## Resumen Este servicio permite a empresas o trabajadores solicitar la firma electrónica de un convenio especial debido a un Expediente de Regulación de Empleo (ERE). Se utiliza un formulario electrónico (que reemplaza al modelo TA.0040-ERE). **Plazo para solicitarlo:** * Durante la tramitación del ERE con despido colectivo, y en todo caso, hasta la fecha de la notificación individual del despido. * Si la empresa no lo solicita, el trabajador tiene 6 meses desde la notificación del despido para hacerlo. También se puede solicitar un aumento voluntario de la base de cotización (Cláusula Adicional) junto con la solicitud del convenio. ## Lo que necesitas * Estar dentro de los plazos establecidos. * Cumplir los requisitos técnicos para acceder al servicio electrónico (ver enlace abajo). ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu identificación electrónica (Cl@ve). 2. Rellena el formulario electrónico con la información requerida. 3. Adjunta la documentación necesaria (máximo 10 MB). 4. Firma la solicitud electrónicamente (recibirás un código SMS para confirmar). Una vez completado el trámite, recibirás un "acuse de recibo" en formato PDF. Si no recibes el acuse o recibes un mensaje de error, intenta realizar el trámite de nuevo o utiliza otros medios. ## Después de hacerlo La resolución de la solicitud se notificará por correo electrónico. Para consultar las solicitudes presentadas, puedes acceder al siguiente servicio: * [Erregistroak Gizarte Segurantzaren Diruzaintza Nagusiari zuzenduriko eskaeren inguruko dokumentazio berriaren ekarpena, jarraipena eta kontsulta egitea.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/aportacion) ## Ayuda * [baldintza tekniko](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) * [Izapide honi buruz](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Afiliacion+e+Inscripcion/202079?changeLanguage=eu) * [Gizarte Segurantzaren Webgunea](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [Zure Gizarte Segurantza](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)
## Resumen Este servicio te permite solicitar el alta como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar dentro del sistema de la Seguridad Social. **Quién puede usar este servicio:** * Españoles residentes en España. * Extranjeros residentes o que se encuentren legalmente en España. Siempre que cumplan los requisitos para ser trabajador autónomo en el Régimen Especial del Mar. ## Lo que necesitas * Número de Seguridad Social válido. Si no lo tienes, puedes solicitarlo aquí. * La documentación que es necesario aportar para solicitar el alta se detalla para cada caso en los documentos “**Instrucciones para cumplimentar los modelos de alta**” según el Grupo de cotización en el que se encuentre clasificado por su actividad el trabajador por cuenta propia. ## Cómo hacerlo 1. Rellena los datos solicitados en las pantallas del servicio. 2. Una vez confirmada la solicitud, se emitirá una resolución de alta en formato PDF que podrás imprimir y guardar. **Importante:** Durante el trámite de alta a través de este servicio de momento no está contemplada la posibilidad de adjuntar documentación complementaria al alta. Para aportar los documentos que se detallan en las instrucciones así como para acreditar el cumplimiento de requisitos para el acceso a determinados beneficios, una vez se haya tramitado el alta por este servicio, el solicitante deberá utilizar el servicio Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Social de la Marina) ubicado en la pestaña Ciudadanos/ Régimen Especial del Mar o bien el Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido del Instituto Social de la Marina ubicado en el Registro electrónico de esta Sede o bien podrá acudir presencialmente a la Dirección provincial o local del Instituto Social de la Marina. ## Ayuda * Información complementaria Pasarela Digital Única Europea * Acceso a la plataforma de valoración * Comprueba los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio. ### Documentación adjunta * Instrucciones para cumplimentar los modelos de alta Grupo Mar 01 (PDF, 29 Kb) * Instrucciones para cumplimentar los modelos de alta Grupo Mar 2A-2B-03 (PDF, 27 Kb) * Manual de ayuda. Alta REM cuenta propia ( ALTA REM CUENTA PROPIA.PDF, 363 Kb) ### Enlaces de interés * **App ISM en tu bolsillo** * **Revista MAR** * **ISMARINA Publicaciones** * **Web de la Seguridad Social**
## Resumen Este servicio permite solicitar la ampliación de la moratoria concedida a instituciones sanitarias a través del registro electrónico. **Quién puede usar este servicio:** Instituciones sanitarias cuya titularidad corresponda a Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, que estén acogidas a la moratoria prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995 y deseen solicitar la ampliación de la carencia y moratoria concedidas. **Antes de empezar:** Necesitarás tener a mano los datos del expediente de la moratoria. ## Lo que necesitas * **Datos del expediente de la moratoria:** * Número de expediente de la moratoria concedida. * Beneficiario de la moratoria (Razón social, NIF y CCC). ## Cómo hacerlo 1. Presenta la solicitud a través del Registro Electrónico, adjuntando la documentación necesaria. 2. Ten en cuenta que la solicitud solo puede presentarse cuando la Ley de Presupuestos Generales del Estado habilite la ampliación. 3. La documentación adjunta no puede superar los 10 MB. ## Después de hacerlo * Recibirás un justificante de recepción en formato PDF. * Si no recibes el mensaje de confirmación, deberás presentar la solicitud en otro momento o por otros medios. * Puedes consultar las solicitudes presentadas en: [Aportació de nova documentació, seguiment i consulta de sol·licituds presentades per Registre dirigides a la Tresoreria General de la Seguretat Social.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/aportacion) ## Ayuda * [Web de la Seguretat Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Bústia de Consultes de la Seguretat Social](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos_ca/sede/inicio/preguntas+frecuentes) * [Pagament de deutes amb targeta](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/empresas/recaudacion/205975) * [Sistema RED/Sistema de Liquidació Directa](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300)
## Resumo Este servizo permite solicitar a ampliación da carencia e a moratoria concedidas ás Institucións Sanitarias a través do Rexistro electrónico. ### Quen pode usar este servizo Institucións sanitarias públicas ou privadas sen ánimo de lucro que xa teñan unha moratoria concedida. ### Que permite realizar * Presentar unha solicitude de ampliación da carencia sobre a moratoria concedida. * Anexar a documentación necesaria. ### Antes de empezar Necesitará os datos do expediente da moratoria concedida: número de expediente, razón social, NIF e CCC do beneficiario. ## Como facelo 1. Acceda ao servizo a través da Sede Electrónica. 2. Identifíquese como persoa física ou entidade. 3. Cubra o formulario de solicitude coa información requirida. 4. Anexe a documentación necesaria. 5. Asine electronicamente a solicitude. 6. Recibirá unha notificación de recibo en formato PDF. ## Que necesita para realizalo * Datos do expediente da moratoria concedida (N.º de expediente, Razón social, NIF e CCC). * DNI electrónico, certificado dixital ou Cl@ve. * Documentación que acredite o cumprimento dos requisitos para a ampliación (se é o caso). ## Despois de facelo * Recibirá unha "notificación de recibo" en formato PDF. * Pode consultar as solicitudes presentadas no servizo de Achega de nova documentación, seguimento e consulta de solicitudes presentadas por Rexistro dirixidas á Tesourería Xeral da Seguridade Social: [Achega de nova documentación, seguimento e consulta de solicitudes presentadas por Rexistro dirixidas á Tesourería Xeral da Seguridade Social.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/aportacion) ## Axuda * **Web da Seguridade Social**: [http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * **Caixa de Correo de Consultas da Seguridade Social**: [https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos_gl/sede/inicio/preguntas+frecuentes](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos_gl/sede/inicio/preguntas+frecuentes) * **Pagamento de débedas con tarxeta**: [https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/empresas/recaudacion/205975](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/empresas/recaudacion/205975) * **Sistema RED/ Sistema de Liquidación Directa**: [http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300)
## Resumen Este servicio permite solicitar la ampliación de la carencia y la moratoria concedidas a las Instituciones Sanitarias a través del registro electrónico. **Quién puede usar este servicio:** Instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995. ## Lo que necesitas * Datos relativos al expediente de la moratoria: * Nº de expediente de la moratoria concedida. * Beneficiario de la moratoria (Razón social, NIF y CCC). * Tener en cuenta: * Si accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro. * La solicitud podrá presentarse a partir de la entrada en vigor de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado que habilite tal ampliación, o en su defecto, la disposición con rango legal que así lo prevea. * El tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 Mb. ## Cómo hacerlo 1. Acceda al servicio a través del enlace: [Obtener Acceso](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/Seguridad/PortalRedirectorN3A?idApp=1358&idContenido=9c549016-d259-4e88-acc8-c9358cfda81b&idPagina=com.ss.sede.EmpresasYProfesionales&N3&A) 2. Identifíquese como persona física o entidad. 3. Presente la solicitud por Registro Electrónico de ampliación de la carencia sobre la moratoria concedida. 4. Anexe la documentación requerida. ## Después de hacerlo * Recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF. * Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios. * Para consultar las solicitudes presentadas puede acceder al servicio: [Aportación de nueva documentación, seguimiento y consulta de solicitudes presentadas por Registro dirigidas a la Tesorería General de la Seguridad Social.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/aportacion) ## Ayuda * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * [Buzón de Consultas de la Seguridad Social](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/inicio/preguntas+frecuentes) * [Pago de deudas con tarjeta](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Recaudacion/200121Ampliacion?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/empresas/recaudacion/205975) * [Sistema RED/ Sistema de Liquidación Directa](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300) Para acceder a este servicio compruebe los [requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios.
## Resumen Este servicio te permite informar sobre tus ingresos como autónomo del año anterior. Esta información se usará para revisar si sigues teniendo derecho a recibir la prestación. **Quién puede usar este servicio:** Personas que reciben la prestación por hijo a cargo y que han estado dadas de alta como autónomos en algún momento del año anterior. ## Lo que necesitas * Estar recibiendo la prestación familiar por hijo a cargo. * Haber estado dado de alta como autónomo durante el año anterior. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu certificado digital o DNI electrónico. 2. Rellena el formulario con la información sobre tus ingresos del año anterior. 3. Revisa que todos los datos sean correctos. 4. Haz clic en el botón ACEPTAR para completar el trámite. Para acceder a este servicio, asegúrate de cumplir los requisitos técnicos necesarios. ## Después de hacerlo Una vez completado el trámite, obtendrás un justificante en formato PDF con un código CEA (Código Electrónico de Autenticación). Con este código, podrás verificar la autenticidad del documento en el Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. ## Ayuda * Sitio web de la Seguridad Social * Revista MAR * Tu Seguridad Social * ISMARINA Publicaciones
## Annulation de CCC et de NAF assignés à une personne autorisée RED. [Retour](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/RED) Ce service permet aux entreprises d’annuler leurs CCC attribués à des personnes agréées par le Système RED. Les employeurs individuels, en plus de leurs CCC, pourront annuler leur NAF, s'il est assigné à une personne agréée par le système RED. Les particuliers pourront annuler leur Numéro d'Affiliation à la personne agréée par le système RED à qui il est assigné. [À propos de cette démarche](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/RED/202388?changeLanguage=fr) ### Personnes concernées Entreprises, y compris employeurs individuels, disposant de Codes de Compte de Cotisation ou de Numéros d'Affiliation assignés à une personne agréée par le système RED, et particuliers dont le Numéro d'Affiliation est assigné à une personne agréée par le système RED. ### Ce que cela permet d'effectuer * Annuler leurs Codes de Compte de Cotisation et/ou Numéro d'Affiliation à la personne agréée par le système RED à qui ils sont assignés. * Le système permet d'obtenir un document justificatif de l'opération réalisée au format PDF afin de l'enregistrer ou de l'imprimer. ### À savoir Une fois l’annulation des CCC et/ou NAF effectuée, la confirmation de l'opération effectuée sera affichée à l'écran. Il sera possible de créer un justificatif au format PDF du résultat de cette opération. Pour accéder à ce service, veuillez vérifier les [conditions techniques](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) requises. [Obtenir Acceso](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/Seguridad/PortalRedirectorN1A?idApp=261&idContenido=a56cbeb4-2f00-498e-8154-a455b5865d73&idPagina=com.ss.sede.EmpresasYProfesionales&N1&A) [Documents joints](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/RED/202388?changeLanguage=fr) | nom du document AS RED. ### Informations utiles... * [**Site web de la Sécurité Sociale**](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [**Boîte de Consultations de la Sécurité Sociale**](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/RED/202388?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos_fr/sede/inicio/preguntas+frecuentes) * [**Paiement de dettes par carte**](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/RED/202388?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/empresas/recaudacion/205975) * [**Système RED / Système de Liquidation Directe**](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300)
## Resumen Este servicio permite a los usuarios autorizados en el Sistema de la Seguridad Social anular los cuentas transmitidos a Traci@ss. ## Lo que necesitas * **Requisitos técnicos:** Verificar las condiciones técnicas requeridas. * **Identificación:** Acceder al servicio identificándose como persona física. ## Cómo hacerlo 1. **Acceder al servicio:** Pulsar en Obtener Acceso . ## Ayuda * **Sitio web de la Seguridad Social** * **Reglamentación de la Seguridad Social** * **Foire aux Questions** * **Mémoires d'activités de la Sécurité Sociale**
## Resumen Este servicio te permite solicitar un aplazamiento para pagar tus deudas a la Seguridad Social de forma electrónica. **Quién puede usar este servicio:** * Personas responsables de pagar deudas a la Seguridad Social que tengan problemas temporales de liquidez. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos técnicos. * Ten a mano los documentos necesarios. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Cumplimentar los datos solicitados en el formulario. * Anexar los documentos que se detallan en el mismo. **Requisitos previos:** * Acceder al servicio como persona física o entidad. **Costes y plazos:** * El período total de aplazamiento no puede superar los 5 años. * La Administración responderá en un plazo de 3 meses. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Cumplimenta el formulario con la información solicitada. 2. Adjunta la documentación requerida. 3. Firma y envía la solicitud a través del registro electrónico. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se puede presentar en cualquier momento desde que se inicia el plazo para pagar la deuda. * Si eres un trabajador autónomo, puedes incluir tus deudas como autónomo y como empresa en la misma solicitud. * El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás un acuse de recibo en formato PDF. * La Administración revisará tu solicitud. **Plazos de resolución:** * La resolución se notificará en un plazo de 3 meses naturales desde la recepción de la solicitud. **Siguientes pasos:** * Puedes consultar el estado de tu solicitud y aportar documentación adicional a través de este enlace: [Aportación de nueva documentación, seguimiento y consulta de solicitudes presentadas por Registro dirigidas a la Tesorería General de la Seguridad Social.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/aportacion) ## Ayuda * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/) * [Información complementaria Pasarela Digital Única Europea](https://sede.seg-social.gob.es/binarios/es/7TGSSPDU) * [Acceso a la plataforma de valoración](https://foq.youreurope.europa.eu/info-service-noft?lang=es)
## Resumen Esta página proporciona información sobre los requisitos técnicos para utilizar la aplicación ISM (Instituto Social de la Marina) en dispositivos móviles. ## Lo que necesitas * Dispositivo móvil con sistema operativo compatible. ### Requisitos técnicos * Android: SDK 21 (Android 5.0) o superior. * iOS 12.1 o superior. ## Enlaces de interés * [Home](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio) * [Aplicación](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/SSMovil/listadoAplicaciones)