Registration of workers under the Special Scheme for Self-employed Seafarers
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar el alta como trabajador autónomo en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la gente de mar.
¿Quién puede solicitarlo?
Españoles residentes en España y extranjeros que residan o estén legalmente en España, siempre que cumplan los requisitos para registrarse como autónomos en el Régimen Especial del Mar.
Requisitos principales
- Cumplir los requisitos para registrarse como autónomo en el Régimen Especial del Mar.
- Tener un número de la Seguridad Social válido.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El proceso de registro a través de este servicio no permite adjuntar documentación complementaria. Para proporcionar documentación adicional o acreditar el cumplimiento de requisitos, utilizar el servicio 'Filing of other documents, applications, and communications (Social Marine Institute)' o 'Respond to requests or submit documentation concerning documentation received from Social Security'.
Resumen
Este servicio te permite solicitar el alta como trabajador autónomo en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la gente de mar.
Quién puede usar este servicio
Españoles residentes en España y extranjeros que residan o estén legalmente en España, siempre que cumplan los requisitos para registrarse como autónomos en el Régimen Especial del Mar.
Qué puedes hacer
Solicitar el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la gente de mar. Si la solicitud se confirma, se emitirá una resolución de alta en formato PDF, que se puede imprimir y guardar.
Antes de empezar
Es fundamental que el trabajador tenga asignado un número de la Seguridad Social válido.
Lo que necesitas
El solicitante debe completar los datos en las pantallas.
Importante: El proceso de registro a través de este servicio no permite adjuntar documentación complementaria.
Documentos requeridos
La documentación necesaria para solicitar el alta se detalla en las “Instrucciones para cumplimentar los modelos de alta” según el grupo de cotización en el que se clasifique al trabajador autónomo por actividad. Estas instrucciones y el Manual de Ayuda se encuentran en la sección de Documentación adjunta.
Para proporcionar los documentos detallados en las instrucciones, así como para acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a determinadas prestaciones, una vez tramitada el alta por este servicio, el solicitante deberá utilizar el servicio Filing of other documents, applications, and communications (Social Marine Institute) ubicado en Ciudadanos / Régimen Especial del Mar o el Respond to requests or submit documentation concerning documentation received from Social Security ubicado en el Electronic Register de esta e-Oficina, o puede acudir en persona a la Dirección provincial o local del Instituto Social de la Marina.
Additional information on the Single European Digital Gateway Access the assessment platform
Cómo hacerlo
Para acceder a este servicio, asegúrate de tener los requisitos técnicos necesarios.
El acceso a este servicio solo estará habilitado cuando te identifiques como persona física.
Documentación adjunta
| document name be able to register as a self-employed worker in the Social Security Special Scheme for Seafarers.
For your information...
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.