Registro Electrónico General de la AGE

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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DESCRIPCIÓN

El Registro Electrónico General de la AGE es el punto general para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a las Administraciones Públicas, que no se ajusten a procedimientos administrativos ya contemplados en las Sedes Electrónicas de las distintas Administraciones. El Registro Electrónico General de la AGE actúa de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Este servicio es accesible desde Internet para todos los ciudadanos con personalidad física o jurídica, así como para los representantes que actúen en su nombre. Para acceder al servicio y enviar la solicitud sólo es necesario disponer de DNI electrónico o Certificado Digital, utilizando el sistema Cl@ve.

El interesado debe rellenar un formulario genérico y puede adjuntar la documentación que considere necesaria. Al enviar su solicitud, ésta quedará firmada con su certificado digital, y llegará de manera inmediata al organismo destino que haya seleccionado. El Registro Electrónico General de la AGE le devolverá un justificante de registro que el interesado podrá descargar e imprimir, quedando constancia de su solicitud y dando validez jurídica a su registro.

ACCESO AL REGISTRO ELECTRÓNICO GENERAL DE LA AGE

El Registro Electrónico General de la AGE es accesible desde el Punto de Acceso General:

http://administracion.gob.es/

Los ciudadanos (con personalidad física o jurídica) y sus representantes podrán presentar sus solicitudes, escritos y comunicaciones accediendo a esta página desde Internet, en el apartado “Atención e Información”, y subapartado “Registro Electrónico de la Administración”.

ACCESO DIRECTO AL REGISTRO

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