Prolongation du moratoire accordé aux institutions sanitaires
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prórroga del plazo de carencia y del moratorio concedido a instituciones sanitarias cubiertas por la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994.
¿Quién puede solicitarlo?
Instituciones sanitarias pertenecientes a las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, cubiertas por el moratorio.
Requisitos principales
- Estar cubierto por el moratorio previsto en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994.
- Que la prórroga esté contemplada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en una disposición de rango jurídico equivalente.
Duración del trámite
Variable, depende del tiempo de tramitación de la Seguridad Social.
Información adicional
La solicitud podrá presentarse a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado que permita dicha prórroga, o en su defecto, a partir de la entrada en vigor de la disposición de rango jurídico que lo prevea.
Resumen
Este servicio permite solicitar la prórroga del plazo de carencia y del moratorio concedido a las Instituciones Sanitarias a través del Registro electrónico.
¿Quién puede usar este servicio?
Instituciones sanitarias pertenecientes a las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, cubiertas por el moratorio previsto en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994.
Antes de empezar
Necesitará los datos del expediente del moratorio.
Lo que necesitas
- Número de expediente del moratorio concedido.
- Datos del beneficiario: Razón social, NIF y CCC.
- Tamaño máximo de los documentos adjuntos: 10 Mb.
Cómo hacerlo
- Acceda al servicio a través del enlace proporcionado.
- Identifíquese como persona física o entidad.
- Complete la solicitud con los datos requeridos.
- Adjunte la documentación necesaria.
- Firme la solicitud electrónicamente.
- Recibirá un acuse de recibo en formato PDF.
Nota: La solicitud podrá presentarse a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado que permita dicha prórroga, o en su defecto, a partir de la entrada en vigor de la disposición de rango jurídico que lo prevea.
Después de hacerlo
- Recibirá un acuse de recibo en formato PDF.
- Si no recibe confirmación, deberá presentar la solicitud nuevamente.
- Puede consultar las solicitudes presentadas en:
Ayuda
- Site web de la Sécurité Sociale
- Boîte de Consultations de la Sécurité Sociale
- Paiement de dettes par carte
- Système RED / Système de Liquidation Directe
Para acceder a este servicio, verifique los condiciones técnicas requeridos.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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