Sol·licitud Cessament d’Activitat Treballadors Autònoms (REM)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los trabajadores autónomos del mar solicitar la prestación por cese de actividad y el pago de cotizaciones por contingencias comunes en situaciones de cese total o temporal de su actividad.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar (REM) o sus apoderados/representantes.
Requisitos principales
- Estar afiliado a la Seguridad Social y en alta en el Régimen Especial del Mar.
- Cotizar por cese de actividad.
- Encontrarse en situación de cese total o temporal de la actividad.
- Cumplir con los requisitos técnicos necesarios para el acceso electrónico.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la tramitación y la Dirección Provincial del ISM.
Información adicional
Para actuar en nombre de un tercero, es necesario un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o acreditar la representación mediante el modelo normalizado.
Resumen
Este servicio permite a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar (REM) solicitar la prestación económica por cese de actividad, así como el abono de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esto se aplica en situaciones de cese total o temporal de la actividad que originó su alta en el régimen especial, incluso si desean seguir ejerciendo otra actividad económica.
Quién puede usar este servicio
Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar o sus representantes.
Qué permite hacer
- Presentar una solicitud por registro electrónico.
- Adjuntar el modelo de solicitud cumplimentado.
- Añadir documentación adicional.
Lo que necesitas
- Modelo de solicitud cumplimentado.
- Copia de los documentos detallados en las instrucciones.
- Software para rellenar y guardar la solicitud.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio con tu usuario y contraseña (Cl@ve permanente). Recibirás un código SMS para mayor seguridad.
- Rellena y adjunta el modelo de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Envía la solicitud a través del registro electrónico.
La Dirección Provincial del ISM puede requerir los originales de los documentos.
El tamaño total de la documentación adjunta no debe superar los 10 MB.
Después de hacerlo
Recibirás un justificante de recepción en formato PDF.
Si no recibes confirmación, inténtalo de nuevo o usa otros medios.
La resolución de la solicitud se notificará al interesado o a su representante.
Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud por teléfono o presencialmente en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Ayuda
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
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SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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