Pensión de orfandade. Regulamentos Comunitarios e Convenios Bilaterais (REM)

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la pensión de orfandad del Régimen Especial del Mar a través del registro electrónico, ya sea en nombre propio o en representación de otra persona, bajo los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral.

¿Quién puede solicitarlo?

Beneficiarios de trabajadores del Régimen Especial del Mar que deseen solicitar una pensión de orfandad, en los casos en que al fallecido le fuesen aplicables los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral de Seguridad Social.

Requisitos principales

  • Cumplimentar y adjuntar el modelo de solicitud.
  • Anexar copias de los documentos detallados en las instrucciones.
  • Disponer de un soporte lógico para completar y guardar la solicitud para su posterior adjunción.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El tamaño total de la documentación adjunta no debe superar los 10 MB.

Resumo

Este servicio permite solicitar la pensión de orfandade del Régimen Especial del Mar, utilizando el registro electrónico, ya sea en nombre propio o representando a otra persona. Esta solicitud se realiza bajo los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral.

A quién va dirigido

Este trámite está dirigido a beneficiarios de trabajadores del Régimen Especial del Mar que deseen solicitar una pensión de orfandad, en los casos en que al fallecido le fuesen aplicables los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral de Seguridad Social.

Qué permite realizar

  • Realizar una solicitud a través del Registro Electrónico.
  • Descargar y adjuntar el modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Anexar la documentación necesaria.

Lo que necesitas

  • Cubrir y adjuntar el modelo de solicitud.
  • Anexar copias de los documentos detallados en las instrucciones.
  • Un dispositivo para completar y guardar la solicitud para su posterior adjunción.

Consideraciones importantes

  • Si accedes con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), se enviará un código SMS al número de móvil registrado para mayor seguridad. Deberás introducir este código para firmar la comunicación en el Registro Electrónico.
  • La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) podrá solicitar los originales de los documentos necesarios.
  • Para actuar en nombre de un tercero, debes tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos que te permita realizar este trámite. Si no tienes un apoderamiento vigente, deberás acreditar la representación adjuntando el modelo normalizado de representación (disponible para descargar en la sección de "documentación anexa") o cualquier otro documento válido en derecho.
  • El tamaño total de la documentación adjunta no debe superar los 10 MB.

Después de realizar el trámite

  • Recibirás una "notificación de recibo" en formato PDF.
  • Si no recibes la confirmación o recibes un mensaje de error, deberás realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios.
  • Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.

Acceso al servicio

Para acceder a este servicio, verifica los requisitos técnicos necesarios.

El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando te identifiques como persona física o entidad.

Obtener Acceso

Documentación adicional

Documentación adxunta

Información de interés


Preguntas frecuentes


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