Sol·licitud Prestació Contributiva d’Atur (REM)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los trabajadores del Régimen Especial del Mar solicitar la prestación contributiva por desempleo cuando han perdido su trabajo, su contrato ha sido suspendido o su jornada laboral se ha reducido.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar o sus apoderados/representantes.
Requisitos principales
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Presentar la solicitud dentro de los quince días hábiles siguientes al cese involuntario en el trabajo, al fin del período de vacaciones pendiente, o al inicio de la suspensión o reducción de jornada.
- Cumplimentar y adjuntar el modelo de solicitud.
- Adjuntar copia de los documentos requeridos.
Plazos
Quince días hábiles siguientes al cese involuntario en el trabajo, al fin del período de vacaciones pendiente, o al inicio de la suspensión o reducción de jornada.
Duración del trámite
No especificado.
Información adicional
Para actuar en nombre de un tercero, se debe tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o acreditar la representación mediante el modelo normalizado o cualquier otro documento válido en derecho.
Resumen
Este servicio permite a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar solicitar la prestación contributiva por desempleo de forma electrónica. Esta prestación sustituye los ingresos salariales perdidos debido a la pérdida del empleo, la suspensión del contrato o la reducción de la jornada laboral.
Lo que necesitas
- Modelo de solicitud cumplimentado y adjuntado.
- Copia de los documentos detallados en las instrucciones.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
Cómo hacerlo
- Inscripción como demandante de empleo: Debes estar inscrito como demandante de empleo.
- Plazo de solicitud: Presenta la solicitud dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes al cese involuntario en el trabajo, al fin del período de vacaciones pendiente, o al inicio de la suspensión o reducción de jornada.
- Acceso al servicio: Accede al servicio a través de Obtener Acceso, identificándote como persona física o entidad.
- Adjuntar documentación: Rellena y adjunta el modelo de solicitud, junto con la documentación requerida.
- Firma electrónica: Si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un código SMS para firmar la solicitud.
Después de hacerlo
- Justificante de recepción: Recibirás un justificante de recepción en formato PDF.
- Resolución: La Dirección Provincial del ISM resolverá la solicitud y te notificará la resolución a ti o a tu representante.
- Seguimiento: Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud por teléfono o presencialmente en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Ayuda
- Sobre este trámite
- Requisitos técnicos
- Web de la Seguridad Social
- App ISM a la teva butxaca
- Revista MAR
- ISMARINA Publicaciones
Documentación adjunta
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
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SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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