Respuesta al mandamiento de embargo dirigido a persona o entidad pagadora
Información Rápida
Objetivo
Permite a las entidades pagadoras responder a los mandamientos de embargo de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y rectificar respuestas ya enviadas.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que hayan recibido una notificación y mandamiento de embargo de la TGSS, autorizados RED y personas registradas en el REAT.
Requisitos principales
- Haber recibido una notificación y mandamiento de embargo de la TGSS.
- Disponer de los requisitos técnicos necesarios para acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social.
- En caso de actuar como autorizado RED, estar autorizado para el código de cuenta de cotización principal o el número de Seguridad Social del deudor.
Duración del trámite
Variable, depende de la gestión del usuario.
Resumen
Este servicio permite a las empresas o personas que deben pagar a alguien que tiene una deuda con la Seguridad Social responder a un mandamiento de embargo. También permite corregir una respuesta ya enviada y consultar las respuestas anteriores.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas o personas que deben realizar un pago a un deudor de la Seguridad Social y han recibido una notificación de embargo.
- Representantes autorizados RED.
- Personas registradas en el Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT).
Cómo hacerlo
- Accede al servicio a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Identifícate como persona física o entidad.
- Sigue las instrucciones para responder al mandamiento de embargo.
- Si es necesario, rectifica una respuesta anterior.
- Consulta las respuestas enviadas y descarga justificantes.
Ayuda
- Web de la Seguridad Social
- Buzón de Consultas de la Seguridad Social
- Pago de deudas con tarjeta
- Sistema RED/ Sistema de Liquidación Directa
Para acceder a este servicio, comprueba los requisitos técnicos necesarios.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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