Langabezia-subsidioaren eskaera (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prestación por desempleo para trabajadores del Régimen Especial del Mar (REM).
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar o sus representantes.
Requisitos principales
- Estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena en el Régimen Especial del Mar.
- Cumplir con los requisitos específicos para acceder a la prestación por desempleo según la legislación vigente.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la gestión interna del ISM.
Resumen
Este servicio permite solicitar la prestación por desempleo del Régimen Especial del Mar (REM) a través de la sede electrónica, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la legislación vigente.
Quién puede usar este servicio:
- Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar.
- Sus apoderados o representantes.
Qué permite:
- Presentar la solicitud online.
- Descargar el formulario de solicitud, completarlo y adjuntarlo.
- Adjuntar la documentación necesaria.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Copia de los documentos indicados en las instrucciones del formulario.
- Software para completar y guardar el formulario.
Importante: Si accedes con usuario y contraseña (Cl@ve permanente), se enviará un código SMS al número de móvil registrado para firmar la notificación en la sede electrónica.
La Dirección Provincial del ISM correspondiente podrá solicitar los originales de los documentos necesarios.
Si actúas en nombre de un tercero, debes tener un apoderamiento registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos. Si no tienes un poder vigente, deberás adjuntar el modelo normalizado de representación o cualquier otro documento válido en derecho que acredite la representación.
El tamaño total de la documentación adjunta no puede superar los 10 MB.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio a través del enlace proporcionado.
- Identifícate como persona física o entidad.
- Completa el formulario de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Firma la solicitud.
Después de hacerlo
Recibirás un "acuse de recibo" en formato PDF una vez finalizado el trámite.
Si no recibes el mensaje de confirmación, o recibes un mensaje de error, deberás presentar la solicitud en otro momento o por otros medios.
La resolución y notificación de la solicitud se enviará al interesado y, en su caso, a su representante.
Puedes obtener información sobre el estado de tu solicitud por teléfono o acudiendo a la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Ayuda
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.