Pensión de orfandad. Reglamentos Comunitarios y Convenios Bilaterales (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar una pensión de orfandad del Régimen Especial del Mar (REM) cuando al fallecido le apliquen los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral.
¿Quién puede solicitarlo?
Beneficiarios de trabajadores del Régimen Especial del Mar.
Requisitos principales
- Ser beneficiario de un trabajador fallecido del Régimen Especial del Mar.
- Que al causante fallecido le fueran de aplicación los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral de Seguridad Social.
Duración del trámite
No especificado.
Información adicional
Si se accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto de registro, código que deberá introducir para poder firmar la comunicación en el Registro Electrónico. La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina correspondiente le requerirá los originales de los documentos que sean necesarios. Para actuar en nombre de un tercero deberá tener un apoderamiento inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos que le permita realizar este trámite. Si carece de apoderamiento vigente en el citado registro, deberá acreditar la representación anexando el modelo normalizado de representación que puede descargarse para su cumplimentación en el apartado “documentación adjunta”, o bien adjuntar cualquier otro documento válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma. El tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 Mb.
Resumen
Este servicio permite solicitar una pensión de orfandad del Régimen Especial del Mar (REM) a través de internet, cuando al fallecido le apliquen los Reglamentos Comunitarios o un Convenio Bilateral.
Quién puede usar este servicio:
Beneficiarios de trabajadores del Régimen Especial del Mar que soliciten una pensión de orfandad.
Lo que necesitas
- Modelo de solicitud cumplimentado.
- Copia de los documentos indicados en las instrucciones del modelo de solicitud.
- Software para cumplimentar y guardar la solicitud.
Cómo hacerlo
- Cumplimentar y anexar el modelo de solicitud.
- Anexar la documentación requerida.
- Realizar la solicitud a través del Registro Electrónico.
A tener en cuenta:
- Si usas Cl@ve permanente, recibirás un SMS para confirmar tu identidad.
- La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) puede solicitar los originales de los documentos.
- Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un apoderamiento inscrito o adjuntar el modelo normalizado de representación.
- El tamaño máximo de los documentos adjuntos es de 10 MB.
Después de hacerlo
Recibirás un acuse de recibo en formato PDF.
Si no recibes confirmación, inténtalo de nuevo o usa otros medios.
Puedes consultar el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.
Ayuda
- Para acceder al servicio, comprueba los requisitos técnicos necesarios.
- Documentación adjunta
Para tu interés...
Preguntas frecuentes
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