Prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor si eres trabajador del Régimen Especial del Mar, para disfrutar del periodo de descanso laboral correspondiente.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores del Régimen Especial del Mar que disfruten de los periodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción y acogimiento legalmente establecidos.
Requisitos principales
- Estar dado de alta en el Régimen Especial del Mar.
- Cumplir con los periodos mínimos de cotización exigidos.
- Encontrarse en situación de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
Duración del trámite
Variable, depende de la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Resumen
Este servicio te permite solicitar electrónicamente la prestación por nacimiento y cuidado de menor si estás en el Régimen Especial del Mar. Podrás disfrutar del periodo de descanso laboral por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento permanente o temporal superior a un año.
Quién puede usar este servicio
Trabajadores del Régimen Especial del Mar que disfruten de los periodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción y acogimiento legalmente establecidos.
Qué permite realizar
- Realizar una solicitud por Registro electrónico.
- Descargar y adjuntar cumplimentado el modelo de solicitud.
- Anexar documentación.
A tener en cuenta
- Si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un SMS para firmar la comunicación.
- La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) puede requerir los originales de los documentos.
- Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- El tamaño total de la documentación a anexar no debe superar los 10 Mb.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio: Necesitas identificarte como persona física o entidad.
- Cumplimenta el modelo de solicitud: Descarga el modelo, rellénalo y guárdalo.
- Anexa la documentación: Incluye la solicitud y los documentos que se indican en las instrucciones.
- Envía la solicitud: A través del Registro Electrónico.
Después de hacerlo
- Recibirás un "acuse de recibo" en formato PDF.
- Se resolverá la solicitud y se te notificará.
- Recibirás un SMS informando de la resolución.
- Puedes consultar el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.
Ayuda
- Requisitos técnicos: Comprueba los requisitos técnicos necesarios.
- Documentación adjunta: Consulta la sección de Documentación adjunta para descargar los formularios necesarios.
Para tu interés...
Preguntas frecuentes
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