Ministerio de Empleo y Seguridad Social

  • ## Resumo Este servizo permite ás empresas rescindir os Códigos de Conta de Cotización (CCC) e o Número de Afiliación (NAF) asignados a un autorizado RED. Os cidadáns poden rescindir o seu Número de Afiliación ao autorizado RED ao que estea asignado. ## A quen vai dirixido * Empresas (incluíndo autónomos) con CCC ou NAF asignados a un autorizado RED. * Cidadáns co seu Número de Afiliación asignado a un autorizado RED. ## Que permite realizar * Rescindir os CCC e/ou NAF asignados a un autorizado RED. * Obter un xustificante en PDF da operación. ## Como facelo 1. Acceda ao servizo a través da Sede Electrónica da Seguridade Social. 2. Identifíquese como persoa física ou entidade. 3. Siga os pasos indicados para rescindir os CCC e/ou NAF desexados. 4. Unha vez realizada a desasignación, poderá xerar un xustificante en PDF. ## Requisitos técnicos Comprobe os [requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios para acceder ao servizo. ## Ligazóns de interese * [Web da Seguridade Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [A túa Seguridade Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)

  • ## Resumen Este servicio permite a empresas y autónomos revocar el permiso que han dado a un autorizado RED para gestionar sus Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) o su Número de Afiliación (NAF). **Quién puede usar este servicio:** * Empresas que quieran quitarle a un autorizado RED la gestión de sus CCC. * Autónomos que quieran quitarle a un autorizado RED la gestión de su NAF. ## Lo que necesitas * **Para empresas:** Certificado electrónico. * **Para autónomos:** Certificado electrónico, Cl@ve/Usuario+contraseña, o Vía SMS (si tienen su teléfono registrado en la Seguridad Social). ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu certificado electrónico, Cl@ve o vía SMS. 2. Elige los CCCs o NAFs que quieres desasignar del autorizado RED. 3. Confirma la operación. 4. Descarga el justificante en PDF. ## Después de hacerlo Una vez completada la desasignación, verás una confirmación en pantalla y podrás descargar un justificante en PDF. ## Ayuda * Para más información, consulta el Manual del servicio de rescisión de CCCs y NAF asignados a un autorizado RED (PDF, 2671 Kb). * Revisa los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio. ### Enlaces de interés * Web de la Seguridad Social * Revista MAR * Tu Seguridad Social * ISMARINA Publicaciones

  • ## Rescissió de CCCs i NAFs assignats a un autoritzat RED Este servicio permite a empresas y ciudadanos rescindir la asignación de sus CCCs (Códigos de Cuenta de Cotización), NAF (Número de Afiliación) a un autorizado RED. [Sobre este tràmit](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Otros+Procedimientos/202388?changeLanguage=va) ### A quién va dirigido * Empresas (incluidos autónomos) con CCCs o NAFs asignados a un autorizado RED. * Ciudadanos con su Número de Afiliación asignado a un autorizado RED. ### Qué permite hacer * Rescindir la asignación de CCCs y/o NAF al autorizado RED. * Obtener un justificante en PDF de la operación. ### A tener en cuenta * Tras la desasignación, se mostrará una confirmación y se podrá generar un justificante en PDF. [Requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios para acceder al servicio. El acceso al servicio requiere identificación como persona física o entidad. [Obtener Acceso](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/Seguridad/PortalRedirectorN1A?idApp=261&idContenido=322322d1-a2a0-40c8-80e9-493ad315d43b&idPagina=com.ss.sede.Ciudadanos&N1&A) [Documentación adjunta](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Otros+Procedimientos/202388?changeLanguage=va) * [Manual del servicio de rescisión de CCCs y NAF asignados a un autorizado RED (PDF, 2671 Kb)](https://sede.seg-social.gob.es/binarios/va/206649) (Publicado el 13/10/2020) ### Enlaces de interés * [Web de la Seguridad Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [La teua Seguretat Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)

  • ## Resumen Este servicio te permite obtener un duplicado de la resolución de alta o baja en el Régimen Especial del Mar para trabajadores por cuenta propia. Puedes consultarlo online, descargarlo en PDF e imprimirlo. ## A quién va dirigido A trabajadores autónomos del mar que estén o hayan estado dados de alta o baja en el Régimen Especial del Mar. ## Qué permite hacer * Ver y consultar al instante el duplicado de tus resoluciones de alta/baja. * Descargar e imprimir el documento en formato PDF. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio con tu identificación electrónica. 2. La pantalla mostrará tus datos personales, que no podrás modificar. 3. Selecciona el tipo de resolución que necesitas (alta o baja). 4. Si seleccionas "ALTA", verás las altas previas, actuales y anteriores. 5. Si seleccionas "BAJA", verás las bajas previas y las bajas actuales. 6. Si no seleccionas nada, se mostrarán todos los tipos de resoluciones. 7. Puedes introducir una fecha específica para filtrar las resoluciones. 8. Las resoluciones se mostrarán en orden cronológico inverso, de la más reciente a la más antigua. 9. Selecciona el duplicado que necesitas y haz clic en "Continua". 10. Verás un mensaje confirmando la obtención del duplicado. ## Información adicional * El documento incluye un Código Electrónico de Autenticidad (CEA) para verificar su validez en el [Servei de Verificació d'Integritat Documental](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/Serviciosverficacion/202746). * Comprueba los [requisitos tècnics](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios para acceder al servicio. * El acceso solo está habilitado para personas físicas. ## Enlaces de interés * [Web de la Seguretat Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [La teua Seguretat Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)

  • ## Resumo Este servizo permítelle obter un duplicado da resolución da súa alta ou baixa no Réxime Especial do Mar como traballador autónomo. Pode visualizalo, descargalo en PDF e imprimilo. **Quen pode usalo?** * Traballadores autónomos (por conta propia) dados de alta ou baixa no Réxime Especial do Mar. ## Como facelo 1. Acceda ao servizo a través da Sede Electrónica da Seguridade Social. 2. Identifíquese como persoa física. 3. Na pantalla, verifique os seus datos identificativos (non se poden modificar). 4. Seleccione o tipo de resolución que desexa (alta ou baixa). 5. Opcionalmente, introduza a data de alta ou baixa para filtrar os resultados. 6. Seleccione o duplicado que precisa da lista mostrada. 7. Prema "Continuar" para obter o duplicado. 8. Descargue ou imprima o documento. **Información adicional:** * As altas e baixas previas móstranse primeiro, seguidas das restantes, en orde cronolóxica inversa (das máis recentes ás máis antigas). * O documento inclúe un Código Electrónico de Autenticidade (CEA) para verificar a súa validez no [Servizo de Verificación de Integridade Documental](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/Serviciosverficacion/202746). ## Ligazóns de interese * [Web da Seguridade Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [A túa Seguridade Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)

  • ## Resumen Este servicio te permite obtener un duplicado de la resolución de alta o baja en el Régimen Especial del Mar (REM) si eres trabajador por cuenta propia. Podrás consultarlo online, descargarlo en PDF e imprimirlo. **Quién puede usar este servicio:** Trabajadores autónomos dados de alta o baja en el Régimen Especial del Mar. ## Lo que necesitas * Tus datos identificativos (NUSS). * Conexión a internet y un dispositivo compatible con los [requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) de la Seguridad Social. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio a través del enlace "Obtener Acceso". Recuerda que debes identificarte como persona física. 2. En la pantalla inicial, verás tus datos identificativos. Estos datos no se pueden modificar. 3. Selecciona el tipo de resolución que deseas: ALTA o BAJA. Si no seleccionas ninguna, se mostrarán todos los tipos disponibles. 4. Opcionalmente, puedes introducir la fecha de alta o baja para filtrar los resultados. 5. Se mostrarán las resoluciones, primero las previas y luego las restantes, en orden cronológico inverso (de la más reciente a la más antigua). 6. Selecciona el duplicado que necesitas y pulsa "Continuar". 7. Aparecerá un mensaje informativo y podrás acceder al duplicado de la resolución. 8. Descarga el documento en formato PDF o imprímelo. **Importante:** El documento incluye un Código Electrónico de Autenticidad (CEA). Puedes verificar la autenticidad del certificado en el [Servicio de Verificación de Integridad Documental](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/Serviciosverficacion/202746). ## Ayuda * [Web de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/) * [Manual de ayuda. Resolución (duplicado) de alta/baja en el Régimen Especial del Mar por cuenta propia (PDF, 1017 Kb)](https://sede.seg-social.gob.es/binarios/es/REM_ManualRes)

  • ## Resumen Este servicio te permite obtener duplicados de las resoluciones de alta o baja en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia. **Quién puede usar este servicio:** Trabajadores que estén o hayan estado registrados en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia. **Qué puedes hacer:** * Ver y consultar inmediatamente un duplicado de los documentos de resolución de alta o baja. * Descargar en formato PDF e imprimir. ## Lo que necesitas * Tener los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio identificándote como persona física. 2. En la pantalla inicial, verás tus datos identificativos, que no podrás modificar. 3. Selecciona el tipo de resolución que deseas (alta o baja). * Si seleccionas "alta", se mostrarán tus altas anteriores, la actual y las pasadas. * Si seleccionas "baja", se mostrarán tus bajas anteriores y las bajas. * Si no seleccionas ningún tipo, se mostrarán todos los tipos de resoluciones disponibles para tu NUSS. 4. Si introduces una fecha de alta o baja, se mostrarán todos los tipos de resoluciones para esa fecha que se puedan generar para tu NUSS. 5. Las altas y bajas anteriores se mostrarán primero, seguidas del resto, en orden cronológico inverso (de la más reciente a la más antigua). 6. Selecciona el duplicado que deseas y haz clic en "Continuar". 7. Verás un mensaje informativo sobre cómo obtener el duplicado de la resolución. 8. El Código Electrónico de Autenticidad (CEA) que aparece al pie del certificado te permite verificar su autenticidad a través del Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. ## Ayuda * Sitio web de la Seguridad Social * Revista MAR * Tu Seguridad Social * ISMARINA Publicaciones

  • ## Resumen Este servicio te permite obtener duplicados de tus resoluciones de alta o baja en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar (REM) por cuenta propia. **Quién puede usar este servicio:** * Trabajadores que estén o hayan estado registrados en el REM por cuenta propia. **Qué puedes hacer:** * Ver y consultar al instante un duplicado de la resolución de alta o baja. * Descargar el documento en PDF e imprimirlo. ## Lo que necesitas * Tener los requisitos técnicos necesarios para acceder a la Sede Electrónica. ## Cómo hacerlo 1. Accede al servicio identificándote como persona física. 2. En la pantalla inicial, verás tus datos personales, que no podrás modificar. 3. Selecciona el tipo de resolución que quieres consultar: ALTA o BAJA. * Si eliges ALTA, se mostrarán tus altas anteriores, la actual (si la hay) y las que ya no estén vigentes. * Si eliges BAJA, se mostrarán tus bajas anteriores y las actuales (si las hay). * Si no seleccionas ningún tipo, se mostrarán todos los tipos de resoluciones disponibles para tu NUSS. 4. Si introduces una fecha de ALTA/BAJA, se mostrarán todas las resoluciones de ese tipo para esa fecha. 5. Las resoluciones anteriores se mostrarán primero, seguidas de las demás, en orden cronológico inverso (de la más reciente a la más antigua). 6. Selecciona el duplicado que necesitas y haz clic en "Continuar". 7. Verás un mensaje informativo sobre cómo obtener el duplicado de la resolución. 8. Puedes verificar la autenticidad del certificado mediante el Código Electrónico de Autenticidad (CEA) que aparece al pie, utilizando el Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. ## Ayuda * Web de la Seguridad Social * App ISM in your pocket * Revista MAR * ISMARINA Publicaciones * Información adicional sobre la Pasarela Digital Única Europea * Accede a la plataforma de evaluación

  • ### Resposta al manament d’embargament dirigit a persona o entitat pagadora Este servicio permite responder a una notificación de embargo dirigida a pagadores. También permite corregir una respuesta ya enviada sobre un embargo. Además, se pueden consultar las respuestas dadas, descargar la notificación original y los justificantes de las respuestas. [Sobre este tràmit](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Recaudacion/84TGSS01623?changeLanguage=va) #### A qui va dirigit * Personas o empresas que deben pagar a alguien que debe dinero a la Seguridad Social y han recibido una notificación de embargo. * Autorizados RED del código de cuenta de cotización principal o, si no existe, del número de la Seguridad Social de las personas o empresas mencionadas. * Personas o empresas que reciben notificaciones en el Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT) en nombre de quienes deben realizar un pago a un deudor de la Seguridad Social y han recibido una notificación de embargo. #### Què permet fer * Responder a la notificación de embargo sobre lo que se ha hecho o se va a hacer en cumplimiento de la orden de embargo. * Corregir, solo una vez, la respuesta ya enviada sobre lo que se ha hecho en cumplimiento de la orden. * Descargar una copia de la notificación de embargo dirigida a los pagadores, junto con el documento de pago. * Obtener un justificante de la respuesta dada o de la corrección realizada, una vez que se ha informado sobre lo que se ha hecho en cumplimiento de la orden. * Ver la respuesta enviada junto con los datos proporcionados. Para usar este servicio, revisa los [requisits tècnics](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) necesarios. El acceso a este servicio solo estará disponible si te identificas como persona física o entidad. [Obtener Acceso](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/Seguridad/PortalRedirectorN2A?idApp=2245&idContenido=aa92a663-ab47-4437-ab2f-10a9fd31d981&idPagina=com.ss.sede.Ciudadanos&N2&A) ### Per al teu interés... * [Web de la Seguretat Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [La teua Seguretat Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/)

  • ## Resumo Este servizo permite responder a unha notificación de embargo dirixida a persoas ou entidades que realizan pagos a un debedor da Seguridade Social. Tamén permite rectificar respostas previas e consultar información relacionada. **Quen pode usar este servizo:** * Persoas físicas ou xurídicas que realizan pagos a un debedor da Seguridade Social e recibiron unha notificación de embargo. * Autorizados RED do código de conta de cotización principal. * Persoas receptoras de notificacións no Rexistro Electrónico de Apoderamento Telemático (REAT). ## Como facelo * **Paso 1:** Acceda ao servizo a través da Sede Electrónica da Seguridade Social. * **Paso 2:** Identifíquese como persoa física ou entidade. * **Paso 3:** Responda á notificación e ao mandamento de embargo. * **Paso 4:** Se é necesario, rectifique a resposta previamente facilitada. * **Paso 5:** Descargue a copia da notificación, o mandamento de embargo e o xustificante da resposta. ## Ligazóns de interese * [Web da Seguridade Social](http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm) * [Revista MAR](https://revistamar.seg-social.es/) * [A túa Seguridade Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es) * [ISMARINA Publicaciones](http://ismarina.doopaper.net/) * [Requisitos técnicos](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos) * [Obtener Acceso](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/Seguridad/PortalRedirectorN2A?idApp=2245&idContenido=02835e4a-d74c-47fb-99bd-fa98bae98c21&idPagina=com.ss.sede.Ciudadanos&N2&A)

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