliaria.

    a) El tiempo máximo de atención semanal al alumno de Educación Primaria será de 6 horas semanales, distribuidas preferentemente en tres periodos de dos horas y en el horario que se autorice.

    b) En Educación Secundaria Obligatoria será de 8 horas semanales distribuidas preferentemente en cuatro periodos de dos horas y en el horario que se autorice.

    c) El apoyo educativo domiciliario se desarrollará durante el calendario correspondiente al curso escolar.

    6.- Criterios para la atención educativa al alumnado hospitalizado.

    La atención educativa se planificará en función de las necesidades del alumnado y se ajustará de forma flexible a la duración del periodo de hospitalización, atendiendo a los siguientes criterios:

    a) El periodo de hospitalización:

    1. Larga estancia (30 días naturales o más).

    2. Media estancia (de 15 a 29 días naturales).

    3. Corta estancia (menos de 15 días naturales).

    b) Tendrá prioridad el alumnado cuyo periodo de hospitalización sea mayor y se encuentre en condiciones de recibir el apoyo educativo hospitalario.

    La atención educativa hospitalaria se podrá llevar a cabo mediante:

    a) La asistencia al aula por parte de los alumnos, siempre que se encuentren en condiciones físicas para ser desplazados hasta ella.

    b) En su propia habitación, cuando su estado de salud o la lejanía al espacio del aula aconseje que sea el profesor el que se desplace.

    7.- Coordinación y seguimiento de la atención educativa al alumnado enfermo.

    El profesorado que desarrolle el servicio de apoyo educativo domiciliario, recogerá toda la información del proceso desarrollado en la atención del alumno al que incorporará toda la documentación relativa al mismo así como el Anexo XIII que reflejará la planificación individual trabajada con dicho alumno durante el periodo de convalecencia y que una vez finalizado el periodo de convalecencia se trasladará al centro correspondiente y se enviará una copia al Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria donde será custodiado así como el informe de la atención educativa domiciliaria Anexo XIX.

    El profesorado que desarrolle el servicio de apoyo educativo domiciliario, llevará un control diario de sus actuaciones para lo cual cumplimentará el Anexo XIV los días que atienda al alumno en su domicilio y el Anexo XV los días que asista a una reunión de coordinación con el centro de referencia.

    Al finalizar el mes en curso deberá remitirse copia de estos anexos a la Dirección General responsable del servicio de apoyo educativo domiciliario, acompañando el resumen de horas realizadas, según el modelo Anexo XVI, así como la planificación individual desarrollada durante el periodo, conforme al Anexo XIII.

    8.- Evaluación de los aprendizajes.

    La evaluación de los aprendizajes del alumnado de atención educativa hospitalaria o domiciliaria corresponde al centro docente en el que esté matriculado.

    Las decisiones sobre promoción y titulación se tomarán atendiendo a lo establecido con carácter general para el resto del alumnado y para cada una de las etapas educativas, de acuerdo a la normativa vigente.

    El alumno que haya recibido atención educativa hospitalaria y/o domiciliaria será objeto de una evaluación inicial en el momento de su vuelta al centro, con el objetivo de adaptar la respuesta educativa a sus necesidades en ese momento.

    Dicha respuesta podrá incluir las medidas de atención educativa que se estimen oportunas, incluida la elaboración de adaptaciones curriculares individualizadas, en los términos que establezca en su caso la Dirección General con competencias en ordenación académica.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria, escolarizado en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y que por prescripción facultativa deba estar convaleciente en su domicilio y no pueda asistir al centro docente de manera normalizada.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Alumnado con enfermedad crónica, enfermedad prolongada, o por lesiones traumáticas, y que previa prescripción facultativa, deba permanecer convaleciente en su domicilio por un periodo superior a 30 días naturales.

    En aquellos casos en los que el alumno o alumna padezca una enfermedad crónica, el criterio será el de convalecencia intermitente de al menos 6 días continuados durante un periodo mínimo de 6 meses, según las previsiones médicas.

    Solicitud de atencion educativa al alumnado convaleciente en domicilio.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Autorización para la entrada en el domicilio familiar de la persona que, en su caso preste la atención al alumno, así como compromiso de los padres o tutores legales para que una persona mayor de edad, por ella designada, permanezca en el citado domicilio durante la prestación, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III.
    • Libro de familia
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada de la hoja del Libro de Familia donde esté inscrito el alumno, salvo que ya se encuentre en poder del centro.
    • Informe médico
      (Obligatorio / Original)
      Conforme al modelo que figura en el Anexo IV, en el que conste el diagnóstico yla duración estimada del periodo de convalecencia domiciliaria.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Los padres, madres o tutores legales del alumnado utilizarán el modelo de solicitud que consta en el Anexo II y lo dirigirán a la dirección del centro docente donde esté matriculado el alumno.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 11 Día/s natural/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Tramitar, gestionar y evaluar las sugerencias, quejas o reclamaciones y agradecimientos en relación a los servicios, centros o establecimientos sanitarios públicos o privados concertados , existentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como respecto de las actuaciones de los profesionales, sanitarios o no, que presten sus servicios en aquellos.

    Teléfono de información general de Sanidad: 968365900. (Horario de atención de 9:00 h a 14:00)

    En las sugerencias, quejas o reclamaciones y agradecimientos, presentadas en escrito o formato distinto al impreso normalizado deberán figurar los siguientes datos:

    1. Servicio, centro o establecimiento al que se dirige.
    2. Nombre, apellidos y domicilio del interesado, e identificación del medio y lugar preferente a efectos de notificaciones.
    3. Hechos, razones y petición, si procede, en que se concrete la sugerencia, queja, reclamación o agradecimiento.
    4. Lugar y fecha en que se formula el escrito.
    5. Firma del solicitante

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Pacientes y usuarios de los servicios públicos sanitarios, así como ciudadanos en general

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser usuario de los servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Reclamaciones, sugerencias y agradecimientos usuarios del servicio sanitario público

    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Documentación de prueba o relacionada con la solicitud.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Reclamaciones, sugerencias y agradecimientos usuarios del servicio sanitario público

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    • Cumplimentación asistida

      Esta opción le permite rellenar un formulario válido que deberá imprimir al final del proceso para su presentación en los lugares indicados más abajo.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Órganos directivos competentes

    Plazo de resolución:

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

    Información adicional sobre recursos

    Las sugerencias, quejas, reclamaciones o agradecimientos que se presenten directamente en el centro asistencial al que se refiere, se resolverán en un plazo máximo de 30 días desde que fue interpuesta.Si la sugerencia, queja, reclamación o agradecimiento se presentara en centro distinto del referido, el plazo de contestación será como máximo de 60 días desde que fue interpuesta.Si trascurridos los plazos de resolución no se ha notificado contestación al reclamante, éste podrá dirigirse a la Dirección General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano, con objeto de conocer la situación de su tramitación.

    Normativa

  • El contenido solicitado requiere ser un usuario registrado.
    Por favor, autentíquese para comprobar si es usted un usuario registrado.

    Autenticación de usuarios

    Acceder con certificado digital

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Velar por la protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia, a través de autorizaciones de intervenciones en los bienes muebles e inmuebles, así como autorizaciones para traslados, demoliciones y cambios de uso.

    En la Carta de servicios de la Dirección General de Bienes Culturales en materia de Patrimonio Histórico- Cultural figuran los siguientes compromisos con relación a este procedimiento:

    "9. Protección patrimonio histórico-cultural - Autorizaciones de intervenciones en bienes integrantes del patrimonio cultural y entornos de monumentos: Mejorar la comunicación con la ciudadanía acusando recibo de sus solicitudes (autorizaciones de obras en BIC o en su entorno) en un plazo máximo de 20 días desde la fecha de su registro de entrada.

    10. Protección patrimonio histórico-cultural - Autorizaciones de intervenciones en bienes integrantes del patrimonio cultural y entornos de monumentos: Mejorar la atención a la ciudadanía informando del estado de tramitación de su expediente en el plazo máximo de diez días desde que efectúe la petición telefónica o por escrito con registro de entrada".

    Destinatarios

    Ciudadanía y Administración.

    Ayuntamientos.
    Personas físicas o jurídicas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Inmuebles o muebles que sean Bienes de Interés Cultural (BIC) o estén comprendidos en su entorno.

    Inmuebles situados dentro de un conjunto histórico, sitio histórico o zona arqueológica, zona paleontológica, jardín histórico, lugar de interés etnográfico.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar usos, obras, actividades e instalaciones en zonas de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas que soliciten las obras o usos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    El uso o la obra debe ubicarse en la servidumbre de protección.

    La extensión de la servidumbre es de 20 o 100 metros contados desde el límite interior de la ribera del mar.

    Informe preceptivo por la Demarcación de Costas del Estado (artículo 49 del Reglamento de Costas); este Informe será también vinculante si la obra o instalación afecta a la servidumbre de tránsito.

    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      Dos ejemplares de Proyecto Básico visado por el colegio profesional correspondiente que contiene:- Plano referido al Dominio Público Marítimo-Terrestre.- Plano de situación y emplazamiento.- Plano topográfico.- Plano de plantas.- Plano de alzado y secciones.- Información fotográfica de la zona (edificio, parcelay manzana).- Presupuesto con valoración de las obras a realizar.En el caso detratarse de obras menores, el proyecto básico podrá sustituirse por memoria explicativa, de las obras y presupuesto detallado por partidas, acompañado por planos de emplazamiento, de planta, alzados e información fotográfica, siempre por duplicado.
    • Designación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditación de la representación, en caso de actuar en nombre de otra persona.Por duplicado.
    • Proyecto
      (No obligatorio / No original)
      Dos ejemplares de Proyecto Básico visado por el colegio profesional correspondiente que contiene:- Plano referido al Dominio Público Marítimo-Terrestre.- Plano de situación y emplazamiento.- Plano topográfico.- Plano de plantas.- Plano de alzado y secciones.- Información fotográfica de la zona (edificio, parcelay manzana).- Presupuesto con valoración de las obras a realizar.En el caso detratarse de obras menores, el proyecto básico podrá sustituirse por memoria explicativa, de las obras y presupuesto detallado por partidas, acompañado por planos de emplazamiento, de planta, alzados e información fotográfica, siempre por duplicado.
    • Designación/autorización de representación
      (No obligatorio / No original)
      Acreditación de la representación, en caso de actuar en nombre de otra persona.Por duplicado.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

    Plazo de resolución: 4 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder autorización para llevar a cabo actuaciones, en el ámbito de espacios naturales que tienen Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, conforme a las actuaciones que los mismos permiten.

    De conformidad con la Ley 4/1989 de 27 de Marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia, el PORN podrá limitar de forma justificada los usos y actividades efectuados dentro de su ámbito, en función de la conservación de los valores naturales existentes en el mismo. En consecuencia se recogen en el presente Plan, las actuaciones que se someten a autorización o informe, preceptivo y vinculante, de la Consejería competente en materia de medio ambiente. La no obtención de autorización impide la realización de cualquier actividad, proyecto o actuación, pero su obtención no exime ni prejuzga el cumplimiento de otra normativa sectorial aplicable o la necesidad de otorgamiento de otras licencias o autorizaciones.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Tener la condición de interesado en actividades o proyectos que se pretendan realizar en el ámbito de los planes de ordenación de los Recursos Naturales aprobados definitivamente y aportar la información y documentación exigida en cada plan teniendo en cuenta lo siguiente:

    1 Actividades que precisan memoria ambiental segun anexo II de cada plan.

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Documentación exigida en la Memoria del texto legal de cada Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), tal y como se establece en los artículos 9, Autorizaciones e informes y 10, Autorizaciones con Memoria Ambiental, y con el contenido mínimo establecido en el correspondiente anexo.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar la realización de obras, instalaciones o actividades en tramos urbanos de las carreteras regionales.

    Una vez concedida la autorización se liquidará la tasa Modelo T410 por la Dirección General de Carreteras.

    En su caso, se exigirá, previo al otorgamiento de la oportuna autorización, la constitución de una fianza, en metálico o mediante aval bancario, para responder de la reconstrucción de los elementos que se alteren por las obras o instalaciones autorizadas.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS (A14024257)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Sólo podrán realizarse obras o instalaciones en la zona de dominio público de la carretera previa autorización, cuando la prestación de un servicio público de interés general así lo exija.

    En ningún caso se autorizarán obras o instalaciones que puedan afectar a la seguridad de la circulación vial, perjudiquen la estructura de la carretera y sus elementos funcionales, o impidan su adecuada explotación.

    En el caso de ser viables las obras o instalaciones, presentar solicitud.

    Solicitud de autorizacion de actividad en tramos urbanos.

    • Descriptiva y Grafica del catastro (*)
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

    Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.