Respuesta al mandamiento de embargo dirigido a persona o entidad pagadora

Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las entidades pagadoras responder a los mandamientos de embargo de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y rectificar respuestas ya enviadas.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que hayan recibido una notificación y mandamiento de embargo de la TGSS, autorizados RED y personas registradas en el REAT.

Requisitos principales

  • Haber recibido una notificación y mandamiento de embargo de la TGSS.
  • Disponer de los requisitos técnicos necesarios para acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social.
  • En caso de actuar como autorizado RED, estar autorizado para el código de cuenta de cotización principal o el número de Seguridad Social del deudor.

Duración del trámite

Variable, depende de la gestión del usuario.

Resumen

Este servicio permite a las empresas o personas que deben pagar a alguien que tiene una deuda con la Seguridad Social responder a un mandamiento de embargo. También permite corregir una respuesta ya enviada y consultar las respuestas anteriores.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas o personas que deben realizar un pago a un deudor de la Seguridad Social y han recibido una notificación de embargo.
  • Representantes autorizados RED.
  • Personas registradas en el Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT).

Cómo hacerlo

  1. Accede al servicio a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
  2. Identifícate como persona física o entidad.
  3. Sigue las instrucciones para responder al mandamiento de embargo.
  4. Si es necesario, rectifica una respuesta anterior.
  5. Consulta las respuestas enviadas y descarga justificantes.

Ayuda

Para acceder a este servicio, comprueba los requisitos técnicos necesarios.


Preguntas frecuentes


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