## Resumen Este servicio permite a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar (REM) solicitar la prestación económica por cese de actividad y el abono de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esto se aplica en situaciones de cese total o temporal de la actividad, permitiéndoles querer seguir ejerciendo una actividad económica o profesional. ### Quién puede usar este servicio Trabajadores autónomos afiliados a la Seguridad Social y en alta en el Régimen Especial del Mar que cotizan por cese de actividad. ## Lo que necesitas * Modelo de solicitud cumplimentado y anexado. * Copia de los documentos detallados en las instrucciones del modelo de solicitud. * Software para cumplimentar y guardar la solicitud. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu identificación electrónica (persona física o entidad). 2. Cumplimenta y anexa el modelo de solicitud. 3. Anexa la documentación requerida. 4. Firma la comunicación en el registro electrónico (si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un código SMS). *El tamaño total de la documentación a anexar no debe superar los 10 MB.* ## Después de hacerlo * Recibirás un acuse de recibo en formato PDF. * La Dirección Provincial del ISM te requerirá los originales de los documentos necesarios. * La resolución de la solicitud será notificada al interesado o a su representante. * Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud por teléfono o presencialmente en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina. ## Ayuda * Para actuar en nombre de un tercero, debes tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. * Si no tienes apoderamiento, puedes adjuntar el modelo normalizado de representación o cualquier otro documento válido que acredite la representación. ### Enlaces de interés * [App ISM en tu bolsillo](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Regimen+Especial+del+Mar/41CeseRETM?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/sede/sede_contenidos/sede/sedemobile/appism) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/) * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es)
## Resumen Este servicio permite a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar (REM) solicitar la prestación contributiva por desempleo de forma electrónica. Esta prestación sustituye los ingresos salariales perdidos debido a la finalización del contrato, suspensión del mismo o reducción de jornada. **Quién puede usar este servicio:** * Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar. * Representantes o apoderados de los mismos. ## Lo que necesitas * **Documento de solicitud cumplimentado:** Deberás descargar, rellenar y adjuntar el modelo de solicitud. * **Documentación adicional:** Copia de los documentos que se indican en las instrucciones del modelo de solicitud. * **Estar inscrito como demandante de empleo.** * **Software:** Necesitarás un programa para rellenar y guardar la solicitud en formato digital. ## Cómo hacerlo 1. **Accede al servicio:** A través del enlace proporcionado, identificándote como persona física o entidad. 2. **Cumplimenta la solicitud:** Descarga el modelo, rellénalo con tus datos y guárdalo. 3. **Adjunta la documentación:** Anexa el modelo de solicitud cumplimentado y los documentos requeridos. 4. **Envía la solicitud:** Realiza el envío telemático a través del registro electrónico. **Plazos importantes:** * Debes solicitar la prestación dentro de los **15 días hábiles** siguientes al cese involuntario en el empleo, al fin del período de vacaciones pendiente, o al inicio de la suspensión del contrato o reducción de jornada. **Consideraciones:** * Si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un código SMS para confirmar tu identidad. * Si actúas en nombre de un tercero, debes tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o adjuntar el modelo normalizado de representación. * El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB. ## Después de hacerlo * Recibirás un acuse de recibo en formato PDF. * La Dirección Provincial del ISM te requerirá los originales de los documentos necesarios. * Se resolverá tu solicitud y se te notificará la resolución. * Puedes consultar el estado de tu solicitud por teléfono o presencialmente en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina. ## Ayuda * **Requisitos técnicos:** Comprueba los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio. * **Documentación adjunta:** * Hoja informativa solicitud contributiva (PDF, 177 Kb) * Solicitud de Prestación por Desempleo (PDF, 599 Kb) * Modelo normalizado de representación ISM (PDF, 1744 Kb) * **Para tu interés:** * App ISM en tu bolsillo * Revista MAR * ISMARINA Publicaciones * Web de la Seguridad Social
## Resumen Este servicio te permite solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI) si eres un trabajador del Régimen Especial del Mar que está desempleado y tiene dificultades económicas para encontrar trabajo. ### A quién va dirigido Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar o sus representantes. ### Qué permite realizar * Presentar una solicitud online. * Descargar y adjuntar el formulario de solicitud. * Añadir documentos. ## Lo que necesitas * Formulario de solicitud cumplimentado. * Copia de los documentos indicados en las instrucciones del formulario. * Software para rellenar y guardar el formulario. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu usuario y contraseña (Cl@ve permanente) o certificado digital. 2. Rellena y adjunta el formulario de solicitud. 3. Añade los documentos necesarios. 4. Firma y envía la solicitud. Si usas Cl@ve permanente, recibirás un código SMS para confirmar tu identidad. La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) puede pedirte los originales de los documentos. Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un poder inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o adjuntar un modelo de representación. El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB. Para acceder a este servicio comprueba los requisitos técnicos necesarios. ### Próximos pasos Recibirás un acuse de recibo en PDF. Si no recibes el mensaje de confirmación, inténtalo de nuevo más tarde. La resolución de tu solicitud se te notificará a ti o a tu representante. Puedes informarte sobre el estado de tu solicitud por teléfono o en persona en la Dirección Provincial o Local del ISM. ## Ayuda * Acerca de este trámite * Documentación adjunta ### Para tu interés... * App ISM en tu bolsillo * Revista MAR * ISMARINA Publicaciones * Web de la Seguridad Social
## Resumen Este servicio permite a los ciudadanos solicitar y realizar trámites relacionados con las prestaciones de la Seguridad Social sin necesidad de certificado electrónico, usuario/contraseña o Cl@ve. **Quién puede usar este servicio:** * Personas que actúan en nombre propio o como representantes no profesionales. ## Lo que necesitas * **Cuenta de correo electrónico:** Debe ser válida, ya que se verificará mediante un código. * **DNI/NIE:** Debes tenerlo físicamente y adjuntar imágenes de ambas caras (máximo 4MB por imagen). * **Fotografía:** Se te pedirá una foto en tiempo real. * **Formulario de solicitud:** En algunos casos, deberás descargar, completar y adjuntar el formulario correspondiente al trámite. * **Documentación adicional:** Adjunta copias de los documentos que se indiquen en las instrucciones del trámite. * **Software PDF:** Necesitas un programa para completar y guardar documentos en formato PDF. ## Cómo hacerlo 1. **Accede al servicio:** Comprueba los requisitos técnicos necesarios. 2. **Completa la solicitud:** Sigue los pasos indicados en el formulario online. 3. **Adjunta la documentación:** Sube los documentos requeridos (DNI/NIE, formulario, etc.). 4. **Envía la solicitud:** Una vez completada, envía la solicitud. **A tener en cuenta:** * La provincia de trámite es la de tu residencia. * La sesión tiene un tiempo límite; si caduca, deberás volver a iniciarla. * El tamaño máximo por documento es de 5 MB, y el total de todos los documentos no puede superar los 23 MB. ## Después de hacerlo * Recibirás una confirmación de envío y un código de verificación. * Con el código de verificación, podrás consultar el estado de tu trámite y/o aportar más documentación si es necesario. * Se te informará de cualquier cambio por correo electrónico. ## Ayuda * **Web de la Seguridad Social** * **Revista MAR** * **Tu Seguridad Social** * **ISMARINA Publicaciones**
## Resumen Este servicio permite solicitar a través de internet la reanudación de las prestaciones por desempleo, la prórroga del subsidio, la compatibilidad con trabajo a tiempo parcial o el derecho de opción, siempre que no hayan cambiado tus familiares a cargo, tus ingresos o los de tu familia desde la última vez que lo solicitaste. ## Lo que necesitas * Cumplimentar y adjuntar el modelo de solicitud. * Adjuntar copia de los documentos que se indican en las instrucciones del modelo. * Un programa para rellenar y guardar la solicitud. ## Cómo hacerlo 1. **Accede al servicio:** Necesitas identificarte como persona física o entidad. 2. **Cumplimenta la solicitud:** Descarga el modelo, rellénalo y guárdalo. 3. **Adjunta la documentación:** Incluye el modelo de solicitud y los documentos necesarios. 4. **Envía la solicitud:** A través del Registro Electrónico. Si usas Cl@ve permanente, recibirás un SMS con un código para firmar la solicitud. La oficina del Instituto Social de la Marina (ISM) puede pedirte los originales de los documentos. Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un poder inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. Si no lo tienes, adjunta el modelo normalizado de representación o cualquier otro documento que acredite tu representación. El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB. ## Después de hacerlo * Recibirás un acuse de recibo en formato PDF. * Si no recibes el mensaje de confirmación, inténtalo de nuevo más tarde o usa otros medios. * La resolución de tu solicitud se te notificará a ti o a tu representante. * Puedes consultar el estado de tu solicitud por teléfono o en persona en las oficinas del ISM. ## Ayuda * Acerca de este trámite * Requisitos técnicos * Obtener Acceso * Documentación adjunta ### Para tu interés... * **App ISM en tu bolsillo** * **Revista MAR** * **ISMARINA Publicaciones** * **Web de la Seguridad Social**
## Resumen Este servicio te permite solicitar el subsidio de desempleo del Régimen Especial del Mar (REM) de forma electrónica. **Quién puede usar este servicio:** * Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar. * Representantes o apoderados de los trabajadores. ## Lo que necesitas * Modelo de solicitud cumplimentado y adjuntado. * Copia de los documentos que se indican en las instrucciones de la solicitud. * Software para cumplimentar y guardar la solicitud en formato digital. ## Cómo hacerlo 1. **Accede al servicio:** A través del enlace "Obtener Acceso". Necesitarás identificarte como persona física o entidad. 2. **Cumplimenta el modelo de solicitud:** Descarga el modelo, rellénalo y guárdalo en tu ordenador. 3. **Adjunta la documentación:** Anexa el modelo de solicitud cumplimentado y los documentos requeridos. 4. **Firma y envía la solicitud:** Sigue las instrucciones del registro electrónico para firmar y enviar la solicitud. **A tener en cuenta:** * Si usas Cl@ve permanente, recibirás un SMS con un código de seguridad. * Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un apoderamiento inscrito o adjuntar el modelo normalizado de representación. * El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB. ## Después de hacerlo * Recibirás un acuse de recibo en formato PDF. * La Dirección Provincial del ISM te requerirá los originales de los documentos si es necesario. * La resolución de la solicitud se notificará al interesado o a su representante. * Puedes consultar el estado de tu solicitud por teléfono o presencialmente en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina. ## Ayuda * **Requisitos técnicos:** Comprueba los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio. * **Documentación adjunta:** Consulta la sección de documentación adjunta para descargar los modelos de solicitud y otra información relevante. ### Para tu interés... * **App ISM en tu bolsillo** * **Revista MAR** * **ISMARINA Publicaciones** * **Web de la Seguridad Social**
## Resumen Este servicio permite solicitar o renovar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) de forma gratuita, con envío al domicilio registrado en la Seguridad Social. También permite consultar si ya tienes una TSE válida. ### Quién puede usar este servicio Titulares del derecho a la asistencia sanitaria y sus beneficiarios que cumplan con los requisitos de la legislación española y los reglamentos comunitarios. ### Antes de empezar * Asegúrate de tener actualizado tu domicilio en la Seguridad Social. Si no coincide, actualízalo a través del servicio de [Cambio de domicilio de trabajador/ empresa ](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/afiliacion+e+inscripcion/202090) (si eres trabajador) o [Modificación de datos bancarios y domicilio](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/variacion+de+datos/201924) (si eres pensionista). ## Lo que necesitas * Tener actualizado tu domicilio en la base de datos de la Seguridad Social. ## Cómo hacerlo 1. Completa el formulario con la información solicitada. 2. Accede al servicio a través del enlace proporcionado. ## Información Adicional * La TSE es válida en: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Reino Unido y Suiza. * Si viajas para recibir tratamiento médico, necesitas un formulario emitido por el INSS o el ISM, no la TSE. Más información en “[Tratamiento médico programado](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10938/11566/ed412d64-5722-4b93-a172-27c9482cfd51)”. * En algunos países, es posible que debas pagar una parte de los gastos sanitarios, al igual que los asegurados de ese país. Estos importes no son reembolsables. * Más información: [https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es](https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es) * La validez de la TSE está condicionada a que sigas cumpliendo los requisitos para obtenerla. De lo contrario, podrían reclamarte los gastos. * [Nota informativa para imprimir](http://www.seg-social.es/descarga/es/Notainformativaparaimprimir) ## Después de hacerlo * Recibirás la TSE en tu domicilio en un plazo máximo de 5 días. ## Ayuda * Teléfono de información: 901 10 65 70 / 91 541 25 30 (para cita previa si necesitas aportar documentación de estudios). * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)
## Resumen Este servicio te permite pedir o renovar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) de forma gratuita. También puedes conseguir el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) para ti y tus beneficiarios. ## A quién va dirigido Este trámite está dirigido a personas que tienen derecho a la asistencia sanitaria y a sus familiares a cargo, siempre que cumplan con lo que exige la ley española y las normas de la Unión Europea sobre seguridad social. ## Lo que necesitas * Para el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), necesitas identificarte de forma segura. El sistema te mostrará las opciones disponibles. * Si actúas como representante, la persona a la que representas debe confirmar la representación a través de un enlace que recibirá por SMS. * Si eres apoderado, debes estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. * Si no puedes obtener la TSE, puedes solicitar el CPS indicando el tiempo que lo necesitas (máximo 90 días). Necesitarás un programa para abrir e imprimir el certificado (PDF). * Si vas a otro país a estudiar con un programa oficial de la Unión Europea, puedes pedir la TSE presentando documentos que lo demuestren. Llama al 901 10 65 70 / 91 541 25 30 para pedir cita e informarte. ## A tener en cuenta * **Tarjeta Sanitaria Europea (TSE):** * La TSE es válida en estos países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Reino Unido y Suiza. * La TSE no sirve si viajas para recibir un tratamiento médico. En ese caso, el INSS o el ISM deben darte un formulario especial con el visto bueno del Servicio de Salud. * Más información: [Tratamiento médico programado](http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10938/11566/ed412d64-5722-4b93-a172-27c9482cfd51) * A veces, tendrás que pagar una parte de los gastos sanitarios, igual que los asegurados del país al que viajas. Este dinero no se te devolverá. * Más información: [https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es](https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es) * La TSE es válida desde que la recibes hasta la fecha que indica. Para que siga siendo válida, debes seguir cumpliendo los requisitos para tenerla. Si no, podrían reclamarte los gastos. * [Nota informativa para imprimir](http://www.seg-social.es/descarga/es/Notainformativaparaimprimir) * **Certificado Provisional Sustitutorio (CPS):** * El CPS es válido en estos países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Reino Unido y Suiza. * El CPS es un documento personal que te permite recibir atención sanitaria si es necesaria durante una estancia temporal en uno de los países mencionados, ya sea por turismo, trabajo o estudios. * El CPS no sirve si viajas para recibir un tratamiento médico o si te mudas a otro país. * El CPS ofrece la misma cobertura que la TSE. A veces, tendrás que pagar una parte de los gastos sanitarios, igual que los asegurados del país al que viajas. Este dinero no se te devolverá. * Más información: [https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.](https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.) * El CPS es válido durante el tiempo que indica (máximo 90 días). Para que siga siendo válido, debes seguir cumpliendo los requisitos para tenerlo. Si no, podrían reclamarte los gastos. * [Nota informativa para imprimir](http://www.seg-social.es/descarga/es/NotainformativaparaimprimirCPS) ## Después de hacerlo * La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) llegará a tu casa en un plazo máximo de 5 días. * El Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) es un archivo PDF que puedes imprimir. Tiene un código CEA (Código Electrónico de Autenticidad) que puedes usar para verificar que es auténtico en el [Servicio de Verificación de Integridad Documental](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/Serviciosverficacion/202746). ## Requisitos técnicos Para usar este servicio, asegúrate de cumplir los [requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios. ## Enlaces de interés * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)
## Resumen Este servicio permite solicitar una moratoria de hasta doce meses sin intereses en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y otros conceptos relacionados con la recaudación. Esta medida está disponible para ciertos trabajadores y empleadores afectados por la DANA, según lo establecido en el RD-Ley 6/2024. **Quién puede usar este servicio:** * Empleadores de hogar * Trabajadores autónomos (RETA) * Trabajadores del mar (RETAMAR) * Trabajadores agrarios por cuenta propia (SETA) ## Lo que necesitas **Plazos:** Las solicitudes deben presentarse dentro de los siguientes plazos: * Diciembre 2024: del 1 al 10 * Enero 2025: del 1 al 10 * Febrero 2025: del 1 al 10 * Marzo 2025: del 1 al 10 ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Asegúrate de cumplir con los requisitos técnicos necesarios. 2. Accede al servicio a través del enlace: Obtener Acceso (disponible solo para personas físicas). ## Información Adicional * Web de la Seguridad Social * Revista MAR * Tu Seguridad Social * ISMARINA Publicaciones
## Resumen Este servicio te permite solicitar que se te asignen coeficientes reductores para adelantar tu jubilación si has trabajado en la minería, ya sea de carbón o de otros minerales. Esto aplica si tu trabajo era especialmente duro, peligroso o insalubre en empresas mineras, según las normas vigentes. ## Lo que necesitas * Haber trabajado en la minería en puestos considerados penosos, peligrosos o insalubres. ## Cómo hacerlo 1. **Rellenar la solicitud:** Puedes descargar el formulario de solicitud desde [Solicitud de asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación por trabajos realizados en empresas mineras con actividad (PDF, 323 Kb)](https://sede.seg-social.gob.es/binarios/es/DGOSS110919_CON). 2. **Presentar la solicitud:** * **Online:** A través del [Registro Electrónico Común](https://rec.redsara.es/) dirigido a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS). * **En persona:** Imprime una copia de la solicitud y entrégala en cualquier oficina de registro del sector público, dirigida a la DGOSS. ## Ayuda * **Web de la Seguridad Social:** [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * **Revista MAR:** [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * **Tu Seguridad Social:** [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * **ISMARINA Publicaciones:** [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)