Prestació a favor de familiars (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prestación a favor de familiares dentro del Régimen Especial del Mar.
¿Quién puede solicitarlo?
Familiares de trabajadores o pensionistas del Régimen Especial del Mar, o sus representantes.
Requisitos principales
- Ser familiar de un trabajador o pensionista del Régimen Especial del Mar.
- Cumplir con los requisitos específicos de la prestación.
- Presentar la documentación requerida.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la complejidad del caso y la carga de trabajo de la administración.
Resumen
Este servicio permite solicitar la prestación a favor de familiares dentro del Régimen Especial del Mar a través del registro electrónico, ya sea en nombre propio o representando a otra persona.
¿Quién puede usar este servicio?
Personas que deseen solicitar la prestación en nombre propio o como representantes de familiares de trabajadores o pensionistas del Régimen Especial del Mar.
¿Qué permite hacer?
- Realizar una solicitud a través del Registro Electrónico.
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud completado.
- Añadir documentación necesaria.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud completado y adjuntado.
- Copia de los documentos detallados en las instrucciones.
- Software para completar y guardar la solicitud.
A tener en cuenta:
- Si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un SMS con un código de seguridad.
- La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) puede solicitar los originales de los documentos.
- Si actúas en nombre de un tercero, debes tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o adjuntar el modelo normalizado de representación.
- El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio con tu identificación electrónica.
- Completa el formulario de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Envía la solicitud a través del registro electrónico.
Después de hacerlo:
- Recibirás un justificante de recepción en formato PDF.
- Si no recibes confirmación, intenta de nuevo o usa otros medios.
- La resolución de la solicitud se notificará al interesado o a su representante.
- Recibirás un SMS informando sobre la resolución.
- Puedes consultar el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.
Ayuda
- Comprueba los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio.
Enlaces de interés:
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.