Reimbursement of medical assistance costs abroad (social action REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar el reembolso de los gastos de asistencia médica de los trabajadores de empresas del Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar cuando el buque se encuentra en un puerto extranjero.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas del Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar o personas que actúen en su nombre.
Requisitos principales
- Estar registrado en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar.
- Haber incurrido en gastos de asistencia médica para sus trabajadores a bordo en un puerto extranjero.
- Tener las contingencias cubiertas por el Instituto Social de la Marina (en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional).
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la tramitación y la documentación aportada.
Resumen
Este servicio permite a las empresas registradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar solicitar, a través del Registro Electrónico, el reembolso de los gastos de asistencia médica de sus trabajadores a bordo, cuando el buque se encuentra en un puerto extranjero.
Quién puede usar este servicio
Empresas registradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar, como consecuencia de la asistencia médica a sus trabajadores, debido a una enfermedad común o a un accidente de trabajo o enfermedad profesional, si la empresa tiene tales contingencias cubiertas por el Instituto Social de la Marina cuando el buque se encuentra en un puerto extranjero.
Personas o entidades que actúen en nombre de lo anterior.
Qué puedes hacer
- Presentar una solicitud en el Registro Electrónico.
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud cumplimentado.
- Adjuntar documentación.
Qué necesitas para hacerlo
- Rellenar y adjuntar el formulario de solicitud.
- Adjuntar copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
- Tener un software que te permita rellenar y guardar el formulario de solicitud para adjuntarlo.
A tener en cuenta
- Si actúas como persona jurídica, ya sea como empresa o como trabajador autónomo, debes utilizar el Certificado Digital de Persona Jurídica correspondiente.
- Para actuar en nombre de un tercero, debes tener un poder registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos que te permita realizar este trámite. Si no tienes un poder válido en el registro mencionado, debes acreditar la representación adjuntando un documento válido en derecho que acredite fehacientemente la misma.
- Si accedes con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se te enviará un código SMS al número de móvil que facilitaste en el momento del registro. Debes introducir este código para firmar la comunicación en el Registro Electrónico.
- La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina te pedirá posteriormente que presentes los documentos originales.
- El tamaño total de los documentos a adjuntar no debe superar los 10 Mb.
Próximos pasos
- Una vez finalizado el proceso, recibirás un "justificante de recepción" en formato PDF.
- Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error o de fallo de envío, debes volver a presentar la solicitud en otro momento o utilizar otros canales.
- Resolución de la solicitud con informe del Centro de Salud Marítima (en caso de repatriación). Notificación de la misma al interesado y, en su caso, a su representante.
- SMS informándote de la resolución.
- Pago del reembolso de los gastos en la cuenta incluida en la solicitud.
- Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Para acceder a este servicio, comprueba que tienes los requisitos técnicos necesarios.
Información adicional
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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