Ontzi barruko botika-kutxetarako laguntza ekonomikoa (Itsasoko Erregimen Berezia)

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una ayuda económica para la adquisición de medicamentos para botiquines de barcos dentro del Régimen Especial del Mar.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresarios de barcos registrados en España que realicen navegación marítima o pesquera.

Requisitos principales

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial del Mar.
  • Tener el barco registrado en España.
  • Realizar navegación marítima o pesquera.

Duración del trámite

Variable, depende de la tramitación y resolución de la convocatoria.

Resumen

Este servicio permite solicitar ayudas económicas para la adquisición de medicamentos para botiquines de barcos, dentro del Régimen Especial del Mar, a través del Registro Electrónico.

¿Quién puede usar este servicio?

Empresarios de barcos registrados en España que realicen navegación marítima o pesquera.

Lo que necesitas

  • Copia de los documentos solicitados.
  • Medios para escanear la documentación.
  • Si actúas como representante legal, certificado de representante.

Cómo hacerlo

  1. Cumplimentar y presentar la solicitud a través del Registro Electrónico (si hay convocatoria vigente).
  2. Descargar el modelo de solicitud, rellenarlo y adjuntarlo.
  3. Adjuntar la documentación requerida.

Consideraciones importantes:

  • Si accedes con Cl@ve permanente, se enviará un SMS al móvil registrado para validar el acceso.
  • Si actúas en nombre del solicitante, adjunta el modelo normalizado de representación u otro documento válido.
  • La documentación adjunta no debe superar los 10 Mb.

Después de hacerlo

  • Recibirás un "acuse de recibo" en formato PDF.
  • Si no recibes el mensaje de confirmación, deberás presentar la solicitud en otro momento o por otros medios.
  • Las solicitudes se tramitarán en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).
  • Tras el plazo de presentación, se comunicará una propuesta de resolución provisional a los interesados, quienes tendrán diez días para presentar alegaciones.
  • Tras analizar las alegaciones, el órgano instructor realizará una propuesta de resolución definitiva. En un plazo de quince días, el Director del ISM emitirá una resolución indicando los solicitantes a los que se les concede la ayuda y el importe.
  • Las ayudas se abonarán en la cuenta corriente indicada en la solicitud.
  • Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.

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