Prestación de incapacidad permanente. Reglamentos Comunitarios y Convenios Bilaterales (REM)

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar la prestación de incapacidad permanente del Régimen Especial del Mar, al amparo de los Reglamentos Comunitarios o de un Convenio Bilateral.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores del Régimen Especial del Mar que cumplan los requisitos para solicitar una Incapacidad Permanente, en los casos en que le fueran de aplicación los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral de Seguridad Social.

Requisitos principales

  • Estar dado de alta o en situación asimilada al alta en el Régimen Especial del Mar.
  • Cumplir los requisitos específicos exigidos por los Reglamentos Comunitarios o Convenios Bilaterales aplicables.

Duración del trámite

El tiempo de resolución dependerá de la complejidad del caso y los trámites necesarios con otros países.

Información adicional

El tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 Mb.

Resumen

Este servicio permite solicitar la prestación de incapacidad permanente del Régimen Especial del Mar, si te aplican los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral, a través del registro electrónico.

Quién puede usar este servicio: Trabajadores del Régimen Especial del Mar.

Qué permite realizar:

  • Solicitar la prestación por internet.
  • Adjuntar el formulario de solicitud.
  • Añadir la documentación necesaria.

Lo que necesitas

  • Formulario de solicitud cumplimentado.
  • Copia de los documentos indicados en las instrucciones del formulario.
  • Software para rellenar y guardar el formulario.

Cómo hacerlo

  1. Accede al servicio con tu identificación electrónica (Cl@ve, certificado digital).
  2. Rellena y adjunta el modelo de solicitud correspondiente (UE o Convenio Bilateral).
  3. Anexa la documentación requerida.
  4. Recibirás un acuse de recibo en PDF.

Importante: Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un apoderamiento inscrito o adjuntar el modelo normalizado de representación.

Después de hacerlo

  • Recibirás un acuse de recibo.
  • Puedes consultar el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.

Ayuda

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