Manteniment de la pensió de viduïtat per nou matrimoni (REM)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los beneficiarios de una pensión de viudedad del Régimen Especial del Mar (REM) solicitar el mantenimiento de la pensión aunque contraigan nuevo matrimonio.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas que reciben una pensión de viudedad del Régimen Especial del Mar (REM) y desean mantenerla tras contraer nuevo matrimonio, ya sea en nombre propio o representando a otra persona.
Requisitos principales
- Ser titular de una pensión de viudedad del Régimen Especial del Mar.
- Haber contraído nuevo matrimonio.
- Cumplir con los requisitos específicos establecidos por el Instituto Social de la Marina (ISM).
Duración del trámite
Variable, depende del ISM.
Información adicional
Para actuar en nombre de un tercero, es necesario un poder inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos o un modelo normalizado de representación.
Resumen
Este servicio permite a las personas que reciben una pensión de viudedad del Régimen Especial del Mar (REM) solicitar que se mantenga su pensión aunque se vuelvan a casar, a través del registro electrónico.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Copia de los documentos que se indican en las instrucciones del formulario.
- Un programa para rellenar y guardar el formulario.
Cómo hacerlo
- Rellena y adjunta el formulario de solicitud.
- Adjunta copias de los documentos requeridos.
- Envía la solicitud a través del registro electrónico.
Si accedes con Cl@ve permanente, recibirás un SMS con un código para firmar la solicitud.
La Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) puede solicitar los originales de los documentos.
Si actúas en nombre de otra persona, debes tener un poder inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. Si no tienes un poder, puedes adjuntar el modelo normalizado de representación o cualquier otro documento válido que acredite la representación.
El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB.
Después de hacerlo
- Recibirás un justificante de recepción en formato PDF.
- Si no recibes el mensaje de confirmación, deberás presentar la solicitud en otro momento o por otros medios.
- Recibirás la resolución de la solicitud y una notificación.
- Recibirás un SMS informando de que la resolución se ha producido.
- Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del ISM.
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